Actualizado: 20 octubre, 2023 · 29 comentarios · 6 min de lectura

Facturas con retención IRPF: qué son, cómo hacerlas y ejemplos

Factura con retención
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Te vamos a mostrar cómo hacer una factura con retención de IRPF, además de dar consejos prácticos para los autónomos que tengan que practicar retenciones en su factura.

Si no quieres complicarte en este aspecto utiliza nuestro programa de facturación.

¿Qué autónomos tendrán que hacer facturas con retención?

Entre el año 2012 y 2015, debido a la crisis económica, el IRPF subió hasta el 21%, bajando de forma paulatina tras la entrada en vigor de la Reforma Fiscal y bajando durante el año 2015 al 19% y posteriormente al 15%, volviendo al mismo punto que teníamos antes de la crisis.

Si lo necesitas puedes llevar a cabo el calculo del IRPF en esta calculadora de IVA. Y descubre aquí lo que tienes que saber sobre la Ley de IRPF.

tabla retención irpf
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¿Qué es una factura con retención profesional?

Es un documento que presenta el profesional por una prestación de servicios a otro profesional o empresario.

Este profesional debe estar incluido en un epígrafe correspondiente a actividad profesional.

➞ Aquí tienes más información sobre los epígrafes IAE

El documento indicará los mismos conceptos fijos que cualquier otra factura (fecha, número de minuta, concepto, etc), pero además aplicará un impuesto denominado IRPF o retención, el cual, afectará con signo negativo al resultado de la factura.

Esto quiere decir que es una factura con IRPF negativo, que se resta a la suma del total de la factura.

No por ello, el profesional va a cobrar un menor importe de la factura profesional, sino que practicará una retención pactada por Ley, para que el empresario se la ingrese a la Administración en nombre de él, con el Modelo 111 de retenciones.

Esta cuota, se paga a cuenta de esa factura profesional emitida, que posteriormente, en la declaración de la renta, junto al resto de deducciones que puedan beneficiar al profesional, como la situación personal, préstamos hipotecarios, planes de pensiones, etc., podrá recuperar o no de esas retenciones.

Actualmente hay dos tipos de retenciones para los profesionales, una será la general, el 15%, y otra el 7% si estás en los tres primeros años de actividad.

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¿Quién tiene que hacer la factura profesional?

Lo primero, hay que destacar que hay muchos autónomos que no tienen que presentar facturas con IRPF. En concreto, todos los que ejerzan actividades empresariales englobadas en la sección primera del IAE (Impuesto de Actividad Económica).

Sin embargo, todos los autónomos que se engloben en la sección 2ª y 3ª del IAE, sí tendrán como norma general que practicar retención en sus facturas, ya que, pertenecerán a actividades profesionales y artísticas.

Desde el 12 de Julio de 2015 se aprobó practicar el 15% en las facturas de profesionales como norma general, tras la aprobación del Real Decreto que lo regulaba.

Hay que tener en cuenta, que cuando presentamos el alta en Hacienda con el Modelo 036 o 037, no se indicará el porcentaje que se va aplicar como retención, sino que dependerá tanto de la actividad como si eres un autónomo emprendedor.

Es decir, los autónomos emprendedores podrán practicar el 7% durante los tres primeros años de la actividad, por ello, es importante que te asesores con profesionales si te surgen dudas.

Para ello visita nuestro servicio de asesoría fiscal online gratuita

Factura con retención irpf

¿Cuándo debe llevar retención una factura?

Cuando el emisor sea un autónomo profesional con actividad registrada en las secciones 2 ó 3 del IAE (Actividades Profesionales y Actividades Artísticas, respectivamente).

Sin embargo, este caso no se aplica siempre,  ya que la retención en facturas solo se aplicará en caso de que se vaya a facturar a otros empresarios y/o profesionales en España. Si facturas a particulares o a clientes cuyo domicilio fiscal esté fuera del territorio nacional, no se puede aplicar dicha retención.

¿Qué porcentaje de retención debe llevar la factura?

El tipo general a seguir es del 15%, tal y como indica la ley actual. Sin embargo, hay una excepción para profesionales dados de alta recientemente que reduce el porcentaje de la retención del IRPF a un 7%.

¿Qué facturas llevan retención? Ejemplos + vídeo explicativo 

 

 

Veamos distintos ejemplos de actividades que tienen obligación de practicar la retención y la cantidad que le corresponde:

Ejemplo de factura profesional con IRPF y exenta de IVA

Suponemos un médico (el cual tributa con IRPF y exento de IVA), que tiene que hacer una factura online a la Clínica de su ciudad, por unos servicios prestados extraordinarios. Este médico lleva ejerciendo la actividad más de cinco años, y el importe que va a facturar son 5.000 euros.

¿Cómo sería la factura profesional con IRPF y una factura exenta de IVA?

Factura profesional con IRPF y exenta de IVA

Aquí la clínica tendrá que ingresar la retención practicada de 825 euros mediante el Modelo 111 a cuenta del médico en cuestión, ya que es quien emite dicha factura profesional con IRPF.

Ejemplo de factura profesional con IRPF e IVA

En este caso vamos a suponer un perito agrónomo que tiene que emitir una factura profesional con IRPF e IVA a un Cooperativa de frutas por el servicio prestado en los invernaderos propios de la Cooperativa.

Este perito lleva ejerciendo la actividad tan solo un año, y tiene que facturar 6.000 euros más lo impuestos vigentes por el mes de octubre.

¿Cómo sería la factura profesional con IRPF y IVA?

Factura profesional con IRPF e IVA

Aquí la Cooperativa, tendrá que ingresar dicha retención al perito agrónomo en su Modelo 111.

Una vez más, sigue siendo un pago a cuenta efectuado a la Administración por un futuro beneficio, en este caso se aplica el 7%, porque está en los tres primeros años de inicio de actividad.

Ejemplo de factura profesional con IRPF e IVA que tributa en módulos

Supongamos un transportista que tributa en módulos y tiene que emitir una factura de servicios por un importe de 6.000 euros a una sociedad. Tendrá que aplicarle el correspondiente IVA y lo que le corresponda de IRPF en su caso por estar encuadrado en el IAE 722 de Transporte de mercancías por carretera.

Factura profesional con IRPF e IVA en módulos

➞ Visita esta página para consultar más modelos tributarios

Si eres autónomo en Billin te ayudamos a la hora de hacer una factura con retención IRPF, ya que podrás introducir de forma automática tu retención a todas las facturas para que no se te pase nunca.

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Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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29 comentarios

  • Buenas Noches,

    En caso de facturar por prestación de servicios de asesoría comercial. He de aplicar IVA, IRPF o los dos conceptos?

    Gracias

    • Si se trata de un trabajador menor de 31 años, el periodo mínimo de cotización para poder solicitar la pensión, serán de un tercio del tiempo transcurrido desde que cumplió los 16 años hasta la fecha del hecho causante.

      Y si eres un trabajador mayor de 31 años, se exige que hayas cotizado como mínimo una cuarta parte desde que cumpliste 20 años hasta la fecha del hecho causante.

      En el caso de que fuese una incapacidad parcial, el tiempo cotizado sería como mínimo 1.800 días dentro de los 10 años anteriores a la finalización de la incapacidad temporal de la que se derive la incapacidad permanente

      • Buenas Pedro!

        Antes de nada gracias por vuestro trabajo, es de gran ayuda!

        Una pregunta a relación de la redución del IRPF. ¿Esta reducción solo se puede aplicar la primera vez que te des de alta en Hacienda?
        Voy a realizar una pequeña colaboración como profesor y tengo que darme de alta en hacienda y hacer una factura. Pero dado que va a ser algo muy puntual, me gustaría guardarme la posibilidad de acogerme a la reducción del IRPF para más adelante (tengo pensado emprender más adelante y darme de alta también en la ss como autónomo). En ese caso, ¿podré acogerme más adelante a la reducción del IRPF?

        Gracias de nuevo!!

        • Hola Manuel, la reducción de IRPF al 7% para los nuevos profesionales, se podrá aplicar siempre que se cumplan los siguientes requisitos: 1.- No haber ejercido ninguna actividad profesional en los doce meses anteriores.
          2.- Comunicar a tus clientes que aplicas la retención del 7% por iniciar una actividad profesional. Espero haber aclarado tus dudas.

          • Muchsísimas gracias Pedro y Feliz Año 2021!

            En el requisito número1, cuando indicas «no haber ejercido ninguna actividad profesional», te refieres actividad como autónomo, correcto? QUiero decir, es compatible si has ejercido en esos 12 meses anteriores actividad por cuenta ajena, es asi?

            Gracias una vez más!!

          • Hola Manuel, para acceder a la prestación de paternidad, habrá que tener un periodo mínimo cotizado, 180 días de los últimos siete años o 360 días durante la vida laboral.

            Si sólo tienes 3 meses, no podrás acceder al descanso de paternidad.

            Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buen día, Soy un médico homologado en abril 2019 cuando empecé a trabajar en España Me dijeron que los 2 primeros años como autónoma debían retenerne de IRPF el 7% es cierto?
    Quisiera además que me aclararas muy anablemente que facturas de que servicios debo pedir para cuando deba declarar ahora en abril.
    Y los años cotizados en Venezuela me los reconocen aquí para cuando me toque pedir mi pensión de vejez?

    Gracias.. ❤️

    • Hola.

      En respuesta a tu pregunta comentarte que sí es cierto la reducción en IRPF que pueden aplicarse los autónomos profesionales al inicio de actividad en España.
      Con respecto a las facturas tendrás que solicitar cualquier servicio o compra de material necesario para tu actividad.

      En el momento que te toque pedir la jubilación habrá que ver el convenio existente entre Venezuela y España en ese momento, de eso dependerá el reconocimiento de los años cotizados en Venezuela.

      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Soy un autónomo trade que tiene que facturar a una sociedad, tengo que aplicar irpf en mi factura?.

    Si sólo recibo ingresos de un pagador, tengo que presentar declaración trimestral de irpf?

    Gracias

    • Hola Francis.

      En respuesta a tu pregunta comentarte que tendrás que aplicar IRPF siempre que desarrolles una actividad profesional, si por el contrario es una actividad empresarial, no tendrás que aplicarlo.

      Si lo que prestas son servicios profesionales no tendrás que presentar IRPF, ya que, esas retenciones las practicaras en tu factura, pero si no es así, sí lo tendrás que presentar.

      Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola, queria consultar, si me emiten una factura con retención por se profesional el gasto que yo me puedo deducir es el neto o bien el importe sin la retención. Gracias

  • Diseñador grafico que presta servicios de confeccion de logos deanera digital a empresas.

    Se trata de operacionex exentas de iva y sujetas a retencion?.

    Gracias

    • Hola Jose, existen actividades profesionales artísticas exentas de IVA, siempre que tengan por contraprestación derechos de autor. Por ejemplo: escritores, colaboradores literarios, ilustradores, pintores, artistas plásticos y asistentes gráficos. También se incluyen las colaboraciones periodísticas con medios impresos y de carácter periódico. Los profesionales que trabajen en Internet (especialistas en marketing digital, periodistas digitales, community managers, consultores digitales, etc.) sí que tendrán que tributar e incluir el IVA e IRPF. Te dejo un artículo donde encontrarás todos aquellos epígrafes que están exentos de IVA, https://www.billin.net/blog/tienes-declarar-siempre-iva-actividad-quizas-no/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola muy buenas, quiero ser agente inmobiliario de manera indepiendiente es decir, ser freelance (intermediario) y a la hora de elaborar una factura a un particular o empresa que tipo de porcentaje debo de poner en la factura sobre el IRPF el 7% o el 15%.

    Gracias un saludo cordial.

  • Hola no soy autónoma trabajo por cuenta ajena pero hice un curso en el cual hay una retención del IRPF del 15%
    Debo hacer el modelo 111 u otro similar para declarar esto??

    • Hola Sandra, el Modelo 111 lo presentan las empresas o autónomos que tengan que ingresar retenciones a profesionales o por rendimientos del trabajo. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el Modelo 111, https://www.billin.net/blog/modelo-111/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas, soy trabajador por cuenta ajena pero he dado un curso de formación de mi especialidad a una empresa diferente a la mía (1 día de duración) por primera vez. Entiendo que tendría que incluir un 15% de retención pero no IVA. ¿Tendría que darme de alta como autónomo con el modelo 036 para ese día? Gracias

    • Hola Jorge, la impartición de cursos o conferencias pueden clasificarse como rendimientos del trabajo o rendimientos de actividad económica. Serán rendimientos del trabajo cuando la organización del curso va a cargo de una academia privada, y serán rendimientos de actividad económica, cuando se interviene en la organización de los cursos, y, por tanto, habría que darse de alta en Hacienda con el Modelo 037. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre el Modelo 037, https://www.billin.net/blog/modelo-037-alta-hacienda-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Hola, gracias por la información que nos das. Mi petición seria si tiene un ejemplo de factura con IRPF y sin iva por dar una conferencia siendo trabajadora por cuenta ajena.
        Mil gracias

  • Soy pensionista y como ingeniero colegiado se me ha ofrecido la posibilidad de impartir unas clases de Postgraduado (unas 50 horas ) Precio por hora 100 euros es decir un total aproximado de 5000 euros. El curso a impartir empieza en Octubre 2023.

    Puedes indicarme pasos a seguir.

    Otra alternativa es impartir las clases sin cobro.

    Saludos

    Miquel Trenchs

    • Hola Miquel, la ley facilita que los jubilados puedan realizar actividades esporádicas sin necesidad de tener que suspender el cobro de la pensión para no incurrir en incompatibilidades. Los requisitos de esta modalidad son: que solo se aplique a trabajos realizados por cuenta propia, que los ingresos derivados de esta actividad no excedan del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual, que quienes realicen estas actividades económicas no estén obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social y no generen derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social y los jubilados que realicen estas actividades deberán mantenerse al corriente de las obligaciones tributarias que éstas generen. En el siguiente artículo encontrarás todo lo que debes saber cómo facturar sin ser autónomo, https://www.billin.net/blog/facturar-sin-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Preveo unos ingresos de 80.000€ entre los que se incluyen la pension de jubilacion, cuanto seria lo presumible de ponerme en IRPF?

  • Buenas tardes, en primer lugar muchas gracias por la ayuda que prestan a través de este blog.
    Tengo la siguiente duda: si tengo dos viviendas a mi nombre y vendo la vivienda considerada “habitual”, teniendo en cuenta que al venderla, mi vivienda habitual sería la otra, si empleo el dinero ganado con la venta en la cancelación de la hipoteca de esa segunda vivienda, estaría exenta de pagar el IRPF por reinversión en vivienda habitual?