Actualizado: 20 septiembre, 2022 · 8 comentarios · 6 min de lectura

Darse de alta en Hacienda como autónomo con el modelo 037

como rellenar modelo 037
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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En este artículo queremos mostrarte paso a paso como darse de alta en Hacienda como autónomo gracias al Modelo 037. Si estás pensando en emprender este contenido te interesa sin duda, ya que es clave para lanzarse a la aventura.

¿Qué es el Modelo 037?

Antes de empezar vamos a decirte para qué sirve el Modelo 037 y las particularidades que tiene a la hora de elegir entre el 036 o el 037.

El modelo censal 037 está pensado de forma exclusiva para los autónomos, y a diferencia del Modelo 036 se deben cumplir ciertas características que aquí enumeramos:

  • Deben ser personas que tengan asignado un número de identificación fiscal, bien sea NIF o NIE.
  • No realicen las gestiones por medio de un representante legal.
  • El domicilio fiscal y el de gestión deben ser el mismo.
  • No pueden ser una gran empresa.
  • No ha de realizar ventas a distancia.
  • No pueden formar parte de ningún régimen especial de IVA ni formar parte del registro de devolución del IVA mensual.
  • No pueden estar en el Registro de Operadores Intracomunitarios
  • No pueden tener capital inmobiliario del cual perciba rendimiento económico.
  • Otras consideraciones según la legislación vigente.

En la mayoría de las altas de nuevos autónomos estos preceptos enumerados se cumplen, ya que son trámites en muchos casos que no necesitamos realizar o se realizan a posterior según nuestro negocio lo vaya necesitando.

Debemos tener en cuenta que si contamos con un gestor que nos lleve temas fiscales de forma directa y legal, este debe cumplimentar el modelo 036.

Entonces, para qué sirve el Modelo 037

Pues el modelo 037 sirve para darse de alta como autónomo en Hacienda de una forma más simplificada y más rápida y que solo sirve para autónomos. Si es la primera vez que nos damos de alta en hacienda con este modelo nos sería suficiente para empezar nuestra actividad.

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¿Quién tiene que presentar el Modelo 037 para el alta en Hacienda?

Este modelo lo debe presentar el autónomo interesado en el alta y no otra persona como un representante legal. Esto es importante tenerlo en cuenta

Se debe comunicar en Hacienda la fecha de alta en el RETA, aunque tengamos que hacer este trámite de forma posterior, por tanto, la fecha de alta en el RETA, debe ser anterior a la de Hacienda (60 días) o en la misma fecha de alta en Hacienda.

Así tenemos que el alta en el censo de la Agencia Tributaria se presenta mediante el Modelo 036 o su forma simplificada que es el Modelo 037, donde se comunicará la siguiente información:

En la página 1, nos encontramos los siguientes apartados:

  • Datos identificativos

alta autonomo modelo

Indicar para qué se presenta el Modelo 037

En la imagen anterior tenemos las siguientes opciones para seleccionar:

  • A) Alta (Casilla 111)
  • B) Modificación
  • C) Baja

Como se observa en la imagen anterior es un modelo que además de ser usado para el alta de autónomo, se usará para cualquier modificación que surja a lo largo de la actividad.

Por último, el apartado C) que como su nombre indica, será la casilla que tendremos que marcar cuando presentemos la baja en el censo de empresarios. Siempre es importante darse de baja de autónomos para evitar problemas fiscales si no vamos a ejercer más como trabajadores por cuenta propia.

¿Cómo rellenar el Modelo 037 para darse de alta?

En la página 1 se nos solicitarán también los datos correspondientes a el domicilio fiscal en España y el de efectos de notificaciones.

Ahora pasamos directamente a la página 2, donde habrá que dar de alta el local y la actividad económica:

  • Indicaremos la actividad, IAE y tipo de actividad (empresarial o profesional)
  • Indicar el lugar de realización de dicha actividad, tanto si hay un local afecto, como si no hubiese local, además de comunicar los locales afectos indirectamente, como almacenes o depósitos.

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Posteriormente, tendremos que rellenar los datos relativos con el Impuesto sobre el Valor Añadido, supongamos que vamos a darnos de alta en “agente comercial”, tendremos que rellenar los siguientes apartados:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido

En la parte de información obligatoria, donde marcaremos la casilla 500, con la opción , y la 501, según si nuestro epígrafe de autónomo estuviese exento de IVA, como hemos escogido el de agente comercial tendremos que marcar «No»

Pasamos a la parte de información de actividad, donde comunicaremos la fecha de inicio de actividad económica.

Regímenes aplicables, es el momento de escoger el régimen tributario según la actividad indicada, siguiendo nuestro ejemplo marcaríamos el régimen general (casilla 510 alta), y su fecha de inicio

modelo 037 rellenar

Por último, nos quedaría la página 3 correspondiente al IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) y a la Declaración de actividades económicas y locales (Se utilizará para comunicar variaciones de alguno de los datos de nuestras actividades o los locales y si tienes local o desarrollas alguna actividad especial deberás tramitar las licencias pertinentes en tu localidad o Comunidad Autónoma)

  • Impuesto de la Renta de Personas Físicas

En un principio indicaremos que estamos obligados a realizar pagos fraccionados derivados de nuestra actividad económica (casilla 600 y 602, indicando la fecha de inicio)

El método de estimación que utilizaremos en el IRPF, siguiendo nuestro ejemplo, sería estimación directa simplificada (casilla 609) y su fecha correspondiente de inicio de actividad.

Y de esta forma ya hemos completado el alta en Hacienda con el modelo simplificado el 037.

Vídeo resumen del alta como autónomo

Rellenar el Modelo 037 de Hacienda es uno de los trámites que necesitamos realizar a la hora de darnos de alta como autónomo por primera vez, con lo que es conveniente hacerlo bien o con ayuda si es necesario. Si tienes dudas puedes utilizar los comentarios y las responderemos con gusto.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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8 comentarios

  • Hola. Me he dado de alta como autónomo y no me han aplicado la Tarifa Plana. (Estuve como autonomo 3 meses en 2015)
    ¿Cómo puedo solucionarlo?

    • Hola Diego, si al tramitar el alta de autónomo no has indicado el derecho a la tarifa plana, debes realizar un escrito de rectificación a la Seguridad Social, para que se te recoja ese derecho, siempre que te corresponda.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, buenas tardes. Tengo derecho a darme de alta con tarifa plana pero al intentar darme de alta en el RETA, no veo ninguna casilla que lo indique, además es un lio: He de darme de alta en el RETA en el plazo de 60 días antes al alta en hacienda? Algunas paginas dicen que si, otras que primero el 037., ni hacienda ni la seguridad explican como hacerlo o yo no lo encuentro. Podríais ayudarme?

    • Hola Maria Nieves, te recomiendo que el día que hagas el alta de hacienda, uses la misma fecha para el alta de autónomo. Cuando se está tramitando el alta en RETA, la web te ofrece las diferentes posibilidades, para beneficiarte de la bonificación, marca la que cumpla con tu situación personal.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, muy buenas. Soy autónomo pero me quiero dar de baja. Mi profesión es la fisioterapia (estoy exento de la declaración de IVA). Cuando relleno la primera página no me deja pasar a la 2, diciéndome que tengo que rellenar el punto 111 (ALTA, que yo no quiero hacer, sino la BAJA que ya he seleccionado en el punto 150), 131 (Modificación datos relativos al Impuesto sobre el Valor Añadido. (página 2) o 132 ( Modificación datos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (página 2). La duda es esa, si tengo que dar a estos dos últimos, el 131 y 132 para poder tramitar la baja. Gracias

    • Hola Pedro, si lo que quieres es tramitar la baja censal, tan sólo tendrás que marcar en la página 1 la casilla 150, e indicar la causa de dicha baja y la fecha de cese. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días. Quería saber si una vez que haya capitalizado el paro y me dé de alta como autónoma puedo compaginar mi trabajo haciendo sustituciones en la empresa pública y privada externa a mi negocio. Muchas gracias.

    • Hola Ana, la realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicie después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc., por tanto, no existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación, Ahora bien, las cotizaciones por desempleo que haya realizado después de reconocerle la capitalización de la prestación se le podrán tener en cuenta para obtener prestaciones en el futuro. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.