Actualizado: 22 marzo, 2024 · 16 comentarios · 14 min de lectura

Contrato de prestación de servicios: modelo y características

contrato de prestación de servicios
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
(25 votos, promedio: 3,88 de 5)
Cargando...

El contrato de prestación de servicios es uno de los documentos legales más utilizados. En esta ocasión, te contamos en detalle lo que es un contrato de prestación de servicios, para qué sirve y sus características. También te mostraremos cómo es un contrato para que puedas ver en detalle las condiciones que debes reflejar y, además, usarlo como base.

Estamos seguros de que toda esta información te será de mucha utilidad a la hora de elaborar un contrato de prestación de servicios.

¿Qué es un contrato de prestación de servicios?

Un contrato de prestación de servicios es un documento mediante el cual una persona, empresario o empresario o profesional (prestador del servicio) se compromete legalmente a llevar a cabo unos determinados servicios para otra empresa o profesional (cliente), a cambio de una retribución establecida.

Mediante la firma de este documento, ambas partes quedan obligadas a cumplir las cláusulas legales que se establezcan en dicho contrato.

Asimismo, la obra o el servicio objeto del contrato debe reunir 2 condiciones:

  • Tener autonomía.
  • Tener sustantividad propia.

Esto significa que la obra o servicio en cuestión tiene características distintivas que lo hacen independiente y separado de otros trabajos o servicios, es decir, se encuentra perfectamente identificado respecto de las tareas correspondientes al ciclo productivo permanente de la empresa, y es que es independiente de ello.

¿Eres autónomo o pyme?

Crea presupuestos, facturas y tickets sin coste para tu negocio.

Consigue Billin gratis gracias al Kit digital Acelera pyme del Gobierno.

 

Regístrate ahora y nosotros te ayudamos sin coste con todos los trámites.

Introduce una dirección de correo correcta Introduce una dirección de correo correcta
Introduce una contraseña No se han cumplido los requisitos de contraseña
8 o más caracteres
Al menos 1 minúscula
Al menos 1 número

*Solución 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados gracias al Kit Digital.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

La dirección de correo introducida ya está presente en nuestra base de datos Error de servidor, pruebe más tarde por favor

¿Para qué sirven los contratos de prestación de servicios?

Cuando se celebra un contrato de prestación de servicios lo que se hace es formalizar una garantía que beneficia a ambas partes, ya que tanto el prestador que se compromete a realizar el servicio como el cliente quedan protegidos ante posibles incidencias o incumplimientos de contrato que pudieran producirse. Por tanto, podríamos decir que la finalidad última del contrato de prestación de servicios es la de proporcionar un marco y una seguridad jurídica a la relación entre las partes.

El contrato de prestación de servicios es muy habitual en determinados sectores como:

  • En trabajos de fabricación, reparación, instalación, mantenimiento, etc.
  • En trabajos profesionales, como asesorías, educación, servicios informáticos, etc.
  • En trabajos de contratación de personas, como son los guías turísticos, animadores, ayuda a domicilio (no se incluye el personal doméstico), etc.

También es muy habitual en sectores como el de telemarketing, limpieza o construcción. Lo que ocurre es que aquí podrían darse casos de fraude, ya que la actividad principal de la empresa es precisamente la realización continuada de servicios sin una fecha de finalización establecida. En este caso, la persona contratada estaría trabajando bajo con un contrato temporal cuando, en realidad, está realizando una labor que es más propia de un contrato indefinido, sin poder beneficiarse del derecho a prestaciones a la finalización y otras ventajas propias. A este respecto, el Tribunal Supremo en su una Sentencia 1137/2020, de 29 de diciembre, determinó que el uso del contrato de prestación de servicios no es aceptable en el caso de empresas cuya actividad habitual consista en la prestación de servicios a terceros.

Elementos de un contrato de prestación de servicios profesionales

En un contrato de prestación de servicios existen una serie de elementos que deben de aparecer de forma obligatoria y que deben conocerse para saber su funcionalidad y sus implicaciones. Estos elementos ponen en relieve las principales características del contrato de prestación de servicios que son:

  • El objetivo principal es la regulación de un servicio destinado a alcanzar un fin determinado.
  • La prestación del servicio debe realizarse de acuerdo a los derechos y obligaciones que se hayan pactado.
  • El contrato adquiere validez jurídica a partir del momento en el que se firma el documento.
  • La finalidad del contrato es onerosa, es decir, recibe una compensación económica a cambio.

Contrato de prestación de servicios entre empresas

Una vez expuestas las características, ahora toca conocer cuáles son los elementos obligatorios e imprescindibles que debe contener sí o sí un contrato de prestación de servicios entre empresas:

  • Datos de identificación: de de las partes implicadas y de sus representantes si los hubiera, nombre y apellidos o razón social, NIF, domicilio, estado civil, etc.
  • Forma de actuación: indicar si las partes actúan en nombre propio o se encuentran representadas por otras personas o empresas.
  • Objeto del contrato de prestación de servicios: se tiene que especificar el conjunto de operaciones que se van a llevar a cabo.
  • Duración del contrato.
  • Obligaciones contractuales: de ambas partes que se van a pactar.
  • Incumplimientos: se tienen que incluir las posibles consecuencias que podrían darse en el caso de que se produjera un incumplimiento.
  • Retribución: el importe del pago a realizar que se ha pactado por el servicio.
  • Confidencialidad y protección de datos.
  • Firmas de los participantes.

Además de todos estos datos, que son la información básica que debe de constar en un contrato, también es recomendable incluir algunas cláusulas adicionales que detallen, por ejemplo:

  • La ubicación en la que se realizará el servicio contratado.
  • Las herramientas utilizadas: si debe ocuparse el cliente o del prestador, si son propias o en arrendamiento, a quién le correspondería la reposición en caso de ser necesario.
  • Las formas en las que se pueden realizar reclamaciones sobre el contrato, el lugar de presentación de las mismas y los plazos para realizarlas.
  • Las compensaciones o indemnizaciones en el caso de que exista un incumplimiento de contrato.

Nuestro consejo es que siempre se cuente con ayuda especializada y se consulte a un profesional (abogado, gestor o asesor) especialista en contratos con experiencia que ayude a redactar el contrato de prestación de servicios o a revisar el que se haya recibido.

Modelo gratuito de contrato de prestación de servicios

A continuación, vamos a ver un modelo de contrato de prestación de servicios profesionales básico entre dos empresas.

 

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

En _______________ a _____________ de_________ de 2024

INTERVIENEN

De una parte,

 

La sociedad ______________________, con domicilio en _____________y con CIF____________, inscrita en el Registro Mercantil de _________al Tomo________, Folio ___, Hoja nº _______, representada por _____________, estando apoderada/o para intervenir en nombre de la compañía según escritura de poder otorgada ante el Ilustre Notario de _____________de fecha____________, quien manifiesta estar vigente su cargo y tener facultades suficientes para actuar en representación de la sociedad (en adelante, el PROFESIONAL).

 

Y de otra,

 

La sociedad ________________ con domicilio en _____________y con CIF____________, inscrita en el Registro Mercantil de _________al Tomo________, Folio ___, Hoja nº_______, representada por _____________, estando apoderada/o para intervenir en nombre de la compañía según escritura de poder otorgada ante el Ilustre Notario de _____________de fecha____________, quien manifiesta estar vigente su cargo y tener facultades suficientes para actuar en representación de la sociedad mencionada (en adelante, el CLIENTE).

 

                                                                                        MANIFIESTAN

 

Que ambas partes han acordado realizar el presente contrato de prestación de servicios de acuerdo con los siguientes

 

                                                                                        PACTAN

 

Primero. – Objeto del presente contrato

El PROFESIONAL prestará al CLIENTE servicios sobre las siguientes materias, lo que se concreta en la realización de los siguientes trabajos o servicios: ______________________________________.

 

Segundo. – Obligaciones del cliente para poder llevar a cabo los servicios contratados

Se deben relacionar todas las obligaciones del cliente por cada servicio que recibe. En caso de contratar dos o más de ellos, sería conveniente refundir las obligaciones comunes.

 

Tercero. – La duración del contrato

Los servicios y funciones descritos en el pacto anterior se prestarán por parte del PROFESIONAL por un plazo inicial de ___________________ meses (desde la firma hasta el 31 de diciembre), que se renovará tácitamente por periodos anuales, de no mediar preaviso, al menos, con un mes de antelación a su término.

 

Cuarto. – Confidencialidad de los datos

El PROFESIONAL se obliga a tratar confidencialmente todos aquellos datos, documentación y demás información que hayan sido suministrados por el CLIENTE durante la vigencia del presente contrato. Así mismo se compromete a no comunicar esta información a ninguna otra persona o entidad, exceptuando sus propios empleados y sólo en la medida necesaria para la correcta ejecución del contrato.

El acuerdo de confidencialidad establecido en el presente pacto tendrá validez durante la vigencia del contrato y seguirá en vigor, al menos, durante 5 años más después de la extinción, por cualquier causa, del mismo.

 

Quinto. – Protección de datos personales

 

Sexto. – Honorarios pactados

La cuota de honorarios será de ______________ euros, mensuales / trimestrales / anuales más el IVA que corresponda legalmente, y será revisable cada año en caso de producirse la prórroga del contrato. De no establecerse pacto en contrario, dichos honorarios se verán incrementados anualmente en el porcentaje del IPC del sector servicios correspondiente al año anterior

 

Séptimo. – Forma de pago del precio

El pago del precio estipulado en el pacto anterior, se realizará por ingreso/ transferencia/recibo domiciliado en la cuenta número ____________________________, de la entidad _________________________ cuyo titular es ________________________.

Octavo. – Incumplimiento de los pagos

La falta del pago dará derecho al PROFESIONAL a _______________________________________.

 

Noveno. – Deficiencias en los servicios contratados

 

Décimo. – Rescisión del contrato

Causas para la finalización anticipada del contrato_______________________________________.

 

Undécimo. – Modificación del contenido del contrato

Cualquier modificación del presente contrato deberá realizarse por escrito e incorporarse al mismo como Anexo_____________________________________________________________________.

 

Duodécimo. – Sometimiento al fuero

Las partes, con renuncia al fuero propio si lo tuvieran, se someten a los Juzgados y Tribunales españoles de ____________________________________________________________________.

 

Décimo tercero. – Régimen del contrato

Este contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas o, en lo que en ellas no estuviera contemplado, por lo previsto en las disposiciones españolas contenidas en el Código de Comercio, Leyes especiales y usos mercantiles.

 

Y en prueba de conformidad firman el presente, por duplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 

CLIENTE                                                                      PROFESIONAL

FIRMA                                                                         FIRMA

 

Este modelo es muy sencillo y fácil de cumplimentar, en el que se pueden diferenciar 3 bloques de información:

  • 1º bloque – Identificación: es la parte en la que queda constancia de los datos identificativos de las partes contratantes y la fecha de realización del contrato.
  • 2º bloque – Contenido del contrato: en donde las partes dan su manifiestan su voluntad de celebrar el contrato y expresan detalladamente todo lo que se ha pactado y a lo que van a quedar obligadas a partir del momento de la firma.
    • Referente al servicio (1º al 5º): qué se va a hacer, cómo se va a hacer, duración del servicio y condiciones tratamiento y seguridad de la información manejada.
    • Referente a la retribución (6º al 7º): cantidad de la retribución y forma de pago.
    • Referente a posibles incidencias (8º al 9º): tipos de conflictos que puedan darse como el incumplimiento en el pago y servicio defectuoso o deficiente.
    • Referente a la resolución del contrato (10º al 13º): resolución y modificación, qué hacer en caso de conflicto, cómo y dónde debe resolverse y régimen al que se acogen para ello.
  • 3º bloque – Firma: la forma de ratificar y formalizar de manera expresa todo lo acordado en el contrato entre las partes es con sus respectivas firmas.

¿Cuánto tiempo puede durar un contrato de prestación de servicios?

Una de las características que define al contrato de prestación de servicios es precisamente el establecimiento de una duración determinada del mismo. El contrato no puede durar más que la obra o servicio para la que fue contratado y se tiene que detallar de forma precisa y clara el carácter de la contratación e identificar el objeto.

No obstante, como hemos adelantado antes, puede ocurrir que la obra o servicio “no tenga una fecha de finalización” porque se trata de un servicio continuado y, entonces, parece que el contrato no finalizará nunca, lo que supondría un fraude porque lo que correspondería utilizar sería un contrato laboral.

Ante esta situación, el Estatuto de los Trabajadores establece que:

  • Estos contratos no pueden tener una duración superior a tres años, ampliable a doce meses más según convenio colectivo.
  • No es posible concatenar contratos de prestación de servicios de corta duración (volver a firmar contrato cuando termina el vigente) hasta un máximo de 3.
  • Tampoco se pueden producir 2 contrataciones temporales que sumen más de 24 meses en un período de 30 meses, dentro de la misma empresa o grupo.

Si se diera alguno de estos casos, una vez transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa de forma automática.

En resumen, el límite máximo de duración de un contrato de prestación de servicios, si se acuerda en convenio, será de cuatro años y, en el caso que el convenio colectivo no especificará nada, sería un máximo de tres años.

¿Cómo rescindir un contrato de prestación de servicios?

Normalmente, el contrato de prestación de servicios finaliza o se extingue una vez que se ha terminado el servicio objeto del contrato. No obstante, pueden darse circunstancias en las que se deba rescindir o terminar este antes de lo previsto:

  • Por acuerdo mutuo de las partes.
  • Por finalización del plazo del contrato.
  • Por incumplimiento parcial o total del contrato, de condiciones y/o cláusulas pactadas.
  • Por cambios en las circunstancias que imposibilitan continuar con la realización del servicio o cumplir con todo lo pactado.

En el caso de que concurran una o varias de estas circunstancias, lo primero que se deberá hacer será revisar detenidamente el contrato y, por supuesto, acudir a un profesional que pueda ofrecer asesoramiento acerca de las opciones disponibles para actuar, así como informar de sus posibles consecuencias.

Después, se notificará por escrito a la otra parte la decisión de rescindir el contrato y los motivos de la rescisión, además de cualquier otra información relevante. También podrá realizarse una negociación por indemnización si procediera. Por último, se debe documentar y hacer constar también por escrito que se ha producido la rescisión del contrato, para evitar futuras reclamaciones o consecuencias.

Diferencias entre un contrato de prestación de servicios y un contrato laboral

Además del tiempo de duración, existen otras diferencias entre estos 2 tipos de contratos, como la relación que se establece entre las partes y su legislación aplicada en cada caso.

  • Los contratos de prestación de servicios se rigen por las normas generales de contratos del Código Civil, mientras que un contrato laboral lo hace la legislación laboral.
  • En un contrato laboral será el empleador el que impondrá las normas bajo las cuales la prestación de los servicios será llevada a cabo por el trabajador.
  • La afiliación a la Seguridad Social en el contrato de prestación de servicios corre a cargo del profesional independiente, mientras que en el contrato laboral, obligación será de la empresa o empleador.
  • Cuando el contrato laboral se extingue al empleado se le otorga el derecho a recibir prestaciones sociales. Sin embargo, este derecho no se aplica a los profesionales independientes que desarrollan su actividad bajo la firma de un contrato de prestación de servicios.

En conclusión, un contrato de prestación de servicios profesionales es la mejor forma de establecer una relación laboral y poder cobrar tus facturas, ya que hay un documento que lo estipula por escrito. Si tienes cualquier duda o pregunta respecto a este tema, desde Billin estaremos encantados de ayudarte.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

No te pierdas nada

Subscríbete a la Newsletter de Billin

A principios de cada mes enviamos un email con las noticias de última hora, las novedades fiscales y los contenidos más buscados por autónomos y pymes.

Escribe un comentario

Todos los campos son obligatorios para darte la mejor respuesta

16 comentarios

  • Buenos dias,entonces entiendo que si por ejemplo una odontóloga presta servicios en una clínica dental y se acuerda que sobre lo facturado a los pacientes ,la clínica obtendrá un porcetaje y el/la dentista otro porcentaje,pero ¿quién paga a quién?,¿quién es elque tiene todo el montante antes del reparto?,¿el que factura?,¿la clínica?, Gracias por la ayuda.

  • Hola Laura que tal,

    como diseñador, en ocasiones realizo confección a medidas a x clientes, como viene siendo vestido de novia, invitada etc.

    Me gustaria saber, si en este caso debería realizar un contrato por prestación de servicios, entre mi y mi cliente, cual seria el procedimiento para realizarlo, es decir para que tenga validez legal, tiene que estar elaborado por x (ej: notario, abogado..) o puedo relizarlo yo… que beneficios y desventajas me podria traer y tal… quiza muchas preguntas je

    muchas gracias

    • Hola Oscar, el Contrato de Prestación de Servicios solo tendrá validez si ambas partes involucradas están enteradas y concuerdan con las condiciones establecidas en el acuerdo. Al momento de firmarlo, se refleja la satisfacción y conformidad de ambas partes por el servicio a prestar o recibir. En el siguiente enlace encuentras una amplia información sobre los Contratos de prestación de servicios profesionales, https://www.billin.net/blog/contrato-prestacion-servicios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Voy a trabajar como Asistente Personal para ayuda a personas dependientes. Para ello voy a estar de alta como autónomo y tengo que hacer un contrato de servicios prestados. Mi pregunta es: ¿qué tengo que cobrarle a la persona que atienda además de mi sueldo? Me refiero al: IVA? Seguridad Social? IRPF?.