Factura electrónica obligatoria para autónomos y empresas
¿Eres autónomo o tienes una pyme? Te explicamos en detalle la nueva factura electrónica obligatoria.
La normativa se enmarca dentro de la Ley Crea y Crece 18/2022.
Será obligatoria para todas las empresas, pymes y autónomos.
Su objetivo es el impulso de la digitalización y la lucha contra el fraude fiscal y la morosidad.
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¿Qué es la facturación electrónica obligatoria para empresas y autónomos?
La facturación electrónica obligatoria será el nuevo sistema de facturación obligatorio para todas las empresas y profesionales de España.
Se enmarca dentro de una ley basada en la factura digital, para la lucha en contra de la morosidad y el fraude fiscal.
Este nuevo sistema tributario, impulsa la digitalización de las relaciones empresariales, la reducción de costes de transacción y la facilitación de la transparencia entre operaciones económicas entre negocios.
Uno de sus características más importantes es la obligatoriedad que tendrán todos los empresarios y profesionales, de expedir y remitir sus facturas por vía electrónica a Hacienda.
La factura electrónica será el único sistema legal que podrá emplearse en las relaciones comerciales y económicas entre empresas y autónomos.
Obligaciones de la nueva factura electrónica para empresas y profesionales
A la espera de los requerimientos técnicos que regulen este nuevo sistema obligatorio de facturación, las pymes y autónomos deberán:
- Crear, emitir y recibir todas sus facturas con un formato legal válido.
- Crear, emitir y recibir todas sus facturas desde un programa garante conectado con la Hacienda.
- Acreditar el pago de los proveedores en el plazo establecido.
- Facilitar el acceso, visualización, descarga e impresión de la factura electrónica para los receptores.
- Mantener el acceso de las facturas electrónicas durante 4 años, aun cuando los destinatarios de éstas hayan dejado de ser clientes de las empresas emisoras.
Ventajas de la nueva factura electrónica para empresas y profesionales
La Facturación electrónica obligatoria trae consigo obligaciones para las empresas y autónomos, pero también muchas ventajas y beneficios para todos ellos como:
- Digitalización y optimización de las relaciones entre empresas.
- Reducción de tiempo y costes.
- Aumento de la productividad.
- Seguridad y fiabilidad de las transacciones electrónicas.
- Acceso garantizado durante cuatro años de todo el histórico de facturas electrónicas emitidas, sin costes adicionales.
- Trazabilidad y control en tiempo real.
- Reducción de errores humanos.
- Contar con información fiable sobre los plazos de pago.
- Lucha contra la morosidad de las operaciones comerciales, que es uno de los grandes problemas de liquidez y rentabilidad de los negocios.
- Incentivos para la reducción de los períodos medios de pago para garantizar que los adjudicatarios abonen en tiempo el precio pactado con los subcontratistas.
- Control fiscal garantizado por Hacienda.
¿Cuándo entra en vigor la facturación electrónica obligatoria?
La factura electrónica tendrá un periodo de adaptación voluntario desde su entrada en vigor en el BOE en octubre de 2022, hasta a 2024, año donde comenzará la obligatoriedad de manera progresiva por facturación anual de los negocios.
*Fechas estimadas sujetas a las publicaciones oficiales en el BOE.
Empresas grandes
Empresas con más de 8 millones facturación anual
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- Inicio Periodo voluntario con Kit Digital: desde la entrada en vigor en el BOE el 19 de octubre.
- Periodo voluntario con el Kit Digital + Deducciones fiscales: desde la entrada en vigor de los requerimientos oficiales en el BOE en Marzo/abril 2023.
- Inicio periodo obligatorio: Marzo – abril 2024 fecha máxima implementación para negocios +8 millones facturación.
Pymes y autónomos
Empresarios y profesionales con menos de 8 millones facturación anual
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- Inicio Periodo voluntario con Kit Digital: desde la entrada en vigor en el BOE el 19 de octubre.
- Periodo voluntario con el Kit Digital + Deducciones fiscales: desde la entrada en vigor de los requerimientos oficiales en el BOE en Marzo/abril 2023.
- Inicio periodo obligatorio: Marzo – abril 2025 fecha máxima implementación para negocios -8 millones facturación.
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Preguntas frecuentes sobre la nueva facturación electrónica obligatoria
para el sector privado
¿Qué es una factura online?
Una factura online es un documento generado por un programa online o digital por las empresas y los autónomos, en sus relaciones comerciales y económicas para justificar la compra y venta de servicios y productos.
¿Qué es una factura online B2B?
Una factura electrónica B2B es una factura que se crea, emite y recibe entre empresas y profesionales en formato digital, y posee el mismo valor legal que una factura en papel.
Desde el 30 de noviembre de 2021, el Gobierno de España aprobó hacer obligatoria la facturación electrónica entre autónomos y empresas, para que sean las facturas digitales el único sistema legal para ello.
¿Qué es una factura electrónica facturae?
Una factura electrónica facturae es un documento con un sello digital especial, solo de uso obligatorio hasta el momento para empresas y autónomos que tienen que emitir facturas a la administración pública.
Para empresas y autónomos que facturen a otros negocios su uso por el momento solo es voluntario.
Su formato actual se denomina facturae.
FACe es el programa de entrada de todas las facturas electrónicas facturae. A través de FACe, las empresas presentan sus facturas electrónicas obligatoriamente desde el 15 de Enero de 2015.
La factura electrónica se regula en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
La factura electrónica se define en el artículo 9 de este Reglamento.
¿Qué requisitos tiene que cumplir una factura electrónica facturae?
Para que una factura electrónica sea válida tiene que cumplir estos requisitos:
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- Legible por los sistemas informáticos
- Tiene que garantizar la autenticidad del origen de la factura
- Tiene que garantizar la integridad del contenido de la factura
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¿Cómo será la nueva Factura Electrónica Obligatoria?
La factura electrónica estará sujeta a los requerimientos técnicos del software antifraude que se incluyen dentro de 29.2 de la Ley General Tributaria.
Todo negocio tendrá que tener un programa certificado según estas condiciones establecidas.
El software tendrá que remitir los registros a la Agencia Tributaria de forma automática, incorporando «Factura verificable en la sede electrónica AEAT» o el sistema «Verifactu».
¿Qué ayudas hay actualmente para anticiparse a la Factura Electrónica Obligatoria?
Hasta que el gobierno establezca que ayudas específicas habrá para implementar y adaptarse a la nueva Factura Electrónica, los autónomos, pymes y empresas pueden anticiparse ya a este nuevo sistema con la ayuda del Kit Digital Acelera pyme.
Dentro de los servicios para la digitalización disponibles del Kit Digital se encuentra la Factura Electrónica.
¿Qué ayudas y subvenciones habrá para implementar la Factura Electrónica Obligatoria?
El Gobierno establece que habrá incentivos para la reducción de los periodos de medios de pago, mediante el acceso a subvenciones públicas.
Además, se prevé ayudas para su implementación dentro del Plan de Recuperación y la Agenda Digital 2025, y dentro del Programa Digital Toolkit incluirá entre los productos y servicios subvencionables la factura electrónica.
¿Qué sanciones hay para los negocios que no se adapten en sus fechas obligatorias?
Se creará un Observatorio de Morosidad Nacional, que se encargará del seguimiento y evaluación de los datos procedentes de los pagos en las relaciones comerciales entre negocios, así como la promoción de buenas prácticas.
Podrá haber sanciones de hasta 10.000€ para quienes estén obligados a expedir facturas con este nuevo formato y requerimientos y no lo hagan.
¿Por qué la Ley lucha en contra de la Morosidad?
La morosidad en el pago de servicios entre empresas, es uno de los principales problemas de liquidez y rentabilidad de muchos negocios españoles, especialmente entre autónomos y pymes.
La nueva facturación electrónica incluirá medidas para avanzar contra la lucha del fraude y la morosidad en las operaciones comerciales entre negocios.
La nueva facturación electrónica permitirá obtener una información más fiable y accesible en la nube siempre.
¿Qué requisitos tendrán las soluciones tecnológicas de facturación garantes?
Las soluciones tecnológicas y plataformas ofrecidas por empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica a los empresarios y profesionales deberán garantizar su interconexión e interoperabilidad gratuitas.
También, tendrán que mantener el acceso de las facturas electrónicas durante 4 años, aun cuando los destinatarios de éstas hayan dejado de ser clientes de las empresas emisoras.
Los sistemas y programas informáticos o electrónicos que gestionen los procesos de facturación y conserven las facturas electrónicas deberán respetar los requisitos a los que se refiere el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y su desarrollo reglamentario.
Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas, serán sancionadas con apercibimiento o una multa de hasta 10.000 euros. La sanción se determinará y graduará conforme a los criterios establecidos en el artículo 19.2 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Idéntica sanción puede imponerse a las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica que no cumplan las demás obligaciones previstas en el artículo 2.1. Es competente para imponer esta sanción la persona.
*Sujetos a posibles cambios tras la publicación oficial de los requisitos en Ley en el BOE.
¿Cómo afecta la Ley antifraude a la nueva Factura Electrónica Obligatoria?
La nueva Factura Electrónica para empresas y autónomos estará sujeta a los requisitos del software Ley antifraude 11/2021. Se obligará a contar con un programa certificado que garantice todos los requerimientos técnicos.
Las principales características serán:
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- Se podrán rectificar facturas, pero no borrar o alterar su registro informático.
- El software debe permitir la posibilidad de remitir los registros a la Agencia Tributaria de forma automática. Las facturas deberán llevar un sello digital con la “Factura verificable para AEAT” o sistema “Verifactu”.
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