Alta en el impuesto de actividades económicas: cómo hacerlo

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En este artículo, nos centraremos en lo qué es el Impuesto de Actividades Económicas para los autónomos y para las sociedades, además de diferenciar el Modelo 036/037 del Modelo 840/848 a la hora de darse de alta en el IAE en 2023.

¿Qué es el IAE?

El IAE es un impuesto que se aplicaría a todos los autónomos y sociedades que ejerzan una actividad económica, aunque actualmente, los autónomos están exentos del pago del IAE, les interesa conocer su epígrafe correspondiente, ya que, de eso dependerá la tributación fiscal de un régimen u otro.

Lo primero que debes hacer, es observar el listado de IAE que emite Hacienda para seleccionar la actividad que más se asemeje a tu actividad económica, teniendo en cuenta, que el listado se encontrará dividido en tres categorías: empresarial, profesional y artístico.

Este código será el que tendrás que indicar en tu Modelo 036/037 de modificaciones censales, cuando presentes el alta en Hacienda de la actividad, al igual, que en función de ese IAE se nos aplicará un régimen fiscal u otro.

 

¿Quién no tiene que pagar el IAE?

Ya hemos comentado, que tanto los autónomos como las sociedades están obligadas al pago del IAE, aunque existen diversas exenciones:

  • Estarán exentos de pagar IAE tanto autónomos como sociedades en los dos primeros años de actividad.
  • Están obligados al pago del IAE, tanto autónomos como sociedades que, en su tercer año de actividad, haya facturado más de un millón de euros.

Para saber si nuestro epígrafe está sujeto al pago del IAE, habrá que comprobarlo en el listado emitido donde se especificará si está o no sujeto al pago del IAE.

Si te encontrarás entre los que tienen obligación de pago, el tercer año de tu actividad, deberás comunicarlo a Hacienda mediante el Modelo 840.

Diferencia entre darse de alta en IAE o dar de alta una actividad

Vamos a intentar aclararnos partiendo desde el año 1995, donde todo el mundo estaba obligado a presentar el alta en IAE, pero con el cambio en la Ley de Haciendas Locales, en el año 1996, se quitó el IAE para todas aquellas actividades que no superaran el millón de euros.

La única forma que tiene Hacienda para controlar al resto de empresas que no llegan a ese volumen de facturación, le exige el alta mediante el Modelo 036/037, al igual que para el resto de empresas.

Actualmente, una empresa cuando quiere darse de alta, tan solo tendrá que rellenar el Modelo 036/037, donde señalará el epígrafe de la actividad que va a ejercer y el régimen fiscal que se aplicará.

Si posteriormente, pasado los dos primeros años, viera que ha superado el volumen de facturación de un millón de euros, entonces sí tendría que darse de alta en el IAE mediante el Modelo 840.

Resumiendo, diremos que el Modelo 036/037 se usará para comunicar el alta, variación o baja en actividad económica, mientras que el Modelo 840 será para el alta en IAE, y porque se haya superado el volumen de facturación de un millón de euros.

Cómo darse de alta en IAE: Modelo 840 y Modelo 848

Los obligados a presentar declaración de alta en IAE lo harán mediante el Modelo 840, junto a este Modelo va también el 848 que servirá para comunicar el importe neto de su volumen de negocios, salvo que presenten el Impuesto de Sociedades, impuesto sobre la renta de no residentes o Modelo 184.

El modelo 840 deberá presentarse cuando:

  • Para la declaración de alta por inicio de actividad será de un mes desde el inicio.
  • La declaración de alta por dejar de estar exentos se presentará en el mes de diciembre del año anterior al que estén obligados a presentar la declaración de alta de IAE.
  • En el caso de declaración de variación habrá un mes desde que ocurra el hecho.
  • En el caso de declaración por baja de actividad, habrá un mes desde el cese.
  • La declaración de baja por disfrutar de exención se presentará en el mes de diciembre anterior al año donde comienza la exención.

El modelo 848 se presentará entre el día 01 de enero al 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación de IAE.

Ambos modelos se presentarán en la Agencia Tributaria vía telemática.

que es el iae

Tarifas IAE

El listado de tarifas que corresponderá a cada epígrafe será publicado en el BOE.

Por ejemplo, supongamos que tienes un Restaurante y estás sujeto a pagar IAE, pues pagarás una cuota local al Ayuntamiento en función de la ubicación de tu negocio y del número de habitantes que haya en el municipio, es decir, si la población varía desde 10.000 a 40.000 habitantes pagarías una cuota de 189 euros.

En otros epígrafes como el 844 de servicios de publicidad, se pagará el IAE en función del número de trabajadores que hayas contratado, si tuviese hasta 10 trabajadores pagaría una cuota de 180 euros aproximadamente.

Consulta más modelos tributarios aquí y si tienes dudas con lo que se refiere al alta en el IAE no tienes más que utilizar los comentarios y te ayudaremos en todo lo que necesites.

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Marcos De La Cueva - CEO TeamSystem Facturas Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de TeamSystem Facturas Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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73 comentarios

  • Por fin alguien que dice las cosas claras y sin «música de fondo»… No tenía claro el tema del alta en el IAE, he pasado por varias webs, y ni tan siquiera en la AT diferencian claramente el darse de alta con el hacer las declaraciones anuales. No suelo escribir comentarios nunca, pero no quería dejarlo en el tintero. Gracias.

  • Buenos dias, actualmente estoy cobrando prestacion por desempleo, esporadicamente imparto cursos de formacion, para evitar problemas de compatibilidad, suspendo la prestacion durante los dias del curso y despues reanudo esa prestacion. Mi pregunta es si puedo seguir este procedimiento o tengo que darme de alta en autonomos y dejar de percibir la prestacion por desempleo. La facturacion actual es bastante baja

  • Hola Florencia amor, el Epígrafe que recoge la actividad señalada, es del Grupo 861: Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares, y, es una actividad profesional. En el siguiente enlace encuentras una amplia información sobre el Impuesto de Actividades Económicas, https://www.billin.net/blog/epigrafes-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Que epígrafe me corresponde para darme de alta de escultor, pintor, dentro de una s.l.