¿Cómo hacer la Declaración de Renta si eres autónomo?

Impuestos y Finanzas
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En este artículo, vamos a conocer todas las particularidades que tiene la Declaración de la Renta para autónomos, además de los aspectos fundamentales a tener en cuenta.

Si eres trabajador por cuenta propia, este contenido te interesará seguro.

¿Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta?

La Declaración de la Renta es el impuesto correspondiente al IRPF (a veces llamado también declaración IRPF), en el cual, habrá que incluir todos los ingresos que hemos recibido a lo largo del año, es decir, estará formado tanto por los ingresos como las deducciones que te correspondan.

Este impuesto, lo tendrán que presentar todos los ciudadanos para contribuir a las arcas de la Administración.

En el caso que estamos viendo, tenemos que la mayoría de los autónomos recibirán ingresos sujetos a IRPF, y, por tanto, tendrán obligación de presentar la Renta.

Debemos tener en cuenta, que no todo el mundo que recibe ingresos, bien sean como rendimientos del trabajo o de actividad económica, tienen obligación de hacer la Renta, sino que hay algunas excepciones.

Exentos de hacer la Declaración de la Renta:

  • Rendimientos del trabajo, siempre que no superen:
    • 22.000 euros anuales de un mismo pagador, también se aplica el mismo límite si has tenido un segundo o tercero pagador, y su suma no supera 1.500 euros.
    • 12.000 euros anuales, cuando los rendimientos provengan de más de un pagador, y la suma del segundo y posteriores, sea superior a 1.500 euros, este límite se mantiene cuando se reciba pensión de compensación de cónyuge, anualidad de alimentos no exentas, cuando el pagador no esté obligado a retener o se reciban rendimientos sujetos a la retención recogida en el artículo 80.1. 3º y 4º del Reglamento.
  • Rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención o ingreso a cuenta, que no superen en su conjunto 1.600 euros anuales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención, derivados de las Letras de Tesoro Público y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial, con un límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Autónomos exentos de declaración trimestral.

Como norma general, los autónomos está obligados a presentar la declaración, aunque existen excepciones:

  • Una de ellas es que hayan obtenido rentas inferiores a 1.000 euros anuales y perdidas inferiores a 500 euros.
  • Otra es similar a los asalariados por cuenta ajena: las rentas obtenidas tiene que ser inferiores a 22.000 euros anuales de un único cliente y si es de varios el máximo está en 11.200 euros.
  • Para los rendimientos de inmuebles y capitales está en las mismas cifras que un asalariado por cuenta ajena.
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Declaración de la renta autónomos.

Dentro de lo que se ciñe a la declaración de IRPF autónomos tenemos que tener en cuanta 3 modelos donde hacemos los pagos necesarios del IRPF.

Abajo tienes la información ampliada de cada uno de ellos:

  • El modelo 130 (régimen de estimación directa) o modelo 131 (régimen por módulos) de declaración trimestral autónomos. Es solo uno de los dos según su régimen.
  • El modelo 100 (D-100) de declaración anual autónomos.

Estos son los dos modelos que como mínimo debe presentar un autónomo en lo que estrictamente se refiere a IRPF por rendimientos.

Tramos de IRPF para el autónomo.

Como información complementaria te comentamos que tras la última reforma fiscal las tablas de IRPF han quedado de la siguiente manera:

declaracion renta de autonomos

Los contribuyentes residentes en España aplicarán el siguiente tipo de gravamen:

autonomos declaracion de la renta

Todos los datos referentes que debemos tener en cuenta para incluir en la Renta son:

  • La Comunidad Autónoma a la que pertenezcas.
  • La actividad que desarrolles, bien sea por estimación directa o módulos.
  • Otro tipo de ingresos diferente al de la actividad económica que hayas obtenido.
  • La situación personal y familiar.

¿Dónde se incluyen los rendimientos de trabajo de los autónomos?

Dependiendo de la tributación que tengas, tendrás que rellenarlo en los rendimientos de actividad económica en estimación directa o en estimación objetiva.

Si es por estimación directa, tendrás que ir rellenando las casillas correspondientes a ingresos y gastos, de forma desglosada, es decir, compras de mercaderías, seguridad social del autónomo, sueldos y salarios, servicios exteriores, servicios profesionales, reparaciones y conservaciones, amortizaciones, etc.

En el caso que estés en módulos, tendrás que incluir los parámetros que has usado en el cuarto trimestre, donde realizaste la regularización.

Si realizas una actividad agraria en estimación objetiva, tendrás que seleccionar el tipo de fruto o producto que ha producido la finca agraria que explotas.

Hacienda aplicará entonces unos coeficientes publicados en el BOE para cada año, y para cada uno de los productos, de manera que, se generará un rendimiento final. En este caso, el único gasto que se podrá deducir será el gasto en jornales y seguros sociales, además de la amortización de plásticos y alambres.

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Puntos fundamentales para la Renta de 2022 en los autónomos

La campaña comienza el 01 de abril y habrá que tener en cuenta las siguientes cosas:

  • Estarán exentas las prestaciones recibidas por maternidad y paternidad.
  • Se aumenta la deducción por guardería hasta 1.000 euros, siempre que hagan uso de los centros homologados.
  • Aumenta la deducción por familia numerosa en 1.200 euros al año o 2.400 euros la familia numerosa es de categoría especial.
  • Deducción por cónyuge con discapacidad de hasta 1.200 euros anuales, siempre que no reciba rentas superiores a 8000 euros (sin tener en cuenta las exentas)
  • Deducción del 30% como máximo de los suministros de la vivienda, para los que trabajen desde casa.
  • Aumenta la base de exención hasta 20.000 euros para los premios de lotería a partir del 01 de enero de 2019
  • Aumentará la deducción para las personas que inviertan en empresas de nueva creación hasta un 20%
  • Se mantiene el régimen transitorio en la adquisición de la vivienda habitual y la deducción del alquiler
  • Y, por último, se disminuye el límite a la aportación al plan de pensiones a 2.000 euros al año.

Algunas novedades relacionadas con la eficiencia energética y rehabilitación de edificios son las siguientes

  • Deducciones para la rehabilitación de viviendas habituales y mejora energética, hasta un 20% con un tope de 5.000€
  • Deducciones por mejoras del consumo de energía primaria no renovable, hasta un 30% con un máximo de 7.500€.
  • Deducción para edificios residenciales con obras que mejoren la eficiencia energética con reducción de un 30% en energía primaria no renovable, hasta 15.000€ o un 60% del gasto realizado.

La declaración de la renta de autónomos es algo que cualquier persona que está trabajando bajo este régimen tiene que tener bien controlada ya que literalmente su vida e ingresos puede ir en ella. Tener claros los modelos a presentar y las condiciones es clave y si necesitas más información aquí tienes el calendario fiscal de 2021.

Sobre la persona que ha validado este artículo

Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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26 Comentarios

  • Hola, buenas tardes!!
    En referencia a la presentación de la declaración trimestral del IRPF. Soy trabajador por cuenta ajena con rentas superiores a 22mil€, y adicionalmente facturo algunas colaboraciones como profesor. ¿Cual es el criterio para saber si debo presentar la declaración trimestral del IRPF? ¿Rentas por cuenta propia de mas de 1000€ anuales?
    Según tengo entendido si la actividad por cuenta propia es actividad profesional y no empresarial no es necesario presentar la declaración trimestral del IRPF, bastaría con la declaración de IRPF anual, ¿ es correcto?

    Muchas gracias por vuestra ayuda!!

  • Hola, buenos días!
    Tengo una pregunta sobre los trimestrales!
    Trabajo por cuenta ajena y cobro mas de 22000 euros al año,y también estoy dado de alta como autónomo pero no facturo nada,solo estoy pagando la cuota!
    Queria saber si tengo que hacer trimestrales o solamente hago la declaración modelo 100 !
    Muchas gracias antemano…

  • Buenas tardes,

    ¿Hay que pagar más en la declaración de la renta si eres trabajador por cuenta ajena y también autónomo? ¿Hay alguna forma de calcularlo?
    Pagando la cantidad de IPRF de cada empresa que corresponde, ¿es posible que en la declaración de la renta haya que pagar más por tener dos tipos de trabajo?

    Gracias,

    Un saludo

    • Hola Raquel, el cálculo a pagar de la declaración de la renta, se hará en función de todas los tipos de rentas que hayas obtenido, aplicando las reducciones y bonificaciones que te correspondan por tu situación personal o familiar. Te dejo un enlace con las nuevas bases imponibles para que puedas aproximar el porcentaje de IRPF que te correspodería, https://www.billin.net/blog/nuevas-tablas-irpf/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, soy autónoma y tengo una pequeña productora audiovisual. He recibido 1000 € de premio en un festival de cine por un documental. Mi pregunta es si dicho premio debo declararlo, ¿cuando? ¿en el mod. 130 (ingreso de la actividad)?, ¿en el mod. 100 de IRPF? o si por el contrario está exento de declaración como los premios de lotería.
    Gracias

      • Si, sobre que no esta exento ya me he aclarado, ya que no cumple los requisitos de exención. Ahora mi pregunta es, cuando debo declararlo, en el modelo 130 del trimestre correspondiente o en el modelo 100 cuando haga la declaración de renta?
        Muchas gracias

        • También quiero preguntar, respecto al modelo 130, en los gastos fiscalmente deducibles, a que se refiere el punto » IVA soportado cuando no sea desgravable a través de la declaración de IVA.»
          Que gastos son los que se encuadran en este punto?

  • Buenas! Trabajo por cuenta ajena y también estoy dada de alta pero en 2020 solo facture para una empresa durante dos meses. No he realizado declaraciones trimestrales, vale con la declaración anual?

  • Hola, estoy haciendo la declaración y lo tengo casi todo bien pero me falla la parte de los pagos fraccionados por actividades económicas.

    A parte de mi curro tengo otro por el cual estoy dado de alta en el IAE y trimestralmente presento el modelo 130 y pago mis impuestos (no pago iva al ser empresa extrajera no UE). Los pagos a hacienda me salen reflejados pero a la hora de aceptar la declaración me salta un aviso que debo rellenar la info de mi actividad pero en otros años no tuve que poner importes, solo actividad que realizo. Este año si no rellenos importes no me deja continuar. alguien sabe como debo proceder?

    Gracias

    • Hola José, si realizas pagos fraccionados por el desarrollo de una actividad económica por cuenta propia, debes incluir el rendimiento de la actividad, el cual se calculará con los ingresos y gastos (en el caso de estimación directa) o aplicando los índices correctores (en el caso de estimación objetiva). Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la Declaración de la Renta. https://www.billin.net/blog/como-hacer-declaracion-renta-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autónomo y el año pasado recibí una ayuda de la CAM destinada a subvencionar la compra de inmovilizado.
    Al ser un importe destinado a mi actividad económica, la incluí como ingreso al 100% en mi última declaración trimestral de IRPF.
    Sin embargo, veo ahora que no he debido hacerlo así, sino que es una subvención que se va «amortizando». Como mi inversión inicial está amortizada al 30% anual, entiendo que debería «amortizar» este ingreso al mismo porcentaje.

    Debería enviar un escrito detallando esto? En realidad, me sale a devolver de todas maneras, así que lo único que me importa es que Hacienda no vea un problema al ver un desfase entre el total que aparece en mi última declaración trimestral y la declaración de renta anual. Hay manera de evitar esto?

    Si podéis sugerir algo, os lo agradezco.

    Un saludo

  • Buenas tardes!
    Mi consulta es en que casilla del modelo de la renta hay que poner la primera ayuda para los autónomos? disminución del 75% de facturación (la que fue desde Marzo a Junio aproximadamente).

    Muchas gracias.
    Sofía

  • Hola,
    el año pasado vendí un bien afecto a mi actividad económica como autónomo (un monitor).
    Sé que debo calcular la ganancia patrimonial e incluirla en la declaración de la renta, pero no me queda claro dónde.
    Pienso que es en “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales”, y tengo que incluir fecha, valor amortizado, valor de venta, etc. Es así?

    Gracias, un saludo

  • ESTOI CERRADO EN EL TERCER TRIMESTRE SIN ACTIVIDAD, POR BAJA DE ENFERMEDAD, TENGO QUE HACER LA DECLARACION DEL MODULO Y QUE TENGO QUE DECLARAR SI NO TENGO INGRESOS,O SE INTERURPE ESTE COMCEPTO HASTA VOLVER A REANUDAR LA ACTIVIDAD.