El Modelo 131 es la autoliquidación del Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF) y te explicamos todo lo que debes saber a la hora de presentarlo eres un autónomo. Puede sonar raro de entrada, pero una vez te lo expliquemos lo entenderás sin problema. Vamos allá.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 131?
El Modelo 131 es el denominado del pago fraccionado que presentan los autónomos, profesionales y socios de sociedades civiles o de comunidades de bienes, que tributen en el régimen de estimación objetiva, o como más conocido, en módulos.
Su finalidad es pagar un anticipo del impuesto sobre la renta para mantener la sostenibilidad y el funcionamiento del Estado.
En términos sencillos, es similar que el porcentaje que se descuenta de las nóminas de los empleados cada mes, sin embargo, para nosotros cada 3 meses.
Y, al igual que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, todo se ajusta en la declaración de la renta a final de año, tanto si has pagado tus deudas tributarias como si, por el contrario, aún tienes algo que pagar a la administración pública.
Crea presupuestos, facturas y tickets sin coste para tu negocio.
Consigue Billin gratis gracias al Kit digital Acelera pyme del Gobierno.
Nosotros te ayudamos gratis con todos los trámites.
Al registrarme acepto los términos y condiciones y la Política de Privacidad.
*Solución 100% subvencionada para autónomos y empresas de 0 a 49 empleados gracias al Kit Digital.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España Digital 2025, y Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 de los fondos Next Generation de la UE.

¿Para qué sirve el Modelo 131? ¿Quién está obligado a presentarlo?
Se usa para que los autónomos, los socios de sociedades colectivas y de comunidades de bienes que tributen en módulos declaren su beneficio y tributarlo en IRPF.
Estarán obligados a realizar cuatro pagos al año de forma trimestral a cuenta para la futura Declaración de la Renta Autónomos.
En las sociedades colectivas y las comunidades de bienes, tendrá que presentarlo cada uno de los socios, según la participación que tengan en el beneficio de la entidad.
Generalmente, y para que sea fácil de recordar lo presentarás si generalmente haces retención del IRPF en tus facturas, ya sea del 7% o del 15%
Diferencias Modelo 130 y 131
La diferencia entre los Modelos 130 y 131 de IRPF, es que, el primero lo presentarán los autónomos que tributen en el régimen de estimación directa, mientras que el segundo, lo presentarán quién tribute en módulos.
Los que presenten el Modelo 131 ya han ido haciendo retenciones en sus facturas con lo que generalmente les saldrá menos a pagar al presentar este modelo al contrario de lo que sucede con los que presentan el 130.
¿Cómo se rellena el Modelo 131 paso a paso? Con imágenes
Veamos cómo rellenar este impuesto en cada uno de sus apartados. Es bastante sencillo:
- Declarante:
Si dispones de etiquetas identificativas emitidas por la Agencia Tributaria, bastará con pegarlas en cada una de las páginas del impuesto, en otro caso, tendrías que rellenar los datos identificativos de quién presenta este impuesto.
- Devengo:
En este apartado habrá que señalar el ejercicio al que pertenece el impuesto y el periodo, que se referirá al trimestre, 1T, 2T, 3T o 4T
MODELO 131 INSTRUCCIONES
I.- Actividades económicas en estimación objetiva distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales.
- a) Actividad (Epígrafe I.A.E): indicaremos el correspondiente a nuestra actividad comercial.
- b) Rendimiento neto de la actividad a efectos del pago fraccionado: se rellenará teniendo en cuenta la casilla del epígrafe, y se calculará el rendimiento según unos parámetros que nos emite Hacienda según los datos iniciales del ejercicio.
Cuando se inicie una actividad los datos base iniciales serán los que existen al comienzo de la actividad, en caso, de no poder determinarlos se aplicará el 2 % del volumen de ingresos y ventas.
- c) Porcentaje aplicable: se hará constar el porcentaje que habrá que aplicar para el cálculo del pago fraccionado, en función del número de personas asalariadas, sería:
El 2 % cuando no tengamos personas asalariadas.
El 3 % si tenemos un trabajador
Un 4 %, en el caso de 2 o más empleados.
En la casilla 2 indicaremos el importe generado por aplicar el porcentaje sobre nuestro rendimiento económico.
II.- Actividades económicas en estimación objetiva distintas de las agrícolas, ganadera y forestales, sin posibilidad de determinar ninguno de los datos base para el cálculo del pago fraccionado
En la casilla 3 indicaremos el volumen de ventas que hayamos tenido durante el trimestre, y en la casilla 4 el resultado de aplicar a la casilla 3, el porcentaje del 2 %.
III.- Actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva
La casilla 5 indicará el volumen de ingresos del trimestre por el que realizamos el pago a cuenta, y en la casilla 6, el resultado de aplicar el porcentaje del 2 % sobre la casilla 5.
IV.- Total liquidación
Tras rellenar todos los datos correspondientes al rendimiento y su cálculo de pago fraccionado, llegamos a este apartado, donde indicaremos:
La casilla 7: la suma del pago fraccionado previo, según hayas rellenado el apartado I., II. o III, es decir, la suma de las casillas 2 + 4 + 6
Casilla 8: indicando las retenciones soportadas que hayamos tenido durante el trimestre.
La casilla 9: artículo 80 de la Ley IRPF, nos dice que las actividades económicas con rendimiento anual inferior o igual a 12.000 euros, les corresponderá una deducción de:
- Cuando el rendimiento sea igual o inferior a 8.000 euros le corresponderán 400 euros de deducción.
- Si el rendimiento está comprendido entre 8.000 y 12.000 euros, la deducción sería esos 400 euros, menos el producto de multiplicar por 0,1 la diferencia entre nuestro rendimiento y 8.000 euros.
En la casilla 10: será el resultado de restar al pago fraccionado previo (casilla 7) las casillas 8 y 9.
La casilla 11: si la casilla 10 ha resultado un importe positivo, indicaremos en esta la suma de los importes de resultados negativos, y que no se hayan deducido anteriormente (son los que aparecen en la casilla 15 de las anteriores declaraciones del mismo ejercicio), nunca podrá superar el importe de la casilla 11.
Casilla 12: la podrán rellenar los autónomos que estén pagando un préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual, con unos requisitos que habrá que cumplir.
Casilla 13: el resultado de la siguiente diferencia 10 – 11 – 12, si resultase una cifra negativa indícalo con (-)
La casilla 14: está creada solo en caso de declaración complementaria del mismo ejercicio y periodo, y donde se indicaría el resultado de la anterior declaración.
Casilla 15: ya hemos llegado al resultado final de nuestra declaración, no olvides que si obtienes una cifra negativa deberás indicarlo con el signo menos.
¿Cuándo y cómo se presenta el Modelo 131 del cuarto trimestre en 2023? ¿Dónde descargar el Modelo 131?
El modelo 131 se debe presentar cada trimestre del día 1 al 20 y se puede presentar por dos vías:
- Forma telemática, mediante la sede electrónica de la Agencia Tributaria, podrás acceder con un certificado electrónico, DNI electrónico o cl@ve pin, en la siguiente dirección electrónica: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G602.shtml
- Vía papel, donde tendrás que descargar el PDF, te dejamos el enlace https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/A131-PW18/index.zul
¿Se puede aplazar el Modelo 131?
Sí, podemos aplazar el procedimiento automático de presentación de este modelo por necesidades transitorias de tesorería y además sin justificar siempre que la deuda no exceda los 30.000 euros.
No requiere además aportación de garantías.
Plazo Máximo concedido:
- 12 meses personas físicas.
- 6 meses personas jurídicas.
Consulta más modelos tributarios aquí.
Si eres autónomo el Modelo 131 (o el 130) es de lo más importante para ti a la hora de estar al día con tus impuestos en Hacienda. Tenlo muy presente y que no se te pase. Y si aún tienes dudas utiliza los comentarios, desde Billin estaremos encantados de ayudarte.
Hola,
Por favor, quiero saber cuánto voy a pagar a la hacienda cada trimestre si me declaro ganando 12000 al año
Hola Mimoune, si vas a obtener un rendimiento neto de 12.000 euros anuales. El Modelo 130 lo tienes que presentar de forma trimestral pagando un 20% sobre el beneficio obtenido en cada trimestre. Aproximadamente pagarías unos 2.400 euros.
Espero haber aclarado tus dudas.
Buenas,he hecho modelo 131 vía telemática lo pago,me lo restan de la cartilla pero me da un error la página sin poder presentarlo ni descargarlo ,en hacienda me dirán que lo presente pero no puedo,pero esta pagado ,que hago,?
Hola Clemente, si has pagado el Modelo 131 sin presentarlo en la web de la Agencia Tributaria, necesitas el código NRC para poder tramitarlo telematicamente. En este enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre el Modelo 131, https://www.billin.net/blog/modelo-131/. Espero haber aclarado tus dudas.
En el modelo 131 tengo 2 trabajadoras en el apartado de horas cuantas tengo k poner 1.800 o el doble x tener dos trabajadoras,gracias
Hola Raquel, si los trabajadores están a jornada completa tendrás que indicar las horas de cada uno de ellos, 1800 por cada uno. En este enlace encontrarás una mayor información sobre este modelo tributario, https://www.billin.net/blog/modelo-131/. Espero haber aclarado tus dudas.
Estoy rellenado el modelo 131 1tre. del 2022.
Una vez todo relleno, ya validado, le doy a «formalizar ingreso/devolución», ya el resultado es a ingresar y lo quiero cargar en mi cuenta bancaria, en la opción «seleccione el tipo de declaración» me aparece un desplegable, en el que si selecciono la primera opción «a ingresar», solo me permite realizar el pago inmediato mediante NRC, no da opción de cargo en cuenta bancaria en la fecha final de pago (20/abril/2022), no veo otra opción que me permita hacer el pago con cargo en cuenta bancaria. Me puedes decir como hacerlo
Hola, para poder domiciliar un impuesto correspondiente al primer trimestre de 2022 el último día fue el día 15 de abril. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el Modelo 131, https://www.billin.net/blog/modelo-131/. Espero haber aclarado tus dudas.
Una carnicería puede tributar con el modelo 131
Hola Yolanda, el epígrafe 647.1,2 y 3, denominado: Elaboración de productos de charcutería por minoristas de carne, está recogido en la orden de módulos vigente. En el siguiente enlace encontrarás una mayor información sobre la estimación objetiva o módulos, https://www.billin.net/blog/estimacion-objetiva-modulos/. Espero haber aclarado tus dudas.