Las rentas exentas de IRPF: ¿cuáles no tributan?

rentas exentas de irpf

Por definición, en la declaración del IRPF se declaran todas las rentas que un contribuyente percibe: rendimientos del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, rendimientos de actividad económica, ganancias y pérdidas patrimoniales, y las imputaciones establecidas por Ley.

Sin embargo, existen algunos supuestos en los que la obtención de rentas no tienen obligación de tributar. Cuando esto ocurre, decimos que es una renta exenta.

Saber cuáles de nuestros ingresos pueden ser rentas exentas es importante, sobre todo si somos autónomos o empresarios, porque va a influir directamente sobre el resultado de nuestros negocios. Por eso, hoy vamos a verlo en detalle para que no te quede ninguna duda.

¿Qué son las rentas exentas de IRPF?

Las rentas exentas de IRPF son ingresos que no tributan en la declaración de la renta, por lo tanto, no será necesario incluirlas porque no tendrán ninguna repercusión en el resultado.

Entonces, saber qué rentas tributan y cuáles no es clave para autónomos y empresarios porque son parte de sus ingresos, pero se tienen en cuenta para calcular la base imponible del impuesto.

Este es uno de los primeros pasos para ahorrar en el IRPF y no tener que hacer la declaración de la renta si no estamos obligados a ello. 

Además, nos ayuda a:

  • Evitar errores por incluir conceptos que no proceden.
  • Ahorrar fiscalmente porque aplicamos correctamente las exenciones previstas.
  • Entender cómo funcionan las obligaciones fiscales, cómo cumplirlas y cómo manejar los límites para acceder a otras deducciones.

Es importante no confundir las rentas exentas del impuesto con los ingresos que deben declararse en otro impuesto diferente.

Por ejemplo, una herencia o una donación son ingresos recibidos, pero no van por el IRPF, sino que tributarían por el impuesto sobre sucesiones y donaciones, sin importar si el contribuyente es autónomo o asalariado.

Por último, Hacienda contempla otros tipos de exenciones que tienen fines sociales o económicos para premiar a determinados colectivos o para no ejercer más presión fiscal sobre las rentas que perciben los más desfavorecidos. Un ejemplo de ello son las ayudas por discapacidad o prestaciones públicas.

Mínimo exento de IRPF

El mínimo exento de IRPF es la cantidad mínima de ingresos que no tiene que tributar. Su obligación empezará cuando la supere.

Esto es así porque se refiere a la cantidad mínima para cubrir las necesidades básicas de subsistencia o mínimo vital. Esta cantidad mínima vital no tributa, pero sí que forma parte de la base para el IRPF.

Además, como el IRPF es un impuesto personal que está sujeto a cada individuo, se van a tener en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente, como son la edad, si hay o no discapacidad, si existen personas dependientes, etc., para el saber cuál es este importe mínimo exento.

En este impuesto hay que diferenciar entre:

  • El mínimo personal es una cuantía fija igual para todos los contribuyentes. Además, se establecen mínimos superiores para el caso de contribuyentes de 65 años y para los que tengan alguna discapacidad.
  • El mínimo familiar tiene en cuenta a las personas que dependen del contribuyente, tanto descendientes como ascendientes, permitiendo una reducción por cada descendiente, menor de 25 años, que conviva con el titular y que dependa económicamente de él, al igual que los ascendientes que también convivan y dependan del contribuyente.

Estos mínimos no son ingresos exentos, sino que son unas cantidades que se deben de restar de los ingresos que sí deben tributar. Con lo cual es algo a parte de las rentas exentas que no tienen que tributarse en este impuesto.

En caso de ser autónomo, si después de aplicar los gastos deducibles y las reducciones de difícil justificación, tu rendimiento neto es igual o menor que el mínimo exento, entonces no pagarás IRPF, aunque sí que sigues teniendo la obligación de presentar la declaración.

Veamos mejor un ejemplo.

Si un autónomo ha tenido en el ejercicio 2024:

  • Ingresos anuales: 15.000 euros.
  • Gastos deducibles: 6.000 euros.
  • Rendimiento neto: 9.000 euros.
  • Mínimo exento aplicable (ej. autónomo con un hijo y > 65 años): 9.000 euros.

Como el rendimiento neto (9.000 euros) es igual al mínimo exento que se debe aplicar, entonces no tendrás que pagar nada de IRPF, pero sí deberás presentar la declaración igualmente.

Tipos de rentas exentas de IRPF

Ya hemos hablado sobre que existen las llamadas rentas exentas de impuestos que no tienen que tributar por diferentes motivos, como pueden ser pensiones, becas, ayudas, etc. 

Las rentas exentas de IRPF más destacadas son:

  • Prestaciones o pensiones por actos de terrorismo.
  • Ayudas percibidas por los afectados por el VIH.
  • Pensiones reconocidas a personas que sufrieron lesiones o mutilaciones por la Guerra Civil.
  • Indemnizaciones por daños personales como consecuencia de responsabilidad civil y las derivadas de contratos de seguros de accidentes.
  • Indemnizaciones por despido o cese del trabajador.
  • Prestaciones por incapacidad permanente o gran invalidez.
  • Retribuciones por maternidad o paternidad y de familia no contributivas.
  • Prestaciones públicas por acogimiento de personas con discapacidad, mayores de 65 años o menores a cargo.
  • Becas de estudios.
  • Anualidad por alimentos a favor de los hijos por decisión judicial.
  • Gratificaciones por participar en misiones internacionales de paz o humanitarias.
  • Las rentas mínimas de inserción y ayudas a víctimas de delitos violentos.
  • Ayudas familiares recibidas por la Administración Pública, bien sean por nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de menores.

Por ejemplo, la prestación por maternidad que es percibida por la Seguridad Social no se debe imputar como rendimiento del trabajo, quedando exenta de IRPF desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2018 y que, luego, fue contemplada en la Ley.

Una de las rentas exentas del 2024 es la ayuda por fenómenos meteorológicos adversos (DANA). Las cantidades satisfechas entre el 29 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 por empleadores a sus empleados y/o familiares para sufragar daños personales y materiales causados por la DANA están exentas de tributación.

Otras rentas exentas son las subvenciones de la política agraria y pesquera comunitaria, porque se encuentran dentro del marco de los regímenes en favor del clima y del medioambiente (eco-regímenes) de la política agraria comunitaria.

Otra cosa muy importante a tener en cuenta es que, cuando eres autónomo, si recibes ayudas o subvenciones públicas relacionadas con tu actividad profesional (como el Kit Digital, por ejemplo), estas no siempre estarán exentas.

Entonces, en el caso de que las hayas destinado a mejorar tu actividad económica (equipamiento, software, consultoría), tendrás que incluirlas como ingreso en tu declaración.

¿Dónde se recogen las rentas exentas del IRPF?

Como ya sabemos, las rentas exentas de IRPF son aquellas sobre las que no hay obligación de pagar impuestos y, por tanto, no formarán parte de la base del impuesto.

Estas rentas se encuentran reguladas en el artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF, que lo que hace es enumerar los ingresos que no están sujetos a tributación, ya sea por su naturaleza o por su finalidad. 

La lista, como ya vimos antes, abarca desde pensiones indemnizatorias y becas públicas hasta ayudas sociales, rentas mínimas, indemnizaciones por despido o determinadas prestaciones por discapacidad.

Es importante tener en cuenta que estas rentas no son definitivas, sino que pueden modificarse, ampliarse o limitarse cada año porque dependen de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), u otras leyes con rango tributario.

Por ello, la Agencia Tributaria actualiza anualmente su manual y cuadro resumen con todas las exenciones vigentes aplicables en la campaña del IRPF.

¿Las rentas exentas se declaran en el IRPF?

Sí, algunas rentas exentas tienen que incluirse en la declaración de la renta, aunque no tributen ni formen parte de la base imponible del impuesto. Algunos ejemplos son la recepción de prestaciones públicas o de becas.

Sin embargo, otras no necesitan que se declaren. 

En Renta Web Open, el simulador de Renta Web, puedes ver cómo funciona el modelo 100. Ahí podrás comprobar que las rentas exentas se tienen que declarar en el Apartado M: “Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen”, entre las casillas 0001 y 0049, dependiendo del tipo de renta.

Estos son algunos ejemplos:

Preguntas frecuentes

A continuación, veremos algunas preguntas que suele darse sobre las rentas exentas.

¿Cuál es el mínimo exento del IRPF?

Como hemos estado hablando durante todo el artículo, el mínimo exento del IRPF es la cantidad de ingresos que no tributa porque es la que el contribuyente va a dedicar a cubrir sus necesidades. En 2024, los importes son:

  • De carácter general:  5.550 euros.
  • Si tienes entre 65 y 74 años: 6.700 euros.
  • Si tienes 75 años o más:  8.100 euros.

En el caso de que tuvieras hijos o mayores a tu cargo o alguna discapacidad, estas cantidades podrían aumentar. 

Nota importante: este mínimo no es una renta exenta. Es una reducción automática que se aplica al calcular la cuota del impuesto, con lo que las rentas exentas van a parte.

¿Puedo beneficiarme de las rentas exentas si soy autónomo con discapacidad o con hijos a cargo?

Sí. Además, como autónomo, puedes acogerte unas rentas específicas como:

  • Rentas exentas por discapacidad igual o superior al 33%, que podrá ser de hasta 7.750 € exentos o incluso subir a 9.750 € si necesitas ayuda de terceros o tienes movilidad reducida.
  • Tienes hijos a cargo, se aplican mínimos familiares que aumentan el mínimo exento y, además, algunas ayudas o prestaciones pueden estar totalmente exentas de IRPF (como las de nacimiento, dependencia o familia numerosa).

¿Están exentas de IRPF las ayudas del Kit Digital?

Sentimos decirte que no. Las ayudas del Kit Digital no están exentas porque van directamente a tu negocio.

Si eres autónomo o empresario, esta subvención tienes que incluirla como ingreso de la actividad económica en tu declaración de la renta, dentro del apartado de estimación directa.

¿Pero, si yo no recibo el dinero, lo recibe el agente digitalizador? Sí, pero como es por el servicio que te presta se considera que igualmente te ha llegado el dinero, aunque no sea directamente y, por lo tanto, es un ingreso computable.

¿Las rentas exentas afectan a lo que tengo que pagar de impuestos como autónomo?

Tal y como indica Hacienda en su página web, las rentas exentas no se tienen en cuenta para determinar el límite de la obligación de declarar.

Es decir, que no cuentan para ver si estás obligado a declarar.

Pero, como autónomo, al recibir rentas mixtas (de las que tributan y de las que no), sí que vas a tener que declararlas todas, aunque las exentas pueden figurar como informativas.

Por lo tanto, las rentas exentas no afectan directamente a lo que tienes que pagar de IRPF como autónomo, porque no se suman a la base imponible y, por tanto, no generan impuestos.

Si tienes alguna duda sobre las rentas exentas de IRPF solo tienes que dejarnos un comentario abajo y lo responderemos para ti.

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Marcos De La Cueva - CEO TeamSystem Facturas Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de TeamSystem Facturas Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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24 comentarios

  • mi madre cobra una pensión por accidente de trabajo desde 1965, regulada con la reglamentación de accidentes de trabajo, del 56, tiene una pensión vitalicia de la caja de previsión de accidentes de trabajo, es esa normativa estaban exentas de todo, la pensión, de mi madre actual es de 14,41 si…..si 14,41 a esto le suma las revalorizaciones y un complemento a mínimos, yo tengo una discapacidad física mental del 48% y mi madre una discapacidad del 66% movilidad reducida, y es legalmente ciega. Fui a hacer la declaración de la renta,en el año 2022 y mi sorpresa fue que el funcionario habilitado me incluyo 1200 euros por cada uno de mis padres, Mi padre con un 46% de discapacidad, y incapacidad absoluta ya jubilado) en 2023 solicite lo mismo, y en 2024 solicite el abono anticipado. Pues lo de mi madre dicen que se pasa de los 8000 euros que es el mínimo, ¿ como me lo gestiono una funcionario habilitado, 2022, y me concedieron el abono anticipado, y después de 7 meses cobrándose dicen que no le corresponde a mi madre, qué hay del derecho adquirido de ser una renta exenta desde su inicio. mi madre cobra 784 euros de pensión de los cuales 4.41 es la pensión 269 de revalorizaciones y el resto de complemento a mínimos. En el 2000 le negaron la subida del 20% por ser una pensión anterior al 1971 tiene una incapacidad total por accidente de trabajo jubilación.

    • Hola Carlos, podrán aplicar la deducción por cónyuge con discapacidad, siempre y cuando el cónyuge tenga reconocida una discapacidad del 33% o superior, además, esta persona no debe de estar separada legalmente de él y el cónyuge no debe tener renta anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros. En caso de cumplir estos requisitos puedes solicitar esta deducción. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre las deducciones fiscales, https://www.billin.net/blog/nuevas-deducciones-fiscales-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días. Muchas gracias por vuestra labor. Mi pregunta; en los datos fiscales de la renta 2022 no me aparece los ingresos de la seguridad social por incapacidad permanente absoluta, exenta de retención de irpf. La tengo que incluir en la declaración de renta o al estar exenta de retención no hace falta incluirla en la renta. Muchas gracias de antemano. Un saludo

  • Hola Maria del Carmen, El nudo propietario, es decir, quien es el nuevo propietario de la vivienda, mientras exista el derecho del usufructuario, no tendrá que declarar nada relativo al inmueble en la declaración de la renta porque no es el titular del derecho real del inmueble. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a las ganancias patrimoniales, https://www.billin.net/blog/ganancia-patrimonial-impuestos/. Espero haber aclarado tus dudas.