Rentas Exentas de IRPF en 2026
Las rentas exentas de IRPF son ingresos que, aunque forman parte de las rentas que puede percibir un contribuyente, están libres de carga fiscal y no se integran en la base imponible del impuesto. Es decir, no tributan en la declaración de la renta.
En este artículo te contamos:
- Qué son las rentas exentas de IRPF y cómo funcionan.
- Cuál es la diferencia entre el mínimo exento y las rentas exentas.
- Qué tipos de ingresos están exentos.
- Cómo tributan las ayudas públicas y subvenciones para autónomos.
- Si las rentas exentas deben incluirse en la declaración de la renta.
Resumen de este artículo
Rentas Exentas de IRPF en 2026
Las rentas exentas de IRPF son ingresos que no tributan en la declaración de la renta y que no forman parte de la base imponible del impuesto.
Para autónomos y pymes, conocer estas exenciones puede ayudar a evitar errores, reducir impuestos y cumplir correctamente con Hacienda.
Puntos clave:
- Las rentas exentas no tributan en el IRPF, aunque algunas sí deben informarse en la declaración.
- El mínimo exento y las rentas exentas son conceptos diferentes.
- Existen rentas exentas como prestaciones por maternidad, determinadas indemnizaciones, becas o ayudas públicas.
- Las ayudas y subvenciones para autónomos, como el Kit Digital, normalmente tributan como ingresos de la actividad económica.
- Los autónomos deben seguir presentando la declaración de la renta aunque sus ingresos estén por debajo del mínimo exento.
- Las empresas y pymes deben informar en el modelo 190 de determinadas rentas exentas abonadas a trabajadores.
En este artículo encontrarás
En la declaración del IRPF se declaran todas las rentas que un contribuyente percibe, como rendimientos del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, rendimientos de actividad económica, ganancias y pérdidas patrimoniales, y las imputaciones establecidas por ley.
Sin embargo, existen algunas rentas exentas de IRPF, como las becas o algunos premios y subvenciones.
Saber qué ingresos pueden ser rentas exentas es importante, sobre todo para autónomos o pymes, porque puede influir directamente en la carga fiscal y en la rentabilidad del negocio.
¿Qué son las rentas exentas de IRPF?
Las rentas exentas de IRPF son ingresos que no tributan en la declaración de la renta y que, por tanto, no se suman a la base imponible sujeta a impuestos, ni generan ninguna obligación de pago tributario.
Aunque forman parte de los ingresos que puede percibir una persona o empresa, la ley del IRPF establece determinados supuestos en los que esos importes quedan fuera del hecho imponible del modelo 100.
Saber qué rentas están exentas y cuáles no te ayudará a:
- Evitar errores por incluir conceptos que no proceden.
- Ahorrar fiscalmente al aplicar correctamente las exenciones previstas en el artículo 7 de la normativa.
- Diferenciar impuestos aplicables: es fundamental no confundir una exención con una renta no sujeta. Por ejemplo, recibir una herencia o una donación es un ingreso exento de IRPF, pero que obligatoriamente debe liquidarse a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), sin importar si el contribuyente es asalariado o autónomo.
- Acceder a otras deducciones al entender cómo funcionan las obligaciones fiscales, cómo cumplirlas y cómo manejar los límites..
El mínimo exento de IRPF frente a las rentas exentas
El mínimo exento de IRPF no es una renta exenta, sino la cantidad mínima de ingresos que la ley destina a cubrir las necesidades básicas de subsistencia (mínimo vital) y por lo tanto, no tiene que tributar. Cuando se supera este mínimo, es cuando empieza la obligatoriedad.
A diferencia de las rentas exentas, estas cantidades sí se tienen en cuenta en el cálculo progresivo del IRPF.
Además, como el IRPF es un impuesto personal que está sujeto a la situación de cada individuo, se tienen en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente, como la edad, si hay o no discapacidad o si existen personas dependientes, para saber cuál es este importe mínimo exento.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, si tras aplicar los gastos deducibles admitidos tu rendimiento neto es igual o inferior a este mínimo vital, la cuota resultante de tu IRPF será cero, pero mantendrás de forma obligatoria la obligación de presentar la declaración de la renta.
| Situación personal | Mínimo exento aproximado |
| Contribuyente general | 5.550€ |
| Mayores de 65 años | 6.700€ |
| Mayores de 75 años | 8.100€ |
| Discapacidad ≥ 33% | Se añaden 3.000€ adicionales |
| Discapacidad ≥ 65% | Se añaden 9.000€ adicionales |
| Por descendiente menor de 25 años | Desde 2.400€ a 4.500€ según número de hijos |
| Por ascendientes a cargo (mayores de 65) | Desde 1.150€ a 2.550€ por cada uno |
En este impuesto hay que diferenciar entre:
- El mínimo personal: es una cuantía fija igual para todos los contribuyentes. Además, se establecen mínimos superiores para el caso de contribuyentes mayores de 65 años y para los que tengan alguna discapacidad.
- El mínimo familiar: tiene en cuenta a las personas que dependen del contribuyente, tanto descendientes como ascendientes. Permiten una reducción por cada descendiente, menor de 25 años, que conviva con el titular y que dependa económicamente de él, al igual que los ascendientes que también convivan y dependan del contribuyente.
Estos mínimos no son ingresos exentos, sino que son unas cantidades que se deben restar de los ingresos que sí deben tributar. Con lo cual es algo aparte de las rentas exentas.
En caso de ser autónomo, si después de aplicar los gastos deducibles y las reducciones de difícil justificación, tu rendimiento neto es igual o menor que el mínimo exento, entonces no pagarás IRPF, aunque seguirás teniendo la obligación de presentar la declaración.
Por ejemplo, si un autónomo ha tenido en el ejercicio 2025:
- Ingresos anuales: 15.000€
- Gastos deducibles: 6.000€
- Rendimiento neto: 9.000€.
- Mínimo exento aplicable (ej. autónomo menor de 65 años): 5.550€
Como el rendimiento neto de 9.000€ es superior al mínimo exento, la cantidad real sobre la que se calcularán los impuestos será de 3.450€ (9.000-5.550).
Tipos de rentas exentas de IRPF (Artículo 7 de la Ley)
El artículo 7 de la Ley del IRPF recoge de forma expresa qué ingresos están exentos de tributar. Aunque existen diferentes supuestos, algunas de las rentas exentas más habituales y relevantes son:
Rentas derivadas de la protección laboral y civil
- Indemnizaciones por despido o cese del trabajador, exentas hasta el límite obligatorio establecido en el Estatuto de los Trabajadores (con el tope general de 180.000€).
- Indemnizaciones por daños personales derivadas de responsabilidad civil o seguros de accidentes.
- Prestaciones públicas por incapacidad, pensiones por invalidez permanente absoluta o gran invalidez.
- Retribuciones por maternidad o paternidad, exentas tras la consolidación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- Prestaciones o pensiones por actos de terrorismo.
- Ayudas percibidas por personas afectadas por el VIH.
- Pensiones reconocidas a personas con lesiones o mutilaciones derivadas de la Guerra Civil.
- Becas públicas y ayudas oficiales destinadas a estudios.
- Rentas mínimas de inserción y ayudas a víctimas de delitos violentos.
Rentas de carácter educativo y extraordinario
- Becas de estudios: ayudas oficiales destinadas a cursar estudios en todos los niveles del sistema educativo.
- Anualidades por alimentos a favor de los hijos fijadas por decisión judicial.
- Ayudas extraordinarias aprobadas para afectados por emergencias o fenómenos meteorológicos adversos, como la DANA.
- Subvenciones de la política agraria y pesquera comunitaria.
- Prestaciones públicas por acogimiento de menores, mayores de 65 años o personas con discapacidad.
- Gratificaciones por participar en misiones internacionales de paz o humanitarias.
- Ayudas familiares concedidas por la Administración pública por nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de menores.
En cualquier caso, para que una renta quede realmente exenta de IRPF, es importante comprobar los requisitos y límites establecidos en cada supuesto concreto.
La tributación de las ayudas públicas
Las ayudas y subvenciones públicas destinadas a la actividad profesional de los autónomos no están exentas de IRPF y deben computarse como ingresos del negocio.
Un caso crítico en este ejercicio es el Kit Digital: aunque los fondos se abonen directamente al agente digitalizador y tú no recibas el dinero en tu cuenta corriente, la ley estipula que constituye un incremento patrimonial computable en tu estimación directa
En el caso de que hayas destinado estas ayudas a mejorar tu actividad económica, ya sea con nuevo equipamiento, software o servicios de consultoría, tendrás que incluirlas como ingreso en tu declaración.
En este sentido, contar con un programa de facturación para autónomos puede ayudarte a llevar un mejor control de ingresos, gastos y subvenciones recibidas, además de facilitarte la gestión de tus facturas de cara a preparar la declaración de la renta.
Nuestra plataforma te permite registrar, categorizar y ordenar de forma automática tus ingresos ordinarios, tus gastos deducibles y el impacto de tus subvenciones operativas de cara a la campaña de la Renta.
¿Las rentas exentas se declaran en el IRPF?
La obligación de declarar una renta exenta en el IRPF depende exclusivamente de la naturaleza específica del ingreso, teniendo un carácter puramente informativo en el modelo 100.
Por ejemplo, las prestaciones ordinarias por maternidad o paternidad de los autónomos no se incluyen en la base imponible de la declaración de la renta.
Es vital evitar el error contable de teclear un rendimiento exento en el bloque de las casillas 0001 a 0049 (destinadas a los rendimientos del trabajo sujetos). Si lo haces, el sistema automatizado de Hacienda lo sumará como un salario ordinario sujeto a retención, obligándote a pagar impuestos por un dinero que legalmente está libre de cargas.
Salvo excepciones muy concretas, como los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, que deben presentar el modelo de forma obligatoria e informativa, las exenciones personales no se vuelcan en la autoliquidación final.
Sin embargo, la regla cambia por completo para el ecosistema empresarial. Las pymes y autónomos con empleados a cargo están obligados a informar a Hacienda de todas las rentas exentas abonadas a sus trabajadores.
Al tramitar el resumen anual de retenciones mediante el modelo 190, las empresas deben desglosar al céntimo importes como las dietas o gastos de locomoción exceptuados de gravamen bajo la Clave L.
Este mecanismo permite a la Agencia Tributaria verificar de forma automatizada que las retribuciones cumplen escrupulosamente los límites establecidos por la ley.
Preguntas frecuentes sobre rentas exentas del IRPF
¿Cuál es el mínimo exento del IRPF?
En 2026, el mínimo exento de IRPF es de 5.550 € anuales, actuando como el umbral básico que no genera tributación por destinarlo a la subsistencia. En este ejercicio 2026, las cuantías de este mínimo vital aumentan de forma progresiva según la edad y situación familiar del contribuyente:
- De carácter general: 5.550€.
- Si tienes entre 65 y 74 años: 6.700€.
- Si tienes 75 años o más: 8.100€.
- En el caso de que tuvieras hijos o mayores a tu cargo o alguna discapacidad, estas cantidades podrían aumentar.
¿Puedo beneficiarme de las rentas exentas si soy autónomo con discapacidad o con hijos a cargo?
Sí. Los autónomos también pueden beneficiarse de rentas exentas y ayudas fiscales relacionadas con la discapacidad o con tener hijos a cargo, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa. Si acreditas una discapacidad igual o superior al 33%, tu mínimo personal se incrementará de forma automática en 3.000€ adicionales (y hasta 9.000€ si es igual o superior al 65%). Asimismo, las prestaciones públicas directas por nacimiento, adopción o gran dependencia económica de tus hijos están 100% exentas de tributación.
¿Están exentas de IRPF las ayudas del Kit Digital?
No, las ayudas del Kit Digital no están exentas de IRPF, aunque la subvención la reciba el agente digitalizador. Si eres autónomo o empresario, esta subvención tienes que incluirla como ingreso de la actividad económica en tu declaración de la renta.
¿Las rentas exentas afectan a lo que tengo que pagar de impuestos como autónomo?
Las rentas exentas no afectan directamente a lo que tienes que pagar de IRPF como autónomo porque no se suman a la base imponible y, por tanto, no generan impuestos.
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24 comentarios
mi madre cobra una pensión por accidente de trabajo desde 1965, regulada con la reglamentación de accidentes de trabajo, del 56, tiene una pensión vitalicia de la caja de previsión de accidentes de trabajo, es esa normativa estaban exentas de todo, la pensión, de mi madre actual es de 14,41 si…..si 14,41 a esto le suma las revalorizaciones y un complemento a mínimos, yo tengo una discapacidad física mental del 48% y mi madre una discapacidad del 66% movilidad reducida, y es legalmente ciega. Fui a hacer la declaración de la renta,en el año 2022 y mi sorpresa fue que el funcionario habilitado me incluyo 1200 euros por cada uno de mis padres, Mi padre con un 46% de discapacidad, y incapacidad absoluta ya jubilado) en 2023 solicite lo mismo, y en 2024 solicite el abono anticipado. Pues lo de mi madre dicen que se pasa de los 8000 euros que es el mínimo, ¿ como me lo gestiono una funcionario habilitado, 2022, y me concedieron el abono anticipado, y después de 7 meses cobrándose dicen que no le corresponde a mi madre, qué hay del derecho adquirido de ser una renta exenta desde su inicio. mi madre cobra 784 euros de pensión de los cuales 4.41 es la pensión 269 de revalorizaciones y el resto de complemento a mínimos. En el 2000 le negaron la subida del 20% por ser una pensión anterior al 1971 tiene una incapacidad total por accidente de trabajo jubilación.
Hola Carlos, podrán aplicar la deducción por cónyuge con discapacidad, siempre y cuando el cónyuge tenga reconocida una discapacidad del 33% o superior, además, esta persona no debe de estar separada legalmente de él y el cónyuge no debe tener renta anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros. En caso de cumplir estos requisitos puedes solicitar esta deducción. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre las deducciones fiscales, https://www.billin.net/blog/nuevas-deducciones-fiscales-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenos días. Muchas gracias por vuestra labor. Mi pregunta; en los datos fiscales de la renta 2022 no me aparece los ingresos de la seguridad social por incapacidad permanente absoluta, exenta de retención de irpf. La tengo que incluir en la declaración de renta o al estar exenta de retención no hace falta incluirla en la renta. Muchas gracias de antemano. Un saludo
Hola Jose, los ingresos exentos de IRPF no hay que incluirlos en la Declaración de la Renta. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a las rentas que no debes incluir en el IRPF, https://www.billin.net/blog/rentas-exentas-irpf/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola Maria del Carmen, El nudo propietario, es decir, quien es el nuevo propietario de la vivienda, mientras exista el derecho del usufructuario, no tendrá que declarar nada relativo al inmueble en la declaración de la renta porque no es el titular del derecho real del inmueble. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a las ganancias patrimoniales, https://www.billin.net/blog/ganancia-patrimonial-impuestos/. Espero haber aclarado tus dudas.