Actualizado: 25 marzo, 2021 · 4 comentarios · 5 min de lectura

¿Cómo funciona la cuota de autónomo según ingresos reales?

cotizacion por ingresos reales autonomos
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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La cotización por ingresos reales es una de las medidas que están pendientes de aprobación por parte del Gobierno, no obstante, vamos a explicaros cómo funcionará este nuevo sistema de cálculo de la cuota de autónomo.

¿Qué significa cotizar por ingresos reales?

La principal modificación dentro del Régimen de autónomos, es conseguir que el cálculo de la cuota de autónomo, se realice en función de los ingresos reales que obtengamos, o la aprobación de unos tramos de cotización, en función de estos ingresos.

Se pretendió establecer a partir del 1 de enero de 2019, pero el plazo no se ha cumplido, y posteriormente, dijeron que iban a establecer esos tramos en forma de borrador el 31 de enero de 2019, pero esto tampoco se ha llevado a cabo.

Como autónomo que eres, te vamos a explicar en qué consiste esta cotización, ya que, es probable que se aprueben esos tramos de cotización para el RETA.

Lo primero a destacar, sería que todos los integrantes del RETA, pasarían a tener la posibilidad de escoger entre su base de cotización, siempre entre la mínima y máxima establecida, y así, marcar los tramos de cotización según los ingresos anuales reales. Ahora mismo son estas:

  • Cuota de autónomos: Son 286€ de cuota mínima y 1.233€ de cuota máxima.
  • Cuota de autónomos societarios: Son 367 de cuota mínima y 1232 de cuota máxima.

Otra posibilidad que se plantean, es comenzar cotizando por unos tramos establecidos, de forma que nos vayamos acercando progresivamente a la cotización según dichos ingresos reales.

Como podemos observar, se trataría de un sistema de cotización, más parecido al del Régimen General.

➨ Utiliza nuestra calculadora de cuota de autónomos.

Propuesta del Gobierno de los tramos de cotización

El Ministerio de Empleo, ha ofrecido una propuesta, donde se incluía un aumento de las bases de cotización para todos los autónomos, a excepción, de los que ganen menos del salario mínimo interprofesional.

La propuesta está formada por cuatro tramos:

  • Cotización inferior a 932 euros, para aquellos autónomos que no lleguen a facturar al año el salario mínimo interprofesional anual.
  • Base mínima de 945 euros, con un porcentaje del 33,70 % para las contingencias sociales.
  • Base de 990, un tipo del 31,8%
  • Base mínima de 1.050 euros, supondrá un tipo del 31,20%

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Propuesta de las Asociaciones ATA y UPTA

Desde julio de 2018, estas Asociaciones anunciaron, que llegarían a un acuerdo con el Gobierno, para establecer este sistema de cotización de ingresos reales.
Se propuso establecer una Comisión de expertos, para plantear esta reforma, donde el Gobierno lo tomó como una buena decisión, y antes de las elecciones generales, el Ministerio de Trabajo anunció su creación.

Las propuestas establecidas por ambas asociaciones son:

  • Establecer un sistema de cotización según ingresos reales o según tramos de cotización, de manera que los autónomos con menos ingresos se vean más beneficiados, aunque no se viese aumentada la cotización de la mitad de los autónomos.
  • UPTA, estableció una propia propuesta donde incluía, que autónomos con ingresos inferiores a 9000 euros anuales no se le aplique la cotización, además de establecer una tarifa plana de 50 euros durante dos años, para aquellos autónomos que no superen el salario mínimo interprofesional (SMI)
  • Se plantean cinco tramos en concreto:

cuota autonomo segun ingresos reales

¿Qué opinión tenemos los autónomos de este nuevo sistema?

Según ATA, tras realizar un estudio sobre la opinión que tienen los autónomos sobre este nuevo sistema de cotización, recogió que el 62% de los autónomos, no están de acuerdo con este sistema de cotización de ingresos reales.

Sin embargo, hay otros estudios que dicen que ese 62% sí estaría de acuerdo con este nuevo sistema.

Con respecto los autónomos societarios, el 70% sí aumentaría su base de cotización de forma voluntaria, siempre que su cuota fuese deducible fiscalmente en el impuesto de sociedades.

La tarifa plana autónomos es algo se valora positivamente pero en este caso todavía esta por ver como sería exactamente

Lo que todavía no nos queda muy claro a todos los autónomos, son los conceptos de cese de actividad, las prestaciones ante baja médicas, y, si realmente, ese aumento de cotización, nos implicará cobrar una mayor pensión de jubilación, ya que, la situación actual del sistema de pensiones, ¡deja mucho que desear!

Y tú, ¿Qué opinas sobre la cotización por ingresos reales autónomos? Utiliza los comentarios para dejarnos tus dudas e impresiones.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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4 comentarios

  • De acuerdo pero en caso de pago de un porcentaje progresivo sobre los ingresos reales, o sea, por ejemplo: 15% de los ingresos hasta un x euros de ingreso anual, 20% sobre los ingresos que van allá de estos x euros, y siguiendo.

    • Hola Rafael, aún no está especificado como será el pago progresivo sobre los ingresos reales, pero se parecerá al ejemplo que planteas.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenos días
    Os escribo para hacer varias consultas
    Soy ganadera de54 años y mi cuota de autónomos es 287 a q edad puedo jubilarme, cobrando un pensión digna
    Mi base de cotización es de 960.
    Yo no entiendo nada de papeles y menos de estas cosas cn tanta palabra técnica a q edad me puedo jubilar, tengo que, debo subir la base de cotización q hay q hacer para eso
    Muchas gracias