Publicado: 19 julio 2021 · 21 comentarios · 6 min de lectura

El despido pactado

Negociar un despido
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
(11 votos, promedio: 2,64 de 5)
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Existen diversas situaciones en las que el empleado y la empresa no tienen una buena relación laboral, y, por ello, se podría pactar un despido. Veamos qué es un despido pactado y como negociarlo de la forma correcta.

¿Qué es un despido pactado?

Un despido pactado es un acuerdo extraoficial al que llegan el empleado y la empresa para poner fin a la relación laboral que mantienen, clasificándolo como un tipo de despido de los previstos legalmente, cuya finalidad será que el empleado pueda cobrar la prestación por desempleo.

Por tanto, un despido pactado cumplirá las siguientes condiciones:

  • No queda reflejado de forma administrativa
  • El despido pactado se encubre con un tipo de despido legal
  • El trabajador podrá cobrar desempleo, pero la empresa no pagará ninguna indemnización por la finalización del contrato.
  • Los justificantes de este tipo de despido incluyen falsas indemnizaciones que nunca recibe el empleado
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Es legal un despido pactado para cobrar paro

Cualquier acuerdo existente entre un empresario y un empleado que conlleve como finalidad que el empresario se ahorre la indemnización y el empleado pueda cobrar el paro, constituye un fraude de ley.

Hay que tener en cuenta que llevar a cabo esta situación acarrea un procedimiento sancionador tanto para la empresa como para el empleado, por ello, no se debe aceptar este tipo de ofrecimiento.

Es posible pactar el despido con la empresa

Lo correcto estrictamente legal es qué si un empleado está desmotivado con su trabajo o quiere desvincularse de una relación laboral, debería solicitar la baja voluntaria, donde la intención de rescindir el contrato de trabajo sea por parte del empleado sin mediar ninguna causa por parte de la empresa.

Pero si el trabajador quiere pactar un despido con la empresa para poder cobrar una prestación por desempleo, eso dependerá en gran medida de la voluntad del empresario de participar, contemplando todos los riesgos que puede traer un despido pactado.

¿Cómo plantear un despido pactado?

Partiendo de la idea que la única forma legal de rescindir un contrato de trabajo por parte del trabajador es mediante la dimisión o baja voluntaria, cuyas consecuencias serían:

  • No tener derecho a cobrar la prestación por desempleo o paro
  • No tener derecho a cobrar una indemnización por el abandono a la empresa

Las personas trabajadoras, con el fin de poder cobrar el paro o desempleo pueden provocar que se fuerce ese despido, ya que, existen diversas formas de abandonar el empleo teniendo derecho a desempleo y a indemnización, como son:

  • En el caso de ser víctimas de violencia de género.
  • Que se hayan modificado las condiciones del contrato de trabajo o se haya cambiado el lugar del centro de trabajo de forma definitiva.
  • Incumplimientos graves por parte del empresario, como son el impago del salario o el acoso laboral.

 ¿Qué pasa si descubren un despido pactado para cobrar el paro?

Los despidos pactados se consideran una infracción muy grave que viene recogida en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en la Orden Social en su artículo 23, donde las multas económicas son desde 6.251 euros hasta 187.515 euros por este tipo de conductas.

Además, en el caso de descubrir este tipo de situación las cantidades pagadas en concepto de indemnización estarán sujetas a IRPF y no se le aplicará la exención del artículo 7 e) de la Ley de IRPF.

Al igual que el empresario, los gestores y profesionales que cubran estas actuaciones podrían ser investigados por Delito de Fraude de las Prestaciones de la Seguridad Social, arriesgándose a penas de prisión entre 6 meses y 3 años, sanciones económicas superiores a lo defraudado y perder el derecho al beneficio de cualquier ayuda pública.

Por otro lado, los trabajadores también se enfrentarán a diversas sanciones, como son:

  1. Perder la prestación durante seis meses o su plena extinción.
  2. Exclusión de cualquier derecho a percibir una prestación de empleo o su participación en la formación profesional durante un año.
  3. Devolver todas las cantidades cobradas de forma indebida.

En el caso de orden penal, llegarían a tener las mismas consecuencias que un empresario siendo investigado por Delito de Fraude de las Prestaciones de la Seguridad Social.

¿Es posible negociar despido voluntario?

Existen diversas maneras de poder negociar un despido voluntario, de manera que el trabajador pueda cobrar el desempleo y la empresa pague una indemnización por despido.

Las excepciones de baja voluntaria con indemnización son:

  • Traslado del centro de trabajo de forma permanente, que obligue al empleado a cambiar su residencia → derecho a prestación por desempleo e indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de un año.
  • Modificación de las condiciones pactadas en el contrato laboral → derecho a prestación por desempleo e indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de nueve meses.
  • Incumplimiento grave por parte de la empresa (impagos y retrasos de los salarios, acoso escolar, etc.) → derecho a la prestación por desempleo e indemnización de despido improcedente de los contratos firmados anteriormente al 12 de febrero de 2012, 45 días por año trabajado.

¿Qué pasa si estoy de baja y me despiden?

Según la Legislación española vigente, si una empresa despide a un trabajador por el simple hecho de estar en situación de baja por enfermedad, estaríamos frente a un despido improcedente.

Algunas sentencias han considerado el despido de un trabajador por estar de baja médica como motivo de discriminación y en consecuencia considerándolo un despido nulo.

Pero, el Tribunal Supremo ha vuelto a ratificar que un despido por estar de baja es improcedente y no nulo.

Ahora ya sabes que el despido pactado es un proceso ilegal y al que para llegar es necesario que existan una serie de consecuencias que permitan hacer de ese despido pactado uno improcedente o baja por ciertas circunstancias en la relación laboral. Si tienes dudas puedes escribirnos en los comentarios.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
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21 comentarios

  • Curioso que sólo abordes los supuestos donde el trabajador es el que propone el despido pactado, cuando que debido a los 6 meses de salvaguarda por ERTE hoy por hoy son mayoría las empresas quienes dan el primer paso para llevar a cabo este tipo de prácticas

  • Me encuentro de baja médica, y debido a horas extras y funciones que hice, las cuales no están contempladas en el contrato y tampoco en nómina. No me interesa seguir en este trabajo.

  • Una empresa que esté en proceso de liquidación y disolución con un total de seis trabajadores uno de ellos en ilt puede despedir de manera individual a uno de ellos para k se vaya al paro hasta cumplir 65dicho trabajador tiene 63

    • Hola Josefa, el cierre o liquidación de una empresa es una causa legal de despido según lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores. El procedimiento que se debe seguir es el que corresponde a los despidos colectivos, es decir, una indemnización como mínimo de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 12 meses. No obstante, en el siguiente enlace encontrarás los tipos de despidos que existen en España, https://www.billin.net/blog/que-tipos-de-despido-hay-en-la-actualidad/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes, soy víctima de violencia de género y por esta razón no encuentro en condiciones de seguir en mi empleo , pero si me doy de baja voluntaria no tengo derecho a cobrar la Rai, mi pregunta es que puedo hacer. Pues también me quiero ir a Valencia donde estoy empadronada, aquí no quiero estar por lo sucedido, no estoy tranquila ni a gusto. Espero me puedan ayudar. Un saludo y gracias

  • Yo llevo de baja desde julio ,y la empresa me llamo porque dice que quieren pactar un despido conmigo ,porque segun ellos por estar de baja no pueden contratar a otra persona en mi lugar ,estoy de baja por hernia discal ,todabia aun no me han valorado en el hospital ,puesto que la hernia la descubrio la mutua y me reboco a la seguridad social ,todabia no se si me tienen que operar o hacer rehabilitacion ,la empresa quiere pactar ,para segun ellos ,yo cobrar de la ss ,arreglarme el paro y segun ellos cuando este bien contratarme de nuevo ,aparte soy delegado sindical ,me quedan 3 años como delegado de personal ,no quiero aceptar ningun pacto ,que me puede pasar ? Porque esta gente son de amenazar

    • Hola Jose, el hecho de que un trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal no es un impedimento para proceder al despido o finalizar un contrato temporal, ahora bien, si se produce el despido, habrá de valorarse si existe o no causa para proceder al despido, sin que el hecho de estar de baja por incapacidad temporal pueda ser nunca la causa que justifique el despido, en dicho caso el despido será improcedente (o incluso nulo). En el siguiente artículo encontrarás todo lo que debes saber sobre los tipos de despido, https://www.billin.net/blog/que-tipos-de-despido-hay-en-la-actualidad/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Si pero el tema es que quiere pactar un despido y yo siendo delegado de ccoo o sea soy el presidente del comite de empresa ,se que se puede despedir estando de baja ,pero no el motivo por estar de baja

  • Hola. mi caso es algo sigular,hace mucho tiempo -10 ó mas años- estaba en el ambiente de la empresa de que el que quisiera podia causar baja voluntaria en la empresa.yo como persona desmotivada y carente de alicientes, y con muchas bajas laborales. concerté con el gabinete de salud de la misma,si era cierto lo que se comentaba ..al dia siguiente esto me ofrecieron. 2 años de paro,indemnización más elevada, y pasar por el tribunal laboral de mi provincia, para validar todo el proceso. cosa que ocurrio en 10 minutos.
    la empresa admitia el despido improcedente, y me ofrecian,la cantidad de dinero mayor de la que me correspondia.con 2 años de paro.
    debo aclarar que la empresa no me dio carta de despido,ni las causas del despido, si era objetivo, disciplinario, ó de otra naturaleza.documentos que ahora necesito para pode pedir la jubilacion anticipada involuntaria.donde podria solicitarlos, si la empresa no responde a mis requerimientos y me dan largas.deseo sinceramente pudieran aclararme este asunto y me ayudaran los pasos de tendria que dar. es que me urgen para presentarlos a la s.s.
    gracias por las explicaciones y por las molestias.

    • Hola Andres, cuando se solicite una baja de un trabajador en una empresa, hay que facilitar a la Seguridad Social la fecha del cese de la actividad y la causa de la baja. Por tanto, debes reclamarlo a la empresa, en caso de no responder, tendrás que enviarle un requerimiento notarial o solicitarlo por el Juzgado correspondiente. En el siguiente enlace te dejo la información sobre cómo las empresas presentan las altas y bajas de los trabajadores, https://www.billin.net/blog/modelo-ta2/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Cuanto estuviste de baja para que te llamarán para ofrecerte los dos años de paro e indemnización? Y si le comento el pacto yo a mi empresa que podría pasar? Gracias

      • Hola Carmen, pactar un despido con tu empresa es una situación que ningún abogado laboral te recomendaría. Legalmente el conocido como despido pactado para cobrar el paro no está reconocido ni previsto: es una situación anómala que puede traer problemas. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente al despido pactado, https://www.billin.net/blog/despido-pactado/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días.
    Una consulta, yo tengo un contrato de interiniedad.
    Trabaje (6meses) de febrero a julio del 2021.
    Y continúe trabajando agosto del 2021 hasta la 15na de septiembre del 2023.
    Desde la 16 de septiembre del 2023 tuve baja médica por una fascitis plantar y espolón calcáneo en ambos pies.
    Estoy actualmente en tratamiento incluso con cirugía y ondas de choque, aún sigo en recuperación y con baja médica.
    El empresario me quiere despedir en esta situación.
    Es legal en éste tipo de contrato un despido laboral??
    O que debo hacer para que no me despidan?
    Muchas gracias de ante mano por su respuesta.
    Un saludo.

  • El día 19 fui dada como baja voluntaria en mi trabajo cuando yo había pactado dejarlo ya que mi salud derivaría en una baja médica a y yo no quería fastidiar a mi jefa, se lo comenté y me dijo que no había problema.
    Pero luego al ir al paro veo que me dio de baja como voluntaria y ahora no tengo derecho a nada que puedo hacer?

  • Hola, buenas tardes.la empresa me dice que por baja voluntaria o despido disciplinario no tengo derecho a finiquito..Nina vacaciones…Es verdad?