Actualizado: 15 abril, 2024 · 8 comentarios · 13 min de lectura

Diferencia entre trabajador por cuenta propia y ajena

cuenta propia o ajena
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Como ya sabes, hay dos tipos de trabajadores, los que trabajan por cuenta propia para sí mismos y los que trabajan por cuenta ajena y tienen un empleo trabajando para otros.

Hoy hablaremos sobre las principales diferencias que existen entre ellos y cómo esto influye en sus obligaciones tributarias.

¿Qué es un trabajador por cuenta propia?

La definición de trabajador por cuenta propia, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), es “aquella persona que lleva su propia empresa o ejercen por su cuenta y con autonomía una profesión liberal, para lo cual pueden a su vez contratar empleados a los que remuneran mediante un sueldo”.

Es decir, que un trabajador por cuenta propia es lo que comúnmente conocemos como “autónomo”, una persona emprendedora, que trabaja para sí mismo y con espíritu empresarial que ha decidido tener su propio negocio, crear su propia empresa y probar fortuna.

Pero, un negocio no se levanta de la noche a la mañana ―aunque pueda parecerlo, viendo la gran cantidad de personas que aparecen en las redes sociales que te dicen que va a ser fácil, rápido y no requiere inversión―. No nos engañemos, en la aventura de ser autónomos hay un largo camino que recorrer y que, incluso, algunos califican como un deporte de riesgo. Hay que esforzarse mucho y estar en continuo reciclaje, luchar para establecerte y trabajar para ti, sin jefes.

Es una meta factible que se puede llegar a conseguir y lograr tener una alta calidad de vida, que siempre va de la mano de contar con un buen asesoramiento y tener establecidas unas buenas pautas financieras como, por ejemplo, la de desvincular las cuentas personales de las profesionales para que tu vida empresarial no afecte a la personal (y viceversa), como cuando toca afrontar los impuestos con liquidez y los pagos que puedan ir surgiendo.

 

Ejemplos de trabajadores por cuenta propia

Un trabajador/a por cuenta propia es una persona cuyos ingresos provienen en una proporción igual o cercana al 80% de la realización de trabajos por encargo o puntuales para terceros sin que exista vinculación laboral entre ellos. Otra forma de llamarlos es “freelance”, precisamente porque trabajan de forma libre y además lo hacen en todo tipo de sectores, principalmente en:

  • El sector primario, como en el caso de agricultores, ganaderos y pescadores.
  • El sector servicios, por ejemplo, comercio, hostelería, electricistas, fontaneros, artesanos, abogados, médicos, consultores, psicólogos, etc., y las nuevas profesiones digitales.
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¿Qué es un trabajador por cuenta ajena?

Sin embargo, el trabajador/a por cuenta ajena es aquella persona que es contratada bajo un contrato de trabajo por un empresario para realizar una función de manera constante como mínimo una hora semanal y que reciben una contraprestación por ello.

Al trabajador por cuenta ajena se le llama “empleado” y mantiene una relación laboral con su empleador para el que trabaja con un contrato de trabajo, bien a tiempo parcial o completo (con una empresa o un autónomo), donde se estipula las condiciones laborales, tanto horario como nómina.

Los trabajadores por cuenta ajena “dependen de un jefe” que les asigna el trabajo y frente al que deben responder y, por ello, están más limitados, ya que tienen un horario que cumplir y unas expectativas económicas fijas, según se haya pactado en el contrato de trabajo que hayan firmado con el empresario.

El trabajo por cuenta ajena es un trabajo mucho menos flexible que el desarrollado por cuenta propia y puede ser difícil que coincida con lo que sería tu vocación. Pero, también te puede ofrecer la posibilidad de poder compaginarlo con algún trabajo esporádico o de colaboración, como si fueras un autónomo, siempre que cumplas unas determinadas condiciones para permitir la compatibilidad y, por supuesto, tendrás que facturar un trabajo puntual.

Ejemplos de trabajadores por cuenta ajena

Encontrar ejemplos de trabajadores por cuenta ajena es muy sencillo, ya que es todo aquel trabajador que, por su trabajo, recibe una nómina regularmente de la empresa para la que trabaja, tanto privada como pública. Por ejemplo, administrativos, dependientes de comercios, auditores, auxiliares médicos, funcionarios, camareros, operarios, técnicos de mantenimiento, jefes de departamentos, etc.

Diferencias entre cuenta propia y cuenta ajena

Una vez que ya sabes exactamente qué significa trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena, es fácil establecer cuáles son las principales diferencias entre ellas. En la siguiente tabla lo podrás ver de una manera más gráfica:

Respecto a las cotizaciones a la seguridad social, el trabajador por cuenta propia sabe en todo momento cuánto cotiza porque todo corre a cuenta de él mismo, mientras que en el caso de un empleado gran parte de la cotización social corre a cargo de la empresa. Si quieres conocer cuál es el importe de la seguridad social a cargo de la empresa, puedes utilizar nuestra calculadora.

Otra diferencia más entre ellos es que el trabajador por cuenta ajena para acceder a un determinado puesto de trabajo tiene que ser seleccionado por la empresa según las características que exija, como la de tener experiencia previa, mientras que el trabajador por cuenta propia no la necesita, ya que él mismo es el que se lo proporciona y se encarga de formarse y adquirir experiencia.

Impuestos en trabajadores por cuenta propia vs. ajena

Otro aspecto en el que se diferencian los trabajadores por cuenta ajena de los que lo hacen por cuenta propia es en los impuestos a los que tienen que hacer frente:

  • Por cuenta ajena: el IRPF es de devengo anual, aunque la empresa que le contrata le retiene cada mes, en nombre de la Hacienda Pública, un porcentaje que depende de las circunstancias particulares del trabajador. Al año siguiente, en la declaración de la Renta, el trabajador deberá de presentar la liquidación correspondiente a todos los ingresos que haya obtenido a lo largo del año anterior (incluido los relativos a la nómina) y se procederá a la regularización.
  • Por cuenta propia:
    • IRPF: dado que sus ingresos son variables y dependen de las facturas que emite, el autónomo debe aplicar en cada una de ellas un porcentaje fijo de IRPF y que se regularizará también en la declaración de la Renta del año siguiente, cuando ya se conocen todos los ingresos obtenidos y se puede hacer un cálculo más exacto de lo que le corresponde liquidar. Por lo general, el tipo aplicado es del 15%, salvo para nuevos autónomos que se aplica el 7%. También hay tipos inferiores para determinados casos establecidos por ley.
    • IVA: es el impuesto que grava la compraventa de bienes y servicios, y también tiene que aplicarse en cada una de las facturas que emite el trabajador por cuenta propia. Su liquidación es trimestral, aunque también puede hacerse una regularización anual si procede.

Respecto al IVA, al ser un impuesto indirecto que soporta todo aquel que compra un bien o servicio, hay que destacar que, en el caso de los autónomos, estos pueden compensarlo en su liquidación de IVA, siempre que se correspondan con gastos realizados para el desarrollo de su actividad profesional.

Otra diferencia entre ellos, es la cotización a la seguridad social. A los empleados se les retiene mensualmente un porcentaje de su nómina, con lo que a mayor salario mayor es el importe que le retiene, mientras que los trabajadores por cuenta propia deben abonar una cuota fija mensual según el tramo de cotización al que estén sujetos, por lo que el importe será el mismo incluso cuando tengan más ingresos, mientras no salten de tramo.

¿Qué formularios necesito para trabajar por cuenta propia?

Para trabajar por cuenta propia, legalmente tienes que firmar un contrato laboral con tu empleador, quien se encarga de realizar todas las gestiones necesarias. Pero si lo que vas a hacer es trabajar por cuenta propia, vas a tener hacerlo tú y darte de alta como autónomo. Para ello, estos son los principales formularios que vas a necesitar.

Modelo 037

imagen del modelo 037 de la agencia tributaria

El Modelo 037 es exclusivo para autónomos y es el que necesitas cumplimentar para obtener el alta censal de Actividad Económica, e informar a la Administración que empiezas, modificas o terminas tu actividad profesional.

En este formulario tienes que indicar tus datos personales, domicilio, actividad, obligación de impuestos, fecha de alta, régimen aplicable, si tiene local propio (domicilio y los metros cuadrados) y firma del documento, siguiendo las instrucciones que la AEAT te facilita.

La presentación del modelo 037 se hace online identificándote mediante certificado digital, Cl@ve Móvil o DNI Electrónico. Además, con este modelo podrás darte de alta como autónomo en Hacienda.

Ta-521 Simplificado

imagen del ta-521 simplificado

El impreso corresponde al alta de autónomo en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), es decir, el sistema que la Seguridad Social diseñado para proteger y regular la actividad de los autónomos en España y por el que pagas la famosa cuota de autónomos.

Este modelo es obligatorio presentarlo online identificándote de manera digital mediante Cl@ve Permanente, Cl@ve Pin, SMS o DNI Electrónico y, según sus instrucciones, también se te solicitará el Modelo 037 del que hablamos antes, datos personales, domicilio, actividad económica, base de cotización, mutua, número de cuenta y las contingencias, las cuales, no son obligatorias.

Modelo de contrato de trabajo por cuenta ajena

Un contrato de trabajo por cuenta ajena es el documento legal que vincula legalmente a empleado y empleador, y que detalla todas las condiciones que ambas partes deben cumplir respecto a salario, horarios, funciones, etc.

Además, también establece el marco de garantía legal que ambas partes necesitan para la resolución de posibles conflictos en caso de ser necesario.

Otra de las cosas que es importante destacar es que para que el contrato sea válido tiene que estar firmado por el empleado, el empleador y comunicarse al Servicio Público de Empleo.

Con respecto a los modelos de contrato, existen diferentes tipos dependiendo del nivel de cualificación o experiencia, como los contratos en prácticas, la jornada, la duración, etc. Vamos a explicar un poco más los habituales.

Contrato de trabajo eventual a jornada completa o parcial

contrato trabajadores por cuenta ajena

El contrato de trabajo eventual o de duración determinada es un contrato que tiene por definición una fecha de inicio y una fecha de finalización. Suele utilizarse en caso de primeras contrataciones, como paso previo al contrato indefinido, o también para servicios extraordinarios o cubrir exigencias de ese carácter transitorias y en las que no se pueda prever un plazo cierto para su finalización. También puede ser de jornada parcial o de jornada completa.

En ocasiones, para fomentar las contrataciones, se puede bonificar a la empresa por la realización de contrataciones temporales siempre y cuando cumplan unos requisitos, pero también pueden ser causa de penalizaciones si se abusa de su utilización.

Una vez que llega la fecha fin de este contrato, la relación laboral se termina y pueden ocurrir 3 cosas:

  • Que el empleado y el empleador no continúen con la relación laboral.
  • Que bajo común acuerdo el contrato se prorrogue un tiempo más y sigan trabajando juntos.
  • Que empresa y trabajador decidan seguir trabajando juntos, pero firmando un contrato indefinido.

Contrato indefinido

imagen de un contrato indefinido

Este tipo de contrato para trabajar por cuenta ajena no tiene una duración determinada, es decir, que se establece sin límite de tiempo. Normalmente, se produce en trabajadores por cuenta ajena que provienen de un contrato eventual (da igual si es a jornada completa como parcial) y sobre el que se realiza una conversión a indefinido.

También puede ocurrir que la empresa opte por realizar directamente un contrato indefinido desde el principio, motivado por el propio perfil del empleado que lo haga particularmente difícil de encontrar y se utilice el “indefinido” como incentivo para que firme con ella.

Al igual que ocurre con el contrato temporal, también existen bonificaciones a la empresa por realizar este tipo de contratación, aunque con algunas limitaciones como, por ejemplo el grado de consanguineidad entre el contratante con el contratado.

Como ves, existen diferencias entre trabajar con cuenta propia y ajena, y es algo que debes tener presente y ver que es lo que mejor se puede adaptar a tu forma de ser y de ver la vida.

¿Un trabajador por cuenta ajena puede ser autónomo?

A veces pasa que, aunque estés trabajando por cuenta ajena, tienes inquietudes emprendedoras o te surgen oportunidades de trabajo que puedes conciliar con tu puesto actual. Entonces, es cuando te preguntas si sería posible hacer las 2 cosas al mismo tiempo.

La respuesta es que sí puedes hacerlo y tiene un nombre: pluriactividad. Lo que ocurre es que vas a tener que cumplir con una serie de condiciones y tener en cuenta posibles consecuencias que, aunque no sean negativas, sí que pueden hacer que te desilusiones si no las has tenido en cuenta previamente.

Requisitos para trabajar como autónomos siendo trabajadores por cuenta ajena:

  • Darte de alta en la AEAT con el modelo 037.
  • Darte de alta RETA.
  • Pagar la cuota mensual de pluriactividad que le corresponda (es como una cuota de autónomos, pero especial, dado que tiene en cuenta que también trabajas por cuenta ajena).
  • Comprobar que no existe incompatibilidad de funciones, como puede ocurrir en el caso de funcionarios públicos.

Cuestiones que debes tener en cuenta antes de optar por la pluriactividad:

  • Que mientras estés trabajando, vas a estar tributando por partida doble, ya que vas a tener retenciones de IRPF tanto en la nómina, como en las facturas que emitas como autónomos, por lo que tendrás más ingresos y, también, más impuestos que pagar.
  • Que vas a estar cotizando en dos sistemas diferentes, lo que no significa que en el momento de la jubilación vayas a recibir 2 pensiones completas.
  • Lo mismo ocurre si por algún motivo necesitas recibir otro tipo de prestaciones (enfermedad, maternidad, paro…), no vas a percibir más importe, sino que incluso puede que todo lo contrario.
  • En caso de doble cotización, la Seguridad Social está obligada realizar la devolución si:
    • Se comprueba que la suma total de tus cotizaciones como empleado y autónomo supera los 12.386,23 euros anuales.
    • Solo se devolverá el 50% de las cuotas ingresadas como autónomo.

En cualquier caso, antes de tomar una decisión nuestro consejo es que acudas a un profesional para asesorarte.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
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