Actualizado: 30 enero, 2023 · 93 comentarios · 8 min de lectura

Capitalizar el paro: cuánto dinero te dan, trucos y cómo hacerlo

como capitalizar el paro
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Hoy en día, una de las principales vías para crear tu propio negocio consiste capitalizar el paro y trabajar por cuenta ajena para así disponer de, al menos, una parte de los recursos necesarios para llevar a la práctica tu proyecto emprendedor.

Qué es la capitalización del paro: definición

En este sentido, desde las distintas administraciones públicas, y muy especialmente en el caso del Servicio Público de Empleo Estatal o, en su caso, de los servicios públicos autonómicos que tienen transferida la tramitación y gestión de las prestaciones por desempleo, se están desarrollando una serie de medidas dirigidas a favorecer el emprendimiento y el trabajo autónomo, como una alternativa a considerar junto a la búsqueda activa de empleo por cuenta ajena.

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Entre estas medidas destaca la posibilidad de recepción, mediante un pago único, de la cantidad económica equivalente a la prestación por desempleo durante los meses a los que tengas derecho, siempre que este montante se dedique a formalizar tu registro como trabajador autónomo o a la creación o participación en una sociedad mercantil.

“Cobrar todo el paro junto para hacerse autónomo puede ser una opción interesante para disponer de los fondos necesarios para materializar tu proyecto emprendedor.”

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Quién puede solicitar el pago único del desempleo: requisitos para capitalizar el paro en 2023

Por este motivo, para aclararte con más detalle los trámites a seguir en este sentido, hoy vamos a concentrar nuestra atención en la documentación que necesitarás presentar en tu oficina gestora del Servicio Público de Empleo Estatal si deseas acogerte a la capitalización única de tu prestación por desempleo:

Nombre y Apellidos de la persona solicitante; o lo que es lo mismo, del titular de los derechos relativos al cobro de la prestación por desempleo.

Número de tu DNI o NIE; este documento será necesario para poder realizar la comprobación de la información aportada y registrar correctamente la solicitud de capitalización única de la prestación por desempleo.

Proyecto de negocio; junto a tu documentación personal deberás incluir un documento en el que se detallen, con la mayor precisión posible, aquellos aspectos relativos a la finalidad que se pretende dar a los fondos obtenidos a través de la capitalización de la prestación por desempleo.
Sobre todo en cuanto a la actividad profesional que deseas realizar, así como si en principio tu dirección fiscal estará asociada a tu propio domicilio o si contemplas la necesidad de disponer de un local comercial.

Datos económicos relativos al proyecto de empresa; a través de un documento anexo en el que se deberá recoger la distribución de la inversión necesaria para la puesta en marcha de tu propio negocio, entre recursos propios y fuentes de financiación externas, y realizando además un desglose de las diferentes partidas en activos fijos y activos circulantes.

A pesar de que este es uno de los apartados que provoca un mayor número de complicaciones a los futuros emprendedores, puedes estar tranquilo ya que podrás contar, de forma gratuita, con el asesoramiento de los técnicos pertenecientes a los servicios de orientación profesional y acompañamiento al autoempleo que desarrollan su actividad en los servicios de empleo de tu comunidad autónoma.

Previsión inicial de contratación de trabajadores; para finalizar, consideramos necesario destacar este aspecto, ya que es uno de los propósitos que mejor se valora en este tipo de solicitudes, ya que supone la posibilidad de conseguir, de una forma indirecta, la reinserción laboral de otros trabajadores en situación de desempleo.

A qué modalidades de capitalización del paro pueden optar los autónomos: cómo capitalizar el paro en 2023

  • Pago único (100%): aquellos que lleven a cabo una inversión pueden financiarla con hasta el 100% de la prestación de desempleo que les reste por percibir.

Si se necesitase sólo una parte, por ejemplo el 50%, lo demás se irá percibiendo mediante la compensación de las cuotas mensuales de autónomos efectivamente pagadas.

  • Pagos mensuales: aquellos que no lleven a cabo una inversión podrán destinar el 100% de su prestación pendiente a compensación de las cuotas mensuales de autónomos.

Destacar también que los socios trabajadores de sociedades mercantiles de nueva creación (en caso de que se tenga el control efectivo de la empresa) tienen derecho a utilizar la capitalización para aportaciones al capital social y cubrir los gastos de constitución en lugar de tener que dedicar el 100% de la capitalización al pago de cuotas.

Al elaborar la memoria se debe tener en cuenta que el SEPE no admite capitalizar para financiar inversiones que no se financien a través del capital social o los mencionados conceptos.

Y eso te puede llevar a tener que constituir una sociedad limitada con un capital social bastante superior a los 3.000 euros mínimos habituales.

El pago único del desempleo para jóvenes y personas con discapacidad

Los jóvenes tienen ventajas. Los hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 pueden capitalizar el 100% del paro para el pago único de la inversión.

La aprobación del Real Decreto-Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, permitió esta capitalización del 100% que puede ser destinada a la inversión necesaria para llevar a cabo la actividad.

La inversión que cubre incluye el importe de las cargas tributarias para el inicio de la actividad, o para realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.

Esta inversión puede utilizarse para financiar a los gastos de constitución y puesta en marcha de una entidad, también el pago de las tasas y de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

Todas aquellas personas con una discapacidad mayor o igual al 33% pueden solicitar el 100% de la prestación contributiva en un pago único.

Dónde se solicita el pago único del desempleo

Se solicita en la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente: «Servicio Público de Empleo Estatal» (SEPE).

Puedes hacerlo  tanto en el momento de tramitar la prestación por desempleo que se pretende capitalizar, como en otro momento posterior.

Para solicitarlo, tienes que presentar la solicitud junto con una memoria de la actividad que vas a desarrollar y detallar las inversiones que vayas a realizar.

Consejos y trucos para capitalizar el paro

Aquí queremos mostrarte pequeñas ayudas y problemas que debes evitar a la hora de capitalizar el paro y si no quieres tener problemas en este aspecto:

  • Ten en cuenta que tendrás el plazo de un mes para iniciar la actividad y tramitar el alta del trabajador en la Seguridad Social. Esto es importante porque si no lo haces podrán solicitarte el pago realizado.
  • Controla cuando te van a pagar la prestación de pago único y justifícalo bien, ya que te pueden hacer devolver el dinero. Para hacerlo utiliza el alta en el Modelo 037.
  • Destina todo el pago que recibas a cosas que tengan que ver con la actividad que lo has solicitado. Una forma de hacerlo es hacer las facturas a nombre de la empresa o a tu nombre fiscal si eres autónomo. De no hacerlo podrás incurrir en una falta grave si te piden justificar los gastos.
  • Es posible cesar tu actividad en cualquier momento a pesar de disfrutar del pago único, pero debe estar justificada mediante documentación acreditativa ya que puede ser sospechoso que cobres ese pago y al poco ceses tu actividad de manera injustificada.
  • La tributación a IRPF por la capitalización de la prestación por desempleo no es aplicable durante 5 años y está exenta de hacerse según la Ley. Si cesas tu actividad en la próxima que inicies tendrás que tributar al IRPF.
  • Recuerda que no debes haber solicitado una prestación de este tipo en los 4 años anteriores, ya que de ser así no podrás hacerlo.
  • Por último te comentamos que pactar un despido para capitalizar el paro está penado y es un delito. Entendemos que la situación a veces es complicada pero tenlo en cuenta ya que una inspección puede detectar este tipo de cosas.
    P.E.: Una empresa y un empleado pactaron un despido para que el empleado pudiese crear una empresa y trabajar para la primera. Este supuesto ha sido descubierto y castigado.

Capitalizar el paro y trabajar por cuenta ajena en 2023 es una opción interesante para arrancar un negocio a día de hoy. Ten en cuenta las premisas que tienes que cumplir y sobre todo no incurrir en ningún delito. Cualquier duda o cuestión, desde Billin estaremos encantados de ayudarte.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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93 comentarios

  • Hola Pedro
    Muy interesante tu artículo, pero igualmente me queda una duda importante.
    en el proximo dia 12 termino mi contrato temporal, y tengo la posibilidad de reanudar la prestación por desempleo, y me jefe me esta proponiendo hacer un contrato de 40 horas mensuales y asi compatibilizar el paro y el sueldo, donde el sepe me descontaria la proporcionalidad.
    Una vez se defina esta situación, puedo igualmente con un contrato de 40 horas mensuales, que equivalen a menos 25% del pago que me corresponde de paro, solicitar el pago unico del paro para iniciar una actividad comercial como autonomo?
    Gracias por tu atención y por tu artículos
    Saludos
    Fabio
    Cambrils – Tarragona

    • Hola Fabio, para cobrar el paro en un pago único, deberás cumplir los siguientes requisitos: – ser beneficiario de una prestación por desempleo por cese total y definitivo de un trabajo, – no haber lo cobrado en los cuatro años inmediatamente anteriores a esta nueva solicitud, -iniciar la actividad en el periodo de un mes desde su aprobación, – quien haya compatibilizado en los 24 meses anteriores el trabajo con el cobro del desempleo no tendrá derecho a cobra el paro en un pago único.
      Espero haber aclarado tu duda.

    • Buenas estoy interesado abrir un frutería.me puedo capitalizar el paró y dar de alta como autónomo y con cuenta agena ala mismo tiempo ?

  • Buenos días Pedro.
    Actualmente estoy trabajando y me gustaría poder contar con el paro para un proyecto empresarial además de seguir trabajando como ahora. Es posible?
    Gracias

    • Hola Fran, para poder acceder al pago único o capitalización de desempleo, hay que cumplir una serie de requisitos: 1.- no haber iniciado la actividad económica ni estar de alta en la Seguridad Social.
      2.- Tener al menos tres mensualidades pendientes de cobro.
      3.- No haberse beneficiado de otro pago único en los 4 años anteriores.
      Iniciar la actividad empresarial en el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la resolución de concesión de la capitalización.
      4.- No tener deudas pendientes con Hacienda ni con la Seguridad Social.
      Espero haber aclarado tus dudas.

      • Buenos dias Pedro, estoy trabajando, pero quiero montar una peluquería, como puedo capitalizar el paro, ya que cumplo con todos los requisitos, pero no me van a despedir. Puedo solicitarlo cuando me dé de alta de autónoma, hay algun modo de hacerlo? Gracias un saludo.

  • Hola Pedro,
    Acabo de finalizar mi contrato actual y me gustaría solicitar el pago único para darme de alta como autónomo y trabajar por cuenta propia. En caso de que el año próximo encontrase un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, podría simultanear dicho trabajo con el trabajo de autónomo para el cual solicité el pago único?? o tendría que devolver las cantidades solicitadas??

    Muchas gracias,
    David

    • Hola David, la realización de trabajos por cuenta propia o ajena que se inicie después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc.
      No existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación.
      Las cotizaciones por desempleo que haya realizado después de reconocerle la capitalización de la prestación se le podrán tener en cuenta para obtener prestaciones en el futuro.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola pedro voy ne acaban de despedir, y megutaria capitalizar el paro para comprar una forgoneta para trabajar como autónomo de construcción .es posible

    • Hola Jose, para solicitar el pago único, hay que cumplir los siguientes requisitos: 1.- No haber iniciado la actividad económica ni estar de alta en la Seguridad Social.
      2.- Tener al menos tres mensualidades pendientes de cobro.
      3.- No haberse beneficiado de otro pago único en los 4 años anteriores.
      4.- Iniciar la actividad empresarial en el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la resolución de concesión de la capitalización.
      5.- No tener deudas pendientes con Hacienda ni con la Seguridad Social. Si los cumples, sí podrás solicitar el pago único.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola buenas tardes, me gustaría saber con los nuevos tramos de paro, es decir, a mi me han aprobado el paro en el tramo de casado con un hijo, y me pagan unos 1254 euros menos 157 de cotización, pero mi base reguladora es de 111 euros diarios de la cual cobraría el 70% con la ley anterior de esa base reguladora, unos 2340 euros, quisiera saber si solicito capitalizar el paro si cobraría por mi base reguladora o por el importe de lo que cobro mensualmente y si cobro por el tramo que tengo aprobado 1254 euros el resto de dinero, es decir, la diferencia por mi base reguladora, donde va ese dinero, gracias un saludo.

    • Hola Miguel Angel, para el cálculo de la capitalización del paro, tienes que usar la cantidad neta diaria que te pertenece por la cantidad de días que te quede pendiente de cobro de desempleo, los primeros 180 días se cobra el 70% de la base reguladora y, a partir de ahí, se pasa al 60% hasta el final. Te dejo un enlace donde encontrarás más información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, Pedro.

    Estupendo artículo, pero después de leer tu artículo, la normativa y otros artículos similares me siguen quedando varias dudas, sobre todo porque he leído en varios sitios que determinados gastos no se pueden pagar con este dinero.

    Supongamos que recibiría 10.000 euros de capitalización del paro y que decido aportarlo todo para montar una sociedad laboral con un socio al 50%. Él aportaría otros 10.000 euros de sus fondos propios, por lo que el capital de la sociedad sería de 30.000 euros.

    1. Técnicamente todo el capital se destina al capital social de la empresa, lo cual entiendo que es correcto, pero… ¿luego tiene la empresa que justificar a qué destina ese dinero?

    Y a partir de ahí, el resto de dudas…

    2. De los gastos que haga la empresa, ¿computa todo para justificar mi capitalización, o solo la mitad (parte proporcional de mi participación en la misma)?

    3. Si capitalizo el paro y lo destino todo a montar la empresa, durante los primeros meses no tendré ingresos hasta que la empresa comience a dar beneficios. ¿Puede esa empresa (de la que sería socio al 50%) dedicar parte de ese capital a mi propio salario durante unos meses? Entiendo que como trabajador de la empresa (el concepto sociedad laboral así lo exige) debería tener un sueldo.

    4. Uno de los principales gastos es software que necesitamos para hacer nuestro trabajo, que tiene una cuota mensual bastante elevada. ¿Puede usar la empresa el dinero para esto?

    5. Igualmente, dado que son gastos de la empresa (y no míos), cosas como las facturas del teléfono, el alquiler del local, el asesor fiscal, etc., etc., misma pregunta. ¿Es un gasto admisible?

    Muchas gracias por tu ayuda.

    Un saludo.

    • Hola Pedro, en respuesta a tus preguntas comentarte lo siguiente: 1) Todo el dinero que se recibe como pago único, debe ser justificado. 2) El autónomo justifica el importe total que le han concedido a él, independientemente de que sea para una empresa o para montarse como persona física. 3) Una vez comience la actividad de la empresa, los socios cobrarán según esté estipulado en los estatutos. 4) El pago único incluye todos los gastos iniciales para emprender un negocio: equipos informáticos, software, mobiliario, etc. Toda estas facturas tienen que ser a nombre del autónomo que solicita el pago único. 5) Los gastos que se cubren hacen referencia al inicio de actividad, principalmente inversión. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás toda la información necesaria sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola buenas tardes,

    He solicitado el pago único del pago y mi pregunta es ¿desde qué momento puedo ser contratado por otra Empresa? Me refiero a la fecha en la que puedo estar dado de alta por otra empresa en la seguridad social sin que interfiera en el pago único del paro.

    Gracias

    • Hola Moisés, no hay ningún precepto legal establecido que contemple este situación en la que, una vez cobrado el desempleo, en su modalidad de pago único, se compatibilice el ejercicio de una actividad por cuenta propia (alta en RETA) con una actividad por cuenta ajena (alta en Régimen General de la Seguridad Social). Por lo tanto, podemos deducir que el pago único es compatible con un empleo por cuenta ajena, conseguido después de la resolución de aprobación de dicho pago único. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/capitalizacion-prestacion-por-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas noches Pedro.
    En primer lugar, muchas gracias por tu artículo.
    Me gustaría consultarte:

    Estuve en un Erte a 16horas en una empresa donde estaba a 40h.
    El 18 de enero se terminó mi contrato, pero me ofrecen incorporarme de nuevo en jornada de 16horas, contrato temporal.

    Al mismo tiempo tengo un proyecto empresarial propio (con una socia) en la que ella está como autónoma y yo, en cuanto decida qué hacer, lo haré también y constituiremos una sociedad civil.

    Con esto sobre la mesa se me ocurre:

    Es posible capitalizar el paro, después darme de alta como autónoma y formar sociedad civil y posteriormente incorporarme,además, esas 16horas por cuenta ajena con la empresa con la que estuve vinculada hasta enero?

  • Hola. Tengo una duda. Me han despedido y tengo derecho a pedir la capitalizacion del paro para hacerme autonomo me corresponden 18.000€ y yo kiero comprarme una furgoneta con varios extras de 25.000 y 2500€ de herramientas. Crees que me aceptaran la furgoneta ya que tiene extras y es de 9 plazas es una ford custom combi

  • Hola buenas
    Muy buena explicación. pero me queda la duda..
    yo tengo 31 años y me gustaría capitalizar mi paro pero actualmente estoy trabajando.. es posible que pueda capitalizar el paro si yo renuncio a mi trabajo actualmente y presento la solicitud de la capitalización del paro, o si o si me tienen que despedir para solicitarlo.
    Muchas gracias

    • Hola Cesar, uno de los requisitos para capitalizar el paro es que te encuentres en situación de desempleo y tengas derecho al cobro de la prestación. En el caso de baja voluntaria, no se tiene derecho al cobro del desempleo. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días

    Actualmente mi marido trabaja en un local de hostelería , a final de este mes su jefe cierra el local y despide a los tres trabajadores. Es posible que mi marido capitalice su desempleo y coja ese mismo negocio?

    Muchas gracias

  • Hola Pedro, estoy cómo autonoma desde hace un año pero durante los primeros seis meses estuve trabajando asegurada en una empresa. La pregunta es la siguiente, puedo cobrar el paro o capitalizarlo ahora que ya estoy de autonoma?

  • Estoy asalariado a tiempo completo y quiero hacerme autónomo para así poder contratar a varios profesores de lengua inglesa para que den clases a estudiantes, mi pregunta es si es posible capitalizar el paro.

    • Hola estoy asalariado desde hace años a media jornada.
      Tengo intención de crear una sociedad y mi duda es si puedo solicitar la capitalizacion de lo que llevo trabajado en mi actual empleo para la creación de la sociedad donde también trabajaría a media jornada.
      O sea tener dos trabajos a media jornada uno como asalariado y otro como autónomo.Por eso mi duda ,no van capitalizarme el paro si estoy trabajando a media jornada para crear una sociedad?

  • Hola Pedro,

    Actualmente estoy cobrando el paro. Todavía tengo pendientes 18 meses, me gustaría solicitar el pago único para abrir un negocio.
    Mi duda es, si solicito el pago único del 40%, por ejemplo, de lo que tengo pendiente de cobrar. ¿El 60% restante podría cobrarlo mensualmente?. He visto que puedes cobrar mensualmente hasta 270 días, pero no sé si previamente has solicitado parte del paro esto se puede hacer.

    Gracias de antemano.

    Un saludo.

    • Hola Sheila, si quieres iniciar una actividad económica y estás cobrando el desempleo, puedes solicitar el pago único para financiar la inversión necesaria para abrir tu negocio, o podrías solicitar la compatibilidad de cobrar el paro y ser autónomos a la misma vez, durante un periodo de 9 meses. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información necesaria sobre el pago único para nuevos autónomos, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días he estado anteriormente dada de alta en esta misma actividad por lo q no sé si tengo derecho a solicitar alguna ayuda.Gracias.

  • Hola, muy interesante su artículo. A ver si me pueden resolver una duda. Llevo desde el mes de abril dado de alta como autónomo y percibiendo el pago único en su versión de subvención de las cuotas de la SS. Ahora me ofrecen un contrato laboral por cuenta ajena de 8 horas a la semana. Mi intención es seguir con mi actividad como autónomo y aceptar ese contrato por cuenta ajena. Es decir, compaginar el «autónomo» y el contrato
    laboral por cuenta ajena. ¿Hay algún problema? ¿me pueden «quitar/eliminar» esa subvención de las cuotas por ese trabajo por cuenta ajena? o siempre que siga de autónomo tengo aseguradas las cuotas hasta que se agote el total de la prestación. Saludos y muchas gracias por su tiempo.

    • Hola Carlos, la realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicie después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc., Actualmente, no existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación, además, las cotizaciones por desempleo que haya realizado después de reconocerle la capitalización de la prestación se le podrán tener en cuenta para obtener prestaciones en el futuro. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, he solicitado la capitalización del paro para unirme a una SL de menos de 12 meses .

    Aún no ha salido la resolución final de la capitalización y me han ofrecido un trabajo.

    Si acepto ese trabajo antes de la resolución de la capitalización pierdo la capitalización?

    Y una vez solicitada ( aún no concedida ) puedo también trabajar por cuenta ajena .
    Un saludo y gracias.

    • Hola Miguel, la realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicies después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc. No existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la capitalización del pago, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Pedro. Muchas gracias por el artículo.
    Me gustaría saber cuanto tiempo tardan en aprovar la capitalización del paro una vez que lo solicito (pienso solicitarla a la vez que el paro). Y mi segunda pregunta es, una vez me la han aprovado, si me contratan seguidamente por cuenta ajena, tendré algún problema? Entiendo que puedo compatibilizarlo pero no se si hay un límite de tiempo que hay que dejar de margen. Y la última pregunta es: si veo que el contrato por cuenta ajena, va para largo, cuanto tiempo tengo que estar dada de alta como autónoma por haber capitalizado el paro?
    Muchas gracias por tu ayuda

    • Hola Hissora, el INSS suele tardar en resolver el pago único unos 15 días aproximadamente, el tiempo obligatorio para mantenerse de alta en el RETA y no tener que devolver la capitalización del paro son 24 meses. La realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicies después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc., por tanto, no existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el pago único del desempleo, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola trabajo por cuenta ajena, y quiero empezar a trabajar por cuenta propia ,quería saber si puedo capitalizar el paro y de mientras,seguir trabajando para dicha empresa asta que dicha capitalización sea efectiva??y que requisitos reunir?gracias

  • HOLA PEDRO
    MI CAPITALIZACION APROVADO EN MARZO 2022 INICIO UN ACTIVIDAD DE FRUTERIA TAMBIAN ENVIO TODO FACTURAS DE GASTOS AHORA SITUACION MUY MALL NO TENGO TARABAJO EN FRUTERIA TENGO FAMILIA TENGO PISO DE ALQUILER MAS 800 Y GASTAR TODO DINEROS FRUTERIA NO AGUANTAR MI GASTOS AHORA SOLO 3 MESSES MI AUOTONOMO PUEDE BAJA MI AUTOMOMO Y BUSCAR OTRO TARABAJO

    MUCHAS GRACIAS

  • Buenos días chicos! Gran blog. Soy un joven abogado que está empezando, he sido despedido hace poco debido a que tuve una fractura y actualmente estoy de baja. Me está pagando la mutua de la empresa pero realmente me lo están quitando del paro, y quería saber si una vez coja el alta puedo capitalizar el paro restante (unos 7-8 meses). Otra cuestión que me interesa, es que ya que en el mundo de la abogacía contamos con la mutualidad , que los primeros años sale más barato que hacerse autónomo , no sé si se podría capitalizar el paro y darte de alta en la mutua en vez de en autónomos.

    Un abrazo grande y gracias de antemano

  • He leído lo de que si trabajas para tu jefe anterior habiendo pactado un despido es un delito
    Yo pactaría despido trabajaría para él como autónomo descontandome las cuotas de la Seguridad Social yo me compraría el furgón y sería mi propio jefe realmente
    Estaría penado, o hay algunas excepciones en los que pueda hacerse
    Gracias de antemano

  • Buenos días. Quería montar una sl y mi duda es si puedo utilizar el dinero del paro para invertir en compras de erramientas y furgonetas para la empresa. Gracias

  • Hola,
    Quería saber si puedo capitalizar el paro para empezar a ser autónoma colaborando con agencia inmobiliaria.
    debería comprarme un coche para poder desplazarme por conseguir captaciones y hacer las visitas en las viviendas de la isla, necesito poder pagar el alquiler, con mis gastos de internet y luz, comida… todo esto hasta que empiece a facturar, que siendo optimista llevaría unos 3/4 meses hasta que empiece a facturar..
    no consigo tener esta información por la web, agradecería un consejo y sobre todo si de verdad esto es posible..
    Muchas gracias
    saludos

  • Hola,
    Gracias de antemano por el artículo y la ayuda.
    Si soy hombre de 30 años recién cumplidos, tengo derecho al 100% del paro para catitalizarlo y montar una empresa?

  • Buentas tardes,

    quisiera preguntarles si una vez hecha la solicitud del pago único, puedo trabajar con contrato laboral mientras espero la resolución de mi solicitud?

    Saludos,
    Albert.

    • Hola Albert, La realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicie después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc. No existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación. Las cotizaciones por desempleo que haya realizado después de reconocerle la capitalización de la prestación se le podrán tener en cuenta para obtener prestaciones en el futuro. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente al pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola,tengo una duda,en el caso que pida el pago único:
    ¿Puedo utilizar el dinero para invertir en algunas máquinas de ocasión?(algunas máquinas que necesitaría son caras)¿ y de qué forma puedo justificar la compra así si se pudiera si no me hacen factura por qué ya no está ejerciendo el negocio?.
    Gracias

    • Hola Beni, el pago único se solicita para iniciar una actividad un contribuyente que esté desempleado y cumpla el resto de requisitos, además hay que adjuntar una memoria del negocio. Posteriormente, hay que justificar el gasto con todas las facturas correspondientes, porque sino podrían solicitarte la devolución del mismo. En el siguiente enlace encuentras toda la información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes, Pedro:

    Llevo 2 años compaginando cuenta ajena a jornada completa con autónomo.
    Mi actividad como autónoma va creciendo pero casi no me trae cuenta económicamente aún.
    Mi contrato finaliza dentro de un mes.
    Si ceso mi actividad ya y pido el paro cuando me quede desempleada, podría solicitar el pago único o en cuotas mensuales de autónomo y retomar mi actividad.
    Y si me vuelve a salir un contrato, es posible volver a compaginarlo todo estando cobrando las cuotas?
    O me las cortarían o harían devolver el pago único?
    Incurro en alguna ilegalidad?
    Tengo que tener en cuenta algún plazo?
    Gracias

  • Gracias por el artículo, solo una duda
    Que pasa si el monto total presentado en la memoria para comenzar el negocio, tiene diferencia de entre un 5 o un 10% del gasto real final ( producto de la negociación con algunos proveedores), se debe devolver la diferencia?, o existe algún margen en este sentido?

    • Hola Francisco, el conjunto de facturas que justifican el pago único, y que hay que realizar, de forma obligatoria, tras recibir el dinero, debe ser el importe total igual o mayor que el importe aprobado en el pago único, ya que, si es menor el importe habría que devolverlo a la Administración, o haber solicitado la capitalización del paro en sus dos modalidades, para la inversión y para la compensación de cuotas de autónomos. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente al Pago único del desempleo, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Pedro,

    Hace poco me despidieron por motivos disciplinarios. Ahora que quiero volver a trabajar en un futuro próximo, he estado pensando en montar mi propio negocio y aprovechar la capitalización del paro.

    Sin embargo, ahora me he enterado de que esto no es posible porque el motivo del despido es disciplinario.

    ¿Es eso cierto?

    Un saludo

  • Hola,
    Actualmente trabajo para una empresa,pero estoy pensando en hacerme autónomo y crear una empresa…

    Puedo pedir el pago único o capitalización del paro para montar mi empresa estado dado de alta como trabajador por cuenta ajena?? Gracias…

    • Hola Antonio, con carácter general para tener derecho al Pago único se deben cumplir una serie de requisitos: Ser beneficiario de una prestación por desempleo de nivel contributivo, por cese definitivo de la relación laboral, y tener pendiente de percibir al menos tres meses de prestación. En el siguiente enlace encuentras una mayor información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Estoy Trabajando actualmente de camarero, pero deseo abrir mi propio negocio ‘ ; puedo solicitar el paga único y dejar mi trabajo para emprender mi negocio. Gracias

  • Buenas tardes,

    Tengo 30 años y llevo actualmente 5 años en una empresa de intermediación financiera, con buen puesto y buen salario. Llevo meses pensando en abrir un negocio online o montar una empresa para gestionar una serie de alquileres de viviendas.

    Mi pregunta es la siguiente: ¿Estando como asalariado con contrato indefinido, puedo capitalizar el paro como único pago para montar una SL?

    Muchas gracias.

  • Buenas tardes, tengo una duda sobre la capitalización del desempleo, ¿si estoy trabajando con un contrato indefinido en una empresa, puedo solicitar la capitalización del desempleo para la adquisición de acciones de la empresa pero siguiendo con mi contrato de trabajo por cuenta ajena?
    Muchas gracias

  • Hola, una vez solicitado y concedido una prestación por desempleo, solicito la capitalizacion de dicha prestación, pero antes de que resuelvan me contratan por cuenta ajena 50 días. ¿Es posible que me denieguen la capitalizacion aún reuniendo los requisitos a la fecha de solicitarla?

    • Hola Juan, los requisitos para solicitar el pago único son: debe estar en situación de desempleo y beneficiario de una prestación por cese de una relación laboral y deben quedarle, al menos, tres meses, además, deberá comenzar la actividad por cuenta propia en un plazo máximo de un mes desde que se concede el pago único. Incluso se puede dar de alta en la Seguridad social y comenzar antes de recibirlo. Es recomendable esperar a recibir la resolución del pago único para la contratación por cuenta ajena. En el siguiente enlace encuentras toda la información sobre el pago único, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días,
    Tenía duda sobre la incompatibilidad que pueda tener el siguiente caso.

    Trabajador en Empresa 1 cesa actividad y tiene derecho a paro.

    Trabajador procede a capitalizar el paro para crear Empresa 2 y ser socio único.

    El ex-trabajador, por otras circunstancias, pasa a ser socio de la Empresa 1. No estaría retribuido por la Empresa 1, sólo por la Empresa 2

    Sería viable esta opción o hay que esperar un tiempo prudencial

  • Buenos días,

    Tengo 24 años. Actualmente me encuentro trabajando por cuenta ajena a la vez que soy autónomo societario en una SC desde abril del 2022. Mi pregunta es si a dia de hoy puedo capitalizar el paro pasados 20 meses desde el alta como autónomo y siguiendo trabajando por cuenta ajena.

    Es de gran valor el contenido compartido

    Muchas gracias.

  • Hola,
    Quisiera saber si es posible solicitar el paro para montar una empresa online. Quisiera crear una agencia de viajes online y me surge la duda si al ser online y no comercio físico sería posible hacer esta solicitud.
    No estoy trabajando y me quedan unos 13 meses de paro. Quisiera emprender y desarrollar esta actividad.
    Gracias.

    • Hola Victor, puedes solicitar la capitalización del paro para montar tu negocio online si cumples las siguientes condiciones: No estar dado de alta en la Seguridad Social, ni tener actividad económica alguna, tener derecho a paro, tener pendiente a fecha de solicitud de la capitalización, tres mensualidades de paro como mínimo, no haber percibido la capitalización en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud de la misma, comenzar a montar la tienda online un mes después, como máximo, desde que se concede la capitalización del paro. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente a la capitalización del paro, https://www.billin.net/blog/pago-unico-capitalizacion-del-desempleo/. Espero haber aclarado tus dudas.