Si acabas de tener un hijo y eres madre trabajadora te interesará este artículo donde explicamos a fondo el Modelo 140 y cómo solicitar la ayuda por la maternidad de la mujer trabajadora.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el Modelo 140?
El Modelo 140 es conocido también como el anticipo a la deducción por maternidad, y consiste en el abono anticipado de 100 euros mensuales, además de otras variaciones.
Su objetivo es solicitar el abono anticipado mensual de la deducción de la maternidad que corresponde en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Este formulario se puede presentar por las distintas vías como:
- Telemática
- Telefónica
- Oficina de Agencia Tributaria
- Oficina de correos
¿Quién presenta el Modelo 140 AEAT?
Las personas que tendrán derechos a este abono anticipado son:
- Las trabajadoras con un contrato en régimen general y régimen especial del mar o de la minería del carbón a jornada completa, que estén de alta un mínimo de 15 días.
- Las trabajadoras con un contrato en régimen general y régimen especial del mar o de la minería del carbón, que se encuentren a media jornada, la cual, corresponda con la mitad de la jornada real de la empresa y estén como mínimo un mes.
- Trabajadoras agrarias que realicen como mínimo diez jornadas al mes
- Trabajadoras incluidas en el resto de los regímenes especiales de la seguridad social, no citados en los puntos anteriores, o mutualistas que se encuentren de alta un mínimo de 15 días al mes.
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Para que sirve el Modelo 140
Los contribuyentes con derecho al abono anticipado deberán presentar el formulario 140 cumplimentando todos los datos solicitados.
Una vez presentada la solicitud no será necesario reiterarlo durante el periodo al que se tenga derecho al cobro anticipado, salvo para comunicar alguna variación que venga de forma sobrevenida posteriormente.
Este Modelo 140 se usa para comunicar las siguientes variaciones:
- Por fallecimiento del beneficiario del abono.
- Baja del beneficiario en Seguridad Social o Mutua.
- Cambio de residencia al extranjero o al País Vasco o Comunidad foral de Navarra.
- Renuncia del beneficiario al cobro
- Cambio del régimen en Seguridad Social o Mutua
- Bajas en algunos de los hijos, bien sea por fallecimiento, cese en la convivencia o por la obtención de rentas superiores a 8.000 euros
¿Cuando se presenta el Modelo 140?
Debe formularse desde el momento que, cumpliendo todos los requisitos, tengamos derecho a su cobro, y que el contribuyente opte por la modalidad anticipada.
Si les correspondiera a varios beneficiarios (en caso de ser 2 madres o varios hijos) tendrían que presentarse de forma simultánea.
Las comunicaciones de variaciones, que implique la pérdida del cobro anticipado, o el incumplimiento de alguno de los requisitos legales determinará la obligación de presentar el Modelo 140 en los próximos 15 días naturales siguientes, a los que se haya producido la variación.
¿Cómo solicitar la ayuda por madre trabajadora de 100 euros?
- Presentación en impreso
Podrá presentarse el Modelo 140 en Hacienda a través de cualquier oficina de correos en un sobre ordinario dirigido a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, indicando la Delegación provincial, indicando que es el modelo 140, o bien, de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
En caso de que hubiese dos beneficiarias, tendrían que incluir ambas declaraciones en el mismo sobre o presentarla de forma presencial simultáneamente.
- Presentación telefónica
Solicitar la ayuda por madre trabajadora por teléfono formularse en el Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal en el teléfono 901 200 345, donde se tomarán las medidas necesarias para garantizar la identificación del beneficiario.
- Presentación telemática
Para saber más sobre la presentación telemática pincha aquí.
Para que sea más fácil rellenar el modelo 140 en la Agencia Tributaria,os adjuntamos una imagen para que su cumplimentación sea más sencilla:
1. Solicitante:
Aquí tenemos que incluir todos los datos personales del solicitante, además de informar si el abono había sido recibido por otra persona anteriormente.
2. Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad:
Aquí incluiremos los datos referentes al número de afiliación y si estamos dentro del régimen especial de funcionarios públicos, o por si lo contrario, tenemos una mutualidad alternativa.
3. Hijos que dan derecho a la deducción:
Se añadirán los datos personales de los hijos, y en caso de adopción, la fecha de adopción inscrita en el Registro Civil.
4. Cuenta bancaria para el abono del anticipo, bastará con incluir todos sus dígitos.
5. Variaciones a efectos de abono mensual:
- Pérdida del derecho
- Cambio del Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad
- Baja de algunos de los hijos
- Fecha de efecto
6. Representante, si lo hubiese.
7. Fecha y firma
Consulta más modelos tributarios aquí
Os hemos enseñado a rellenar el Modelo 140 en Hacienda y explicaros a quién va dirigido, y así, poder beneficiarse de este anticipo, el cual, va como ayuda a la mujer trabajadora, por un monto anual de 1.200 euros.
Hola está ayuda del modeló ,140 se puede cobrar la la madre que trabaja solamente diez horas semanales espero que me conteste usted muchas gracias
Hola Nora, para cobrar los 100 euros de madre trabajadora, habrá que tener una base de cotización de 100 euros mensuales como mínimo.
Espero haber aclarado tu duda.
Hola, tengo una pregunta, merece más la pena cobrar anticipadamente o desgrabarla en la declaración de la renta. Muchas gracias. Saludos
Hola Yolanda, ¿a qué te refieres con cobrar anticipadamente? Dame un poco más de información para poder ayudarte. Un saludo.
Buenos días. Si no entiendo mal esta ayuda es de 12 pagas de 100 €, los cuales te los anticipan de la deducción del IRPF del año siguiente supongo. merece la pena adelantarlo o si se tienen recursos no hay problema en cobrarlo más tarde en la declaración ya que la cantidad va ser la misma.Gracias
Hola, el cobro de la deducción por maternidad en el IRPF, se puede cobrar mensualmente o de forma anual mediante la declaración de la renta. Si quieres cobrarlo de forma anticipada, debes persentar el Modelo 140. Espero haber aclarado tus dudas.
Entonces si no lo quieres anticipadamente, no hay que hacer el modelo, no?
Hola, si no quieres recibir los 100 euros de madre trabajadora de forma anticipada, no tendrás que presentar el Modelo 140.
Espero haber aclarado tus dudas.
Hola, tengo contrato como empleada de hogar, actualmente estoy de baja. Yo nunca he realizado la declaración de Irpf porque no me retienen ¿puedo solicitar esta ayuda? Si la solicito me veré obligada a realizar la declaración el próximo año? Nose como funciona espero puedan ayudarme con n la duda.
Hola Adri, si estás en situación de incapacidad temporal, el hecho de tener que estar obligado a presentar IRPF, dependerá de los rendimientos del trabajo que hayas obtenido de los distintos pagadores. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información referente a los contribuyentes que están obligados a IRPF https://www.billin.net/blog/como-hacer-declaracion-renta-autonomo.
Espero haber aclarado tu duda.
Hola, soy empleada de hogar, actualmente estoy de baja maternal, nunca he realizado la declaración de la rentas, porque no me retienen irpf. ¿Puedo solicitar esta ayuda? ¿Si la solicito me veré obligada a presentar declaración el próximo año? Gracias
Hola Adri, la prestación por maternidad desde la sentencia emitida por el Tribunal Supremo 1462/2018, fijó que estas prestaciones están exentas de IRPF, aquí encontrarás toda la información referente a tu consulta https://www.billin.net/blog/exencion-irpf-maternidad-paternidad.
Espero haber aclarado tu duda.
Si pido el pago de maternidad anticipado . Cuanto tardaria en recibir el dinero?
Hola, la media para resolver los expedientes de maternidad en la Agencia Tributaria ronda entre 1,5 a 2 meses.
Espero haber aclarado tu duda.
Hola. Estoy buscando información sobre la ayuda para madres trabajadoras. Mi intención es cobrarla de golpe cuando haga la declaración de la renta. Tengo que hacer algún papeleo o en el momento que haga la declaración la solicito? Muchas gracias
Hola Nerea, si la ayuda a madres trabajadoras, quieres cobrarla completa en la Declaración de la Renta, no tendrás que presentar nada, sino solicitarlo cuando elabores el IRPF. Espero haber aclarado tus dudas.
Yo he hecho el módulo 140 telematicamente!y en la agencia Tributaria pone en trámite… Nose cuando empezaré a cobrar los 100 euros o si me vendra todo a la vez?La verdad esque intente llamar y no me hicieron caso, así que lo hice como yo pensé que seria…
Hola Lorena, el plazo de resolución legal para el Modelo 140 son seis meses, auqnue normalmente lo llevan a cabo en uno o dos meses como mucho. Te dejo un enlace donde encontrarás toda la información sobre este modelo tributario, https://www.billin.net/blog/que-es-el-modelo-140/. Espero haber aclarado tus dudas.
Cuando termina tu contrato de trabajo tienes que darle de baja y si se te olvida que pasaría, gracias de antemano
Hola Yenny, si no tramitas la baja de un contrato de trabajo, seguirá vigente y devengará seguros sociales. Te dejo un enlace donde encontrarás información sobre este tema, https://www.billin.net/blog/como-calcular-el-finiquito-por-fin-de-contrato-baja-voluntaria-y-despido/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenos dias ,,tengo una notificacion de hacienda como que depo aportar el model 149 si no pe pone multa,,se ouede hacer esto y por que?gracias
Hola Alina, el Modelo 149 se presenta por los trabajadores desplazados a España, donde se comunica la opción, renuncia o exclusión. Te dejo un enlace donde encontrarás información sobre las notificaciones electrónicas, https://www.billin.net/blog/funcionamiento-sede-electronica-hacienda/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola! Quisiera saber si puedo cobrar la ayuda de los 100€, mi hija nació el 2019 como puedo pedir la ayuda
Hola Olga, si eres madre trabajadora y tienes a tu cargo un menor que aún no tenga los tres años, podrás solicitar la ayuda de 100 euros mensuales, te dejo un enlace donde te informarán de cómo solicitarla, https://www.billin.net/blog/que-es-el-modelo-140/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola,
Soy maestra y aunque pertenezco a Muface en su día me registré en la Seguridad Social y no en una mutua i/o entidad privada. Así pues, en la solicitud debo poner Seguridad Social o Muface?.
Un saludo,
Sonia.
«Hola Sonia, la Seguridad Social española es un ente público que proporciona prestaciones y asistencia sanitaria a sus afiliados, entre los que se cuentan trabajadores de casi todos los sectores empresariales.
Muface es un organismo público de la Administración General del Estado que proporciona prestaciones sociales y asistencia sanitaria únicamente a los funcionarios del Estado. Entre los beneficiarios de Muface también pueden encontrarse tanto el cónyuge como los descendientes del mutualista.
En Muface el funcionario y su familia pueden optar a ser atendidos por la sanidad pública o por alguna de las compañías aseguradoras privadas, como Adeslas, Sanitas, Asisa, y DKV. Te dejo un enlace donde encontrarás más información, https://www.billin.net/blog/tipos-seguros-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola, soy empleada de hogar y no hago declaración de rentas, aun así puedo solicitar esta ayuda através del 740?
Hola Naty. Disculpe pero no entiendo su pregunta. ¿Se refiere al Modelo 140? Un saludo.