Actualizado: 07 abril, 2022 · 12 comentarios · 5 min de lectura

Cómo deducir el IVA e IRPF en la compra de un coche nuevo o usado

iva deducible coche
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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¿Podemos o no deducir el IVA e IRPF en la compra de un coche nuevo o usado, o cómo imputar este gasto o inversión?, es una de las preguntas más frecuentes entre autónomos y empresarios.  La respuesta tiene sus puntualizaciones con respecto a lo que Hacienda considera como gasto deducible y según ciertas circunstancias.

Aquí vamos a hablarte de los impuestos en la compra de un coche de segunda mano o nuevo que puedes deducirte y las circunstancias

El IVA deducible en coches

La Agencia Tributaria en el Artículo 95 Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992, considera que es posible deducir todo o parte del IVA correspondiente a la adquisición de un coche, en las siguientes circunstancias:

  • Para practicar la deducción es necesario que el vehículo esté afecto, al menos parcialmente, a la actividad profesional
  • Podrán deducirse los gastos derivados de la compra del vehículo, así como los gastos correspondientes a gasolina, mantenimiento y seguro
  • Se aplicará la deducción del 50% de la cuota del IVA soportada en la adquisición del vehículo, salvo que se pretendiera un grado de utilización superior (en cuyo caso deberá probarse por el interesado) o uno inferior (que deberá ser probado por la Administración) sin perjuicio de los supuestos en que se presume que el grado de utilización es del 100%
  • En cualquier actividad pueden existir vehículos afectos parcialmente, si bien la existencia o no de afectación es cuestión de prueba en cada caso. Una vez que existe afectación, se presume que ésta es del 50%, aunque se admite prueba en contra
  • Las reglas de deducibilidad de cuotas por adquisición de vehículos son las mismas tanto en el régimen general como en el simplificado, no existiendo diferencias respecto a la necesidad de afectación y presunciones
  • Toda compra de vehículo debe estar registrada en la contabilidad del negocio dentro del libro de facturas recibidas, gastos o bienes de inversión

Dicho de otro modo, podrás deducirte el 50 % del IVA que soportes en la adquisición y mantenimiento de tu vehículo siempre y cuando puedas demostrar que lo utilizas en tu actividad económica.

Para demostrarlo, deberás disponer de un listado con la dirección de tus clientes, agenda de visitas, visitas acordadas con mails, documentos, presupuestos aceptados en los que conste dónde se presta el servicio o dónde se entrega la mercancía; quiere decir que debes justificar que te desplazas en tu vehículo para la obtención de tus ingresos.

¿Cómo deducir el 100% del IVA de un vehículo?

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Para poder deducirte el 100% del IVA, el vehículo deberá cumplir las siguientes características:

    • Que el vehículo sea utilizado en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación
    • Vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías
    • Los usados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
    • Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos
    • Los empleados en servicios de vigilancia.
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Se puede deducir el IVA de un coche de segunda mano, en leasing o renting

En caso de comprar un coche usado, Hacienda establece que no es posible deducirse el IVA de la compra si este se compra a un empresario revendedor sujeto al Régimen Especial de bienes usados; aunque hay excepciones, como el caso de los coches de leasing y del alquiler o renting.

En el caso de adquirir el coche mediante leasing, el comprador está sujeto a la deducción del 50% del IVA ya que debe tener en cuenta que este no es más que un arrendamiento financiero con opción a compra; y en el caso de compra bajo el régimen de renting, la norma aplica de igual forma solo a una deducción del 50% del IVA.

Deducción del IRPF en la compra de coche

Las posibilidades de deducciones del IRPF varían entre el 0% o el 100% si opción a deducciones intermedias.

Es posible vincular el 100% de la adquisición de un coche, para los profesionales del transporte, prestadores de servicios de transporte de viajeros, enseñanza de conductores o pilotos.  

Si no es éste tu caso, la Agencia Tributaria considera que el vehículo adquirido puede utilizarse para uso particular de forma esporádica y no podrás desgravarte nada como gasto en el IRPF.

Los gastos que se vayan generando posteriormente derivados del vehículo, como son la gasolina, reparaciones, seguro, mantenimiento, etc., el tratamiento para deducción de gastos en IVA e IRPF será el mismo que se aplica en el momento de la compra en lo que se refiere a porcentajes de deducción.

Cuando decides imputar los gastos deducibles del vehículo, deberás tener especial cuidado de no imputar gastos excesivos para no llamar la atención en las inspecciones, a menos que puedas demostrar en cada caso que la utilización del coche está asociada a tu actividad económica; porque en última instancia, la Agencia Tributaria se reserva el derecho de considerarlo gasto fiscalmente deducible, o no.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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12 comentarios

  • Hola, ¿como se hace en la práctica la deducción del IVA e IRPF por la compra del vehiculo? Si he pagado el total del coche puedo incluir todo el importe en la declaración trimestral correspondiente? y en el caso del IRPF, ¿puedo incluir el total del importe en la declaración anual correspondiente?

    Muchas gracias por vuestra atención

    • Hola Jose Manuel.

      Comentarte que según la Ley del IVA cuando un autónomo compra un vehículo nuevo (con IVA), sólo podrá deducir el 50% de la cuota impositiva, a no ser que correspondas a un gremio donde se permita que lo deduzcas en un 100% (como por ejemplo en Transportes), y si lo has comprado usado no deducirás IVA (a no ser que lo hayas comprado entre empresas).

      Con respecto el IRPF podrás deducir la parte que te corresponda por la amortización, ya que, no adquieres un bien corriente sino un bien de inversión.

  • Buenas Pedro,

    Enhorabuena por el excelente artículo.

    Mira tenemos una duda sobre todo esto del IVA. Estamos mirando para comprar un coche en DasWeltAuto, el coche de primeras fue vendido por Volskwagen España a Europcar y a los 6 meses Volkswagen se lo compró a Europcar. Ahora Volkswagen lo tiene en venta, y aunque es de «segunda mano», viene de una empresa … entonces, si yo compro ahora ese vehículo a Volkswagen como autónomo, ¿podría deducirme el 50% del IVA? Desde Volkswagen me dicen que sí, que ese IVA sigue vivo y que al ser ventas entre empresas el IVA se sigue pudiendo deducir…

    Espero que me puedas aclarar este duda.

    Muchas gracias!!!

    • Hola Carmelo.

      En respuesta a tu pregunta comentarte que efectivamente un autónomo puede deducir el 50% de IVA de la compra de un vehículo, pero tendrás que acreditar que realmente lo necesitas para tu actividad, porque si desarrollas una actividad que no necesita ningún vehículo no podrás deducirlo.

      Espero haber aclarado tu duda

  • Hola, tengo, tengo 2 dudas,:
    1.- Soy autónomo (comercial) y me puedo deducir el 100% del iva, esto lo tengo claro. Mi duda es ¿como lo hago? El iva resultante de la compra del coche son 4.000 € por ejemplo y el iva que tendría que ingresar yo en ese trimestre es de 1.000 €, no los ingresaría por que el iva soporrado es mayor que el imputado, los 3.000 € que aun me faltan por compensar, ¿como lo haría? ¿en los siguientes trimestres hasta que lo liquide?
    2.- La otra duda es, que mi coche actual, formaría parte del pago del coche nuevo, ¿que pasaría con ese iva? ¿De que forma seria la más interesante hacerlo por mi parte? Me tendrían que hacer una factura de compra o un descuento de importe sobre el nuevo seria suficiente?
    Gracias.
    Gracias.

    • Hola David, el IVA que tengas pendiente de compensar, podrás solicitar la compensación en los siguientes trimestres, o solicitar a final de año la devolución. Lo más correcto es que la empresa que te compra el vehículo, debe hacerte esa factura.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Resido en la comunidad de Andalucia, mi esposa con discapacidad superior al 33% compró un vehiculo nuevo para su uso en 2021, para lo cual abono el 4% de IVA correspondiente. Pues es uno de los casos en los que según este articulo podría desgravar el 50% de lo abonado en el IVA, pero no encuentro la casilla en el borrador de la Renta ningún apartado donde declararlo ( realizo declaración conjunta), ruego si me lo pueden aclarar ya que el vendedor del coche cuestiona esta información. Gracias

    • Hola Evaristo, la mayor rebaja cuando una persona con discapacidad compra un coche, se percibe en el IVA. El importe que, por norma general debe abonarse, es del 21%, pero en el caso de que tengas movilidad reducida, tan sólo tendrás que pagar el 4%. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre las bonificaciones de los contribuyentes con minusvalía, https://www.billin.net/blog/bonificaciones-seguridad-social-autonomo-discapacidad. Espero haber aclarado tus dudas.

    • La consulta que planteas Evaristo la he realizado yo a Hacienda, y esta es la respuesta que me han dado vía email:
      Buenos días,

      Le informamos que actualmente la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio no prevé ninguna deducción aplicable sobre el IVA abonado por la adquisición de un vehículo nuevo cuando se trate de personas con discapacidad o sus familiares.

      Atentamente,
      Agencia Tributaria

  • Hola, tengo una S.L. y me gustaría saber si puedo deducir el IVA y los gastos de reparacion, gasolina, etc., en la compra de un vehículo usado, a un particular. Gracias.

    Un saludo.

    • Hola Emilio, para deducir el IVA de estos gastos, el empresario deberá probar la afectación del vehículo a la actividad de la empresa, deberá determinar cuál es el efectivo grado de afectación que el vehículo adquirido tendrá a la actividad de la sociedad. Y, en función de ello, podrá deducir el IVA soportado en adquisición y gastos de uso de dicho vehículo en la proporción determinada, en el caso de que el grado de afectación determinado sea el 50% no deberá probar nada en relación con el grado de afectación, pues se encuentra dentro del supuesto recogido por ley y deducir el 50% del IVA soportado. En el siguiente enlace encuentras una amplia información sobre los gastos deducibles para las pymes en 2023, https://www.billin.net/blog/gastos-deducir-pyme-actualmente/. Espero haber aclarado tus dudas.