Publicado: 13 mayo 2025 · 0 comentarios · 11 min de lectura

¿Puedo hacer una unión temporal de empresas siendo autónomo?

Unión temporal de empresas siendo autónomo
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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La colaboración entre profesionales y empresas puede ser la clave para abordar proyectos de gran envergadura o acceder a contratos públicos. 

Si trabajas por cuenta propia y te planteas unir fuerzas con otros autónomos o sociedades, es probable que te surja una duda clave: ¿puedo formar una unión temporal de empresas (UTE) siendo autónomo?

En este artículo te explicamos qué es una UTE, qué dice la normativa vigente y cómo puedes beneficiarte de esta figura legal sin dejar de ser autónomo.

¿Qué es una unión temporal de empresas?

Una unión temporal de empresas (UTE) es una forma de colaboración entre dos o más personas físicas o jurídicas que se asocian con un objetivo concreto: ejecutar una obra, prestar un servicio o suministrar productos de forma conjunta durante un tiempo determinado. 

Esta figura jurídica está regulada en la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas, siendo ampliamente utilizada en sectores como la construcción, ingeniería, tecnología o servicios públicos.

A diferencia de una sociedad mercantil permanente, una UTE se crea para un proyecto específico y se disuelve una vez finalizada la actividad común. 

Es una estructura flexible que no exige capital mínimo, lo que facilita su uso por parte de pequeñas empresas y profesionales autónomos.

Requisitos para constituir una unión temporal de empresas

La creación de una unión temporal de empresas, regulada en la Ley 18/1982, de régimen fiscal de agrupaciones y UTEs, establece una serie de requisitos formales y fiscales para su constitución y funcionamiento:

Formalización en escritura pública 

A tenor del artículo 8 de la citada Ley, La UTE debe constituirse mediante escritura pública, es decir, debe firmarse ante notario en un documento que recoja:

  • La identidad de los miembros (autónomos o empresas).
  • El objeto concreto de la UTE (por ejemplo, realizar una obra pública específica).
  • La duración de la unión (limitada al tiempo necesario para ejecutar el proyecto).
  • La aportación de cada miembro, ya sea en trabajo, medios técnicos o financieros.
  • La designación del gerente único o administrador común, que representará legalmente a la UTE ante terceros.
  • El sistema de reparto de beneficios y pérdidas.
  • Cualquier otra cláusula que regule el funcionamiento interno del acuerdo.

Inscripción censal y obtención del NIF

Una vez constituida la UTE mediante escritura pública, es obligatorio:

  • Solicitar un NIF específico para la UTE en la Agencia Tributaria.
  • Inscribirse en el censo de empresarios, utilizando el modelo 036.
  • La inscripción debe realizarse antes de iniciar la actividad.

Además, deben declararse los porcentajes de participación de cada miembro, ya que esto determinará cómo se reparten los beneficios y qué parte tributa cada socio individualmente.

Obligaciones fiscales y contables 

Las UTEs deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales específicas:

  • Contabilidad separada: deben llevar una contabilidad independiente de la de sus miembros, reflejando todas las operaciones relacionadas con el proyecto común. 

Los profesionales y las empresas que conforman la UTE deben incorporar su parte proporcional del resultado contable de la UTE en sus propias cuentas.

  • Cuando los socios son personas jurídicas: están sujetas al impuesto sobre sociedades, con un régimen fiscal especial si cumplen los requisitos establecidos en la ley.
  • Cuando los socios son autónomos o empresarios individuales, la tributación de la UTE aplican las normas del régimen de atribución de rentas  (del impuesto sobre la renta de las personas físicas).
  • Responsabilidad solidaria: los miembros de la UTE responden de forma solidaria e ilimitada por las deudas y operaciones de la misma.
  • Comunicación de modificaciones: cualquier cambio en la composición, objeto o duración de la UTE debe comunicarse a la Agencia Tributaria.
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¿Puede un autónomo participar en una UTE?

Sí, un autónomo puede formar parte de una unión temporal de empresas siempre que cumpla los requisitos legales y esté dado de alta en Hacienda y en el RETA (régimen especial de trabajadores autónomos). 

La ley no limita la participación en UTEs exclusivamente a sociedades mercantiles, abriendo la puerta a los profesionales por cuenta propia.

Esto significa que, si eres autónomo y quieres participar en una licitación pública o en un proyecto grande junto a otras empresas o freelancers, puedes hacerlo mediante la creación de una UTE

Esta opción te permite sumar capacidades técnicas y financieras junto a otros socios sin perder tu independencia como profesional.

¿Quieres saber más? ➡️ ¿Cuál es la diferencia entre un autónomo y un freelance?

Eso sí, es esencial elaborar un contrato o acuerdo donde se definan claramente las responsabilidades, duración y participación de cada miembro. La colaboración debe estar formalizada ante notario y registrada en Hacienda.

¿Qué ventajas tiene una UTE para un autónomo?

Participar en una unión temporal de empresas puede aportar múltiples beneficios a un autónomo:

  • Acceso a grandes contratos: muchas licitaciones públicas o proyectos privados exigen un volumen de recursos o capacidades técnicas que un autónomo no puede asumir solo.
  • Reparto de riesgos: los riesgos del proyecto se distribuyen entre los miembros, lo que reduce el impacto individual.
  • Especialización complementaria: permite integrar conocimientos y perfiles distintos, mejorando la oferta conjunta frente a la competencia.
  • Mayor visibilidad y prestigio: participar en proyectos de gran escala puede mejorar tu posicionamiento en el mercado y abrir nuevas oportunidades.

Además, al no constituirse como una empresa nueva, la UTE no implica una transformación profunda del modelo de negocio del autónomo, que mantiene su actividad y estructura habitual fuera de la colaboración.

Pasos para formar una UTE siendo autónomo

Formar una UTE siendo autónomo no es un proceso complicado, pero requiere seguir ciertos pasos legales:

  1. Acuerdo entre las partes: redactar un contrato que especifique los objetivos, duración, responsabilidades y participación de cada miembro.
  2. Firma ante notario: el acuerdo debe elevarse a escritura pública.
  3. Obtención de NIF provisional: se solicita a la Agencia Tributaria, donde se inscribe la UTE con un NIF específico.
  4. Alta censal (modelo 036): marcando la opción correspondiente a “unión temporal de empresas”.
  5. Designación de un gerente único: que actuará como representante ante terceros.
  6. Contabilidad específica: será necesario llevar una contabilidad propia de la UTE, independiente de la de sus miembros.

¿Cuándo conviene optar por una UTE?

Optar por una unión temporal de empresas es una decisión estratégica que tiene sentido en determinadas situaciones profesionales y de negocio. 

Esta figura es especialmente útil cuando un proyecto excede la capacidad técnica, financiera o logística de una sola persona o entidad, como puede ser el caso de muchos autónomos.

Estos son los escenarios más comunes en los que una UTE es recomendable:

  • Licitaciones públicas de gran envergadura: la mayoría de las administraciones públicas exigen una solvencia técnica y económica que, en muchos casos, un autónomo o pequeña empresa no puede acreditar por sí sola. 

En estos casos, una UTE permite sumar capacidades y acceder a contratos públicos que, de otro modo, estarían fuera de alcance.

  • Proyectos complejos que requieren distintas especialidades: en sectores como la construcción, ingeniería, tecnología o servicios ambientales, es común que un solo profesional no pueda abarcar todas las áreas necesarias. 

Formar una UTE permite integrar perfiles complementarios (por ejemplo, un arquitecto y un ingeniero industrial) para dar respuesta integral a un proyecto.

  • Entrada en nuevos mercados o geografías: las UTEs también son útiles como alianzas estratégicas temporales para penetrar en nuevos mercados, ya sea por razones geográficas (por ejemplo, proyectos en otra comunidad autónoma o país) o sectoriales (una nueva línea de negocio). 
  • Acceso a financiación o mejora del perfil empresarial: al unir fuerzas con otros profesionales o empresas, se mejora la imagen de solvencia frente a bancos, inversores o entidades públicas, lo que puede facilitar la concesión de avales, líneas ICO o ayudas públicas.

Te puede interesar ➡️  ¿Qué es el Instituto de Crédito Oficial? (ICO)

Alternativas a la unión temporal de empresas para autónomos

Aunque las UTEs son una excelente fórmula para colaboraciones temporales, existen alternativas legales y organizativas que también son adecuadas según el tipo de proyecto, el grado de compromiso entre los socios o la duración de la colaboración.

  • Sociedad limitada profesional (SLP): si la colaboración es estable en el tiempo y va más allá de un proyecto concreto, puedes constituir una sociedad limitada profesional, especialmente si todos los socios son autónomos con una misma titulación o actividad regulada (como abogados, arquitectos, consultores, etc.).

La SLP proporciona personalidad jurídica propia, separación de patrimonios y una estructura societaria clásica, aunque implica mayores cargas administrativas que una UTE.

  • Cooperativa de trabajo asociado: ideal cuando el objetivo es trabajar de forma colectiva entre varios profesionales. En las cooperativas, todos los miembros tienen voz y voto y se reparten tanto beneficios como responsabilidades de forma equitativa. Requiere un compromiso más duradero que una UTE.
  • Comunidad de bienes: esta fórmula puede ser útil para compartir recursos entre autónomos (por ejemplo, un local o herramientas), pero no es recomendable para proyectos con responsabilidad frente a terceros, ya que los comuneros responden de forma ilimitada con su patrimonio personal.
  • Contratos de colaboración mercantil: un marco más flexible que una UTE. Este acuerdo privado entre autónomos o empresas regula cómo se ejecuta un proyecto conjunto sin necesidad de constituir una nueva entidad ni registrarse como UTE. Es una opción válida para trabajos puntuales de bajo riesgo.

La UTE como oportunidad para el crecimiento de los autónomos

Formar parte de una unión temporal de empresas es una decisión estratégica que puede abrir nuevas puertas para los autónomos que desean acceder a proyectos de mayor envergadura, colaborar con otros profesionales o participar en licitaciones públicas. 

Esta figura legal, aunque desconocida para muchos trabajadores por cuenta propia, ofrece flexibilidad, agilidad y beneficios económicos si se gestiona correctamente.

Gracias a su carácter temporal y a que no exige la creación de una sociedad mercantil independiente, la UTE permite a los autónomos mantener su identidad profesional y fiscal, al tiempo que suman capacidades junto a otros socios. 

Eso sí, implica también asumir ciertas responsabilidades, como llevar una contabilidad específica, cumplir con las obligaciones fiscales y coordinarse eficazmente con el resto de miembros.

En este contexto, contar con un buen software de facturación no es solo recomendable, sino prácticamente imprescindible.

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Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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