Actualizado: 23 abril, 2020 · 107 comentarios · 5 min de lectura

Préstamo entre familiares: como realizarlo y legislación

prestamo entre familiares
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Hablaremos de lo que es el préstamo entre familiares, lo que supone, los problemas legales y la forma de hacerlo formal Si quieres hacerlo de forma legal y sin incurrir en delitos sigue leyendo.

¿Qué es un préstamo entre familiares?

Este concepto se refiere a la situación en la que dos particulares se prestan dinero sin la intervención de una Institución financiera.

Normalmente este tipo de préstamo familiar es más beneficioso que el que podemos solicitar a una entidad financiera, principalmente por el tipo de interés 0%

Los requisitos principales que deben cumplir los préstamos entre familiares son:

  1. Que el prestatario tiene que devolver el capital en los plazos convenidos
  2. Formalizarlo en un contrato de préstamo y liquidarlo en la oficina correspondiente

Suelen ser una de las fuentes de financiación primeras en un negocio.

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¿Cómo hacer el contrato de préstamos entre familiares?

Lo habitual en este tipo de contrato de préstamo entre familiares es que se firmen a título gratuito, es decir, con un tipo de interés nulo, de manera que conste en el documento formal, sino Hacienda podría presuponer que este préstamo lleva aparejado el tipo de interés del precio legal del dinero (para el año 2020 es el 3%)

Lo primero que hay que hacer es formalizarlo en un documento privado, de manera que la deuda quede plasmada, ya que, esto puede suponernos una garantía a la hora de algún impago o disputa con el prestatario.

No es necesario que este préstamo familiar esté elevado a público, bastará con registrarlo y que la Administración lo liquide.

¿Qué es la donación encubierta?

Ahora bien, habrá que tener mucho cuidado con esta figura, ya que, hacienda podría pensar que es una donación encubierta, veamos cuál es su diferencia.

Si hablamos de préstamo entre familiares debe quedarnos claro que habrá que devolver ese dinero con intereses o sin ellos, dependerá del acuerdo.

Si, por el contrario, un familiar quiere regalarte una cantidad de dinero, entonces sí sería una donación, además habría que formalizar el contrato elevándolo a público y liquidar por el Impuesto de Sucesión y Donación (su importe dependerá de la Comunidad Autónoma que corresponda).

Hacienda pone un gran interés en verificar este tipo de operaciones, ya que, persigue aquellas que se encubren como préstamos entre familiares, cuando finalmente son donaciones.

¿Dónde registrar un préstamo entre familiares de forma legal?

Una vez que hayamos formalizado el contrato de préstamo entre familiares habrá que dirigirse a la Oficina Liquidadora de Hacienda, para liquidar el modelo de transmisiones patrimoniales, Modelo 600.

Esta operación está sujeta pero exenta, es decir, habrá que rellenar el modelo, pero no se pagará nada por él.

Habrá que indicar quién es el sujeto pasivo, el presentador y el transmitente, en la parte correspondiente a operación o acto, se hará una pequeña explicación sobre el documento que vamos a liquidar, y, por último, la liquidación, la cual, se rellenará automáticamente debido a que introduciendo el código de concepto se realizarán todos los cálculos y porcentajes que tengas que aplicar.

Una vez relleno, bastará con validar el formulario e imprimirlo para dirigirse a la Oficina Liquidadora que te corresponda, deberás aportar dos copias originales del contrato de préstamo para que sean liquidadas y firmadas, junto a los DNI de los participantes en el préstamo familiar.

La obligación de la liquidación recaerá sobre la persona que ha recibido el dinero, en este caso el prestatario, que será el encargado de presentarlo en la Delegación que corresponda a tu Comunidad Autónoma y tendrá un plazo máximo de 30 días de la fecha de la firma del contrato de préstamo para su presentación en Hacienda.

➨ Si quieres calcular lo que te costaría usa nuestro simulador de prestamos personales.

¿Es posible desgravar préstamo familiar?

Muchos de estos préstamos entre familiares, se realizan entre padres e hijos, sobre todo para la adquisición de la primera vivienda, ya que, normalmente, la hipoteca que te aprobarán será del 80% sobre el valor de tasación.

Para estos casos ya no es posible la desgravación ni del préstamo familiar ni de la hipoteca, debido a que desde el 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por adquisición de la vivienda habitual.

Si, por el contrario, pactaras un tipo de interés en el préstamo para la devolución del mismo, y, su finalidad fuese para iniciar un negocio, sí que podrías desgravar los intereses pagados por ese capital prestado, pero recuerda, que el prestamista tendrá también la obligación de declarar en hacienda ese tipo de interés como rendimientos de capital mobiliario.

Desde Billin, el software para pymes de facturación te facilitamos cualquier información referente a novedades fiscales y laborales como el préstamo entre familiares, para que evites sorpresas futuras.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
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107 comentarios

  • Quiero hacerle un préstamo sin intereses a mi hermana que es autónoma. ¿Se puede hacer como préstamo entre particulares, o al ser ella autónoma no y habría que hacerlo de otra forma?
    un saludo

    • Hola Beatriz, la figura jurídica de prestamos entre familiares, está reconocida independientemente de que uno de las partes contratantes sea autónomo. Deberás hacer constancia del interés al 0% y formalizarlo ante la Agencia Tributaria. Te dejo un enlace donde encontrarás toda esta información billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas!

    Una vez liquidado el préstamo, ¿hay que hacer algún papel? Es que yo hace un tiempo ya.. Formalicé un préstamo con mi padre, que ya le devolví (siempre por transferencia bancaria). Del pago de la última cuota igual hace ya 2 años, estaría a tiempo?

    • Hola Margarita, una vez pagado un préstamo entre familiares, habrá que guardar los justificantes de su pago para no tener problemas con Hacienda y que considere que es una donación.
      Espero haber aclarado tu duda.

      • Me interesaría saber si es necesaria la presentación en Hacienda de la liquidación de la deuda. A su vez, ¿seria necesario que el prestatario que recibe el dinero de vuelta presente algún modelo en Hacienda?
        ¿Existe algún plazo para hacerlo?
        Muchas gracias

        • Hola Carmen, en el caso de que se haya liquidado una deuda entre particulares, no será necesario presentar ningún nuevo modelo 600, tan sólo, habrá que guardar la documentación correspondiente durante el periodo legal, por si la Administración realizara alguna comprobación. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-particulares/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola, para prestar el dinero a un hijo habrá que realizar un contrato de préstamo entre ambos, en el caso de que uno de los prestamistas no tenga capacidad de obrar, su representante deberá ser quién otorgue esa ratificación de préstamo, siempre que el dinero pertenezca a la sociedad de gananciales, en el caso de que su adquisición haya sido de forma privativa, sólo tendrá que firmar su titular.

      Espero haber aclarado tu duda.

  • buenas tardes ,quiero prestarle dinero a mi hermano para comprar un local
    me aconsejan que le haga un préstamo hipotecario entre particulares poniendo el local como aval
    es lo mismo que un préstamo personal ?
    lo podría poner a interés 0% al ser préstamo hipotecario o tiene que llevar algún interés?
    esto se hace ante notario o no es necesario
    gracias

    • Hola Mónica, si lo que vas a realizar es un préstamo entre particulares a un tipo de interés del 0%, bastará con hacer un contrato privado incluyendo la duración y las cuotas. En el caso de que quieras avalar ese préstamo con una finca inmobiliaria, debes realizar el préstamo ante notario e inscribirlo en el registro de la propiedad que corresponda.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas tardes,
    La devolución de los préstamos personales, solo pueden realizarse por transferencia. En el caso de realizarlo con pequeñas cantidades, y poco a poco, ¿no es posible realizarlo en efectivo?, ¿podría justificarse con un recibo «recibí» firmado por el prestamista?
    Gracias!

    • Hola Pedro, los préstamos entre particulares se deben realizar por transferencia, independientemente del importe de la cuota.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Gracias por un artículo superinteresante. Revisando los comentarios, veo que has respondido casi a la duda que tengo ahora. Hace unos años firmé un prestamo privado con mis padres y registré dicho contrato en la hacienda autonomica (formulario 600) según marca la normativa. Ahora estoy cerca de devolver el prestamo total (siempre via transferencia para que este documentado) y tengo la duda de si debería de rellenar algun formulario en la hacienda autonomica/estatal para registrar el fin de dicho prestamo. La pregunta viene porque conseguiré devolver el prestamo en un tiempo mucho menor del pactado inicialmente.

    • Hola Jesús, si has finalizado de pagar un préstamo privado con tus padres, deberás guardar todos los justificantes por si Hacienda te los solicitara.
      Espero haber aclarado tu duda.

  • Buenas, gracias por el artículo. Si una perdona presta dinero a su hijo (algún día heredero) y fallece, se da el préstamo por devuelto? ¿Cómo se procedería con hacienda?
    Un saludo

    • Hola Juan, si una persona presta dinero a su hijo, y fallece el prestamista, ese derecho se incorporará a la herencia, y los herederos cobrarán dicha deuda. Espero haber aclarado tus dudas,

      • Hola.
        En mi caso he registrado el préstamo y como se comentó en otra ocasión quien me lo prestó ha fallecido hace un año. El préstamo vence en breve. Debería hacer algo o esperar a solucionarlo cuando los herederos acaben la sucesión? O estoy obligado a devolverlo en la cuenta del fallecido antes del plazo?
        Muchas gracias

        • Hola Gustavo, en caso de fallecimiento del prestamista, se debe llevar a cabo lo que esté estipulado en dicho contrato, en caso de que no estuviese indicado, lo normal, sería seguir pagando a los herederos, hasta que llegue la fecha de finalización del contrato de préstamo.
          Espero haber aclarado tus dudas.

        • Hola Gustavo, en caso de fallecimiento del prestamista, se debe llevar a cabo lo que esté estipulado en dicho contrato, en caso de que no estuviese indicado, lo normal, sería seguir pagando a los herederos, hasta que llegue la fecha de finalización del contrato de préstamo. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, mi madre me va a dejar dinero para la compra de mi vivienda habitual. Sería un préstamo sin intereses, mi duda está en si este dinero conlleva el pago de impuesto y como debo presentarlo en Hacienda. Además me gustaría saber, si me afecta a la hora de declaración del IRPF.

    Muchas gracias. Un saludo.

    • Hola Elena, si tu madre te presta dinero a interés 0%, habrá que elaborar un contrato de préstamos, el cual, hay que liquidar en la Agencia Tributaria, el cual, estará sujeto a su presentación pero exento del pago del impuesto. Ese préstamo no afectará en tu declaración de la renta. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, si es el padre de mi pareja (no estamos casados) quién le presta el dinero a ella, en este caso para reformar nuestra casa, ¿como me afecta fiscalmente a mi?

    Gracias

    • Hola Manuel, la tributación de un contrato de préstamo de dinero entre particulares a 0%, no habrá que incluirlo en el IRPF, a no ser que se haya pactado algún tipo de interés en su devolución.
      Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, nos mandaron dinero (13000E) desde Bulgaria para que podemos comprar una casa en España , ahora nos piden contrato privado e identificación y documentación económica del prestamista . La persona que las mandó es el padre de mí marido cual es pensionista de 85 años, el vive allí . Y ahora eso resulta un gran problema , porque el dinero no es préstamo si no es regalo .Gracias .

    • Hola, en el caso de la compra de un inmueble, hay que justificar la procedencia del dinero para su adquisición, si el dinero no ha sido prestado y se ha regalado, habría que tributarlo como donación. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Hola Tamara, en el caso de que no se pueda pagar el préstamo por vulnerabilidad económica (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero y Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio), conllevaría una suspensión del pago durante un periodo determinado, pero posteriormente, habrá que cumplir la nueva propuesta de pago, sino Hacienda considerará que es una donación entre familiares. En este artículo encontrarás una mayor información sobre este tipo de préstamos, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, haces dos meses mi hermana me prestó dinero para la cancelación de mi hipoteca. Yo no sabía que tenía que hacer un contrato y presentarlo a Hacienda y que tenía de plazo un mes. Qué puedo hacer ahora? Puedo presentar el contrato fuera de plazo?

    • Hola Inmaculada, si no has realizado un contrato de préstamo y tampoco has pagado su devolución por transferencia bancaria, la Agencia Tributaria considerará que se ha llevado a cabo una donación de dinero efectivo entre dos hermanos.

      El importe de este impuesto de donación dependerá de la Comunidad Autónoma en la que residas.

      Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Pablo, sí es posible realizar un préstamo dinerario a un contribuyente no residente. Ahora bien, tendrá que cumplir todos los requisitos que conlleva la elaboración de contrato de préstamo entre particulares.
      Espero haber aclarado tus dudas.

      • Siguiendo con el caso que plantea Pablo, si el hijo es residente en Bruselas y el padre en Asturias ¿ante qué organismo habría que presentar el modelo 600? ¿La AEAT o la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma?
        Gracias,
        Carlos

        • Hola Pedro. E recibido un importe € del extranjero en mi cuenta porque mi amigo no tenía cuenta abierta en España. En este caso sabe decirme que tengo que hacer ?

          Estaba pensando en declarar como préstamo, pero no lo hizo el contrato y la persona ya sacó el dinero de la cuenta.

  • Si una madre anciana 95 años presta a uno de sus hijos una elevada cantidad de dinero sin hacer contrato entre ámbos, comprometiéndose éste a devolverle la cantidad poco a poco y éste falllece repentinamente, que ocurre con esta cantidad prestada? en caso de fallecimiento de la madre, los herederos del hijo (nietos) tienen que hacerse cargo y devolver el dinero al resto de herederos? Gracias.

  • Hola … mi madre me va a dejar dinero para la compra de una furgoneta para mi empresa … se puede poner la furgoneta en forma de abal por si no puedo pagarle el préstamo?… como tendríamos que hacerlo?… gracias

    • Hola José, si vas a recibir dinero de un familiar en concepto de préstamo, tendrás que reflejarlo en un contrato privado y liquidarlo en la Agencia Tributaria de tu Comunidad Autónoma. En el caso de que acordéis que el vehículo será la garantía del pago, en caso de no poder hacer frente a él, habría que indicarlo en el propio contrato. Te dejo un enlace para que puedas elaborar el contrato y tramitarlo de forma correcta, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-particulares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes. Mis padres van a prestarme un dinero, en dos veces, parte ahora y parte en unos 3 meses, y tengo varias dudas. Es necesario formalizar dos contratos?o puedo hacer uno dentro de 3 meses que me sirva para todo? Por otro lado, es necesario registrar en alguna entidad antes de declarar en hacienda? Me han dicho que tendría que ir al registro, pero no localizo a que registró se refieren. Gracias

    • Hola, mi madre me va a prestar una cantidad importante de dinero en el contrato aparte de especificar la cantidad que se tiene que devolver mensual, o anual, etc.
      Se pueden añadir cláusulas tipo que se podrían dar devoluciones excepcionales cada año adicionales a las estipuladas o incluso devolución del préstamo antes de los años estipulados en el contrato? Gracias de antemano por tu respuesta Atrntsmente Ana

      • Hola Ana, en un contrato privado de préstamo de dinero se puede contemplar la situación de cancelación anticipada parcial o total, lo más importante es que se justifique mediante transferencia bancaria. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre este tipo de contratos entre familiares, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,

    Quería consultar una duda referente a la devolución del préstamo familiar. Le voy a prestar a mi hermana un dinero para comprar una vivienda. ¿La devolución puede realizarse donándome la mitad de la casa que heredaremos ambas algún día de mis padres?.Si fuera posible y legal, ¿qué debería indicar el préstamo para que quedara reflejada que la devolución sería cuando heremos la casa de mis padres y con la mitad de dicha casa?

    Muchísimas gracias por todo.

    Un saludo.

    Raquel

  • Hola,

    mi padre me va a dejar un dinero para la compra de vivienda que sale de su cuenta bancaria donde es único titular. Tengo que hacer el contrato privado y modelo 600. La pregunta es, si el régimen de mis padres es gananciales (y ambos están de acuerdo), deben firmar tanto mi padre como mi madre, o siendo dinero que proviene de la cuenta donde es solo titular mi padre, bastaria él en el contrato?

    Muchas gracias!

    • Hola Marco, si te van a prestar dinero familiares sin intereses, debes elaborar un contrato privado de préstamo, liquidarlo en la Agencia Tributaria y devolverlo mediante transferencia bancaria. En el caso de que el dinero sea ganancial, tendrán que aparecer ambos en el contrato de préstamo. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre cómo elaborar y liquidar este contrato, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días,
    Quiero prestarle 5.000 euros a mi hermano desde la cuenta de mi empresa.
    El vive en Francia, ¿donde tendríamos que registrar el modelo 600?

    • Hola Arancha, en los casos en que el familiar que reciba el dinero resida en el extranjero, es considerado como un no residente, ya que no reside en ninguna comunidad autónoma, sino fuera de España. En estos casos la gestión corresponde al Estado, y por ello, tendrá que presentarlo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente. Te dejo un enlace con toda la información sobre cómo rellenar el modelo 600 sin errores, https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas noches,
    Excelente artículo, me ha solucionado casi todas mis dudas, solo hay una cosa que nos preocupa bastante y no he leído nada sobre eso.
    Mis padres nos van a prestar un dinero 0% interés para la compra de nuestra primera vivienda habitual, en el contrato privado queremos poner como prestatarios mi nombre y el de mi pareja ( no estamos casados), pero nos vamos a hacer cargo los 2 de la devolución, la cuenta donde irá el préstamo está a nombre de los dos. ¿Es posible hacerlo? ¿puede causar algún problema futuro con Hacienda? o debería estar solo el mío al no estar casados y ser yo la única hija y familiar directo de los prestamistas?

    Muchísimas gracias de antemano.

    • Hola Verónica, el contrato de préstamo de dinero con un interés cero por ciento, se puede llevar a cabo entre particulares y familiares, por tanto, lo correcto es que aparezcáis ambos en dicho contrato, y que la devolución del capital se haga mediante transferencia bancaria a la cuenta de los prestamistas. No obstante te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la liquidación de este contrato,https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, gracias por la información. ¿Durante cuánto tiempo hay que guardar los justificantes de la devolución? 4 años desde la firma del contrato, 4 años tras la fecha de devolución si devolviste antes del plazo que se acordó en el contrato, o 4 años tras la fecha de finalización de contrato? El contrato está a devolver en 20 años, si lo devuelvo a los 10 años tengo que guardarlo todo 14 años más? Gracias.

  • Tengo un prestamos que mi hermano me hizo y le abono a su cuenta cada 15 días cierta cantidad que acordamos, pero ahora me dice que le deposite a la cuenta de su esposa. Puede ser esto correcto? apenas vamos a generar el contrato y tengo dudas si depositarle a su esposa siendo que ella no fue la que me presto el dinero.

  • Buenos días,

    Gracias por el artículo, muy completo y claro. Me queda una duda, una vez esté ya todo presentado en Hacienda y correcto (haciendo referencia a un préstamos entre familiares con interés 0%), hay que reflejarlo en la declaración de la renta? Si la respuesta es afirmativa, ¿sería en la de ambos, prestamista y prestatario? ¿Mientras dure el contrato? O simplemente habiendo presentado la documentación en Hacienda y guardando los justificantes ya estaría todo bien. Muchas gracias.

    • Hola Sandra, un préstamo entre familiares con interés 0%, no es necesario reflejarlo en la renta, ni por parte del prestamista ni el prestatario, bastará con liquidar el modelo 600 en la Agencia Tributaria y guardar los justificantes de su devolución. En este enlace encontrarás una mayor información sobre los préstamos entre familiares, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Buenas.
      He realizado un préstamo familiar a un familiar residente en BELGICA. Con contrato .y el ha comprado una casa. Pero no hemos hecho el modelo 600. Se puede presentar fuera de plazo?? Porque no sabíamos que es obligatorio .y ya ha pasado más de 3 meses. Gracias

  • Vamos a comprar una casa a medias con mi hijo, es decir se escriturará con varios propietarios. El importe que le corresponde abonar a él se lo vamos a prestar nosotros. Hemos elaborado un contrato entre particulares, indicando tipo de interés 0, para qué le prestamos el dinero (adquisición de su porcentaje de la propiedad) y forma de pago, con cuotas mensuales y tabla de amortización. La pregunta es: ¿son estos documentos suficientes para justificar ante Hacienda que se trata de un préstamo y no de una donación? Pensábamos hacer un solo pago al vendedor, con fondos procedentes de nuestra cuenta, pero alguien me dice que para justificar el préstamo a mi hijo debo hacerle una transferencia del importe prestado, aunque luego él vuelva a hacer otra para el pago de la casa. ¿es esto así? Me parece un poco raro que se realicen movimientos de fondos innecesarios si se puede justificar, por la escritura de compra y el contrato entre particulares, los importes abonados por cada una de las partes. Mil Gracias.

    • Hola Amalia, si vas a prestar dinero a un familiar, y no es una donación, tendrás que elaborar un contrato de préstamo entre familiares a interés 0%, donde se indicará la forma de devolución. Ese préstamo debe ingresarse en la cuenta del prestatario, para que él lo transfiera a la cuenta corriente del vendedor del inmueble. Los documentos necesarios para que no se considere una donación son: el contrato de préstamo, liquidarlo en la Agencia Tributaria y guardar los justificante de la devolución del préstamo. En este artículo encontrarás todo lo que debes saber sobre los contratos de préstamo de dinero entre familiares, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola,

    Me gustaría dar un préstamo a mi hija de un año. En el contrato escribo: Sin intereses, devolución de la totalidad del importe en 50 años.

    Esta es mi pregunta: dentro de 50 años habré superado mi esperanza de vida natural. ¿A quién debe entonces mi hija devolver el préstamo?

    Y una pregunta adicional: si Hacienda se opone a este contrato, ¿tomará medidas legales contra un niña de un año?

    Gracias por la respuesta

    José

  • Buenas, a ver si me puedes ayudar. Mi madre me deja (via transferencia a una cuenta mia) de una cuenta de ella donde yo aparezco como titular 15.000 euros para liquidar un prestamo que yo tengo, me los presta y mi intencion es devolverselo mes a mes hasta saldar los 15.000. Me han comentado asi por encima que eso lo puedo hacer mediante un contrato ante notario como que es un prestamo entre familiares y que no tengo porque declarar nada a hacienda a no ser que ellos me lo pidan. Me puedes ayudar y aclarar un poco.

    • Hola Darío, si vas a recibir dinero de un familiar en concepto de préstamo, debes elaborar un contrato de préstamo donde se especifique cómo se hará el reintegro, además debes liquidarlo con el Modelo 600. En este artículo encontrarás toda la información necesaria sobre los contratos de préstamos entre familiares, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buen día, quiero hacer un préstamo a una ciudadano de Estados Unidos, se encuentra trabajando en Sudáfrica en estos momentos.

    Sería válido hacer el contrato de prestamo con 0% de interés y enviarlo firmado por mi por fax para que lo firme y me lo devuelva firmado por fax también?
    y a la hora de registrar el contrato ante la administración para no tener yo problemas cuando me devuelva el dinero, debo ser yo la que rellene y presente el formulario 600 (ya que esta persona no se encuentra en España en estos momentos)?

    Muchas gracias por su respuesta

  • Quiero prestarle a mi hija 100.000 euros a cero interés,ella es española,trabaja para una empresa española pero es residente en Bogotá y por lo tanto contribuyente en Colombia.
    Yo soy residente en Calpe provincia de Alicante,que pasos tendía que dar para hacerle dicho préstamo,saludos y muy buenos días.

    • Hola José, cuando el sujeto pasivo es un no residente, tanto el rendimiento como la gestión del impuesto corresponde al Estado, siendo de aplicación lo dispuesto en el texto refundido y reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y, en este punto en particular, la Orden de 4 de julio de 2001, por la que se aprueba, entre otros, el modelo 600, de declaración-liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados”. Te dejo un artículo donde encontrarás todo lo que debes saber sobre el préstamo de dinero entre familiares a interés 0%, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola
    Le quiero prestar dinero a mi hermano y si puede que me lo devuelva cuando pueda y como pueda

    Si lo tramito como «donación», afectará el dinero prestado cuando mis hijos hereden a mi fallecimiento?
    Muchas gracias

    • Hola Federico, si realizas una donación de dinero a un familiar, el día que tus herederos legítimos reciban tu caudal hereditario estará formado por lo que haya en ese momento. Otra cosa, es que la finalidad de ese dinero sea como préstamo entre familiares sin intereses, entonces tienes que elaborar un contrato y liquidarlo en la Agencia Tributaria mediante el modelo 600, y en él especificar el tiempo y modo de devolución de dicho préstamo, de manera, que si un contribuyente fallece, sus herederos seguirán percibiendo el préstamo hasta su devolución total. En este enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre el contrato entre familiares y el modelo 600, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola! El año pasado formalizamos un préstamo en la notaria, de un dinero que nos ha prestado un familiar.
    Entre unas cosas y otras se nos pasó registrarlo.
    Podemos hacerlo ahora? o nos penalizaran de alguna forma por estar fuera de plazo?
    un saludo

  • Hola,

    En el mes de marzo he comprado una casa y mi hermana me hizo un préstamo personal sin intereses con transferencia a mi cuenta.
    Nos hemos enterado ahora que había que registrarlo en hacienda, pero estamos fuera de plazo. ¿Cómo podríamos hacer para arreglarlo y si es posible?
    Le estoy devolviendo el préstamo a plazos con transferencia a su cuenta.

    Gracias por su ayuda.

    Saludos,

  • Buenos días,

    Me gustaría hacer una consulta sobre un préstamo entre particulares.
    Fallece prestamista, la familia no tiene constancia del préstamo hasta que el prestatario se lo comunica a la mujer viuda. Posteriormente fallece el prestatario. La viuda del prestamista le reclama la deuda a la viuda del prestatario. ¿Qué requisitos debe cumplirse para que la viuda del primero pueda reclamar la deuda a la segunda? No hay constancia del contrato en el testamento y tampoco tiene en su poder el contrato. La viuda del prestatario tampoco sabía del préstamo.

    Le agradezco de antemano,

    Un saludo.

      • Hola, siguiendo con este comentario. Si yo he prestado a una amiga 50.000€ y ninguno de mis herederos (por testamento otorgado ante notario) sabe que hice ese préstamo (además, pacto con mi amiga que ella no les comunique nada a mi fallecimiento).

        ¿Pueden mis herederos, tras yo fallecer, averiguar que hice un préstamo, y que son acreedores de un crédito de 50.000€?

        Gracias

        • Hola Nieves, si el contrato está liquidado en la Comunidad Autónoma que corresponda, hay que hacerlo constar en la declaración de herederos, ya que, en caso contrario podría conllevar a liquidaciones complementarias. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre el contrato de préstamo entre familiares, https://www.billin.net/blog/prestamo-entre-familiares/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Pedro,
    No encuentro la respuesta a esta duda!
    Yo soy no residente (Reino Unido) y le voy a hacer un préstamo sin intereses a mi madre (residente). Mi madre tendrá que presentar el contrato de préstamo junto al Modelo 600. Hasta ahí, bien.
    El problema es que no quiero arriesgarme a transferir electrónicamente una cantidad elevada de dinero a la cuenta de mi madre por si secuestran el dinero por la ley de blanqueo de capitales. Entiendo que para que eso no pase mi madre tiene que notificar a la Agencia Tributaria (y a su banco?) por adelantado. Si el dinero fuese en efectivo o cheque, se presentaríael Modelo S-1. Pero este modelo habla de dinero entrando a traves de un paso fronterizo… Cómo se hace para una transferencia electrónica?

    Muchas gracias.

  • Hola Pedro, lo primero mil gracias por la ayuda que nos prestas a todos aquí.
    Mi duda es sobre un préstamo (para adquirir una vivienda) que nos hacen mis padres a mi y a mi pareja (estamos solteros).
    ¿Podríamos hacer un contrato privado especificando la parte que nos dejan a cada uno y un modelo 600 especificando tambien 2 sujetos pasivos etc? ¿o hay que hacer 2 contratos privados + 2 modelos 600, un por cada sujeto pasivo?

    Muchas gracias, un saludo.

    • Hola Alex, si vas a realizar un contrato de préstamo entre particulares, debes indicar los sujetos pasivos participantes en el mismo contrato, e indicar en el Modelo 600 el número de sujetos pasivos en la casilla (6) y cumplimentar la hoja
      ANEXA. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás todo lo que debes saber sobre el Modelo 600, https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • En abril del 2020, presté un dinero a mi hija para hacer la reforma de su casa. Yo sabía que, si era regalado, tenía que pagar el 1 por ciento pero, que si era prestado creía que no tenía más que hacer… Ahora veo que no es así. Mi pregunta es… Sí lo hago ahora, se hace con fecha de 2020 o se podría hacer con fecha de ahora? En este último caso, se haría por el total o por la parte que le queda por pagar? Gracias

  • Hola,
    Si el préstamo se efectúa de un padre a su hija, pero viven en comunidades autónomas diferentes, ¿quién debe entregar la documentación? ¿Habría que mandarla a las dos CC. AA?

    • Hola Irene, los préstamos entre particulares están sujetos pero exentos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (artículo 45.I.B).15 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993). La autoliquidación del Impuesto se realiza en la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia habitual el prestatario, aportando, dentro del plazo general de presentación, el modelo 600 sin ingreso junto con el original y la copia del documento de préstamo. En el siguiente enlace encontrarás una mayhor información sobre el Modelo 600, https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Voy hacer un préstamo intrafamiar para la compra de una vivienda a mi hijo. Yo lo mando de un banco español y desde Madrid a un banco frances donde se va a comprar la vivienda el prestatario. ¿Donde tenemos que registrar el contrato?

    • Hola María, cuando el prestatario es un no residente, y, por tanto, no reside en ninguna Comunidad Autónoma, la competencia del Modelo 600 le corresponde a la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No obstante, en el siguiente artículo encontrarás todo lo referente al Modelo 600, https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,
    Soy residente de España y mis padres (en los Paises Bajos) quieren hacerme un prestamo para la compra de una primera vivienda. Me gustaría saber el siguiente:
    – la legislacion de qué pais sobre prestamos a hijos valdría en este caso, Holanda u España?
    – habría que hacer el modelo 600 + contrato (y traducirlo)?
    – hay algun tramite más que haria falta?

    • Hola Alida, en la constitución de préstamos sujetos a la modalidad de TPO, el sujeto pasivo es el prestatario, quien recibe el préstamo. Se debe presentar una autoliquidación por cada sujeto pasivo, es decir por cada prestatario. En el siguiente enlace encontrarás todo lo referente al Modelo 600, https://www.billin.net/blog/modelo-600/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Pedro, gracias por todas las respuestas que fuiste dejando, pero tengo un problema al cuál aún no le encuentro solución.
    Queremos hacer con un familiar un préstamo entre particulares para el adelanto para un piso, dinero en blanco pero no bancarizado, de afuera de la Unión Europea.
    Me pueden hacer una transferencia desde la cuenta de un tercero por ese importe? Y el resto me lo darían en efectivo que traerían cuándo viajen, debería hacer distintos contratos?
    Muchas gracias desde ya!

  • hola a mi pareja le iban a quitar el piso y lleguemos a un acuerdo de que si lo compraba yo me lo dejaba por un precio de 110.000
    ahora que ya e pedido la hipoteca y mi madre me a echo un préstamo con contrato privado los del banco me exigen a parte de el contrato con la transferencia echa m exigen también los datos de mi madre y la pensión de ella cuando ella solo lo que a echo es darme un préstamo y los del banco me exigen que le demuestre la pensión que ella cobra si no no me dan el certificado para hacer la hipoteca que ya la tengo aprobada y estamos a la espera de ese certificado de ellos eso es legal?

  • Buenos dias, mi suegra nos ha prestado dinero a través de un prestamo entre familiares a nombre mio y de mi pareja, me gustaria saber si es posible hacer una modificacion del contrato del prestamo entre familiares para ponerlo solo a nombre mio,gracias

  • hola
    hicimos un contrato de préstamo para nuestros dos hijos para la compra de una vivienda, cada uno paga su parte correspondiente del préstamo y es titular de la mitad de la vivienda, ahora uno de ellos no quiere seguir teniendo su mitad de la vivienda y nos surgen muchas dudas, la compra de la vivienda y el contrato se hicieron en 2020, si nos vende su parte por la cantidad que nos debe del prestamo, se resuelve el contrato del préstamo?
    o existe alguna otra forma de solucionar esta situación.Gracias y saludos.