Actualizado: 02 octubre, 2023 · 6 comentarios · 5 min de lectura

El IVA en Europa

iva entres paises europeos
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Revisado por: Silvia De Lama Toledo

Si quieres conocer el IVA en cada país europeo, en este artículo encontrarás todos los detalles y lo que debes saber.

Si crees que el IVA es alto en España podrás ver la comparativa con otros países y ver como estamos realmente.

El IVA en Europa

El impuesto sobre el valor añadido o más conocido como IVA, es un impuesto indirecto que paga el consumidor final por la adquisición de bienes y servicios y está vigente en todos los países de la Unión Europea.

Será la entidad que vende el producto o presta el servicio quien tendrá que recaudarlo e ingresarlo al en organismo establecido por cada país europeo. En el caso de España será en la Agencia Tributaria.

Tipos de IVA en Europa

Los tipos de IVA en todos los países de la Unión Europea se clasifican en tres tipos:

  • Tipo general. Según establece la directiva de IVA, el tipo general no puede ser inferior al 15 % y es el aplicado en el suministro de la mayoría de los bienes y servicios.
  • Tipo reducido. Cada país puede aplicar uno o dos tipos reducidos, no pudiendo ser inferiores al 5%.
  • Tipos especiales. Se clasifican el tres y fueron creados como medidas transitorias en la aplicación de las normas de IVA en la Unión Europea. Los tipos especiales son: tipo superreducido, tipo cero y tipo «parking» o tipo intermedio.

El tipo cero se aplica cuando el consumidor no tiene que pagar el IVA, pero la empresa sí tiene derecho a deducírselo, ya que, lo soportó en la compra.

El tipo “parking” se aplica en algunos países (Portugal , Bélgica, Austria, Luxemburgo e Irlanda) y corresponden a determinados suministros de bienes y servicios que no se incluyen en la Directiva del IVA.

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¿Cómo se aplica el IVA entre países europeos?

Según la situación actual de las empresas, es necesario aprovechar cualquier oportunidad que se pueda presentar como nuevos clientes europeos, por ello, debes conocer la normativa de IVA europea.

Lo primero que debes saber es que la fiscalidad internacional es excesivamente compleja.

En concreto en lo relacionado con el IVA internacional a veces resulta complicado estar al día de todas las novedades, convenios de doble imposición etc., por lo que te aconsejamos que, se van a realizar operaciones con Europa (las denominadas operaciones intracomunitarias) o, por el contrario, vas a realizar importaciones o exportaciones, lo mejor es que contactes con un asesor especializado debido a la complejidad legislativa y tributaria de las operaciones.

La facturación a países de la Unión Europa y las facturas por exportaciones se realiza de forma distinta y cada una de ellas lleva intrínsecos una serie de procesos previos para poder actuar como operador intracomunitario o como persona o entidad exportadora.

Por ejemplo, una empresa española que sea operador intracomunitario y venda productos a otra empresa de Francia que también es intracomunitaria, a la hora de realizar la factura, dependiendo de los servicios que incluya, la emitirá una factura intracomunitaria sin IVA.

Si quieres saber más sobre estos procesos, aquí tienes como facturar a un cliente extranjero.

Tabla del IVA en Europa

Os mostramos una tabla del IVA en Europa vigente a 1 de enero de 2023, desglosado por tipos y por países.

 

Estado miembro Código del país IVA superreducido IVA reducido IVA normal
Alemania DE 7% 19%
Austria AT 10%, 13% 20%
Bélgica BE 6%, 12% 21%
Bulgaria BG 9% 20%
Chipre CY 5%, 9% 19%
Croacia HR 5%, 13% 25%
Dinamarca DK 25%
Eslovaquia SK 10% 20%
Eslovenia SI 5%, 9,5% 22%
España ES 4% 10% 21%
Estonia EE 9% 20%
Finlandia FI 10%, 14% 24%
Francia FR 2,1% 5,5%, 10% 20%
Grecia EL 6%, 13% 24%
Hungría HU 5%, 18% 27%
Irlanda IE 4,8% 9%, 13,5% 23%
Italia IT 4,8% 5%, 10% 22%
Letonia LV 5%, 12% 21%
Lituania LT 5%, 9% 21%
Luxemburgo LU 3% 7% 16%
Malta MT 5%, 7% 18%
Países Bajos NL 9% 21%
Polonia PL 5%, 8% 23%
Portugal PT 6%, 13% 23%
Reino Unido UK 5% 20%
República Checa CZ 10%, 15% 21%
Rumania RO 5%, 9% 19%
Suecia SE 6%, 12% 25%

** Aunque Reino Unido desde 01/01/2021 no pertenece a la UE, en Irlanda del Norte se sigue aplicando la normativa comunitaria

Actualmente, no se espera que el IVA en España (general, reducido o superreducido) vaya a sufrir ninguna modificación.

La única media transitoria vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 es la reducción del 10% al 5% del IVA aplicable en el suministro eléctrico, gas y combustibles naturales.

También citar que, desde el 1 de enero de 2023, el IVA para las compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales entre otros, pasó del 10% a ser del 4%.

Régimen especial de IVA en las importaciones

Hablamos de importación y exportación en el caso de operaciones de compras o ventas de bienes a países que no pertenecen a la Unión Europea.

A efectos de IVA, Canarias, Ceuta y Melilla no forman parte del territorio común de aplicación del impuesto, por lo que se habrá que seguir, en dichos territorios, las mismas reglas que para las importaciones y exportaciones.

E IVA de importación conlleva gran cantidad de consideraciones a tener en cuenta, como quiénes se pueden acoger al régimen de importación, cuándo se produce el devengo de la operación, qué ocurre si en la operación interviene un intermediario y qué requisitos debe cumplir para ser considerado como tal por la normativa, o por ejemplo que obligaciones formales se deben cumplir.

Como ves es un tema que implica gran complejidad.

Así que, si tanto si vas a realizar una operación intracomunitaria como una exportación o importación, contacta con un asesor. Si además utilizas un programa de facturación como Billin, tendrás mayor control de tu negocio.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
— Charla sobre productividad y Ley Crea y Crece en El Economista.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Muy Pymes.
— Charla sobre digitalización autónomos y productividad en esdiario.
— Charla sobre productividad y factura electrónica en La Razón.
— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Autónomos y emprendedores.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
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Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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6 comentarios

  • Hola,

    Quisiera dejar constancia de un error:
    TVA en Francia = 21% y No 20%.
    Trabajo como gestora de contabilidad y nóminas y aplico a diario este concepto.
    Gracias por vuestra labor y escucha.
    Espero que os sirva mi corrección.

    • Hola Marisa, el Impuesto sobre el Valor Añadido se denomina en el idioma local “Taxe sur la valeur adjouté”. Los tipos de IVA franceses son los siguientes:
      Tipo estándar: 20%
      Tipos reducidos: 10%, 5.5% y 2.1%
      Francia ha optado por aplicar los tipos de IVA reducido y super reducido en una serie de productos permitidos en la Directiva del IVA. El tipo de IVA francés super reducido es el más bajo de la Unión Europea (la fuente de esta información proviene de la Comisión Europea). En este artículo se ofrece una mayor información sobre los tipos de IVA vigentes en la Unión Europea, https://www.billin.net/blog/iva-paises-europeos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,
    En relación al artículo, tengo una duda bastante concreta. Según la nueva ley del IVA de ventas online en Europa, que se viene aplicando des de julio 2021, que tipo de IVA se aplica en la venta de obras de arte en cada estado miembro si es el propio artista (autónomo) el que realiza la venta? ¿Normal, reducido, superreducido? ¿En cada estado miembro se fija uno distinto o es según la tabla del artículo la columna del reducido? Aquí en España es del 10%, pero no se como averiguar el que se aplica en los otros estados miembro.
    Gracias de antemano!
    Saludos!

    • Hola, Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2014, se introduce una importante modificación en relación al tipo de IVA al que estarían sujetos los artistas. Así, las importaciones y entregas de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, incluidas las adquisiciones intracomunitarias de los objetos de arte, tributarán por el tipo reducido del 10%, y no por el tipo general del 21%. Esta reducción del impuesto sobre los objetos de arte permite alinear la tributación española con la del resto de Europa, que hasta ese momento era mucho más reducida.
      Es importante resaltar que esta tributación aplica únicamente cuando la venta del bien objeto es realizada por los propios autores, o bien, por empresarios que no tengan la consideración de revendedores. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre los tipos de IVA europeos, https://www.billin.net/blog/iva-paises-europeos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Me dedico al negocio de peluquería y estética, considero que pagamos un IVA brutal teniendo en cuenta que no podemos deducir es todo mano de obra, salvo un porcentaje pequeño.
    Que opinión tienen ustedes.
    Un saludo.

    • Hola Luis, la mayoría de los servicios de peluquería en España se gravan con el tipo general de IVA, que actualmente es del 21%. Esto incluye cortes de pelo, peinados, tintes, permanentes, tratamientos capilares, entre otros servicios. En el siguiente artículo encuentras todo lo referente a los tipos de IVA en España, https://www.billin.net/blog/tipos-iva-espana/. Espero haber aclarado tus dudas.