Publicado: 30 septiembre 2020 · 73 comentarios · 5 min de lectura

Certificado de residencia fiscal. Solicitud y para qué sirve

certificado de residencia fiscal en españa
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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El certificado de residencia fiscal es necesario y sobre todo en algunos casos en los que operamos a nivel internacional. Por eso en este artículo te mostramos qué es y como solicitarlo si lo necesitas.

¿Qué es el certificado de residencia fiscal?

Es un documento emitido por la Administración tributaria del país donde una persona tenga su residencia fiscal.

Con este documento se acreditará la residencia fiscal que tenga un sujeto pasivo a efectos de aplicar las retenciones del Convenio que tenga España con el de residencia.

Hay que tener en cuenta que un contribuyente puede tener permiso de residencia, pero no ser considerado un residente fiscal, por ello, es necesario este certificado de acreditación de residencia fiscal.

Existen actualmente dos tipos de certificados en España, que son:

  • Certificado de residencia fiscal en España: se acredita la residencia en territorio español.
  • Certificado de residencia fiscal España-Convenio: sirve para acreditar la residencia fiscal en España ante los Convenios de doble imposición.

También existe el Certificado de no residentes en España, el cual, se solicitará por el extranjero que esté interesado en acreditar su situación, su periodo de validez será de tres meses y presentará la documentación en la Dirección General de la Policía o a través de la Oficina de extranjería.

Si el extranjero no se encontrara en España a la hora de solicitarlo, podría hacerlo en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares.

¿Cómo obtener el certificado de residencia fiscal en España?

Para obtener estos tipos de certificados de residencia fiscal puede realizarte en formato papel o de forma telemática, si te decides por hacerlo en papel, tendrás que presentar la solicitud en la Delegación de la Agencia Tributaria mediante el servicio de cita previa certificado residencia fiscal, mientras que si lo presentar de forma telemática, presentarás la solicitud en la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante un certificado digital válido o mediante cl@ve.

En ambos casos necesitarás rellenar los siguientes datos en la solicitud del certificado:

  • Datos identificativos del solicitante o del representante, en su caso: nombre y apellidos, razón social, NIF y domicilio.
  • Las causas por las que se solicita el certificado: destinatario, finalidad y país donde va a surgir efectos.
  • Documentos y justificantes que demuestren la residencia fiscal en el territorio español.
  • Firma y fecha del solicitante o del representante.

Para acreditar la veracidad de ese certificado de residencia fiscal, se podrá cotejar mediante el Código de Seguro de Verificación (CSV), en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, además se acompaña un anexo a este certificado, donde se explica la garantía de este CSV y del procedimiento para su comprobación de veracidad.

¿Caduca el certificado de residencia fiscal?

El plazo de caducidad para los certificados de residencia fiscal que emite la Agencia tributaria es de un año desde su aprobación, aunque su validez puede ser infinita cuando el contribuyente sea un Estado extranjero, alguna subdivisión o una administración local.

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¿Cómo se puede acreditar la residencia fiscal en otro país?

La residencia fiscal habitual de un contribuyente se contempla desde un punto de vista fiscal, para acreditar esa residencia, tiene que ser mediante un certificado de residencia fiscal, no pudiendo aprobar otro tipo de certificados, ya que, una persona puede tener permiso de residencia sin que se considere residente fiscal.

Para que un sujeto pasivo tenga residencia fiscal en un determinado país tiene que estar sometido a imposición en ese mismo país.

Tampoco se podrá acreditar la residencia fiscal en un país con un certificado de empadronamiento ni los recibos de consumo de servicios, como puede ser el agua o la luz.

Por tanto, la única manera de acreditar la residencia fiscal en un país, será mediante el certificado de residencia emitido por el Organismo tributario de ese país, donde se indique su permanencia y sus obligaciones fiscales.

Si se diera el caso de que el contribuyente no pudiera acceder a este certificado, tendría que aportar todos los documentos justificativos que acreditasen esa residencia fiscal, como certificado de empadronamiento, matriculación de colegios de los menores, pago del alquiler, consumos de luz, agua, teléfono, etc.

De manera que todos esos justificantes serían valorados para poder determinar si la persona es o no residente fiscal en España.

¿Sirve el certificado de residencia fiscal para evitar la doble imposición?

En el caso de que una persona reciba percepciones en forma de rentas de algún país con los que España tenga establecido un Convenio, la legislación española, establece la existencia de este certificado para poder declarar dinero recibido del extranjero, de manera que se puedan prevenir los fraudes fiscales y la doble imposición.

Actualmente en España existen 103 Convenios, de los que 95 están en vigor, el resto están en fase de tramitación.

La importancia de estos Convenios reside en promover las inversiones extranjeras, bien sean desde España hacia el extranjero o del extranjero hacia España, ofreciendo una seguridad jurídica a los inversores y reduciendo la fiscalidad de las inversiones.

Si todavía no tienes claro lo que es el certificado de residencia fiscal puedes utilizar los comentarios para hacernos llegar tus dudas. Desde Billin, el programa de facturación online para empresas y autónomos, te ayudamos con todos los temas relacionados con fiscalidad.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios

— Charla sobre factura electrónica obligatoria en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en Expansión.
— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
negocios | startups | contabilidad| fiscalidad | empresas| asesorías| autonomos | emprendedores | pequeños negocios | economía | ADE | pymes | desarrollo de negocio 

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73 comentarios

  • La entidad bancaria BBVA solicita a mi hermana un Cetificado original acreditando expresamente la Residencia Fiscal emitido por la Agencia la Agencia Tributaria del país de residencia (Austria), con obligatoria referencia al convenio de doble imposición y fecha actualizada.
    Este condición es para repartir un fondo de pensiones que tenia mi madre entre los hermanos.
    Mi hermana con DNI en vigor nos ha enviado:
    CERTIFICATE AND DECLARATIO EU/EEA
    Les puedo enviar una copia digital, para saber si es el documento que nos pide BBVA.
    Gracias por su ayuda por adelantado.

      • Buenas , yo no trabaje en España en 2019/2020
        Cotice en Holanda.
        Me han pedido que justifique que en el año 2019/2020 no coticé ni tuve ingresos en España!!
        Pero la agencia Tributaria me niega ese certificado de convenio con Holanda.
        Es decir no quieren justificar ni firmar el estado de ingresos en 2019/2020 en España.
        Es legal?
        O entraría el delito prevaricación?

        • Hola Achraf, el delito de prevaricación es un delito especial que solo puede ser cometido por una autoridad o por un funcionario público y que consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. El actor de esta conducta punible será penado con la inhabilitación de su cargo. Desde la propia página de la agencia tributaria se pueden solicitar estos certificados, https://www.billin.net/blog/funcionamiento-sede-electronica-hacienda/. Espero haber aclarado tus dudas.

        • Achaf,
          Tu eres residente fiscal espanol por norma general.
          Mientras que trabajabas en Holanda, en Espana no has obtenido ningun ingreso por trabajo cuenta ajena y por eso, en Espana no eres ni registrado como desempleado, ni demandante de empleo,ni tienes igresos de una empresa que pague impuestos al Estado Espanol.
          Para recuperar tu estatuto de residente fiscal espanol, y obtener Certificado de Residencia Fiscal Espanola por Convenio CDI
          tienes que acudir via telematica a AEAT
          1) declarar mediante modelo 126 -autoliquidaciones 2019 y 2020 y si fuera el caso,2021 provisoral .
          (es decir, declarar ante AEAT los ingresos Brutto obtenidos en Holanda)
          2) Cumplimentrar el Modelo 247 AEAT – Ingresos obtenidos Estancia en Extranjero
          3) Alegar ante AEAT los motivos que te impidieron cumplir con tu deber de Avisar la Autoridad Tributaria tu salida en Holanda donde has desempenyado Actividad Externa.
          4)Solicitar Propuesta de Liquidacion Provisoral (es decir IRPF con los ingresos obtenidos en Holanda)
          5)Solicitar Residencia Fiscal Espanola por Convenio DBA/CDI
          6)Una vez obtenido el Certificado de Residencia Fiscal Espanola por Convenio -puedes- si es el caso,
          7)Solicitar AEAT que te sellen y firmen Anexo UE/EEE – con ello tendras derecho a recuperar parte de los impuestos pagados en Holanda
          8)-y, si fuera el caso- acudir a beneficios fiscales en Holanda.
          9) Solicitar mediante Recurso de Reposicion, la extencion de tu deuda tributaria espanola
          10)Solicitar en Empresa holandesa que te remitan formulario EE-RFA Peticion Reduccion Canones (Convenio )
          Agencia Tributaria no te va a certificar nada, no te va a sellar ningun papel igienico,si tu no has cumplido con tu deber de declarar salida a extranjero.
          Ley N° 1: Obligado Tributario tiene que cumplir con sus DEBERES ante Autoridad Fiscal . Sea cual sea,en el pais que sea.
          Despues de que tu cumplas con tus deberes, AEAT te firma y sella lo que tu necesitas.

          Agencia Estatal no esta cometiendo ningun delito. El delicuente principal eres tu,por incumplir Normas Tributarias espanolas.
          Te solicitaran pagar impuesto (provisoral) por la misma cantidad de dinero que has ganado y ya pagado en Holanda.
          Para sair de esto,necesitas un profesional que sepa hacer las cosas como Dios manda.
          Espero … que encuentras una Gestoria que te pueda solucionar el problema, por que NO resolver atrae sancciones economicas en AEAT.

          Mi expose es realizado en base a mis suposiciones. No saber exactamente cual es tu situacion fiscal en Holanda y en base a que tipo de contrato laboral has realisado ingresos… no puedo estar segura ,pero …en principio, por cumplir lo tuyo empieza el camino hacia la regularizacion fiscal en ambos paises.

          • Hola, una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
            1.- Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal (a partir de 11 de julio de 2021 hay que entender que la normativa se refiere a jurisdicciones no cooperativas), la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.
            2.- Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta. 3.- Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario. No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal (a partir de 11 de julio de 2021 hay que entender que la normativa se refiere a jurisdicciones no cooperativas). Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.
            Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el certificado de residencia fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Buenas tardes. Por que la caja rural me pide una declaracion de resicencia fslcal y juridica para hacer mi ex un seguro del hogar?

  • Hola mi duda es siendo Argentina quiero tramitar mi residencia fiscal en España, puedo hacerlo? Y por dónde empiezo?, ya he leído tanto, Gracias.

    • Hola Melania, las visas para vivir en España son las siguientes: de residencia para trabajo por cuenta ajena, de residencia para trabajo por cuenta propia o de residencia para estudios, formación o investigación. Para todas ellas habrá que seguir el procedimiento indicado por las autoridades y contar con los documentos en regla que se soliciten. Te dejo un artículo que puede servirte de ayuda, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • ¿Puede informarme si es posible solicitar el certificado de residencia fiscal en España por un período de tiempo? Necesito este documento de 2017 a 2020, tengo el Modelo 100 como prueba pero no sé dónde indicar estos años

  • Hola! quisiera consultar, ya que, Soy chilena pero vivo actualmente en España… de momento no tengo residencia solo empadronamiento, no he trabajado, ni cotizado ni nada aquí, y desde mi banco Santander en el cual tengo cuenta pero en Chile, me rellenar un formulario de residencia fiscal… eso a que se debe si yo no tengo negocios ni ingresos aquí? cual es el fin de pedirlo?

    Quedo atenta, gracias

  • Cómo puedo hacer llegar mi certificado de residencia fiscal, desde Montevideo, Uruguay, a la Seguridad Social española? Siempre lo hice por correo electrónico pero ahora no me confirman si lo han recibido y me siguen descontando de la pensión.

  • Hola. Trabajo normalmente en USA (Naciones Unidas) y por trabajar para esa organización no tengo obligación de tributar en ese país. En 2020 debido al covd-19 he trabajado desde casa en España. En ese caso sería residente fiscal en 2020 y debería declarar (que no tributar) las rentas obtenidas en USA a pesar de haber estado en suelo español?

    Gracias!

    • Hola Silvia, si durante el año 2020 has teletrabajado en España para una empresa extranjera, tienes que resolver las siguientes dudas: ¿cuál es la residencia fiscal del teletrabajador?, ¿Qué régimen fiscal se ha aplicado en 2020? y ¿cómo se consideran las rentas recibidas según el convenio de doble imposición?. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre su tributación, https://www.billin.net/blog/rentas-obtenidas-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, me voy a Malta a finales de mes, con la intención de residir allí el resto del año, por lo que cumpliría los 183 días y ya tengo cita para empadronarme en la embajada según llegue a la isla. Me gustaría tributar en la isla en el ejercicio de 2022, pero para ello necesitaré el certificado de domicilio fiscal, y tengo la duda de a quién se solicita (ese organismo tributario que menciona , sería como nuestra Agencia Tributaria?) y qué necesitaría adjuntar para que me lo diesen. Entiendo que ese certificado se adjuntaría junto al 030 a final de año una vez haya cumplido los +183 días en ese país? Muchas gracias, agradecería que se pusiesen en contacto conmigo. Buenos días

  • Hola. El año pasado me mude a España desde Rumanía y en España opte tributar por el régimen especial de no residente (ley Beckham). Rumanía me pide acreditar residencia fiscal aquí en España y he solicitado el certificado en la AEAT pero me ponen que no tienen información suficiente para acreditarlo.
    Esto se debe a qué:
    1. no he presentado aún el modelo 151 para el año 2020? Lo puedo sacar después de haberlo presentado?
    2. por optar por el régimen especial? En lo que dure el régimen especial no seré considerada residente fiscal en España?

    • Hola María, el régimen especial se aplicará durante el período impositivo en el que el contribuyente adquiera su residencia fiscal en España, y durante los cinco períodos impositivos siguientes, sin perjuicio de lo establecido los artículos 117 y 118 del Reglamento del IRPF relativos a la renuncia y exclusión del régimen.
      A estos efectos, se considerará como período impositivo en el que se adquiere la residencia el primer año natural en el que, una vez producido el desplazamiento, la permanencia en territorio español sea superior a 183 días. El ejercicio de la opción de tributar por este régimen especial deberá realizarse mediante una comunicación dirigida a la Administración tributaria, en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de inicio de la actividad
      que conste en el alta en la Seguridad Social en España o en la documentación que le permita, en su caso, el mantenimiento de la legislación de Seguridad Social de origen. La opción se ejercitará mediante la presentación del modelo 149. Te dejo un enlace donde encontrarás información sobre el certificado de residente fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Muchas gracias Pedro.
        Yo he residido más de 183 días en España en 2020 y ya tengo concedido el régimen especial.
        Lo que quería saber es por qué la AEAT no me puede dar este certificado? Es porque no me consideran residente fiscal (tributando por un régimen especial) o porque aún no he presentado el modelo 151?

  • Hola Pedro

    Me gustaría saber si presentando en hacienda un certificado de residente fiscal en un país con convenio de doble imposición quedaría exento de tener que presentar la declaración de la renta en España teniendo en cuenta que mi mujer y mi hija viven en España.

    Gracias y un saludo

    • Hola Alberto, el hecho de estar exento o no de presentar IRPF depende del país con el que esté el Convenio de doble imposición, ya que, algunos recogen esa exención cuando en el país destino se ha tributado por los mismos impuestos. No obstante te dejo un enlace donde encontrarás más información sobre el Convenio de doble imposición, https://www.billin.net/blog/rentas-obtenidas-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Hola Pedro

        Creo que no me explique correctamente. Mi pregunta es sobre si se puede realizar el cambio de residencia fiscal acreditado mediante certificado de un país (no declarado paraíso fiscal y con acuerdo de doble imposición) teniendo a mi familia en España.
        Muchas gracias

  • Buenas tardes, mi nombre es Marisa, mi consulta es en relación al IRNR y la necesidad de un Certificado de Residencia Fiscal en Alemania. Jonas H. es propietario de un inmueble en Madrid, adquirido y rehabilitado en 2019-2020 y ofrecido en arrendamiento vacacional a partir de 2021, a la hora de presentar el Modelo 210(ya tarde), necesita un Certificado de Residencia Fiscal en Alemania si pretende incluir los gastos deducibles conforme a la Ley del IRPF.

    Ha percibido rentas desde el 4 de Enero de 2021 hasta el 30 de Junio del mismo y seguirá haciéndolo durante el resto del Ejercicio, no ha presentado ninguna declaración trimestral, preguntas:

    ¿Estoy en lo cierto en cuánto a la necesidad de ese certificado?
    ¿Cómo y dónde debe tramitarlo?
    ¿Qué ha de contener dicho certificado?
    ¿La fecha de expedición del mismo le dejaría «fuera» parte del ejercicio fiscal en curso?
    ¿Sería más conveniente declararlo en Alemania?
    Muchas Gracias

    • Hola, el Modelo 210 se utilizará para declarar las rentas obtenidas, sin establecimiento permanente, por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Entre la documentación que hay que aportar se requiere el Certificado de residencia cuando se practique la autoliquidación aplicando las exenciones de la normativa interna española, por razón de la residencia del contribuyente. Te dejo un artículo donde encontrarás todo lo referente al Certificado de residencia fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,
    Resido en Argentina , pero tengo la nacionalidad española, DNI español, número de la Seguridad Social , cuenta bancaria en España.
    Mi consulta es la siguiente :

    He recibido una oferta para trabajar en modalidad teletrabajo desde el extranjero, pero me dicen que debo cambiar mi domicilio fiscal ante Hacienda que tengo declarado en el extranjero por un domicilio fiscal en España, cosa que no puedo hacer porque no alquilo ninguna propiedad allí, ¿Es posible trabajar teniendo el domicilio fiscal en el extranjero?

    • Hola Gaston, la DGT dice que la residencia fiscal de una persona física no sólo se determina en función del mencionado criterio de permanencia, sino que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 b) de la LIRPF, la consultante podrá ser considerada residente fiscal en España si tiene en este país, de forma directa o indirecta, el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. No obstante te dejo un artículo donde encontrarás toda la información sobre la residencia fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Soy pensionista residente en España desde mi nacimiento y mi entidad bancaria (Bankia/Caixabank) me dice a través de la web que debo declarar mi residencia fiscal. ¿Cómo debo proceder para ello? Muchas gracias por anticipado.

  • Hola!

    En el caso de mudarse al extranjero, es obligatorio cumplimentar el formulario 030? Cuándo es conveniente cumplimentarlo?
    Hace poco conocí la existencia de este formulario y desde hace un año vivo fuera de España.

  • Hola qué tal, tengo residencia aprobada en España desde junio de 2021 y me solicitan en el hotel donde trabajo el certificado de residencia fiscal porque actualmente me retienen el 24% de mi nómina pero cuándo solicito el certificado vía telemática me dice que no procede a acceder. Hacienda no me da una respuesta clara de por qué no me lo aprueban, sabrías decirme el por qué de esto?

  • Hola me quieren contratar de freelance sin autónomo en Polonia pero me piden el certificado de residencia fiscal. El problema es que yo no he hecho nunca la declaración de la renta por lo que cuando me lo saco via telemática me dicen que no procede a acceder a la solicitud ¿hay alguna manera de sacarte el certificado sin haber pagado nunca la declaración de la renta?

  • Hola! Tengo una consulta. Me han ofrecido trabajar como freelancer para una empresa española. Yo resido en Argentina. Y la empresa me solicita un certificado de residencia fiscal. Yo le debo enviar la información de Argentina cierto? No debería tributar en España ya que no resido, no es un ingreso habitual ni mi fuente principal. Cierto?

  • Buenas tardes.

    Recientemente he conseguido un empleo en un hotel y, dentro de los documentos que me solicitan, me han pedido el Certificado de Residencia Fiscal. Para mí es algo nuevo y he entrado a la página de la AEAT para solicitarlo. Al generarse el documento he leído que dice: «consultados los antecedentes obrantes en la Agencia Tributaria, no es posible acceder a la solicitud formulada por». Quería saber si esto puede impedir que entre a trabajar o no es algo de qué preocuparme.

    Gracias de antemano.

    • Hola Miguel, si al solicitar el Certificado de Residencia Fiscal ha saltado alguna incidencia, te recomiendo que solicites una cita presencial para comprobar cuál es la incidencia. El hecho de que la entrega te impida optar al trabajo, eso debe contestarte el empleador. No obstante, te dejo un enlace donde encontrarás como solicitar el Certificado de Residencia Fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Soy pensionado español, y he decidido pasar una temporada de forma transitoria en el país austral, Argentina, para lo cual he consultado a un banco local, para solicitar una Caja de ahorro, para los menesteres del día a día, y debo hacer una Declaración de Residencia Fiscal distinto de Argentina con los datos de España.
    La pregunta puede resultar impropia a estás alturas, pero ..
    1) Cuál es el motivo real, siendo que voy a trasladar mi pensión a los efectos de estancia.
    2)Que datos son susceptibles de contrastes con los de Argentina, entre los que se encuentra la AFIP, equivalente a nuestra Hacienda.
    Gracias por vuestra disposición.
    A todos muy atentamente.
    Enrique.

  • Una persona española reside en Isla Martinica (Francia); ha otorgado un poder general, a favor de un familiar residente en España. Hay que realizar en un banco español y en España un activo financiero (fondo) que existe a nombre de la persona residente en ese País, y el Banco exige que presente un certificado de residencia fiscal en Francia, con la constancia en su caso de la existencia de convenio de doble imposición.
    La pregunta es si verdaderamente es necesario el certificado de residente fiscal en Francia.
    Si se tratara de la venta de un inmueble en España, propiedad del no residente en España, no haría falta ese certificado. Tan solo se practicaría la retención del 3% que se ingresaría en Hacienda.
    ¿Sería suficiente con la obtención de la Agencia Tributaria Española de un certificado de «no residente fiscal» en España?.
    Muchas gracias.

  • Buenas, soy española residente en el extranjero, hace poco me llegó una carta de la INSS diciendo que me haran retención del 26% a mi pensión, soy jubilada, pero ya habia mandado certificado de residensia fiscal con diferencia de algunos días a esta carta, resido en un país con convenio, me harán esa retención o al ya enviar ede certificado quedaría sin efecto esa notificación?

  • Hola Pedro,

    Este certificado es valido también para contratar seguros de coches?

    He perdido mi tarjeta de cidadano europeo (Certificado de registro de ciudadano de la Unión) y veo que necesito para un seguro de coche la tarjeta de residente.

    Gracias.

    Un saludo!

  • una vez que tengo el certificado pedido por convenio internacional en materia de jubilacion, a que organismo lo tengo que enviar ? me han enviado ( soy residente en italia )la resolucion de mi jubilacion ( la correspondiente a espana )donde me dicen que debo mandar el certificado de residencia fiscal, pero no dicen donde se manda . al INSS? a Hacienda ?

  • Buenas tardes,

    desde el pasado mes de mayo estoy trabajando en Abu Dhabi, contrato bianual, por lo que tras obtener el visado de residente por trabajo, me inscribí en el registro consular español de Abu Dhabi y también rellené electrónicamente el formulario 030 notificando a Hacienda el cambio y mi condición de no residente en España.

    Pero esta semana me notifica Hacienda que rechaza mi petición, al no llevar 183 días residiendo fuera de España, sin opción de alegar, aportar información (contrato, visa, alquiler, etc).
    Creía que este formulario era obligatorio y que tenía un tiempo limitado para informar de este cambio, pero según esto tendría que esperar a diciembre 2021 para volver a intentarlo. El certificado de residente fiscal de UAE lo podría pedir también en diciembre (piden 180 días).
    Podrían orientarme?

    Muchas gracias

    • Hola Rafael, la regla que se aplica más comúnmente para conocer la residencia fiscal de un contribuyente es, si al finalizar el año (contando el año natural, desde enero hasta diciembre), sumas todos los días que has estado en España y son más de 183, eres residente a efectos fiscales. Además, no es necesario que estos días sean consecutivos, harás el cómputo de manera independientemente a ello. Ten en cuenta que las ausencias temporales no cuentan. Es decir, si por ejemplo te vas un fin de semana fuera o te vas medio mes de vacaciones, se siguen contando esos días como plazo de tiempo vivido en España, con el mismo peso para el total de 183 días. En el siguiente enlace encontrarás una mayor información sobre cómo solicitar el certificado de residencia fiscal es España, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, puede un Banco de Ecuador donde mantengo una cuenta de ahorros,solicitarme un certificado de residencia fiscal? (tengo Nacionalidad Española y soy pensionista de viudedad) dicha cuenta fue abierta con mi número de documento Ecuatoriano , para poder operar mis transferencias dicen es obligatorio,debo enviárselo por correo junto con mi copia de DNI, gracias por vuestra ayuda.

  • Hola! Llegue al país en Junio y comencé a trabajar en septiembre para una consultora y me están solicitando el certificado de residente fiscal
    Intente tramitarlo vía telemática pero me fue denegado ya que aún no cumplí con los 183 días en el territorio español
    Tengo tramitada el empadronamiento, mi NIE, un contrato de alquiler de largo plazo y todo en regla, hay algo que pueda hacer para subsanar esa negativa?
    En caso de no poder, me voy a ver afectado por una retención mayor? Si eso sucede después podre reclamarlo?
    Desde ya muchas gracias!

    • Hola Fabricio, para que una persona sea considerada residente fiscal en España debe ermanecer más de 183 días al año, ahora bien, si al finalizar el año (contando el año natural, desde enero hasta diciembre), sumas todos los días que has estado en España y son más de 183, eres residente a efectos fiscales. La retención que se aplica a una contribuyente corresponde al anticipo del pago por las rentas obtenidas, en el caso de que se hayan ingresado más de la cuota tributaria correspondiente, serán abonadas por la Administración. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre la declaración de la renta, https://www.billin.net/blog/como-hacer-declaracion-renta-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola,

    Estor residiendo en Australia y mi banco en España, dado que tengo el DNI caducado y no lo puedo renovar des del extrangero, me pide un Certificado de Residencia fiscal para desbloquear las limitaciones que ha aplicado a mi cuenta.
    Esta información con quien la comparten? Con la agencia tributaria española para que así quede claro que si hago ingresos en mi cuenta provienen del extrangero de forma legal? O tambien con Australia, es decir, que en mi declaración de renta Australiana, me aparecerían automaticamente la cuenta de este banco en España y el piso que tengo hipotecado con ellos?
    Muchas gracias de antemano por su respuesta,
    Saludos cordiales,
    Dani

    • Hola Daniel, probablemente, te soliciten el certificado de residencia fiscal para comprobar si eres residente o no en España. Y, poder justificar los ingresos procedentes de un país extranjero a la entidad financiera. De todas formas, si no resides en España no podrás obtener el certificado de residencia fiscal, ya que, para ello, debes vivir en España un mínimo de 183 días al año. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre la residencia fiscal en España, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

      • Hola Pedro,
        Muchisimas gracias por tu respuesta.
        Me referia a que el banco español me pide el certificado de residencia fiscal en Australia (donde resido).
        Tu respuesta a mi pregunta es la misma, despues de esta aclaracion?
        Gracias de nuevo
        Dani

  • Hola , se me pide por la primera vez al hacerme un contracto de trabajo este certificado de residencia fiscal. Vivo de 14 anos en espana , soy de Rumania, tengo nie con residencia permanente.
    Tiene algo que ver con contracto tipo autonomo? Es mi duda , al ser la primera vez que el empleador me pide esto tipo de certificado .
    Llame a su geatoria , y me explicaron en grande de lo que se trata , pero no me quedo nada claro si mi contrato va ser normal alta al seg social o debo ser autonoma.

      • Hola soy residente fiscal en espana pero me piden portugal un certificado de residencia fiscal en espanha que tenga el ano 2022 y el convenio. Es possible?
        Gracias

        • Hola Nuno, obtener el certificado de residencia fiscal es un trámite sencillo. Se puede realizar de forma telemática o en formato papel. Tan solo hay que acceder a la página web de la Agencia Tributaria, y autenticarse mediante DNI-electrónico, certificado digital o Clave PIN. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente al Certificado de residencia fiscal, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos tardes,

    Tengo una pregunta.
    No soy residente en España y vendo una propiedad comprada en España. ¿Necesito un certificado de residente fiscal?
    mi esposa es residente en españa

    • Hola Kate, si eres no residente en España y decides vender tu inmueble, tendrás que tributar por la ganancia patrimonial que obtengas de la transmisión. Esta ganancia patrimonial se calcula restando del precio de venta el precio de compra y los gastos deducibles, tanto de la compra como de la venta, En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, https://www.billin.net/blog/modelo-210-irnr/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola Baki, se entiende que una persona física tiene su residencia habitual en España cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: Que permanezca en España más de 183 días durante el año natural y que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. En el siguiente enlace encuentras una mayor información sobre la residencia fiscal en España, https://www.billin.net/blog/certificado-residencia-fiscal/. Espero haber aclarado tus dudas.