Actualizado: 20 noviembre, 2019 · 0 comentarios · 5 min de lectura

Obligaciones en sociedades inactivas

Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Disolver una empresa tiene un coste elevado, pero dejarla inactiva más de un año puede conllevarte multas de hasta 60.000 euros.

¿Qué es una sociedad inactiva?

Son aquellas personas jurídicas, que cesan en la actividad, sin proceder a la disolución de la sociedad.

En muchos casos, no se disuelven las sociedades, debido al elevado coste que conllevaría, ya que, hay que preparar escrituras, liquidarlas e inscribirlas en el Registro Mercantil, el coste no bajaría de unos 700 euros aproximadamente.

Una sociedad inactiva sigue existiendo, por ello, la Administración nos obligará a cumplir unas mínimas obligaciones, que en caso, de no ser atendidas podríamos recibir sanciones y multas.

La baja sin disolución de las sociedades limitadas si supera el año de inactividad, se convertiría en una causa legal para su extinción.

Lo primero que hay que hacer para convertir nuestra sociedad en inactiva, es el acuerdo en Junta General, para posteriormente rellenar el Modelo 036 marcando la casilla 140 de cese de actividad sin extinción y sin disolución, y la 141 indicando la fecha exacta.

Pero no olvides, que si la mantienes más de un año inactiva se recomienda que la disuelvas, ya que las obligaciones fiscales y contables que tendrá que seguir llevando, además del incumplimiento del artículo 363 de la Ley de sociedades donde se contemplan las causas por las que una sociedad puede disolverse.

Obligaciones fiscales y contables de una sociedad inactiva

Como hemos comentado en el apartado anterior las sociedades inactivas conllevan unas obligaciones que deben ser cumplidas:

  • Con respecto obligaciones fiscales, cualquier sociedad por el simple hecho de existir tiene la obligación de presentar el Impuesto de Sociedades, donde se marcará la casilla 26 “entidades inactivas”, lo que dará lugar a solo rellenar el balance, ya que, una sociedad inactiva no puede facturar ni recibir IVA soportado.
  • Desde la fecha de cese de actividad, no presentará los modelos trimestrales de IVA, ahora bien, si la baja no coincide con el 31 de diciembre, sí presentará el resumen el año del modelo de IVA.
  • Con respecto obligaciones mercantiles, estarán obligados a llevar la contabilidad, legalizar los libros, formular las cuentas anuales y depositarlas en el registro mercantil; el no depositar las cuentas puede acarrear multas desde 1.200 a 60.000 euros por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

En caso del incumplimiento del artículo 363, de no disolver con más de un año de inactividad, la responsabilidad se traslada a los Administradores, ya que, no han convocado la Junta General (se da un periodo de dos meses desde el cese de actividad para su convocatoria) o por no pagar las deudas existentes a la fecha del cese de actividad (la Ley General Tributaria, traslada la responsabilidad al administrador, cuando no se pagan las deudas de la sociedad).

Cuando el administrador no convoque la Junta o no solicite la disolución según los procedimientos de Ley, podrá ser penalizado con que responderán solidariamente de las deudas de la sociedad.

Mantener una sociedad inactiva conlleva una serie de costos asociados, por tanto, recomendamos no mantener mucho tiempo esta situación.

La ventaja de este cese de actividad es que podrás dar de baja a los socios trabajadores y administradores en la Seguridad Social, siempre que no ejerzan otra actividad diferente a la de la sociedad.

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¿Cómo liquidamos una sociedad?

Cerrar una empresa cuando no existen deudas es muy sencillo, pero resulta, que la mayoría de las sociedades que cierran es porque no pueden afrontar las deudas, y entonces, deberían de declararse en suspensión de pagos y seguir los pasos que indica la Ley, hasta su disolución.

Realmente, una sociedad cuando solicita su cierre por decisión de los socios comenzará por pagar todas las deudas o compromisos que tenga pendiente.

A partir de ahí, se solicitará la inactividad, mediante el Modelo 036 ante la Agencia tributaria, necesitarás el certificado digital de tu sociedad:

  • Baja del administrador y socios en la Seguridad Social, son dos gestiones telemáticas que realizarás en su web con los certificados digitales de las personas físicas.
  • Baja en el Registro Industrial que le correspondiese.
  • Por último, la elaboración de las escrituras de disolución y extinción ante un notario.

Estas escrituras están sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos de las operaciones societarias al 1%, es decir, cada socio pagará ese porcentaje sobre la parte proporcional que recibe, cuya ganancia patrimonial tendrá que ser incluida en su Declaración de la Renta.

Las sociedades en periodo de liquidación deberán:

  • Efectuar pagos fraccionados, ya que, siguen siendo sujetos pasivos
  • Pueden continuar con su actividad para generar ingresos
  • Debe presentar Impuesto de sociedades a los 6 meses de la disolución de la sociedad.
  • Hay que presentar baja censal en el periodo de un mes desde la inscripción de extinción en el Registro Mercantil
  • Debe presentar las cuentas anuales en un mes desde la liquidación de la sociedad, se presentarán junto a las escrituras de extinción.

Debe conservar la documentación durante 6 meses desde la fecha de inscripción.

Consulta más modelos tributarios aquí.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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