Actualizado: 21 febrero, 2022 · 0 comentarios · 5 min de lectura

¿Cómo deducir el IVA antes de iniciar la actividad?

deducir iva antes de actividad
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Si vas a abrir un negocio, probablemente habrás tenido un montón de gastos anteriores al tu inicio por eso te contamos cómo deducir el IVA antes de iniciar la actividad.

¿Son deducibles los gastos antes de inicio de la actividad?

Cualquier persona, que vaya a abrir un negocio, acumulará un sinfín de gastos necesarios previos a la apertura de ese negocio.

Lo que debemos tener claro, es que serán deducibles, siempre que esos bienes o servicios vayan destinados a la actividad que vamos a desarrollar.

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Para evitar problemas con Hacienda debemos acreditar estos gastos con los siguientes elementos como:

  • Cumplir con las obligaciones fiscales y contables que tienen los empresarios y profesionales, como la declaración censal, llevanza de los libros contables.
  • Disponer o haber solicitado todas las autorizaciones necesarias para la futura apertura.
  • Haber presentado las declaraciones correspondientes a su tributación.

Si Hacienda nos requiriera demostrar lo enunciado anteriormente, habría que acreditar nuestra situación de empresario previo a la apertura de nuestro negocio.

Estas cuotas de IVA soportado que hemos deducido antes del inicio de la actividad, tendremos que incluirlas dentro de nuestro modelo 303.

Se nos da un plazo de 4 años, desde el inicio de la actividad, en caso, de posteriormente aplicar un porcentaje de deducción diferente, habrá que realizar la corrección oportuna.

Supongamos un negocio que tiene dos actividades, y una de ellas, está exenta de IVA, y por tanto, solo deduce el 60%, pues bien, habría que devolver el IVA deducido de más.

Esto lo establece el Tribunal Supremo en la sentencia del 19 de Julio de 2017, que nos determinará el método para proceder a la deducción del IVA antes de iniciar la actividad.

La Ley del IVA en su artículo 111, contempla la deducibilidad de las cuotas soportadas antes del inicio de actividad, y nos dice “quienes no viniesen desarrollando una actividad empresarial con anterioridad, obtendrán la condición de empresario, cuando se confirmen los elementos objetivos, de destinarlos a la realización de esas actividades empresariales, y podrán deducir las cuotas ocasionadas que satisfagan antes de comenzar la actividad, de acuerdo con los artículos 112, 113 y siguientes.

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¿Puedo solicitar la devolución del IVA soportado?

La devolución de las cuotas soportadas de IVA, podrán ser solicitadas, mediante la autoliquidación del último trimestre o de forma mensual si estuviesen inscritos en el registro de devolución mensual.

Este es el caso más común, aunque existen otros supuestos en los que podemos solicitar esa devolución:

  • Exportadores en régimen de viajeros
  • Empresarios que adquieran esta condición exclusivamente para las entregas intracomunitarias de medios de transporte nuevos exentos de IVA.
  • Empresarios que tributan en el régimen simplificado por la actividad de transportes de mercancías o viajeros por carretera.
  • Empresarios no establecidos en el ámbito de aplicación del impuesto.
  • Entes públicos o privados de carácter social, sobre las cuotas soportadas que no haya podido deducir en la adquisición de bienes que sean objeto de entrega posteriormente.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el IVA?

Como hemos comentado, si en tu última liquidación te resulta un IVA soportado, superior al IVA repercutido, podrás solicitar la devolución a la Agencia Tributaria.

El periodo es de 6 meses desde el último día que se presentó la declaración correspondiente, aunque la media normalmente va desde 5 a 9 meses.

Si el periodo de resolución del IVA supera los 6 meses, la Agencia Tributaria ingresará al contribuyente los intereses de demora correspondientes según el tipo de interés del dinero que haya en ese momento en el mercado.

La tardanza de este procedimiento puede provenir de un proceso de comprobación por parte de hacienda, donde se nos inspeccionarán cada una de las facturas que hemos desgravado.

Sin embargo, si te acoges a la devolución mensual de IVA, el abono se nos realizará de forma mensual, por tanto, tardarán una media de uno a dos meses, desde la presentación de dicho impuesto.

Para conocer el estado de la devolución, debemos entrar en la “sede electrónica” y con el certificado digital para autónomo o clave pin, entrarás en “mis expedientes” y dentro de ellos, marcarás “impuestos” y allí eliges la liquidación de la que necesitas información.

como deducimos el IVA soportado antes de iniciar la actividad

¿Son deducibles los tiques en el IVA?

En la Ley del IVA 37/1992, regula los requisitos para poder deducir el IVA soportado y nombra los documentos que dan derecho a la deducción como factura, recibos, etc., los cuales, tendrán que cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Facturación, si no, no valdrán como justificantes.

A efectos de la deducibilidad del IVA soportado, es necesario, solicitar factura o factura simplificada, en la que el empresario desglose la cuota de IVA, dirección y NIF del cliente, además de ser un gasto necesario para la actividad.

Cómo vemos deducir el IVA soportados antes de actividad es posible. Si tienes alguna duda utiliza los comentarios y te ayudaremos

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
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