Una vez autoliquidado o declarado cualquier tributo frente a la Hacienda Pública, debemos dar el último y más doloroso paso: el pago. Nosotros te vamos a ayudar como obtener el Número de Referencia NRC y como utilizarlo para este caso. Si te interesa sigue leyendo
A día de hoy, la Agencia Tributaria permite tres formas para hacerlo:
- El ingreso en las oficinas de una entidad colaboradora mediante la presentación del impreso o borrador, lo cual nos desplazamos hasta una sucursal y, probablemente, perder bastante tiempo haciendo colas. Además, este pago ya no está disponible para las personas con formas jurídicas.
- La domiciliación, una opción bastante conveniente, pero su fecha límite suele ser anterior al plazo de presentación del impuesto, por lo que no siempre podremos acudir a ella.
- El pago simplificado mediante NRC. En este artículo te explicamos cómo funciona este último.
➨ Si tienes cualquier duda sobre el NRC o los pagos a Hacienda, utiliza los comentarios para dejar tu pregunta. Nuestros especialistas responderán a todas las cuestiones.
En este artículo encontrarás
¿Qué es el NRC?
El NRC son las siglas del “Número de Referencia Completo”, que no es más que un número de 22 dígitos generado automáticamente por la entidad bancaria que gestione el pago, y que sirve como identificación de la operación, así como de justificante del pago.
El NRC existe desde el año 2007, con el objetivo de agilizar los pagos en las operaciones más sencillas.
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¿Cuándo puedo hacer uso del NRC?
El NRC está disponible tanto para personas físicas como para personas jurídicas. Eso sí, deberemos tener en cuenta que:
- Solo sirve cuando el resultado de la autoliquidación o declaración sea positivo (a ingresar). Si fuese a devolver (tan común, por ejemplo, en las Declaraciones de la Renta o las autoliquidaciones periódicas del IVA), basta con que hagamos la presentación del modelo y esperemos al reintegro por parte de Hacienda. Tampoco servirá cuando el resultado sea a compensar, sin actividad o se solicite el aplazamiento o fraccionamiento del pago.
- El sistema fue creado para pagos a la Agencia Tributaria Estatal, pero ya ha sido implantado por muchas Comunidades Autónomas.
- No servirá si tenemos domiciliado el pago del tributo o, como es evidente, si ya lo hemos pagado en una entidad.
¿Cómo obtener el NRC?
Una vez que tengamos realizada la declaración o autoliquidación y conozcamos el importe exacto a ingresar, debemos acudir a nuestro banco, bien en las oficinas físicas o bien por los servicios de banca electrónica.
El banco debe ser Entidad Colaboradora de la AEAT, pero a día de hoy la práctica totalidad de bancos comerciales lo son por ello, para obtener el NRC debemos cumplir una serie de datos.
La entidad nos exigirá una serie de datos para obtener el NRC:
- Importe exacto de la cuota, incluidos los decimales. Recuerda que debe ser un resultado positivo.
- NIF del contribuyente
- Las cuatro últimas letras del anagrama de la etiqueta fiscal identificativa, siempre que seamos persona física. Si no las tienes, puedes solicitar su envío por correo en la página web de la Agencia
- Modelo de la declaración y tipo de declaración. Es imprescindible distinguir entre declaraciones (como el modelo 347 de operaciones con terceros, el 100 de Declaración de la Renta o el 200 del Impuesto de Sociedades) y autoliquidaciones (como el modelo 303 de IVA, el Modelo 115 de retenciones o el 130 de pagos a cuenta del IRPF).
- Ejercicio fiscal y periodo. Para el ejercicio, generalmente solo se exigen las dos últimas cifras. Para el periodo, podrá ser trimestral (pondremos en ese caso 1T, 2T, 3T o 4T), mensual (debes indicar el mes por 01, 02, 03…) o anual (indicando 0A).
Una vez ordenado el pago, se generará el NRC.
Pero cuidado, obtener el código NRC no supone que hayamos presentado el modelo, simplemente que se ha pagado.
Debemos, pues dar el NRC a nuestra asesoría fiscal o gestor para que presente el modelo, o, si somos nosotros mismos quienes lo hacemos, volver al portal de la Agencia Tributaria y hacer la presentación final, indicando nuestro NRC para justificarlo.
Ventajas del NRC
La principal ventaja es el ahorro de tiempo (aparte de obtener el NRC), al poder realizar presentar el trámite sin tener que desplazarnos a las oficinas de un banco, donde probablemente tendríamos que esperar varios minutos de cola.
Hoy en día no hay entidad bancaria que se precia que no tenga incorporado el servicio de banca electrónica con un apartado específico para el pago de tributos.
Por tanto, podemos completar el proceso de liquidación/declaración, pago y presentación sin levantarnos de la silla.
Desventajas del NRC
A pesar de ello, pago y presentación siguen haciéndose en dos momentos distintos, lo cual no ocurriría de haber acudido a una oficina bancaria, presentar la liquidación, pagar y recoger el resguardo sellado.
Por otro lado, es un proceso que hace el propio contribuyente o quien lo presente en su nombre.
Ello implica que podríamos cometer errores, principalmente en el importe, que luego pueden generar problemas con Hacienda si no los conseguimos subsanar antes de que finalice el plazo de presentación.
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Si te ha interesado este artículo de cómo obtener el número de referencia NRC no dejes de visitar otros artículos de nuestro blog cuando tengas duda sobre algún tema tributario concreto.
SI ESTE VIERNES OBTENEMOS EL NRC DELBANCO Y LO PRESENTAMOS ALA HP EL LUNES SIGUIENTE SIEMPRE DENTRO DEL PLAZO, PODEMOS TENER PROBLEMAS?
El NRC es un código que nos facilita la entidad financiera, emitiendo un cargo en cuenta, para que puedas presentar un impuesto a pagar, una vez la entidad te haya facilitado dicho código, tendrás que presentar el impuesto de forma telemática para verificar ese pago.
Si has solicitado el NRC un viernes, y presentas el impuesto el lunes, siempre dentro del plazo legal, no tendrás ningún problema.
Hola, el dia 17/7 hicimos una declaracion complementaria del IVA del 1r trimestre. Generamos un NRC y el banco cobró la cantidad. Cuando le pasamos el NRC a nuestra asesoría para que presentara la declaración, le dió error y no la pudo presentar. Al dia siguiente generamos otro ERC y se presentó correctamente pero claro, se volvieron a cobrar la cantidad por segunda vez.
Hemos buscado el justificante de pago del primer intento y en la pagina de la AEAT no consta. No sabemos cómo podemos recuperar ese primer pago que no está presentado pero sí cobrado puesto que no tenemos justificante de pago, solo tenemos el cargo en cuenta.
Gracias.
Hola Isabel, en el caso de una duplicidad de cobro por parte de la Agencia Tributaria, habría que presentar un escrito de ingresos indebidos, justificando la duplicidad del cobro.
Espero haber aclarado tu duda.