Epígrafes de los autónomos

epigrafes autonomos

Existen una multitud de epígrafes de autónomos donde se intentan incluir prácticamente cualquier actividad económica que queramos desarrollar. Te damos unos consejos para que puedas encuadrar tu actividad en el epígrafe de autónomo correcto y no tengas problemas con la Administración, ya que cada uno de los epígrafes de fiscales tributarán de forma diferente.

¿Cuál es el epígrafe de autónomo que tengo que escoger para mi negocio?

Antes de responder esta pregunta debemos conocer los siguientes conceptos:

¿Qué es un epígrafe?

Los epígrafes gravan la actividad que ejerce un autónomo o una empresa según el código de Impuesto de Actividad Económica (IAE), el cual, dará lugar a unas obligaciones fiscales dependiendo del que escoja.

Los epígrafes fiscales de IAE están formados por una serie de códigos de actividad económica donde podrás encontrar el que más se ajusta a tu idea de negocio.

epigrafe actividad economica

Clasificación de los epígrafes fiscales

Estos epígrafes son clasificados por actividades:

  • Empresariales
  • Profesionales
  • Artísticas

La actividad empresarial es conocida como la “Sección 1”, en ella se recogen actividades como el comercio mayorista o minorista, todo lo relacionado con la hostelería, relación con la industria, minería, etc.

La actividad profesional es conocida como la “Sección 2”, en ella se recogen todas las actividades que para ejercerlas se necesita una titulación académica, como por ejemplo los odontólogos, economistas, etc., pero hay una salvedad, aquí se incluyen los agentes comerciales que no necesitan titulación, pero sí estar colegiados y los agentes de seguros que los obligan a una formación básica.

Esta división no es exacta, ya que hay muchas similitudes en casos concretos de algunas actividades que pueden sujetarse a empresarial o profesional, lo cual, genera discrepancias con Hacienda, de ahí que se establezcan unas pautas según la Agencia Tributaria.

Por ejemplo supongamos un profesor que es autónomo y monta una academia con sus trabajadores y ejerce claramente la actividad de la “enseñanza”, aquí se englobaría como actividad empresarial, pero ahora imaginemos que el profesor no tiene ninguna academia y se desplaza al domicilio del cliente para prestar su servicio en la misma actividad de “enseñanza”, en este caso sería profesional.

Las actividades artísticas son conocidas como “Sección 3”, aquí se incluyen todas las actividades relacionadas con el cine, teatro, etc.

¿Qué obligaciones fiscales me genera el epígrafe de autónomos?

La primera recomendación antes de hablar de sus obligaciones, es que a la hora de escoger el epígrafe es bueno considerar el apoyo de un asesor fiscal, ya que los errores pueden conllevar a equivocarnos en la elaboración de los impuestos y con ello liquidaciones y sanciones por parte de la Administración.

Dicho esto vamos a intentar enumerar las obligaciones que pueden generarse al comenzar una actividad económica según el epígrafe escogido por el autónomo.

IVA (Impuesto Valor Añadido)

Aquí habrá que tener en cuenta la categoría a aplicar, es decir, 4%, 10%, 21% o exento. Aparte también los minoristas están obligados al recargo de equivalencia del IVA, con la siguiente equivalencia:

21% – 5,20%; 10% – 1,40%; 4% – 0,5%

Este impuesto en sus variantes se aplica tanto en actividades empresariales como profesionales.

– IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas)

Más conocida como retención es la que los autónomos que estén en las actividades profesionales y el agente comercial, practicarán en sus facturas por un porcentaje del 15%, y el 7% en sus tres primeros años, siempre que las facturas vayan emitidas a empresas o autónomos y no particulares.

epigrafe autonomo

¿Cómo darse de alta en un epígrafe de autónomo?

Es un proceso bastante sencillo, siempre que se tenga claro el epígrafe, que más se ajusta a tu negocio, bastaría con rellenar el Modelo 037 (para autónomos) o Modelo 036 (para personas jurídicas), en este modelo formado por varias páginas, se irán solicitando desde datos personales, actividad, altas en IVA e IRPF, etc.

 – Ejemplos

Vamos a poner varios ejemplos para entenderlo mejor:

Supongamos un “economista” que va a iniciar una actividad profesional, en un local determinado, prestando servicios fiscales, pues bien, el epígrafe correspondiente es el enumerado 741.

Economistas, como hemos indicado es un epígrafe profesional, por tanto, tendrá la obligación del IVA al 21% con retención del 7% durante los tres primeros años y después el 15%.

Pensemos en un “odontólogo” que abre una Clínica dental, en un local determinado, prestando los servicios propios de odontología, pues bien en su Modelo 037 tendrá que indicar el epígrafe 834.

Odontólogo, sus obligaciones fiscales sería IVA exento (como todas las actividades relacionadas con la medicina, al igual que la enseñanza reglada), pero sí aplicaría la retención con el mismo porcentaje que en el ejemplo anterior y la misma reducción durante los tres primeros años.

Por último vamos a poner el ejemplo de un minorista de ropa, el cual, quiere abrir una tienda de venta de ropa y complementos, el epígrafe que escogerá será el 651.2 .

Comercio al por menor de prendas de vestir y tocados, pues bien, esta actividad es el claro ejemplo del recargo de equivalencia del IVA, y consiste en que el minorista pagará ese porcentaje llamado recargo de equivalencia y que va paralelo, en este caso, al 21% – 5,20% de la factura de compra, para así no tener que declarar IVA ante la Administración, es una actividad empresarial, por tanto, no practicará retención.

Busca el epígrafe de tu actividad económica en la tabla que ofrece la Agencia Tributaria.

Los epígrafes de los autónomos son importantes a la hora de darse de alta como autónomo con lo que si tienes dudas consultes con un profesional o nos dejes en comentarios las que tengas y te responderemos

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Marcos De La Cueva - CEO TeamSystem Facturas Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de TeamSystem Facturas Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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29 comentarios

  • Buenos dias,
    actualmente estoy con una excedencia para cuidar a mi hijo y trabajaba en el sector sanitario. Me estoy formando para trabajar de artista ilustradora ya que me ofrece horarios compatibles con el cuidado de mi hijo. Me puedes orientar con el epigafre? tendria que elegir el epigafre de artista? Siempre he trabajado en sanidad para la empresa publica y me pierdo con estos temas. Muchas gracias

    • Hola Carolina, la actividad de ilustrador consiste en realizar dibujos, imágenes, pinturas o diagramas para una amplia variedad de productos tales como libros, revistas, manuales, con el fin de mejorar la comunicación escrita, a través de representaciones gráficas que se corresponden con el contenido de los libros o revistas que representan. Por ello, si dicha actividad es realizada con destino comercial por una persona física a título individual, sin disponer de una estructura empresarial para el desarrollo de la misma, se considera que es una actividad profesional. Tal actividad de ilustrador profesional quedaría clasificada en el grupo 861 de la sección segunda de las Tarifas, -Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares-. En el siguiente enlace encuentras todo lo referente al Impuesto sobre Actividad Económica, https://www.billin.net/blog/capitulo-guia-alta-impuesto-actividad-economica-iae/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenas tardes,

    ¿cuál sería el epígrafe para hacer actividades en biblioteca de un instituto de secundaria público? como catalogación, dinamización, club de lectura, etc.
    Y ¿estaría exento de IVA? al facturar a una entidad pública y Asociación de Padres de Alumnos, tendria que aplicar IRPF?

    Gracias,
    Sílvia

    • Hola Silvia, la realización de las actividades económicas conlleva el cumplimiento de diferentes obligaciones tributarias en función del tipo de actividad y de quien la desarrolle , si es una persona física o entidad en régimen de atribución de rentas en las que todos sus miembros sean personas físicas, si es una persona jurídica o resto de entidades, y si en ambos casos se trata de un residente o no residente en territorio español. En el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre las actividades exentas de IVA, https://www.billin.net/blog/actividades-exentas-iva/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Javi, en el caso de la incapacidad permanente total, es compatible con cualquier trabajo excluido el desempeño del mismo puesto en la empresa. Esto es, todos menos la profesión habitual. Para conocer el epígrafe correspondiente es necesario especificar con más detalle la actividad que se va a desarrollar. En el siguiente enlace encontrarás un listado de los epígrafes que existen para autónomos, https://www.billin.net/blog/epigrafes-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.