Tarifa plana para autónomos de municipios de menos de 5.000 habitantes

Impuestos y Finanzas Subvenciones
tarifa plana municipios menos de 5000 habitantes
Escrito por Álex Rodríguez
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¡Ahora se premia vivir en municipios pequeños!, si montas una empresa podrás beneficiarte 24 meses de la tarifa plana para autónomos de municipios de menos de 5.000 habitantes de 60 euros. Te contamos en detalle las condiciones.

Introducción a la tarifa plana en municipios pequeños

El gobierno como mejora para evitar la despoblación ocasionada en España, sobre todo en municipios con menos de 5.000 habitantes, aprueba una tarifa plana para municipios pequeños, donde se mejora la tarifa plana en el caso de querer crear una empresa en esa población.

Se destina una partida de 100 millones de euros donde su principal finalidad es incentivar al emprendedor y al empleo en zonas rurales. Teniendo en cuenta que las personas que viven en estos municipios tienen un porcentaje más alto de pobreza que la urbana.

Esta medida entra en vigor a la vez que la ampliación a seis meses más la tarifa plana de 60 euros para los autónomos nuevos.

Vemos que el Ejecutivo ha establecido una serie de medidas en los Presupuestos Públicos para evitar la despoblación comentada, ya que, apuesta por los servicios públicos y el empleo en todas las zonas rurales.

Si se promueve el empleo público en las zonas rurales, se conseguirá atraer a nueva población.

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Aprobación de la tarifa plana

La segunda ampliación de la tarifa plana entró en vigor el 01 de agosto y se beneficiarán todos los autónomos que se den de alta desde esa fecha, y no de forma retroactiva.

Ya existía la tarifa plana donde se podrían beneficiar los trabajadores por cuenta ajena y que no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores.

En esta última ley se amplió de 6 meses a un año la tarifa plana de 60 € para autónomos nuevos, y si además se emprenden en un municipio pequeño (<5.000 habitantes) podrán beneficiarse de dos años más de tarifa plana, por lo que, la bonificación le durará 36 meses, 48 meses si eres menor de 30 años o mujer menor de 35 años.

La tarifa plana actualmente está permitiendo un ahorro de 3.500 euros al autónomo, mientras que la que corresponde a las zonas rurales serán unos 6.200 aproximadamente, desde que la medida se aprobó se han dado de alta más de 120.000 nuevos autónomos.

Si nos acogemos a la base mínima nuestra cuota de autónomo en los municipios pequeños queda de la siguiente manera:

Municipios < 5000 habitantes

  • 60,00€ en los 12 primeros meses.
  • 60,00€ en los 12 primeros meses.

Municipios < 5000 habitantes + Jóvenes (Mujeres menores de 35 y hombres menores de 30)

  • 60,00€ en los 12 primeros meses.
  • 60,00€ en los 12 primeros meses.
  • 200,30€ en los 12 meses siguientes.

Requisitos de la tarifa plana en municipios de menos de 5.000 habitantes

El autónomo residente en zona rural deberá cumplir unos requisitos para poder beneficiarse de los 36 meses actuales de tarifa plana que se han aprobado para los municipios con menos de 5.000 habitantes.

El autónomo deberá estar dado de alta en la Agencia tributaria o Hacienda Forales correspondientes, e indicando un domicilio donde desarrolle la actividad situado en uno de estos municipios.

Este autónomo deberá mantener el alta en la actividad económica en el municipio durante los dos años siguientes al alta en el Régimen Especiales de trabajadores Autónomos que causa el derecho a esta bonificación, también deberán permanecer empadronados en ese municipio durante cuatro años siguientes al alta.

 

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Conclusiones

Los Presupuestos Generales del Estado, contemplan aspectos muy relevantes para aquellos autónomos que acaban de darse de alta y que residan en municipios pequeños, ya que, disfrutarán de la tarifa plana 24 meses.

El autónomo deberá empadronarse en un municipio con menos de 5.000 habitantes para poder beneficiarse de la prórroga aprobada por el Gobierno.

Además de estar de alta en el censo de obligados tributarios o hacienda forales, haciendo relación al domicilio donde desarrollan la actividad económica, también tendrán que permanecer dados de alta en este municipio los dos años posteriores al inicio de la actividad, así como mantener el empadronamiento durante los 4 siguientes años.

La tarifa plana para autónomos de municipios de menos de 5000 habitantes es una forma de incentivar el trabajar en zonas más rurales y que puede ayudar a que la gente se decida por el teletrabajo y hacerlo en pequeños pueblos. Y para esto nosotros ofrecemos Billin, un programa de facturación que te permite facturar en segundos y estés donde estés. Empieza totalmente gratis.

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18 Comentarios

  • Buenas tardes. Soy autonomo (no empresa) desde el mes de julio para venta por internet, estoy empadronado en un municipio de menos de 5000 habitantes. En el momento de hacerme autónomo desconocía de este beneficio, mi pregunta es si tengo derecho y si debo hacer alguna gestión para tenerlo o al haberme dado de alta de autónomo en esta localidad donde resido y estoy empadronado, se hace automático?. Muchas gracias de antemano por la respuesta.

    • Hola José Martínez, si cuando presentaste el alta de autónomo no pudiste beneficiarte de su bonificación, y sí hubieras cumplido todas los requisitos para poder acceder a ella, debes solicitar a la Seguridad Social, los ingresos indebidos correspondientes a ese beneficio que no se te ha aplicado. Te dejo un enlace donde encontrarás todo lo que debes saber sobre la tarifa plana para autónomos que vivan en poblaciones con menos de 5.000 habitantes, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola. Mi hijo es autónoma de una empresa que creo y yo autónoma colaborando de su empresa. Vivimos en un municipio con menos de 5000 habitantes y , ¿ quisiéramos saber si tenemos derecho a pagar una tarifa mínima por estar empadronado en un municipio con menos de 5000 habitantes.
    Gracias.

    • Hola Magdalena, los autónomos emprendedores que residan en poblaciones con menos de 5.000 habitantes pueden beneficiarse de la siguiente tarifa plana: 60,00€ en los 12 primeros meses, 60,00€ en los 12 primeros meses, 200,30€ en los 12 meses siguientes. Para ello habrá que cumplir una serie de requisitos, te dejo un enlace donde encontrarás los requisitos de la tarifa plana en municipios de menos de 5.000 habitantes, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Interesante noticia. ¿Y si se empieza a ser autonómo en un municipio mayor a 5000 habitantes pero a posteriori se cambia de residencia a uno menor de 5000, se podría solicitar? Muchas gracias!

    • Hola Patricia, el autónomo para beneficiarse de la tarifa plana en municipios inferiores a 5.000 habitantes, deberá estar dado de alta en la Agencia tributaria o Hacienda Forales correspondientes, e indicando un domicilio donde desarrolle la actividad situada en uno de estos municipios, además, este autónomo deberá mantener el alta en la actividad económica en el municipio durante los dos años siguientes al alta en el Régimen Especiales de trabajadores Autónomos que causa el derecho a esta bonificación, también deberán permanecer empadronados en ese municipio durante cuatro años siguientes al alta. Por tanto, si realizas el cambio de domicilio posteriormente al inicio de la actividad no podrás beneficiarte. Te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, soy autónoma societaria, ahora me voy de baja por maternidad, y después me quiero dar de alta de nuevo ya como autónomo normal, resido en municipio de menos de 5000 habitantes y tengo menos de 35 años.

    beneficiarme de alguna bonificación ? (Se que normalmente se aplica al menos la de 60€ un año pero en mi caso no se si aplicaría)

    • Hola Tatiana, la Seguridad Social ha emitido un nuevo criterio para que las trabajadoras autónomas que regresen del descanso por maternidad puedan acogerse a una bonificación en sus cuotas por contingencias comunes y profesionales, aunque no se hayan dado de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Siempre que la reincorporación al trabajo se realice en los dos años siguientes a la parada producida por el nacimiento de hijo o hija, con independencia de la baja en el RETA o no con anterioridad a la reincorporación a la actividad. No obstante te dejo un enlace donde encontrarás todo lo que debes saber sobre la tarifa plana en municipios con menos de 5.000 habitantes, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Y si aunque viva en un municipio rural de menos de 5000 decido, darme de baja antes del primer año como autónomo, debo igualmente cumplir el requisito de 2 años de alta?debo pagar el resto hasta los 2 años?

    Es decir, esos requisitos del padrón 4 años y del alta 2 años, es solo si aprovechas los dos años de tarifa plana no?

    Es que yo voy a trabajar unos meses en un pueblo y viviendo allí pero la casa disponible de alquiler solo está durante la temporada.

    Entonces para seguir manteniéndola un año más, puedo rechazar el beneficio del segundo año? Para poder mudarme después del primero a mi casa habitual?

    Espero haberme explicado

    • Hola Carlos, las condiciones para beneficiarse de la tarifa plana en poblaciones con menos de 5.000 habitantes son: mantener la actividad por cuenta propia en el municipio durante dos años desde el alta en Seguridad Social y permanecer empadronado en el municipio donde se desarrolla o ha desarrollado la actividad autónoma durante al menos cuatro años desde el alta en Seguridad Social. No obstante, te dejo un artículo donde encontrarás una mayor información sobre la tarifa plana, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, deje de ser autónomo en Julio de 2021por no poder sostener el negocio a causa de la pandemia, ¿ Si quiero volver a hacerme autónomo y acogerme a la tarifa plana Rural podría hacerlo? Ya vivo en un pueblo de menos de 5000 habitantes y pretendo seguir aquí

    • Hola Rubén, el período de baja en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, exigido para tener derecho a los beneficios en la cotización en ellos previstos en caso de reemprender una actividad por cuenta propia, será de 3 años cuando los trabajadores autónomos hubieran disfrutado de dichos beneficios en su anterior período de alta en el citado régimen especial». Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la tarifa plana, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, ¡muchas gracias por este post! 🙂

    Me ha servido de mucha ayuda. Me queda una duda y me gustaría comentaros por si pudierais echarme un cable, por favor, que una no sabe las vueltas que da la vida y muchas veces el incumplimiento –indeseado y de manera imprevisible– de alguno de los requisitos puede perjudicar más que ayudarte a emprender:

    Aunque no es lo deseado, si tuviera que suspender mi actividad como autónoma pasados los dos años porque el negocio no fuera bien (imaginemos, a los dos años y medio; cumpliendo así el requisito que se refiere al mínimo de años de actividad), ¿tendría que seguir manteniendo el padrón en dicho municipio hasta cumplir como mínimo los cuatro años, aunque ya no prosiguiera con la actividad? En este caso y al ser mujer menor de 35, ¿tendría que devolver la cantidad correspondiente a la bonificación del 30% del tercer año?

    Muchas gracias de antemano. Hacéis una labor genial 🙂

    • Hola Lucía, para acogerse a la tarifa plana rural una de las condiciones, que tienen como fin “enraizar” la actividad del autónomo en el municipio, es permanecer empadronado en el municipio donde se desarrolla la actividad durante al menos cuatro años desde el alta en la Seguridad Social. No obstante, en el siguiente artículo encontrarás todo lo que debes saber sobre la tarifa plana en zonas rurales, https://www.billin.net/blog/tarifa-plana-municipios/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola tengo tarifa plana en localidad de menos de 5000 habitantes. LLevo un año y un mes dada de alta, mi negocio va fatal y quiero cesar la actividad.
    Puedo darme de baja teniendo esta tarifa y en estas condiciones? si sigo con la tienda abierta voy a arruinarme. Quiero tener la certeza de que puedo cesar el negocio sin tener ningun tipo de problema.

    Gracias por adelantado!!!

Sobre el autor

Álex Rodríguez

SEO & Growth Manager en empresas tecnológicas. Me gusta todo lo que tiene que ver con el emprendimiento en Internet, Web3.0 y los negocios SaaS B2B, desde su legislación hasta las estrategias de crecimiento. ¡No te pierdas mis artículos y comparte tus ideas en los comentarios!