¿Hay IRPF en las facturas al extranjero?

irpf en facturas extranjeras

Cada vez son más los autónomos que tienen clientes o proveedores europeos, si eres uno de ello, te va a interesar este artículo, evitaremos que tengas problemas con Hacienda y sabrás si hay IRPF en las facturas intracomunitarias

Que nos se te olvide, no tienes que hacer el calculo del IRPF de tus facturas para facturas intracomunitarias, se hace con el Modelo 111, que te explicaremos más abajo con todo detalle.

Definición de factura intracomunitaria

Estas facturas surgen cuando tienes que facturar a un cliente de la Unión Europea, pero antes de explicarte como hacerla, veamos los puntos previos que tienes que cumplir para no tener problemas con Hacienda:

Se realiza mediante el Modelo 036, donde Hacienda tras varias gestiones administrativas te facilitará tu número VAT, que, sin él, no podrías facturar sin IVA, y esto te conllevaría a que tu producto tenga un precio menos competitivo.

  • Comprueba que tu cliente o proveedor también posee el número VAT, esto puedes mirarlo fácilmente en la página de Hacienda. Sólo necesitarás el certificado digital o clave pin.

Si no estuviese registrado tu cliente, debes facturarle con IVA.

En el caso que tuvieses clientes europeos con sede física en España, entonces, si tendrías que facturarle con IVA.

  • No olvides, incluir en todas tus facturas intracomunitaria tu número VAT, y no solo el NIF, recuerda. Tan solo tienes que añadir al principio ES.
  • Tendrás que presentar el Modelo 349, en el cual, se incluyen todas las operaciones comerciales intracomunitarias, tanto adquisiciones como entregas, especificando el proveedor o el cliente, según el caso.
  • En tus declaraciones debes seguir deduciendo el IVA de forma normal, ya que, el alta en el ROI no influye en las desgravaciones, siempre que los gastos y compras sean necesarias para el desarrollo de tu trabajo.

➨ Aquí tienes lo que es la factura con retención.

irpf en facturas intracomunitarias

Facturas sin IRPF

Las facturas que envíes a tus clientes europeos, no tendrás que practicarle la retención soportada, ya que, los autónomos o empresarios españoles, ingresan esa retención mediante el Modelo 111, una obligación presente solo para los españoles.

➨ Consulta aquí como se rellena el Modelo 111

Pero eso no quiere decir que vas a ganar más dinero, ya que, estos ingresos se declararán en el Modelo 130, el cual, te exigirá el 20% del rendimiento obtenido, aunque recuerda que si el volumen de tu facturación con retención si alcanza el 70% no tendrás que presentar el Modelo 130.

Aquí no se tendrá en cuenta que el cliente o el proveedor no tuviesen el número VAT, no se aplicará IRPF de ninguna de las maneras.

➨ Accede aquí a nuestra calculadora de autónomos.

Ejemplo real

Consulta de un lector

Llevo casi 4 años como autónomo y desde el principio estoy dada de alta en el ROI.
Mi consulta es, cuando yo facturo a una empresa española, me acojo al 15% de IRPF, o sea, que me retienen un 15%. ¿Por qué cuando facturo a una empresa dentro de la UE, en el modelo 130 me retienen un 20% de IRPF? ¿Por qué es más caro para el autónomo trabajar con empresas europeas que con empresas españolas? ¿Ese 5% me lo devuelven al hacer la declaración de hacienda o lo doy por perdido?

Respuesta profesional.

Evidentemente, si llevas cuatro años de autónomo estarás reteniendo en tus facturas el 15%, si además tienes clientes europeos no le practicas retención, independientemente de que estés de alta o no en el ROI.

Por otro lado, recordar que, si superas en un 70% tu facturación con retención, no tendrás que presentar Modelo 130 y no te pedirán el 20% del beneficio, pero recuerda, que en IRPF anual (Modelo 100 o declaración de la Renta) tributarás por esos ingresos según tu tramo de escala.

Y, por último, tu devolución dependerá de la situación personal y deducciones vigentes que puedas aplicar, a más desgravaciones, más retenciones te devolverá la Administración.

Modelo de factura sin IRPF

factura sin irpf

No olvides añadir esta coletilla en tus facturas intracomunitarias.

Consejos prácticos

Además, te recomendamos que te asegures de que usas un IAE profesional, ya que, de eso dependerá tu obligación a retener, además de tener claro, que sólo retendrás a tus clientes autónomos o empresarios, o sea, que, si prestas un servicio a un particular, tan sólo tendrías que aplicar el tipo vigente de IVA que te corresponda, generalmente el 21%.

Recuerda que tus dos primeros años de actividad sólo tendrás que retener el 7% y los dos posteriores, pero no olvides informar a los clientes ya que se trata de un IRPF reducido, posteriormente se aplicará como norma general el 15%.

Por último, estas retenciones serán ingresadas en la Administración por parte de tus clientes, como pagos de tu IRPF, por el desarrollo de tu actividad, las cuales, podrán ser o no rescatadas, eso dependerá de las desgravaciones posibles.

Ahora ya sabes como funciona el IRPF en facturas intracomunitarias que hagas a tus clientes extranjeros. Si aún tienes dudas de algún tipo tan solo tienes que utilizar los comentarios y te ayudaremos.

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Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO TeamSystem Facturas Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de TeamSystem Facturas Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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— Entrevista sobre Ley Antifraude y Ley Crea y Crece en La Razón.
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
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68 comentarios

  • Buenos días, me han invitado a impartir un taller de fotografía en Portugal. No soy autónomo y me gustaría a ver si me pueden orientar de como puedo cobrar el taller. Yo en España cuando se me da este caso me lo pagan con una retención del 15% del IRPF y yo hago un recibí poniendo todos mis datos.

    Muchas gracias

  • Hola Ana, como norma general, en las facturas europeos, no tienes que practicar retención, ya que, los autónomos o empresarios españoles, ingresan esa retención mediante el Modelo 111, una obligación presente solo para los españoles. No obstante, en el siguiente enlace encuentras toda la información sobre la facturación a clientes extranjeros, https://www.billin.net/blog/facturar-cliente-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • ¡Hola!
    No me aclaro pero nada.

    Soy pequeño autónomo en Alemania y he hecho una factura para una universidad pública española.

    Yo tengo la exención del IVA aquí (porque en Alemania es así sin ingresolas menos de 17500 euros al año) pero me dicen de España que me tienen que descontar el IRPF.
    ¿Es eso así?

    Agradezco muchísimo la ayuda.

    Un saludo,

    Ana

  • Hola Esther, si estás dada de alta en el ROI y tu cliente intracomunitario también lo está, debes facturar sin IVA y sin IRPF. Ahora bien, tienes que presentar el Modelo 349 indicando la entrega intracomunitaria. En el siguiente enlace encontrarás todo lo referente a cómo facturar a una empresa extranjera, https://www.billin.net/blog/facturar-cliente-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.