¿Cómo solicitar los créditos ICO avalados por el Gobierno por Coronavirus?
El Gobierno ha decretado una primera ronda de ayudas valoradas en 20.000 millones de euros para créditos, donde éste se pondrá como avalista en todos los préstamos ICO por Coronavirus para las empresas y autónomos afectados por la crisis del COVID-19.
Desde TeamSystem Facturas Billin te mostramos las condiciones, documentación, así como las entidades donde acudir para acogerte a este tipo de avales.
➨ Para ayudarte a realizar los cálculos puedes utilizar nuestra calculadora de prestamos o accede a nuestro buscador de ayudas.
Veamos cómo proceder:
En este artículo encontrarás
- 1 Condiciones para solicitar las ayudas ICO COVID-19
- 2 Aprobado el segundo tramo de avales ICO
- 3 Tercer tramo de préstamos ICO Covid-19
- 4 Aprobado último tramo de las líneas ICO
- 5 Ampliación máxima de los créditos ICO
- 6 Nuevas ayudas del Gobierno del 12 de marzo de 2021
- 7 Documentación para los créditos ICO que te pide el banco
- 8 Documentación que te pide el ICO
- 9 Entidades bancarias donde solicitar créditos ICO por Coronavirus
Condiciones para solicitar las ayudas ICO COVID-19
En el Consejo de Ministros del 24 de marzo de 2020 se aprobaron las características del primer tramo de la línea de avales del ICO, los cuales podrán solicitar préstamos desde los autónomos hasta las grandes empresas.
Esta primera línea cuenta con 20.000 millones de euros.
La única diferencia es que habrá determinadas condiciones según el tamaño de la empresa.
El plazo para solicitar los créditos ICO se abre el 6 de abril de 2020 donde todas las empresas y autónomos podrán solicitarlos según las condiciones que ha decretado el gobierno. Este plazo finaliza el 30 de septiembre de 2020
El 50% de la cantidad que se ha puesto a disposición inicialmente está pensado para autónomos y PYMES que son el colectivo que más está sufriendo esta crisis y que generalmente más les cuesta acceder a financiación. El resto irá destinado a gran empresa.
NOTA: Es ilegal obligar al cliente a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener créditos vinculados a las ayudas por el covid-19. El Gobierno aprobó recientemente una línea de créditos avalados por el ICO, que cubre entre el 60 y el 80% del préstamo en caso de morosidad, de tal manera que al correr menos riesgos los bancos concedan esa liquidez sin temor a sufrir grandes pérdidas en sus cuentas. El cliente debe saber que la ley le protege y que no debe aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener un crédito. La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia ha abierto un buzón ([email protected]) para denuncias y quejas.
Veamos cuáles son:
Líneas ICO COVID-19 para autónomos, microempresas y PYMES
- Para autónomos y microempresas (hasta 10 empleados)
- Para empresas de hasta 250 empleados y ventas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros.
- Para cualquier sector de actividad.
- Para necesidades de liquidez como:
- pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos.
- pago a proveedores.
- pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.
- El importe que se podrá prestar será de hasta 1,5 millones de euros o hasta el 25% de ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal.
- Plazo de devolución del préstamo de hasta 5 años con 1 de carencia.
- El gobierno avala el 80% del importe del préstamo.
Líneas ICO COVID-19 para grandes empresas
- Para empresas de más de 250 empleados y ventas superiores a 50 millones de euros o con un total de activo superior a 43 millones de euros.
- Cualquier sector de actividad.
- Para necesidades de liquidez como:
- pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos
- pago a proveedores
- pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.
- El importe que se podrá prestar será de hasta el 25% de ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal.
- Plazo de devolución de hasta 5 años con 1 de carencia.
- Garantía del 70% para nuevas operaciones y 60% en renovaciones.
Estas son las condiciones generales bajo las cuales se pueden acoger las empresas y autónomos. La diferencia básica es la cantidad avalada y el máximo de crédito que se puede pedir según tipología del negocio en tamaño y facturación.
Este crédito debe solicitarse al banco, aunque en la aprobación también intervendrá el ICO. Por este motivo, debes preparar documentación para ambas entidades.
➨ Consulta aquí lo que debes saber antes de contratar préstamos para empresas o préstamos para autónomos.
Aprobado el segundo tramo de avales ICO
El viernes 10 de abril el Gobierno a aprobado el segundo tramo de créditos ICO, dotado también con 20.000 millones de euros, para que las empresas y los autónomos que no pudieron acceder a los primeros fondos puedan hacerlo en esta segunda remesa.
Estaba así estipulado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo donde se contemplaban los 100.000 millones en créditos ICO y que se sacarían progresivamente según la necesidad.
En esta segunda remesa se están pensado condiciones nuevas que puedan favorecer a las PYMES y a los autónomos, ya que son las que más los están solicitando en este caso.
Si se consume esta segunda remesa el Gobierno tiene pesado dotar de más avales a los bancos para que concedan los créditos bajo las condiciones acordadas por el Instituto de Crédito Oficial.
Tercer tramo de préstamos ICO Covid-19
El Gobierno ha aprobado el 5 de mayo la tercera línea de créditos ICO por valor de 24.500 millones de euros.
Estos tienen como objetivo garantizar la inyección de liquidez a las PYMEs y a los autónomos que se hayan visto afectadas por la pandemia del Covid-19 y que todavía no han tenido acceso a estas ayudas.
La ministra de Hacienda ha recalcado que no están permitidos los abusos por parte de los bancos en cuanto a las condiciones de apertura e intereses y estos créditos no están supeditados a otro tipo de servicios que ofrecen los bancos.
10.000 millones irán destinados a las pymes y autónomos, que son los más castigados por la crisis y 10.000 para empresas de mayor tamaño.
Los 4.000 millones restantes van dirigidos para avalar los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija.
Todas las empresas que quieran acceder a esta ayudas deben tener la sede social en España.
Aprobado último tramo de las líneas ICO
El Gobierno ha aprobado ya el quinto y último tramo de los préstamos ICO con 15.500 millones para empresas y autónomos
Ampliación máxima de los créditos ICO
El gobierno a aprobado el 17 de noviembre la extensión de los avales del ICO hasta el próximo 30 de junio de 2021 y ampliará los periodos de carencia a 24 meses y de devolución hasta un máximo de 8 años que es lo que permite la ley europea.
Esta medida es para apoyar a las empresas solventes con lo que no es posible que se acojan a esta medida empresas en procesos de concurso de acreedores.
En esta nueva medida también se ha aprobado la reducción del IVA de las mascarillas del 21% al 4%
Nuevas ayudas del Gobierno del 12 de marzo de 2021
Con el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, el Gobierno de España a parobado nuevas ayudas para las empresas y los negocios.
Las ayudas son de 11.000 millones de euros de los cuales 7.000 millones son en ayudas directas 1.000 son para como apoyo a la solvencia de las empresas y 3.000 millones para la reestructuración de los créditos avalados por los ICO donde la extensión hasta el próximo 31 de diciembre del plazo para solicitar préstamos con aval del ICO y como condición es que las empresas deben mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022, además de no repartir dividendos ni estar presentes en paraísos fiscales.
Documentación para los créditos ICO que te pide el banco
Como en todas las operaciones de crédito, el banco te pide una serie de documentación para realizar un estudio de riesgo y ver si pueden concederte el crédito.
La documentación que debes preparar es:
- Impuesto de Sociedades del 2018 y auditoría de la empresa.
- Balance de situación y Cuenta de pérdidas y ganancias del 2019 actualizado.
- El Modelo 390 del año 2019.
- El Modelo 190 del año 2019.
- El Modelo 303 Trimestrales 2019.
- El Modelo 111 Trimestrales 2019.
- El Modelo 347 del año 2019.
- Certificados de estar al Corriente de pago de Seguridad Social y Hacienda. Este certificado, que se puede solicitar a través de Internet, acredita que no tienes deudas de ningún tipo con los órganos con los que debes cumplir con tus impuestos.
- Pool Bancario de las fuentes de financiación con las que se cuente, en caso de haberlas.
- Cap table (porcentaje de accionariado y capital invertido total). Si en tu empresa hay inversores o el capital social está dividido, hay que mostrar todos esos datos desglosados.
- Escritura de constitución y escrituras de ampliación de capital.
- Investor deck o presentación comercial.
- Business plan y finalidad de la inversión o financiación. Es decir, detallar para qué necesitas el dinero.
Estos son los documentos que suelen pedir las entidades bancarias según el tipo de negocio que tengas y no todos serán necesarios. Sólo es una aproximación para que lo tengas en cuenta a la hora de empezar con los trámites.
El tipo de interés lo fijará el banco según sus propias condiciones, pero siempre atendiendo a la emergencia de la situación y no siendo superior al tipo de interés que venía ofreciendo hasta la fecha. Con esta limitación el Gobierno quiere que las entidades no se aprovechen de la situación.
Documentación que te pide el ICO
Una vez has facilitada toda la documentación al banco, este la remite al ICO para que la revise, ya que todavía queda un último paso antes de que te puedan conceder el crédito de ayuda.
El ICO, a través del banco, te solicitará que rellenes tres formularios que son imprescindibles:
Anexo cero de documentación de tu negocio
Este es un documento extenso donde se facilita al ICO toda la documentación importante de tu negocio como la razón social, el tipo de empresa, el tipo de financiación que solicitas y el uso, pero sobre todo los datos económicos que muestren el estado de tu empresa.
Para cubrir este documento de forma correcta el ICO te facilita una guía detallada para su cumplimentación paso a paso.
Declaración responsable jurada
Es un documento donde declaras que el importe del préstamo no supera el doble de los costes salariales anuales de tu negocio o no supera el 25% del volumen de negocio del año anterior.
Esta declaración se hacer para limitar la cantidad de lo que se puede pedir, ya que teniendo en cuenta cualquiera de las dos situaciones descritas arriba, la cantidad entrará dentro de lo que necesitaría la empresa en condiciones normales y que puede necesitar realmente.
Declaración de ayudas sujetas al reglamento de Minimis
En esta declaración debes informar si has recibido otras ayudas de la UE por un importe inferior a 200.000 €. En caso de haberlas recibido, indicar las cantidades, el organismo y el destino de la ayuda.
Para solicitar este tipo de ayudas solo tendrías que acudir a tu banco personal, ya que están disponibles en casi cualquier entidad bancaria, pero en este caso, con el Estado de Alarma en que nos encontramos y con la movilidad reducida a mínimos, lo ideal es hacerlo a través de Internet.
Por ello vamos a facilitarte los enlaces directos a los principales bancos para que solicites información de los créditos de las líneas ICO COVID-19:
- Línea ICO COVID-19 Santander
- Línea ICO COVID-19 BBVA
- Línea ICO COVID-19 CaixaBank
- Línea ICO COVID-19 Banco Sabadell
- Línea ICO COVID-19 Bankia
Todos los prestamos ICO por Coronavirus están avalados por el Estado con lo que los bancos tienen facilidad a la hora de concederlos. Sólo asumen riesgo sobre un porcentaje del total prestado. Este porcentaje oscila entre un 20% y un 40% del total, según el caso y siempre que se cumplan con las condiciones dictadas.
A partir del 30 de abril los avales que no se hayan utilizado por parte de las entidades de crédito asignadas se destributar entre los que sí hayan agotado los suyos para no dejar fondos bloqueados.
➨ Accede aquí a todas las ayudas para autónomos o a las ayudas para Pymes por Coronavirus.
Si tienes dudas con los préstamos ICO o necesitas ayuda adicional solo tienes que pedirla en los comentarios o en nuestro grupo de soporte en Facebook.
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225 comentarios
Quiero saber si él puede cobrarme comisiones por tener una cuenta bancaria del ayuda ICO???
Hola Vitali, los préstamos ICO no tienen comisiones de apertura o estudio, pero sí una comisión de cancelación en caso de amortización anticipada. Esta amortización puede ser de 1 a 10 años, 12, 15 ó 20 con hasta 2 años de carencia si se financia inversión o inversión y liquidez. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre los préstamos ICO, https://www.billin.net/blog/avales-prestamos-ico-coronavirus/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenas tardes,
Es obligatoria la carencia en los prestamos liquidez empresas.
Me han ofrecido el interés del 1,52%. es correcto o son mas baratos.
Comisión por amortización anticipada 1% se cobra en estos prestamos?
gracias.
Hola Carlos, el Ejecutivo estableció que los periodos de carencia en el que los beneficiarios de los préstamos sólo pagarán intereses de la deuda se extenderían hasta un máximo de 24 meses. Dependiendo de los plazos de devolución de si hay carencia o no, habrá un TAE u otro. Los préstamos ICO no tienen comisiones de apertura o estudio, pero sí una comisión de cancelación en caso de amortización anticipada. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre este tipo de préstamos para empresas, https://www.billin.net/blog/avales-prestamos-ico-coronavirus/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola Mihai, actualmente existen diversas ayudas estatales y autónomicas, destinadas a emprendedores, te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información, https://www.billin.net/blog/ayudas-autonomos-por-coronavirus/. Espero haber aclarado tus dudas.