Actualizado: 15 febrero, 2021 · 27 comentarios · 5 min de lectura

Subsidio por desempleo para autónomos: todo lo que debes saber

subsidio por desempleo autonomos
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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En este artículo te contamos como funciona el subsidio por desempleo para los autónomos y cuáles son las circunstancias en las que tendrías derecho a este tipo de ayudas.

 

Diferencia entre subsidio y desempleo

Veamos la diferencia de estos dos términos, ya que, en la vida real muchas personas los confunden creyendo que tienen el mismo significado.

Por un lado, está el desempleo, más conocido como el “paro”, el cual, corresponde a la prestación contributiva que recibe un trabajador tras haber estado cotizando a la Seguridad Social y haber finalizado su contrato laboral con la empresa correspondiente.

➨ Aquí tienes toda la información sobre el paro para autónomos.

En cambio, el subsidio por desempleo autónomos, es una ayuda social que se facilita a una persona que haya trabajado menos de un año, aunque tendrán que cumplir otros requisitos complementarios, que son:

  • Estar en desempleo y mantenerse inscrito como demandante mientras dure este subsidio.
  • Suscribir un compromiso de actividad.
  • Haber cotizado un mínimo de seis meses y menos de doce.
  • Haber cotizado por desempleo al menos tres meses y tener o no responsabilidades familiares.
  • No percibir rentas de cualquier tipo que superen el 75% del salario mínimo interprofesional
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¿Se puede cobrar subsidio y ser autónomo?

Si te encuentras en la situación de no poder acceder a la prestación por cese de actividad, y has agotado cualquiera de las ayudas que pudiesen corresponderte, en un principio, la Seguridad Social no contempla ningún subsidio por desempleo autónomos.

Pero si estás cobrando un subsidio antes de darse de alta como autónomo, no lo perderás, sencillamente quedará suspendido y lo podrás recuperar si el intento de emprendedor no sale bien y tienes que darte de baja en autónomos.

Ahora bien, a partir de la fecha en la que el trabajador está dado de alta como autónomo, el SEPE le ingresará la parte proporcional del mes hasta el día anterior al alta en RETA (se regula en la LGSS en el art. 212.1 d)

“El derecho a la percepción del subsidio se suspenderá…………………. mientras el beneficiario realice un trabajo por cuenta propia de duración inferior a 24 meses o a 60 meses en el supuesto de trabajadores menores de 30 años de edad……………….”

¿Puede un autónomo solicitar el subsidio para mayores de 55 años?

En España existe un subsidio de desempleo para mayores de 52 años, pero está pensado para los desempleados que han agotado su desempleo o “paro”, (anteriormente se denominaba subsidio para mayores de 55), aunque si cumples todos los requisitos podrías acceder a él, aunque tu último trabajo haya sido como autónomo.

Se hizo una modificación del subsidio para mayores de 55 años, variando algunas condiciones de las personas que lo están percibiendo, como ampliar su duración hasta la fecha ordinaria de jubilación.

Como ves, la respuesta a ¿puede un autónomo solicitar el subsidio para mayores de 55 años?, sería sí.

El subsidio para mayores 52 años autónomos

Para percibirlo debes estar inscrito como demandante de empleo, no puedes tener derecho a paro y, por último, tener más de 52 años.

Los autónomos pueden cobrar la ayuda de mayores de 55 años, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en el desempleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo, no haber rechazado ninguna oferta de colocación y, por último, no haberse negado a la formación o conversión profesional.
  • Haber cotizado por desempleo entre 90 y 359 días
  • Cumplir el compromiso de actividad.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza y que el cómputo mensual no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.

Por tanto, si cumples todos estos requisitos, sí podrá acceder al subsidio mayores de 52 años autónomos.

¿Existen ayudas para mayores de 45 años autónomos?

También, existe la posibilidad de acceder a lo que se conoce como Renta Activa de Inserción para desempleados mayores de 45 años que no tienen acceso a ningún subsidio.

Los requisitos para acceder a ella, independientemente del régimen en el que hayas cotizado son:

  • Estar en el desempleo e inscritos como demandante durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación y no rechazar las ofertas de colocación.
  • Tener un compromiso de actividad y haber agotado el desempleo
  • Tener cumplidos los 45 años cuando se te agota la prestación contributiva
  • Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional
  • Estos requisitos deben reunirse en el momento del hecho causante, es decir, dentro del plazo de espera de un mes o la finalización de la causa de suspensión

Si, por ejemplo, un autónomo reanuda su desempleo, podría acceder a ella después de agotar la prestación por desempleo, siempre que cumpla el resto de requisitos.

Si el solicitante tuviese derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, percibiría éste.

Esperamos que tengas ahora más clara la diferencia entre paro y subsidio para autónomos. Este último es una ayuda extendida más allá del paro, pero que para cobrar necesitas unas determinadas condiciones

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
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27 comentarios

  • hola mi situación es la siguiente, cotice al regimen general mas de 15 años y luego otros 15 como autonomo, en febrero 2020 di de baja mi negocio por causas economicas, la mutua me lo reconocio y he estado 4 meses cobrando el paro de los autonomos….ahora he solicitado la ayuda para mayores de 52 años, tengo 56 y se supone que reuno los requisitos pero el SEPE me la deniega, ¿es que el paro de los autonomos no se considera una prestación contributiva por desempleo? porque simplemente me dicen que no reuno los requisitos…..gracias

    • Hola, para solicitar la ayuda de mayor de 52 años, habrá que cumplir los siguientes requisitos: estar en desempleo, tener cumplidos los 52 años o más en la fecha que se agote la prestación o el subsidio, haber cotizado un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, carecer de rentasw propias en un cómputo mensual superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Si reunes todos estos requisitos en el momento del hecho causante podrás acceder a esta ayuda. Espero haber aclarado tu duda.

  • Hola,
    les explico mi situación.
    He cotizado en la Seguridad Social 25 años. En 2012 dejé de trabajar y cobré dos años de paro.
    Después he estado en paro hasta que en Septiembre fui administradora de una empresa que formé y como tal he estado cotizando como autónoma.
    Tengo 56 años y me veo obligada a cerrar la empresa.
    ¿Puedo solicitar algún tipo de subsidio? No tengo ningún otro ingreso.
    Gracias y un saludo

  • Somos autónomos .nos dimos de baja por cierre de negocio hosteleria.Mi marido tenía acumulado para de antes.piede cobrar el paro acumulado antes de Sr autónomo y tb lo k le pertenece por autónomo en la Mutual??? O solo lo del INEM???gracias

  • Hola buenos días, necesitaría una aclaración, según leo en sus informaciones el autónomo TIENE DERECHO a la ayuda a a mayores de 52 años a mi me la denegaron esta semana con este historial de cotización

    20 años cotizados como autónomo

    19 como régimen de la Seguridad social

    terminado subido por cese de actividad durante 6 meses

    COMO SE PUEDE RECURRIR EL SEPE SU DENEGACION

    En general nadie me informa como hacerlo, todo el mundo dice que tengo derecho, pero ellos me lo deniegan.( tengo toda la documentación )

    ESTARÍA MUY AGRADECIDO si pudieran ayudar

    Carlos Gracia

    • Hola Carlos, los requisitos para acceder a esta prestación son: No tener derecho a prestación por desempleo o subsidio, por haberlos agotado o no tener cotización suficiente para ello.
      Estar inscrito como demandante de empleo al menos durante un mes sin haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación ni haberse negado a participar en una actividad formativa.
      Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
      Haber cotizado lo suficiente para tener derecho a la pensión de jubilación, es decir, al menos 15 años.
      Tener cumplido 52 años de edad, en caso de que no tuviera esa edad en el momento que pudiera tener derecho a este subsidio, deberá estar inscrito de manera ininterrumpido como demandante de empleo.
      Carecer de rentas de cualquier naturaleza que no superen, en cómputo mensual, el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional excluyendo las pagas extras, es decir, 712,5 euros al mes en el año 2021 (75% de 950 euros).
      Cumplir los anteriores requisitos es el primer paso para tener derecho al subsidio para mayores de 52 años, el segundo es encontrarse en una de estas situaciones: agotar el paro o subisidio, haber finalizado la relación laboral sin derecho a paro, trabajador retornado que ha estado trabajando en otro país, revisión de una incapacidad permanente y trabajador que cumple una pena de prisión. Comprueba que cumples todos los requisitos, y podrás presentar un recurso contra el SEPE, te dejo un enlace donde encontrarás un modelo de recurso https://www.billin.net/blog/recurso-de-reposicion/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Hola.cotize durante 5 meses como autonoma luego traspase el negocio.minpregunta es si tras haber cotizado 5 meses me corrsponde algun tipo de subsidio o prestación o no?tengo 35 años , con una hija y parada de larga duración.les agredezco si me podrian orientar.gracias

      • Hola Amel, con respecto a la cotización de autónomo durante 5 meses, no te correspondería el cese de actividad. Te recomiendo que solicites cita previa en el SEPE para que te asesoren sobre el derecho a cobrar algún subsidio, que pudiese corresponderte. En este enlace encontrarás una mayor información sobre las diferentes prestaciones de desempleo que se pueden solicitar, https://www.billin.net/blog/subsidio-por-desempleo-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

    • Parece que hay una intruccion interna en el Sepe que deniegan este subsidio si se ha cobrado el cese de actividad mira en la pagina 4 de este pdf que es un documento interno del sepe esperemos que esto cambie y los autónomos tengamos igualdad de derechos que personas por cuenta ajena espero que hayas solucionado tu situación Saludos file:///C:/Users/TOSHIBA/Downloads/consulta_ficha_criterio%20(8).pdf

  • Hola,soy autónoma y estoy en el paro desde hace 5 años ,no tuve paro porque no lo había ,en su lugar cobre la RGI durante un año.luego he vivido de la pensión de mi madre,llevo pagando autónomos casi 33 años,ahora mi madre está en una residencia y me han concedido la RGI ,el problema es que no se si me llegará el dinero para todos los gastos,tengo que seguir pagando autónomos hasta que me jubile ,el SEPE no me da ninguna ayuda porque no cobre paro (como ya he dicho no lo había ),¿Hay alguna ayuda ,que pueda cobrar además de la RGI ????Espero su respuesta.saludos.

  • Hola,tengo 60 años y 35 años cotizados de autónoma,dos años en paro,sin ninguna ayuda ni prestación cobrada nunca,tendría derecho al subsidio para mayores de 55 años ? MI marido también es autónomo

    • Hola Carmen, los requisitos para acceder al subsidio de mayores de 52 años son: estar en desempleo, tener cumplidos 52 años o más, ener como mínimo 15 años de cotizaciones para la jubilación; además, de ese mínimo de 15 años de cotizaciones, al menos dos deberán haberse cotizado dentro de los últimos 15 años antes de solicitar el subsidio, haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral, carecer de rentas propias, estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes y suscribirse al compromiso de actividad. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre el subsidio para mayores de 55 años, https://www.billin.net/blog/subsidio-por-desempleo-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Puedo solicitar el subsidio por desempleo treinta años cotizados como autónomo
    Nueve años en el paro
    Y he trabajado seis meses en el régimen general
    Adad 63años

    • Hola, los requisitos necesarios para pedir esta ayuda para mayores de 55 años son: Encontrarse desempleado; Tener cotizados al menos 6 años a lo largo de la vida laboral; Haber cumplido los 55 años (o más) en la fecha de fin del cobro por desempleo, o cumplir tal edad en el momento en el que se reúnan los requisitos necesarios para beneficiarse de las siguientes ayudas:
      en situación de agotamiento de la prestación contributiva, tener la condición de emigrante retornado, situación de revisión por mejoría de invalidez, solicitante liberado de prisión o en caso de cotizaciones insuficientes para el subsidio contributivo, así como cumplir los 55 años durante la percepción de éstos; Hallarse inscrito en la demanda de empleo durante un mes, desde la finalización de la prestación, no habiendo rechazado ninguna oferta de colocación adecuada; Estar suscrito al compromiso de actividad; No haberse negado a participar en las diferentes formativas o de promoción profesional, desde la fecha de agotamiento del subsidio contributivo; La inscripción ha de estar activa a lo largo de todo el periodo de cobro del subsidio; Tener cumplidos los requisitos necesarios, a excepción de la edad, para acceder a cualquier pensión de jubilación perteneciente al Sistema Español de la Seguridad Social; Estar incluido en algún caso de entre los siguientes: estar en derecho de percibir subsidio por desempleo, haber finalizado la prestación contributiva o subsidio, tener la condición de emigrante retornado (sumar como trabajados al menos 12 meses fuera de España, en países que no pertenezcan a la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo) y no pudiendo ser beneficiario por derecho de la prestación contributiva por desempleo, no tener derecho a cobrar el paro por ser liberado de prisión, siendo la privación de libertad mayor a 6 meses, ser declarado capaz o inválido parcial a consecuencia de una revisión por mejoría de situación previa de gran invalidez, invalidez absoluta o total para realizar la profesión habitual, encontrarse en situación legal de desempleado, no teniendo por ello derecho a prestación contributiva por desempleo en el caso de no completar el período mínimo de 12 meses de cotización, habiendo cotizado al menos 3 meses, no estar en posesión de rentas que excedan en un 75 % el Salario Mínimo Interprofesional (excepto la proporcional de dos pagas extraordinarias). En este artículo encontrarás una mayor información sobre este subsidio, https://www.billin.net/blog/subsidio-por-desempleo-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola, tengo 26 años casado y estoy cobrando el subsidio por desempleo , y quiero trabajar como autónomo mi pregunta es : puedo darme de alta como autónomo y seguir cobrando el subsidio ??

    • Hola, en España puede darse la situación de que un trabajador esté recibiendo un subsidio por desempleo y darse de alta como trabajador autónomo, según recoge la normativa vigente, comenzar una actividad por cuenta propia como trabajador autónomo no conlleva la extinción del derecho a recibir un subsidio por desempleo. Eso sí, la persona beneficiaria tendrá la oportunidad de suspender la percepción de la prestación durante un máximo de 60 meses. Te dejo un enlace donde encontrarás una mayor información sobre la compatibilidad de cobrar prestación y ser autónomo, https://www.billin.net/blog/cobrar-paro-ser-autonomo/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola e trabajdo 18 años de los 8 últimos de autonomo familiar y sin derecho al paro tenia 50 años y en julio de este mes e cumplido 52 llevo apuntado al paro desde julio e solicitado el subsidio para mayores de 52 y me la an rechazado dos veces diciendo que no cumplo los requisitos bueno en este caso estoy hablando en mi nombre pero es el caso de mi mujer alguien podría explicarme con palabras sencillas muchas gracias

    • Hola Miguel, para poder acceder a la ayuda de mayor de 52 años hay que cumplir una serie de requisitos que son: estar en desempleo,
      no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua,
      tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio, haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años y, por último, haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. En el caso de no cumplir alguno de estos requisitos no podrías acceder al subsidio, en este enlace encontrarás una mayor información sobre esta prestación, https://www.billin.net/blog/subsidio-por-desempleo-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.»

  • Hola! Estuve trabajando en una frutería 21 años, los tres meses últimos de baja por problemas en una rodilla, por la cual tengo que operarme otra vez después de llevar ya 2 operaciones, al final tuve que dejarla por no poder cojer pesos y de pié mucho tiempo. Tengo 60 años, cuando la dejé tenia 57 años. Qué puedo hacer? Gracias!

  • Tengo 62 años, tengo cotizados unos 7 años del régimen general y los últimos 21 como autónomo, del régimen anterior he cobrado un paro de 1 año que finalizo en enero de este año y he solicitado el IMV que no tengo muchas esperanzas ya que lo solicite a primeros de enero y no se nada de ello. Me gustaría saber si hay algún subsidio o alguna forma de pedir la pre jubilación ya que buscar trabajo para mi edad es una misión imposible. Muchas gracias.

    • Hola Angel, durante el 2022 los autónomos que quisieran percibir el 100% de su pensión podían retirarse con 65 años siempre que hayan cotizado al menos 37 años y 6 meses. En caso de haber cotizado menos, tendrán que esperar a los 66 años y 2 meses para hacerlo, En el siguiente enlace encuentras toda la información sobre el paro de autónomos, https://www.billin.net/blog/derecho-paro-autonomo. Espero haber aclarado tus dudas.