Cómo facturar a clientes extranjeros desde España

facturar al extranjero desde españa

Cuando tienes una empresa, uno de los principales objetivos es el crecimiento tanto en volumen de negocio como en alcance y trabajar con otros países se convierte en un sueño que consigues hacer realidad.

Con en este artículo queremos ayudarte a lograr tus objetivos mostrándote la forma en la que debes de facturar a tus clientes extranjeros desde España, sean comunitarios o extracomunitarios.

Y, si además cuentas con TeamSystem Facturas Billin, nuestro programa de facturación online, te permitirá realizar todas estas acciones con mayor facilidad y agilidad.

¿Cómo emitir una factura a una empresa extranjera?

La internalización de las empresas hace absolutamente imprescindible el que conozcamos al detalle cómo se debe emitir una factura a una empresa extranjera desde España.

Para ello, hay que tener claro que existen diferentes situaciones en las que nos podemos encontrar, puesto que, no es lo mismo facturar a una empresa ubicada en la Unión Europea que realizar una exportación a empresas situadas fuera de la Unión Europea.

Antes de facturar servicios a una empresa extranjera, debes tener presente las siguientes cuestiones: El IVA es un impuesto recaudatorio que grava el consumo final. Por eso es importante tener claro si procede aplicarlo, en qué momento y a quién, para saber, después, cómo realizar la liquidación.

  • Si el bien o servicio que facturas va a ser consumido por un cliente extranjero, cambiará su fiscalidad. Para saber qué impuestos hay y cómo aplicarlos, tenemos que conocer cómo es el cliente extranjero, es decir, si es empresa o particular, comunitario o de fuera de la UE, etc. 
  • Para emitir una factura a una empresa extranjera tienes que conocer el país donde reside, su divisa y la procedencia del dinero. Esto es importante porque:
    • La fiscalidad de su país nos influye a la hora de cumplir con nuestras obligaciones tributarias.
    • El tipo de cambio, al variar diariamente, puede generarnos sorpresas desagradables.
    • La procedencia del dinero es necesaria para cumplir con la normativa de prevención de lavado de dinero y vernos implicados en operaciones ilegales.

Conocer el tipo de cambio según la divisa de tu cliente. Esto es porque las fluctuaciones del tipo de cambio pueden afectar directamente al importe recibido, pudiendo generar ganancias o pérdidas no contempladas y que se deben de contabilizar correctamente.

¿Qué necesitas para facturar al extranjero desde España?

Lo primordial para que una empresa pueda facturar al extranjero desde España es darse de alta en el ROI (Registro de Operador Intracomunitario) en Hacienda mediante el Modelo 036, para que posteriormente se te asigne un NIF-Intracomunitario de IVA, de manera que puedas facturar a las empresas situadas en la Unión Europea.

Debes conocer las tres diferentes situaciones que pueden surgir cuando vas a facturar al extranjero desde España:

  • Empresas de la Unión Europea.
  • Clientes particulares de la Unión Europea.
  • Empresas o particulares situados fuera de la Unión Europea.

¿Cómo facturar a un cliente de la Unión Europea?

Por definición, un cliente es considerado empresa intracomunitaria cuando tenga su residencia en alguno de los países miembros de la Unión Europea. Entonces, las operaciones para aquellos clientes que se encuentren fuera de la UE, serán tratadas como importaciones y exportaciones.

Sabemos que dentro de la UE, tenemos que tributar por IVA y esto nos va a dar 2 posibles situaciones:

  • Si la operación que facturamos está sujeta a IVA, hay que aplicarlo en la factura al cliente como una factura normal. 
  • Si la empresa o el cliente  está dado de alta en el ROI, entonces la factura estará exenta de IVA. 

Pero para poder realizar estas operaciones es muy importante que recuerdes que los 2 tenéis que estar dados de alta en el ROI, tanto tú como tu cliente. 

No obstante, estas facturas, aunque estén exentas de IVA, tienes que incluirlas en tus declaraciones, es decir, en el Modelo 303 de IVA trimestral y en el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

Otro punto a tener en cuenta cuando vamos a facturar a empresas o profesionales intracomunitarios es el objeto de la transacción:

  • Si facturamos servicios, se facturará exento de IVA, siempre y cuando las partes estén dadas de alta en el ROI, salvo los servicios recogidos en el artículo 70 de la Ley del IVA, como son servicios de transporte, servicios de restauración y los servicios relacionados con inmuebles en España (alquileres, venta, reparaciones…), etc.
  • Si facturamos bienes, la factura también estará exenta de IVA, y se dará la inversión en sujeto pasivo, es decir, que el comprador es quien hace la liquidación en su país. En todo caso, también habrá que presentar los mismos modelos tributarios que para los servicios.

Si vas a hacer este tipo de operaciones y necesitas un modelo de facturas para clientes de la UE, aquí te facilitamos de forma gratuita una plantilla de factura intracomunitaria.

Facturar a Portugal desde España

Vamos a ver un ejemplo de facturación intracomunitaria. Supongamos que tenemos una empresa cliente con sede en Portugal.

Lo primero que vamos a hacer es comprobar que es un operador intracomunitario porque el registro no es algo permanente, sino que debe de renovarse periódicamente. Para comprobarlo puedes consultar su NIF en la web de la Unión Europea diseñada para ello.

Después, a la hora de emitir la factura, recuerda que, además de los datos habituales, tienes que incluir los siguientes:

  • Los datos completos del cliente, incluyendo su NIF Comunitario comprobado.
  • Tus datos como proveedor, también con tu NIF y tu NIF Comunitario.
  • Indicar que el IVA aplicado es 0%, es decir, que está exento de IVA.
Fuente: elaboración propia

¿Cómo facturar a una empresa fuera de la Unión Europea?

Facturar una prestación de servicios fuera de la Unión Europea, es lo mismo que facturar una exportación.

La Ley del IVA, en su artículo 21, dice que las exportaciones de bienes estarán exentas de IVA, independientemente de que el destinatario sea una empresa o un particular.

En este caso, cada vez que emitamos una factura de exportación, tendremos que añadir una coletilla en la misma factura indicando “Artículo 21.1 de la Ley 37/1992”.

También vas a tener que guardar junto a la factura comercial el documento de transporte internacional y el DUA de exportación.

Ahora bien, esto se aplica solo para la exportación de bienes, ya que la prestación de servicios a clientes particulares fuera de la Unión Europea sí tributará en IVA.

Facturar a Estados Unidos desde España

En el caso de que tengamos un cliente en los Estados Unidos, aunque ya sabemos que las exportaciones están exentas de IVA, tendremos que indicarlo expresamente en la factura para evitar posibles incidencias.

Entonces, para la elaboración de esta factura tenemos que tener en cuenta que la exportación debe estar bien documentada y que la operación sea conforme a la normativa fiscal y aduanera.

  1. Identificación del cliente:
    • Nombre completo o razón social.
    • Dirección fiscal completa indicando el país (Estados Unidos).
    • Número de identificación fiscal si lo tiene, aunque no siempre es obligatorio para el cliente extranjero. En el caso de EE. UU., será el TIN o EIN.
  2. Exención del IVA:
    • Incluir en factura que está exenta de IVA con el siguiente texto “Operación exenta de IVA según el artículo 21 de la Ley del IVA” en España.
  3. Moneda de facturación:
    • Puedes emitir la factura en euros o en dólares estadounidenses, dependiendo de lo acordado con tu cliente. En caso de utilizar el euro debes indicar el tipo de cambio utilizado.
  4. Desglose de la factura:
    • Detallar de forma clara los productos o servicios prestados, incluyendo el número de unidades, precio por unidad y total sin IVA.
    • Indicar también si hay gastos adicionales (transporte, aduanas, seguros, etc.), también deben detallarse.
  5. Información sobre la facturación:
    • Número de factura, número único y correlativo.
    • Fecha de emisión de la factura.
    • Condiciones de pago y plazos (si aplica).
  6. Documentación adicional aduanera
    • DUA (Documento Único Administrativo): Declaración aduanera obligatoria.
    • Prueba de exportación: Documento que certifica que los bienes han sido exportados fuera de la UE.

Ejemplo de factura a EE.UU.

 

Fuente: elaboración propia

Facturar a Marruecos desde España

En el caso de Marruecos, dado que está fuera de la UE, también es una exportación, por lo que para hacer la factura deberás tener en cuenta las mismas cosas que en el caso de EE.UU., aunque con las siguientes diferencias:

  • En la dirección fiscal indicar que se trata de Marruecos.
  • Incluir el NIF del cliente siempre que este lo tenga.
  • Respecto a la documentación aduanera, tendrás que presentar:
    • El DUA (Documento Único Administrativo), que sirve para declarar la exportación a las autoridades aduaneras.
    • Certificado de origen: Marruecos puede requerir un certificado de origen para aplicar aranceles preferenciales u otros beneficios comerciales.
    • Factura comercial: detallada y con toda la información requerida tanto por la normativa de facturación española como por la marroquí.

Como ves, aunque las exportaciones a países extranjeros parten de una base común, hay que adecuarse a la normativa específica de cada uno de esos países.

En el caso concreto de Marruecos:

  • En aduanas se requiere cumplir con la normativa aduanera y presentar la documentación correspondiente, tanto en España como en Marruecos.
  • Hay que asegurarse de tener la certificación de exportación, una prueba de exportación, como el DUA validado, para justificar ante Hacienda la exención del IVA.

Ejemplo de factura a Marruecos:

Fuente: elaboración propia

¿Cómo facturar a clientes extranjeros particulares de la UE?

Anteriormente, hemos hablado de la facturación a empresas o autónomos pertenecientes a la UE., pero ¿Qué ocurre si nuestro cliente es un particular? 

En el caso de que se facture a particulares de la Unión Europea, el tratamiento fiscal del IVA no solo va a cambiar, sino que también se tendrá que tener en cuenta lo que se va a facturar, es decir, si se trata de una venta de bienes o una prestación de servicios:

  • Si facturamos servicios a un cliente particular de la Unión Europea, como norma general, tributarán en el país de origen, en nuestro caso España, y, por lo tanto, será interpretada como cualquier otra operación nacional. Esto quiere decir que se tendrá que incluir en los Modelos 303 y 349.
  • Si facturamos bienes a un cliente particular de la Unión Europea, también se tributará en el país de origen, y estará sujeta a IVA. Y por supuesto, también se incluirán en los Modelos 303 y 349.

Existe un tercer caso que es cuando se realizan  ventas a distancia a particulares. En esta situación lo que se hará es aplicar un Régimen Especial: Si el importe es inferior a 35.000 € euros en España, se aplicará el IVA del país de origen para nosotros España).

  • En caso de ser superior a los 35.000 € se facturará con el IVA del país destino.

En resumen, cuando se emite una factura a un cliente particular intracomunitario, el IVA aplicado dependerá de cómo es el objeto de la facturación.

  • Bienes: el IVA del país del cliente.
  • Servicios: el IVA del país del vendedor.
  • Servicios digitales o de telecomunicaciones: el IVA del país comprador.

¿Cómo facturar exportaciones?

En los puntos anteriores ya hemos visto lo que ocurre con las operaciones con empresas clientes fuera de la UE, en los casos prácticos de EE.UU y Marruecos: a la hora de facturar una exportación a una empresa lo haremos exento de IVA.

Además, tampoco será necesario el alta en el ROI ni incluirlas en el Modelo 349. Sin embargo, sí que será imprescindible que se incluya en la casilla 60 en “información adicional” del Modelo 303.

Como norma general, para realizar operaciones de exportación y emitir las correspondientes facturas de manera correcta, solo necesitarás tener el DUA como exportador, y añadir la coletilla “Artículo 21.1 de la Ley 37/1992” en tus facturas.

Otro punto muy importante a tener en cuenta es que si vendes a Canarias su tributación fiscal será igual que la de una exportación, con lo que deberás de realizar la factura de la misma manera, añadiendo también el texto sobre la exención del IVA.

Y, por último, en el caso de que la factura de una exportación de servicios fuera a un particular, se tributará el IVA del país origen (España).

A lo largo de este artículo, hemos estado hablando de todo lo que necesitas saber para poder facturar a un cliente extranjero desde España. Pero si aún te surge alguna otra duda, puedes utilizar los comentarios para consultarnos y nosotros te ayudaremos en lo que necesites con nuestro servicio de asesoría gratuito.

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Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de TeamSystem Facturas Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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385 comentarios

  • Buenos días,

    Soy representante comercial-comisionista de una empresa de exportación en Dubai. Entiendo que tengo que darme de alta como autonomo y obtener el ROI. Ahora bien, ¿los clientes (empresas) en la UE deben tener un ROI de igual forma para que la empresa de Dubai pueda emitir las facturas?

    • Hola Oscar, no necesitas estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) para recibir una factura de Dubai. El ROI se utiliza para operaciones intracomunitarias, es decir, con empresas de la Unión Europea. Dubai se encuentra fuera de la UE, por lo que no se aplica la normativa del ROI. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre el ROI, https://www.billin.net/blog/alta-roi/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Buenos días, tengo que realizar una factura, de entrega de un bien, a una empresa con sede en país intracomunitario, En principio la factura iría sin IVA (desconozco si tendría que hacer referencia explicita a algún artículo), pero tengo la duda de si la factura sería sin IVA cuando el bien no sale de territorio español.
    Gracias. Un saludo

    • Hola Sara, El proveedor debe declarar la operación como no sujeta al IVA por reglas de localización, consignando la base imponible en la casilla 120 del modelo 303 o del modelo 322. El cliente declarará el IVA devengado en el Estado miembro donde se entrega el bien, por «inversión del sujeto pasivo», si así lo dispone la normativa nacional de acuerdo con los criterios recogidos en la Directiva 2006/112/CE, para lo que deberá obtener un número de identificación fiscal del mismo. Si la normativa nacional del Estado miembro no dispone la inversión del sujeto pasivo, será el proveedor quien deberá declarar el IVA devengado para lo que deberá obtener un número de identificación fiscal del Estado miembro donde se entrega el bien. No obstante, en el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre cómo facturar a un cliente extranjero, https://www.billin.net/blog/facturar-cliente-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola Kristina, según el localizador de prestación de servicios de la Agencia tributaria, la operación no está sujeta en el territorio de aplicación del IVA español. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre cómo facturar a clientes extranjeros, https://www.billin.net/blog/facturar-cliente-extranjero/. Espero haber aclarado tus dudas.