Publicado: 14 junio 2022 · 2 comentarios · 10 min de lectura

El Impuesto de Sociedades en Bizkaia y los modelos 200 y 220

impuesto de sociedades en bizkaia
Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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El Impuesto de Sociedades en Bizkaia es un impuesto que grava los ingresos obtenidos por las empresas, sociedades y otras entidades no jurídicas. Sigue leyendo para saber quién es el responsable de pagarlo, cuáles son las obligaciones, cómo se declara, cuáles son los plazos y mucho más.

¿Qué es el Impuesto de Sociedades en Bizkaia?

En este caso el impuesto de sociedades es un impuesto que grava los beneficios de las empresas y otras entidades jurídicas en Bizkaia. He aquí un resumen de sus características:

Características del impuesto de sociedades

Estas son las características que nos ayudan a entender qué es y en qué consiste el impuesto de sociedades:

  • Es un impuesto directo, es decir, se recauda periódica e individualmente sobre los ingresos económicos obtenidos.
  • Es personal, lo que significa que tiene en cuenta la situación individual de cada empresa para determinar qué se tiene en cuenta en la tributación, qué tipo de impuesto se aplica, qué deducciones se tienen en cuenta, etc.
  • Se trata de un impuesto proporcional, es decir, siempre se aplica el mismo tipo independientemente de la cantidad de beneficios obtenidos.

Sin embargo, no todas las empresas aplican el mismo tipo impositivo porque, como ya hemos dicho, es un impuesto individual que tiene en cuenta la situación de cada empresa.

El tipo impositivo general es del 24% para las grandes empresas y del 20% para las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Sin embargo, más adelante se demostrará que esto no es estrictamente proporcional, sino más bien parcialmente analítico.

También debemos tener estos dos preceptos:

  • Es un impuesto periódico, ya que se anuncia una vez al año.
  • Se trata de un impuesto sintético, es decir, no distingue el origen de las rentas percibidas. Independientemente de la fuente, todos los ingresos se gravan por igual. Esto no se aplica a la declaración de la renta, que distingue entre una base general y una base del ahorro para integrar las diferentes rentas en función de su origen.

El hecho imponible y base imponible del impuesto

El hecho imponible es el origen de la obligación tributaria. El impuesto de sociedades grava los ingresos de las empresas y otras organizaciones, independientemente de la fuente, el origen o el pagador.

La base imponible es la renta obtenida durante el periodo impositivo, de la que se deducen las pérdidas fiscales de años anteriores. Los ingresos obtenidos durante el periodo son el resultado de la contabilidad de la empresa, que puede reconocerse en la cuenta de resultados.

Tipos impositivos aplicables

Los tipos impositivos aplicables en el Impuesto de Sociedades en Bizkaia, según lo establecido en el Decreto Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, son los siguientes:

  1. En general, los beneficios de las grandes empresas se gravan a un tipo del 24%.
  2. A las PYME se les aplica un tipo del 20%.
  3. Las sociedades de responsabilidad limitada infringen la regla de la imposición proporcional y, por lo tanto, pueden considerarse parcialmente analíticas, ya que aplican tipos impositivos diferentes a cada nivel de ingresos percibidos, como se muestra en el cuadro siguiente:
    Base Imponible Tipo de gravamen aplicable
    De 0 a 2.500,00 20 %
    De 2.500,01  a 10.000,00 21 %
    De 10.000,01 a 15.000,00 22 %
    De 15.000,01 a 30.000,00 23 %
    De 30.000,01 en adelante 24 %
  4. Determinadas empresas o entidades jurídicas, como las mutuas, las sociedades gestoras de bolsa y otras excepciones, tributan al tipo del 19%.
  5. Las empresas de explotación de hidrocarburos tributan al 31%.
  6. Las entidades de previsión social voluntaria (EPSV) y los fondos de pensiones tributan al 0%.
  7. Las instituciones de crédito y las entidades del grupo fiscal tributan al 28%.

Deducciones y otros incentivos fiscales

Se pueden realizar numerosas deducciones para reducir el impuesto de sociedades, de las cuales comentaremos algunas de las más importantes en este apartado:

Algunas deducciones que reducen la cuota bruta para llegar a una cuota neta:

Algunas deducciones que reducen la cuota líquida para obtener una cuota efectiva:

  • Incentivos para promover la cultura.
  • Deducciones por investigación y desarrollo.
  • Deducciones por inversiones en activos fijos nuevos.

Algunas deducciones de la cuota tributaria real para obtener el impuesto debido o a pagar:

  • Deducción extraordinaria de cuota real en 2019 y 2020 como medida de recuperación del COVID-19.
  • Pagos fraccionados.
  • Retenciones e ingresos a cuenta (sólo de grandes empresas).

Plan de liquidación del impuesto

La siguiente guía te ayudará a saber cómo pagar el impuesto de sociedades:

  1. Las cuentas deben cerrarse primero de acuerdo con las normas empresariales y contables para elaborar una cuenta de ingresos y gastos y obtener el resultado del ejercicio.
  2. Una vez obtenido el resultado anual, es necesario realizar ciertos ajustes en cuanto a ingresos, gastos, normas de valoración, etc. Estos ajustes fiscales se definen en los artículos 16 a 55 de la Norma Foral del IS.
  3. Tras aplicar los ajustes, se obtiene la base imponible inicial del ejercicio.
  4. La base imponible inicial se compensa con las pérdidas fiscales de años anteriores. El resultado es una base imponible que coincide con la base tributaria.
  5. A la base imponible se le aplica el tipo impositivo correspondiente, lo que da lugar a una cuota íntegra del impuesto.
  6. La cuota tributaria neta resulta de la reducción de la cuota tributaria bruta si se aplican las deducciones. La cuota tributaria neta no puede ser negativa; se reduce a cero.
  7. Si la cuota neta es positiva, existen otras deducciones y beneficios que la reducen y dan lugar a una cuota real que también puede reducirse aplicando deducciones, retenciones y aportaciones extraordinarias. Todas las deducciones dan lugar a una deuda tributaria o a una devolución.
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¿Cuándo aplicamos la legislación de Bizkaia?

Aquí están las claves para averiguarlo:

Los sujetos pasivos con residencia fiscal en Bizkaia, excepto:

  • Aquellos cuya actividad supere los 10 millones de euros en el ejercicio anterior.
  • Superan el 75% del total de las operaciones del ejercicio anterior.
  • 100% de las transacciones anteriores en la región de Gipuzkoa o Araba.

Los sujetos pasivos que tengan su residencia fiscal en uno de los dos territorios históricos (Araba o Gipuzkoa) y que cumplan las tres condiciones siguientes:

  • La facturación supera los 10 millones de euros el año pasado.
  • No deben haber realizado más del 75% de sus transacciones en un territorio común el año pasado.
  • Haber realizado el 100% de las operaciones del periodo anterior en Bizkaia.

Contribuyentes que tienen su residencia fiscal en el territorio común y cumplen las siguientes condiciones:

  • En el ejercicio anterior, el volumen de transacciones superó los 10 millones de euros.
  • Representó más del 75% de las transacciones del año pasado en el País Vasco.
  • Una mayor proporción de transacciones en Bizkaia que en cualquier otro territorio histórico.

¿Quién está obligado a presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia?

Las empresas, a excepción de las sociedades civiles y algunas entidades no constituidas en sociedad, están obligadas a presentar el impuesto de sociedades.

  • Las personas jurídicas son: corporaciones, sociedades civiles y otras personas jurídicas, empresas, fundaciones y asociaciones.
  • Las entidades sin personalidad jurídica son: organismos administrativos, organismos públicos territoriales y paraestatales, administraciones de la seguridad social, Euskaltzaindia, Eusko Ikaskuntza, etc.

¿Quién no está obligado a presentar el impuesto de sociedades en Bizkaia?

El artículo 12 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades establece lo siguiente con respecto a las exenciones y exenciones parciales:

Las siguientes personas jurídicas están totalmente exentas:

  1. Las administraciones públicas territoriales, así como sus organismos autónomos y entidades u organismos públicos.
  2. Autoridades públicas responsables de la administración de la seguridad social.
  3. Eusko Ikaskuntza, Euskaltzaindia, Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, Asociación para la Promoción y Difusión del Concierto Económico «Ad Concordiam» …

Están parcialmente exentos:

  1. Entidades sin ánimo de lucro que no pueden acogerse a las disposiciones fiscales introducidas por la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  2. Sindicatos, federaciones y confederaciones de cooperativas.
  3. Sindicatos, asociaciones empresariales y profesionales, cámaras oficiales, cofradías de pescadores, sindicatos de trabajadores y partidos políticos.
  4. Medios de fomento del empleo.
  5. Mutuas colaboradoras con la seguridad social.

Declaración del impuesto de sociedades de Bizkaia: Modelo 200 y Modelo 220

Hablamos ahora de los dos modelos más importantes para las empresas en Bizkaia.

Modelo 200 de Bizkaia

El modelo 200 es el formulario que se utiliza para presentar y pagar el impuesto de sociedades en Bizkaia. Lo presentan todas las empresas y entidades sujetas al impuesto de sociedades.

El formulario refleja la información financiera de la empresa, así como las deducciones que puedan aplicarse, etc. El Departamento de Hacienda de Bizkaia publica anualmente un programa informático para la cumplimentación de los formularios de la declaración de la renta.

Plazo de presentación del Modelo 200

El Modelo 200 debe presentarse para todas las empresas cuyo ejercicio fiscal coincida con el año natural antes del 26 de julio del año siguiente.

Sin embargo, el mismo periodo de declaración no se aplica a todas las sociedades y otras entidades, ya que aquellas cuyo ejercicio fiscal no coincide con el año natural deben tener en cuenta seis meses desde el final del ejercicio para conocer su plazo de presentación.

Cómo presentar el Formulario 200 en Bizkaia

El Modelo 200 se puede presentar electrónicamente a través de BizkaiBai siguiendo estos pasos:

  1. Abre BizkaiBai y entra a «Declaraciones Telemáticas> Presentación> Comerciantes> Modelo 200».
  2. Siguiendo la ruta y haciendo clic en el formulario, serás llevado a la pantalla de presentación de la empresa que describe el proceso para añadir «Documentación» y hacer clic en «Continuar».
  3. Ahora añade el formulario pre-rellenado utilizando el programa de ayuda de la Diputación Foral.
  4. A continuación, se mostrará un resumen de la solicitud y podrás ver el borrador de la misma pulsando sobre el NIF o CIF del contribuyente.
  5. Haz clic en el botón «Confirmar» para confirmar que el borrador ha sido enviado.
  6. Una vez confirmada la acción haciendo clic en el botón «Confirmar», ve a las opciones disponibles de «Añadir documentación». A continuación, podrás ver el resumen final de su declaración de impuestos.
  7. Cuando todos los archivos estén adjuntos, pulsa el botón «Enviar» y aparecerá un breve resumen de la presentación.

Modelo 220 de Bizkaia

El modelo 220 es el formulario necesario para la declaración y el pago del impuesto de sociedades por parte de las entidades que forman parte de un grupo fiscal, es decir, las que tributan en régimen de consolidación fiscal.

Al igual que el modelo 200, debe presentarse por vía electrónica a través de BizkaiBai seis meses después de la finalización del ejercicio fiscal. Si el año fiscal cae dentro del año natural, el plazo es del 1 al 26 de julio.

Esperamos que ahora tengas un poco más claro lo que es el Impuesto de Sociedades en Bizkaia. Si tienes dudas sobre algún punto no tienes más que escribirnos en comentarios y te ayudaremos.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
Temáticas de especialización
 
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2 comentarios

    • Hola Carlos, el precio de ‘venta’ de estas licencias -traspaso como prefieren llamarlo- varía en la medida en la que hay más taxistas que quieren desprenderse de ella o de lo rentable que sea la carrera en cada capital. Porque pese a que las licencias son municipales, es decir, que es el ayuntamiento de cada ciudad es el que fija el número de taxis que hay, es decir, la cantidad de licencias que concede, o la tarifa con la que se sube la bandera, corresponde después a cada taxista-propietario fijar el precio de venta y a quién se lo vende, que debe pasar un examen antes de convertirse en taxista y que sí fija el consistorio. En el siguiente encontrarás una mayor información sobre la Renta en Bizkaia, https://www.billin.net/blog/renta-bizkaia/. Espero haber aclarado tus dudas.