Actualizado: 09 junio, 2021 · 6 comentarios · 7 min de lectura

¿Qué es el IGIC y los tipos?

Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Te explicamos en detalle qué es el IGIC de Canarias y de lo que debes tener en cuenta según los tipos de productos. Si resides en las islas o tienes negocios en esa comunidad te interesa

¿Qué es el IGIC?

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es un impuesto indirecto que grava el consumo dentro de las Islas Canarias, llevando a cabo un tratamiento fiscal diferenciado al resto del territorio del IVA, y se introdujo este tipo impositivo canario por primera vez en el año 1991 con la “Ley de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Fiscal de Canarias”

Estos impuestos en Canarias son unos gravámenes que su funcionamiento será similar al IVA, con la diferencia de que solo se aplica en el ámbito espacial formado por el mar territorial, cuyo límite exterior se encuentra a una distancia de doce millas náuticas de los puntos más próximos a la línea base.

Por ello, la ley del IGIC se aplica en la entrega de bienes y servicios, en las importaciones realizadas en las Islas Canarias y en el mar territorial con un límite de doce millas.

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¿Cómo funciona el IGIC?

El funcionamiento del IGIC, como hemos comentado anteriormente, es muy similar al del IVA, ya que, los empresarios y autónomos canarios facturarán con IGIC su prestación de servicios o ventas de productos recaudando este impuesto en forma de cadena, hasta el consumidor final.

Por tanto, las empresas tendrán que presentar las liquidaciones de IGIC, donde tendrán que restar el IGIC soportado (el correspondiente a la compra de bienes y servicios) del IGIC repercutido (el correspondiente a las ventas de bienes o prestación de servicios) para pagar o solicitar devolución ante la Agencia Tributaria.

¿Existen diferentes tipos de IGIC por productos?

Los tipos de IGIC por productos vienen recogidos en la Ley 4/2012 de 25 de junio en los artículos del 51 al 61 Veamos los tipos de igic: Tipo cero (0%) Se aplica como norma general a los bienes básicos y de primera necesidad, como, por ejemplo, el agua para la alimentación humana, animal o riego, quesos, verduras, aceites, medicamentos, productos de higiene para mujeres, libros, revistas, periódicos, el transporte de viajeros y de mercancías aéreo o marítimo entre las distintas islas de Canarias, etc.

Tipo tres o reducido (3%) Es el equivalente al IVA reducido del 10% de la península, y, se aplica a la entrega de bienes, como, el sacrificio del ganado, elaboración de conservas de carne, industria textil, del cuero y del calzado, fabricación de papel y cartón, minería, reparación de vehículos, etc.

Tipo siete o general (7%) En general, se aplica al resto de productos no enumerados en los apartados anteriores y que no tengan otro tipo especificado

Existe el tipo incrementado 9,5% que se aplica en ciertos vehículos o medios de transporte

Tipo quince o incrementado (15%) Se aplica a algunos productos excepcionales, como son, los cigarros puros que tengan un precio superior a 1,8 euros la unidad, las joyas, la venta de las bebidas alcohólicas, productos de perfumería y peleteros, distribución de cartuchería, etc.

Además existen dos tipos de IGIC especiales e incrementados, el 20% para las labores del tabaco negro y el 35% para la elaboración del tabaco rubio.

Los tipos impositivos de IGIC son:

  • 0%: entrega de agua, productos sanitarios, libros y periódicos, obras de protección oficial, algunos alimentos, transporte aéreo y marítimo entre islas.
  • 3%: para las industrias mineras, químicas, madera, papelera, transporte terrestre, reparación de vehículos y el sector textil.
  • 6,5%: para el resto de actividades no comprendidas en los anteriores porcentajes.
  • 9,5%: algunos vehículos y medios de transporte.
  • 13,5%: puros, bebidas alcohólicas, artículos de joyería, productos peleteros y artículos de perfumería.
  • 20%: tabaco negro
  • 35%: tabaco rubio

También existen actividades exentas de IGIC, como son los servicios postales, asistencia sanitaria, asistencia social, educación, empresas culturales, operaciones financieras y de seguros, etc.

Si trabajas con empresas de Canarias, Ceuta y Melilla, sigue este enlace para saber como facturar a Canarias y las ciudades autónomas

IGIC repercutido

Es el impuesto que se repercute en las ventas que realizan los autónomos o pymes, aunque existen algunas especialidades.

Conviene destacar que el minorista canario no repercute el IGIC en sus ventas o prestación de servicios, pero se aplica el recargo de equivalencia, que actúa como un recargo de la importación, por tanto, si no repercuten el IGIC, tampoco deducirán el IGIC soportado de sus compras.

Con este impuesto el empresario será un mero intermediario, con la obligación de repercutir el IGIC en sus operaciones comerciales, el cual, tendrá que ingresar en la Hacienda Pública.

IGIC soportado

El IGIC soportado aparece en las compras que realizan los empresarios y profesionales, pero no siempre serán deducibles, ya que, existen operaciones exentas u otras que dan derecho a la deducción.

Este IGIC soportado será deducible cuando el sujeto pasivo que desarrolla operaciones sujetas y no exentas, o aquellas que no siendo exentas, sean de carácter pleno.

En el caso de realizar el sujeto pasivo operaciones exentas, el IGIC soportado se recuperará vía precios.

Desde el 1 de enero de 2014 se aplica la Ley 14/2013 donde se introduce el régimen especial del criterio de caja del IGIC, el cual, es un régimen optativo, que permitirá al sujeto pasivo retrasar el devengo y la declaración del impuesto hasta el momento del cobro de sus clientes, generando también el retardo del IGIC soportado de sus adquisiciones hasta el momento del pago, todo ello con límite hasta el 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel que se hayan efectuado las operaciones.

¿Cómo y dónde presentar el IGIC?

Este impuesto se liquida en la Agencia Tributaria de Canarias, y lo harán todos aquellos autónomos o empresas que compren bienes o servicios en las Islas Canarias. Los autónomos que estén en estimación directa y las pymes lo harán con la presentación del modelo 420 (equivalente al modelo 303 de IVA), las personas físicas que estén en estimación objetiva lo harán con el modelo 421 (equivalente al modelo 303 de IVA).

El resumen del IGIC se presenta mediante el modelo 425 (equivalente al modelo 390 de IVA) y se usa el modelo 415, para las declaraciones informativas. Hay que tener en cuenta, que los bienes que se vendan desde las Islas Canarias a la península, estarán exentos de IGIC, pero el comprador deberá pagar el IVA correspondiente al producto importado al pasar por la aduana.

Al igual que los productos que se vendan a las Islas Canarias estarán exentos de IVA, pero el comprador tendrá que liquidas el IGIC correspondiente al producto cuando pase por la aduana.

La elaboración de la liquidación del IGIC es igual que la que corresponde al IVA, se hará de forma trimestral, y su presentación será durante los 20 días siguientes al mes correlativo al trimestre.

Diferencias entre el IGIC y el IVA

La principal diferencia entre el IGIC y el IVA es que la tasa que corresponde a las Islas Canarias es mucho más baja que la tasa de IVA, por ejemplo, el tipo reducido de IVA es el 10%, mientras que el tipo reducido de IGIC es el 3% Otra diferencia clara entre el IGIC y el IVA, es qué a la hora de llevar a cabo operaciones comerciales hacia las Islas Canarias, se factura sin IVA, ya que, esta operación se considera una exportación.

Similar a las facturas intracomunitarias. Si la operación comercial se realiza a la inversa y adquieres bienes de las Islas Canarias, tendrás que abonar el IGIC que corresponda al producto cuando llegue a la aduana.

Si tienes más dudas acera del IGIC utiliza los comentarios y te ayudaremos. O si lo prefieres puedes empezar a utilizar Billin, el programa de facturación para pymes y autónomos.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
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6 comentarios

  • Si hago una factura proforma para un cliente para pedir un crédito para el banco cuanto hay que ponerle de IGIC.cual es el porcentaje en canarias.factura proforma de 8000 euros

    • Hola Jose, en la factura proforma es recomendable consignar el IVA para mostrar al cliente el importe real del producto o servicio. Con respecto al porcentaje de IGIC dependerá del tipo de servicio o producto que se esté presupuestando. No obstante te dejo un artículo donde encontrarás todos los tipos de IGIC vigentes, https://www.billin.net/blog/igic/. Espero haber aclarado tus dudas.

  • Hola

    Quería hacer una pequeña consulta a ver si pueden ayudarme
    Soy autonoma en Canarias y voy a ofrecer mis servicios de asistencia virtual (Gestión de email, agenda, redacción de documentos y servicio al cliente via RRS) a personas de la peninsula y del extranjero (EE.UU, UE, LATAM)
    A la hora de hacerles la factura. ¿El IGIC sería al 0%?

    Gracias

    • Hola Alba, si vendes un servicio, entonces debes diferenciar si tu cliente es una empresa/profesional, o un consumidor final, si tu cliente es una empresa o profesional, entonces aplicas IGIC solo si este reside en Canarias, y si tu cliente es un consumidor final, facturarás IGIC si reside en Canarias o en un país fuera de la Unión Europea (p.e. EE.UU, Argentina, Sudáfrica, Australia, etc.). No obstante, en el siguiente enlace encontrarás una mayor información sobre el IGIC, https://www.billin.net/blog/como-se-factura-a-melilla-ceuta-o-canarias/. Espero haber aclarado tus dudas.