IRPF de autónomos 2026: qué es, cómo funciona y cuándo se paga
El IRPF de autónomos es uno de los impuestos más importantes que deben gestionar los trabajadores por cuenta propia en España.
Se trata de una retención que se aplica sobre los ingresos obtenidos por la actividad profesional y que debe ser declarada tanto trimestral como anualmente.
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el IRPF de autónomos en 2026:
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- Qué es.
- Cómo funciona.
- Las retenciones en factura.
- La declaración de la renta.
- Los plazos de pago.
Resumen de este artículo
¿Qué es el IRPF de autónomos 2026, cómo funciona y cuándo se paga?
El IRPF grava los ingresos obtenidos por los autónomos y se aplica mediante retenciones en sus facturas emitidas. En general, se retiene un 15 % de IRPF en cada factura (7% para nuevos autónomos) o se realiza una presentación trimestral con ingreso a cuenta del 20 % de todas las ganancias. Además, se regulariza el IRPF anualmente a través de la declaración de la renta.
En este artículo encontrarás
- 1 Resumen de este artículo
- 2 ¿Qué es el IRPF de un autónomo?
- 3 El IRPF de autónomos el primer año
- 4 ¿Cómo se calcula el IRPF de un autónomo?
- 5 Tramos IRPF 2026 en la declaración de la renta
- 6 Diferencia entre tramos de la renta e IRPF de las facturas en autónomos
- 7 IRPF en las facturas de autónomos: retenciones del 7 % y 15 %
- 8 ¿Cuándo se paga el IRPF siendo autónomo?
- 9 IRPF trimestral de autónomos: cómo se declara
- 10 Preguntas frecuentes sobre el IRPF de autónomos
¿Qué es el IRPF de un autónomo?
El IRPF o impuesto sobre la renta de las personas físicas es un tributo de carácter personal y progresivo que grava los ingresos obtenidos por los trabajadores autónomos durante el ejercicio fiscal.
Este impuesto se aplica mediante retenciones que el propio autónomo debe incluir en sus facturas y declarar periódicamente ante la Agencia Tributaria.
De forma general, un autónomo incluirá en su factura un IRPF correspondiente al 15%. Esto significa que, respecto a las ganancias obtenidas con un servicio o trabajo, el 15 % tendrá que destinarse a este impuesto.
Siempre se debe calcular a partir de la base imponible y después ser restado del total de la factura.
En las facturas donde no se indica el IRPF, es porque trimestralmente se ingresa a cuenta un 20 % de todas las ganancias de cara a hacer después la declaración de la renta de autónomos, donde se regularizará el IRPF real que el autónomo debe pagar.
El IRPF de autónomos el primer año
Como medida de apoyo a los nuevos autónomos o incentivo para los que quieran darse de alta en esta modalidad profesional, el Estado permite reducir este importe hasta el 7 % durante el primer año.
La reducción de IRPF se puede aplicar durante el año que se da de alta, hasta el 31 de diciembre y los dos años siguientes completos.
Esta es una muy buena ayuda fiscal junto con la tarifa plana de autónomos.
Para acogerse a la reducción de IRPF, el nuevo autónomo deberá cumplir con dos requisitos:
- No haber ejercido ninguna actividad profesional durante el año anterior al inicio de la actividad.
- Comunicar a sus pagadores que se ha acogido a la reducción del 7%.
Por otro lado, la reducción de IRPF no significa que el autónomo pagará menos impuestos al final del año.
Simplemente, anticipa menos dinero a Hacienda durante los trimestres para tener mayor liquidez y menor carga fiscal.
¿Cómo se calcula el IRPF de un autónomo?
El cálculo del IRPF está directamente influido por el régimen de estimación al que se somete una pyme o autónomo.
La mayoría de los autónomos lo hacen a través del régimen de estimación directa (que se divide en dos categorías: normal y simplificada). En este, el IRPF se calcula en función del rendimiento económico real de la actividad; es decir, la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos deducibles del año en curso.
No obstante, para determinadas actividades (como hostelería, transporte o pequeño comercio) y cumpliendo ciertos límites de facturación, se puede optar por otro régimen: la estimación objetiva (conocida como módulos).
En este caso, no se paga sobre el beneficio real, sino sobre un importe fijo calculado con base en indicadores de la actividad (metros cuadrados del local, consumo eléctrico, personal contratado, etc.).
En cualquier caso, durante el año el profesional va adelantando el pago de este impuesto a Hacienda a través de dos vías:
- Mediante retenciones en sus facturas (habitualmente del 15% o del 7% para nuevos autónomos).
- Mediante pagos fraccionados trimestrales (donde se adelanta un 20% del beneficio obtenido hasta la fecha).
Tramos IRPF 2026 en la declaración de la renta
Una vez calculado tu rendimiento neto anual (ingresos totales menos gastos deducibles), Hacienda aplica los siguientes tramos progresivos de la cuota estatal del IRPF 2026.
Esta tabla es la referencia base para todo el territorio nacional (excepto regímenes forales):
| Base liquidable (€) | Tipo estatal (%) |
| Hasta 12.450 | 9,5 |
| 12.451 – 20.200 | 12 |
| 20.201 – 35.200 | 15 |
| 35.201 – 60.000 | 18,5 |
| 60.001 – 300.000 | 22,5 |
| Más de 300.000 | 24,5 |
Sin embargo, el IRPF es un impuesto compartido.
A estos tipos estatales se les suma siempre el tramo autonómico, que depende de dónde residas.
Por lo general, el tipo total (la suma de ambos) suele empezar en un 19% para el tramo más bajo.
IRPF 2026 por Grupos de comunidades
GRUPO 1 – TIPOS BAJOS | GRUPO 2 – TIPOS MEDIOS | GRUPO 3 – TIPOS ALTOS |
| Madrid | 17,7% | | Murcia | 18,5% | | Galicia | 18,8% | | | Andalucía | 19% | | Valencia | 19,5% | | Castilla-La Mancha | 19,5% | | Cataluña | 21,5% | |Baleares | 22% | | Canarias | 22% |
Ejemplo práctico: autónomo en la Comunidad de Madrid
Para entender el impacto real, tomemos como ejemplo a un autónomo que reside en Madrid, una de las comunidades con los tipos impositivos más competitivos. Supongamos que, tras restar sus gastos deducibles, le queda un beneficio (rendimiento neto) de 30.000€.
En Madrid, los tipos se combinan de tal forma que el pago se divide por «escalones» progresivos:
- Tramo 1 (hasta 12.450€): se aplica un tipo total del 17,7% (9,5% estatal + 8,2% autonómico).
- Cálculo: 12.450 € x 17,7% = 2.203,65€
- Tramo 2 (de 12.451€ a 20.200€): sobre esta diferencia de 7.749€, el tipo sube al 22,7%.
- Cálculo: 7.749€ x 22,7% = 1.759,02€
- Tramo 3 (de 20.201€ a 30.000€): sobre los últimos 9.799 € para completar su beneficio, el tipo es del 27,8%.
- Cálculo: 9.799 € x 27,8% = 2.724,12€
Total IRPF bruto estimado: 6.686,79€
¿Por qué el pago real será menor?
Aunque el cálculo anterior da un total de 6.686,79€, la factura final siempre es más baja por dos motivos:
- El colchón libre de impuestos: los primeros 5.950€ que ganas (aproximadamente en Madrid) no pagan IRPF. Es lo que se llama el Mínimo Personal.
- Lo que ya has pagado: de ese total se restan todas las retenciones (el 7% o 15%) que ya has ido adelantando en tus facturas durante el año.
Al final, el tipo medio real que acabas pagando sobre tus beneficios suele rondar el 18-20%, y no el máximo que marca tu tramo más alto.
Diferencia entre tramos de la renta e IRPF de las facturas en autónomos
Los tramos de aplicación para las retenciones de la Renta y el IRPF que aplican los autónomos en sus facturas son 2 conceptos totalmente diferentes, tanto en su propósito, como en su aplicación y porcentajes.
- Los tramos de IRPF son los porcentajes progresivos que se aplican sobre la base imponible total en la declaración anual de la renta.
- Mientras que las retenciones en las facturas son simplemente anticipos a cuenta de ese impuesto final.
Tienes más detalles en la tabla.
IRPF en las facturas de autónomos: retenciones del 7 % y 15 %
Como hemos mencionado, los autónomos deben aplicar una retención de IRPF en sus facturas que varía según su situación.
Durante el primer año de actividad y los dos siguientes, pueden aplicar una retención reducida del 7%, mientras que a partir del tercer año deben aplicar el 15% general.
Esta retención funciona como un anticipo a cuenta del impuesto final que se liquidará en la declaración anual de la renta.
El cliente que recibe la factura está obligado a retener ese porcentaje y a ingresarlo directamente a Hacienda en nombre del autónomo, por lo que el profesional cobrará el importe total de la factura menos la retención aplicada.
¿Cuándo se paga el IRPF siendo autónomo?
El IRPF de cada factura no lo paga el autónomo, sino que lo ingresa el cliente directamente a Hacienda.
El pago de este IRPF se realiza por el cliente en el momento de presentar sus declaraciones trimestrales (modelo 111) o anuales (modelo 190), donde declara todas las retenciones practicadas a sus proveedores autónomos.
Por otro lado, los autónomos pagan trimestralmente el IRPF cuando presentan el modelo 130 (en estimación directa) o el modelo 131 (en estimación objetiva), que son pagos fraccionados a cuenta del IRPF.
Estos pagos se realizan ingresando un porcentaje sobre el beneficio obtenido en cada trimestre, generalmente del 20%.
Pero ojo, no siempre se debe realizar un pago trimestral. Si el 70% de las facturas emitidas durante el trimestre incluyen retenciones de IRPF, el autónomo quedará exento de presentar el modelo 130.
Finalmente, todos estos pagos anticipados (retenciones en facturas o pagos fraccionados) se regularizarán en la declaración anual de la renta, donde se calculará el IRPF definitivo según los tramos aplicables a los ingresos totales del año.
IRPF trimestral de autónomos: cómo se declara
En los casos que corresponda, los autónomos deben presentar el modelo 130 o 131 de forma trimestral.
Su presentación se realiza principalmente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Los plazos de presentación del IRPF trimestral son los siguientes:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
En esta declaración trimestral se calcula el rendimiento neto obtenido hasta la fecha, es decir, los ingresos menos los gastos deducibles, y se aplica un pago fraccionado del 20% sobre ese beneficio. Este importe se acumula con los pagos de trimestres anteriores para evitar duplicidades.
Todos los datos se especifican en el modelo 130/131, donde el autónomo debe indicar los ingresos totales del trimestre, los gastos deducibles, el rendimiento neto resultante y las retenciones ya practicadas en facturas.
Además, en caso de haber retenido IRPF en nombre de otros profesionales, también deberá presentar el modelo 111 para declarar esas retenciones practicadas a terceros.
Preguntas frecuentes sobre el IRPF de autónomos
¿El IRPF trimestral es lo mismo que la declaración de la renta?
El IRPF trimestral no es lo mismo que la declaración de la renta. El pago trimestral (modelo 130 o 131) es un adelanto a cuenta del impuesto que se liquidará definitivamente en la declaración anual de la renta.
En la declaración de la renta (modelo 100) se ajustan todos los pagos anticipados del año y se calcula el IRPF real según el total de ingresos y gastos del ejercicio, aplicando los tramos progresivos correspondientes.
Aquí también se aplican las deducciones fiscales correspondientes, como gastos deducibles, reducciones por rendimientos del trabajo, aportaciones a planes de pensiones, reducciones autonómicas, etc.
En ese momento sabrás si has pagado de más (con derecho a devolución) o de menos (debiendo abonar la diferencia).
¿Tengo que pagar IRPF si no he facturado?
El IRPF es un porcentaje que se aplica sobre los ingresos obtenidos por la actividad profesional. Si no has facturado durante un trimestre, no tendrás ingresos sobre los que aplicar la retención, por lo que en principio no tendrías que pagar IRPF trimestral.
Sin embargo, debes seguir presentando el modelo 130 si estás obligado a ello, aunque sea con resultado a ingresar de 0 euros.
¿Qué pasa si he pagado IRPF de más?
Si has pagado más IRPF del que te corresponde a lo largo del año, ya sea por retenciones en facturas o por pagos fraccionados trimestrales, Hacienda te devolverá la diferencia en la declaración anual de la renta.
Esto puede ocurrir debido a la aplicación de deducciones, gastos deducibles superiores a los estimados inicialmente, o simplemente por haber retenido un porcentaje mayor al que finalmente te corresponde según tu situación personal (familia, vivienda, reducciones autonómicas, etc.).
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3 comentarios
Hola, he empezado una actividad profesionales sin darme de alta como autonoma porque de momento no supero el salario mínimo, sin embargo debo facturar al cliente porque es una empresa y no se si el irpf a en las facturas debe ser del 7 o 15%? De que dependerá eso?
Un saludo y mil gracias de antemano 🙂
Hola Aracely, si has comenzado una actividad por cuenta propia, independientemente del volumen de facturación, debes darte de alta en el censo de empresarios y en Seguridad Social, ya que, va a ser una actividad que desarrollarán de forma continuada en el tiempo. Actualmente, puedes beneficiarte de la tarifa plana, en el siguiente artículo encontrarás todo lo que debes saber sobre las bonificaciones en la cuota de autónomos para emprendedores, https://www.billin.net/blog/requisitos-cumplir-tarifa-plana/. Espero haber aclarado tus dudas.
¡Hola! Gracias al autor por la importante información Artículo muy interesante. El autor es un verdadero profesional. No soy un experto en este tema. Durante mucho tiempo no pude entender el campo de los impuestos. Me pareció muy difícil. Tuve muchas dificultades. Sin embargo, el autor explicó todo con palabras sencillas.