Actualizado: 06 septiembre, 2023 · 2 comentarios · 6 min de lectura

Jubilación activa para autónomos societarios: guía completa

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Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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Recientemente, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el caso y la posibilidad de optar por una situación de jubilación activa de un autónomo societario y las condiciones que se deben de cumplir para cobrar el 100% de la pensión.

Hoy te contamos todo lo que debes saber para que puedas tomar la mejor decisión cuando corresponda.

¿Qué es la jubilación activa para autónomos societarios?

Como sabes, el autónomo es una persona física que ejerce una actividad económica y que responde de forma personal e ilimitada con su patrimonio personal de las deudas que pueda tener su negocio tanto en el presente como en el futuro.

Algunos empresarios prefieren constituirse como persona jurídica mediante la figura del autónomo societario para limitar esta responsabilidad y salvaguardar su patrimonio, constituyendo una sociedad donde él sea socio único o tener otros socios.

Tienes toda la información sobre ello en nuestro artículo de blog autónomo societario.

Al llegar la edad de jubilación, el autónomo puede plantearse la llamada jubilación activa, que es seguir trabajando mientras recibe la pensión de jubilación.

¿Qué implica la jubilación activa para los autónomos societarios?

La jubilación activa del autónomo societario es cuando, a pesar de tener edad para jubilarse y haber cotizado los años necesarios, el autónomo decide seguir con su actividad económica.

Cualquier autónomo puede solicitar la jubilación activa, pero debe saber que solamente cobrará el 50% de la pensión, ya que va a seguir obteniendo ingresos por su actividad económica.

Además, es diferente ser un autónomo clásico o ser autónomo societario y, por tanto, también se ve afectado el porcentaje de la pensión, tal y como ha ratificado el Tribunal Supremo.

De esta manera, un autónomo normal con jubilación activa tiene la posibilidad de conseguir el total de la pensión si contrata a un empleado, mientras que el autónomo societario no tiene esa opción a pesar de que haga contrataciones.

Este último fallo del Supremo basado en el recurso del INSS y amparado bajo el art. 241.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de septiembre es firme y ha creado jurisprudencia.

Beneficios de la jubilación activa para autónomos societarios

Si eres autónomo societario, aunque en principio optar por la jubilación activa suponga renunciar a una buena parte de tu pensión de jubilación, también puede tener una serie de beneficios que te puede interesar, como poder aplicar tu plan de pensiones privado (si lo tienes) o seguir aumentando tu patrimonio con tu trabajo.

 Sacar el máximo provecho de la jubilación activa como autónomo societario

Durante la jubilación activa como autónomo societario no puedes disfrutar del total de tu pensión, pero puedes contribuir a elevar la prestación que cobrarás cuando te jubiles totalmente y, además, puedes acogerte a la cuota de solidaridad creada para estos casos.

Según el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, en su artículo 301, establece que mientras el autónomo societario esté en situación de jubilación activa, cotizará solo y únicamente por incapacidad temporal y contingencias profesionales.

Por tanto, la cuota que se debe pagar con este tipo cotización especial de solidaridad es del 9 % sobre su base de cotización por contingencias comunes, no computable a efectos de prestaciones.

Además, no olvides que durante la jubilación activa puedes:

  • Continuar activo en el terreno laboral y aumentar tu prestigio y reconocimiento profesional.
  • Elegir tu propia jornada, parcial o completa.
  • Mantener vivo tu negocio el tiempo que quieras o hasta que decidas o encuentres la persona adecuada para dejárselo o traspasarlo.
  • Poder rescatar tu plan de pensiones privado con las mismas condiciones como si te hubieras jubilado totalmente.
  • Seguir aumentan tus ahorros y patrimonio.

Y sobre todo ten presente que cuando decidas optar por la jubilación definitiva y dejar de trabajar, disfrutarás del 100% de tu pensión.

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Planificación financiera: preparándote para la jubilación activa

Para poder disfrutar plenamente de todo lo bueno que puede tener estar situación de jubilación activa para un autónomo societario, es necesario que previamente se haya preparado con una buena planificación financiera.

Porque como ya hemos mencionado, va a tener el inconveniente de cobrar solo el 50% de la pensión, no poder cotizar en favor de su jubilación definitiva y pagar cuota de autónomos e impuestos por su actividad.

Por eso, nuestro consejo es:

  • Conocer exactamente los años que llevas cotizados y los que te quedan por delante hasta la edad de jubilación.
  • Hacer un cálculo del importe de tu futura pensión con base en los datos que haya recopilado.
  • Hacer un estudio de tu situación personal y la de tu negocio para determinar si es rentable para ti la jubilación activa: ingresos, gastos, ahorros…
  • Realizar una estimación los gastos que puedan surgir en un futuro que tenga en cuenta tu calidad de vida y tu salud para poder afrontar imprevistos o posibles tratamientos por enfermedad.
  • Consultar con un experto fiscal y que te ayude a planificar tu futuro profesional y económico para afrontar tanto la jubilación activa como la total, conforme a la legalidad vigente.

Requisitos y documentación para la jubilación activa

La jubilación activa puede ser una opción muy atractiva para un autónomo societario si ha hecho un buen estudio previo de su situación y una buena planificación financiera.

Pero no olvides que también tienes que tener unas determinadas condiciones para poder solicitarla y que lo debes de hacer todo con tiempo suficiente:

  • Haber cumplido los 65 años (o 67 años a partir del 2027).
  • Tener ya cotizados como mínimo de 37 años y 9 meses, o a 38 años y 6 meses para el 2027.
  • No haber solicitado la jubilación anticipada ni haberse acogido a bonificaciones.
  • Ejercer tu actividad profesional de manera regular.

Para poder solicitarla debes ir a una sede de la Seguridad social y llenar el formulario allí o descargarlo en el link formulario de solicitud de jubilación.

Si cumples todas las condiciones anteriores, la concesión es automática y serás considerado como pensionista a todos los efectos.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
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2 comentarios

  • Buenos días, me gustaría saber si un autónomo societario con 31 años de cotización a la hora de jubilarse, puede acceder a la jubilación activa y en qué condiciones ( si puede cobrar parte parte de la pensión, si está exento del pago del recibo de autónomos, etc. )
    Gracias

    • Hola Jorge, a partir del 2022 se exige como requisito para acceder a una jubilación activa que haya transcurrido al menos un año desde el momento en que se adquirió el derecho a la jubilación. Todas estas condiciones están definidas en el artículo 214 de la Ley General de Seguridad Social. Además, solo pueden optar a esta modalidad aquellos trabajadores que: Hayan alcanzado la edad de jubilación y
      tengan el total de años de cotizaciones a la seguridad social exigibles para gozar de una pensión de retiro completa. En 2024, la edad mínima exigible para la jubilación se establece en 66 años y 6 meses en el caso de que se acrediten menos de 38 años de cotizaciones a la seguridad social, y 65 años si se acreditan 38 años como mínimo de cotizaciones. En el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre la jubilación activa, https://www.billin.net/blog/jubilacion-activa-autonomos/. Espero haber aclarado tus dudas.