Si eres trabajadora autónoma y estás embarazada o ya has sido madre, te interesará conocer todas las prestaciones, bonificaciones y derechos de la autónoma embarazada.
En este artículo encontrarás
Derechos de la autónoma mientras está embarazada
Todas las autónomas embarazadas tienen una serie de derechos desde el momento en que empieza la gestación hasta un periodo después de que nace el bebe. Te contamos los más importantes y destacados
Baja por enfermedad común en el embarazo
Si la futura madre no puede trabajar por motivos de salud, tendrá derecho a una baja por enfermedad común, exactamente igual como si estuviese enferma.
Es una prestación pequeña, ya que se paga desde el día 4º al 21º el 60% de la base de cotización, y a partir de este se pagará el 75%, además de tener que seguir pagando la cuota de autónomo.
Los requisitos exigidos para la prestación por incapacidad temporal en caso de enfermedad común son:
- Estar de alta en la seguridad social o una situación similar
- Haber cotizado como mínimo 180 días en los últimos cinco años
- Estar al corriente de pago en las cuotas de autónomos
Se le atribuye un derecho al subsidio, ya que tendrá una falta de ingresos debido al impedimento para poder trabajar.
Baja por enfermedad profesional o accidente laboral durante el embarazo
Aquí se incluirán, cuando la enfermedad es provocada por el trabajo que se desarrolla. Aquí no se contemplan los desplazamientos de ida y vuelta al centro de trabajo (en caso de autónomo dependiente o TRADE, si se contemplarían).
Por tanto, se define como enfermedad profesional todas las contraídas a consecuencia de la ejecución del trabajo por cuenta propia, y que esté dentro del cuadro de enfermedades profesionales emitido por el sistema de la seguridad social.
Se cobrará el 75% de la base reguladora, siempre que se siga cotizando.
Riesgo de embarazo
Aquí nos encontramos con la situación en la que el desempeño de la actividad de la autónoma supone un riesgo tanto para la salud de la madre, como del feto, en este caso se cobraría el 100% de la base de cotización durante el embarazo más el periodo de lactancia.
Este derecho de subsidio comenzará en el momento que se emita el certificado médico de riesgo de embarazo, y durará durante toda la gestación hasta que la madre autónoma coja el descanso de maternidad tras el parto.
Se le podrá negar en caso de que la madre ejerciera alguna otra actividad que pudiera ser incompatible con su estado de salud y la del feto, también podrá anularse dicha prestación en caso de que la madre autónoma reinicie su actividad profesional o se de baja en el Régimen Especial del trabajador autónomo.
¿Quien paga la baja por riesgo en el embarazo?
La Mutua correspondiente o entidad gestora donde se tengan cubiertas las contingencias profesionales serán quienes paguen la baja a la autónoma en este caso.

Derechos de la autónoma tras el parto
Lo mismo que para las trabajadoras por cuenta ajena, las autónomas deben de estar de alta en la Seguridad social, además de haber cotizado un periodo mínimo.
Trámites necesarios para cobrar la baja maternal
Lo primero, es acudir al médico de cabecera para que emita nuestra baja maternal
Posteriormente, habrá que acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y presentar el formulario correspondiente, o hacerlo por internet vía telemática, www.seg-social.es
Justificantes de los pagos de los tres últimos autónomos además de la situación de la actividad, tanto si cierra el negocio o si se incorpora un trabajador para sustituirla
Por último, el libro de familia y la inscripción del menor en el registro civil
➨ Aquí te explicamos más sobre la prestación por maternidad en las autónomas.
¿Se le podrá ceder la maternidad al padre?
La respuesta es sí, al igual que las trabajadoras por cuenta ajena, un máximo de 16 semanas, pero teniendo en cuenta, que las 6 primeras son obligatorias para la madre.
En caso de que fuese una adopción de un menor, si podrían repartírsela, debido a que no existe parto, y, por tanto, la madre no tendrá que necesitar un periodo para recuperarse.
¿Podrá el padre autónomo coger el descanso paternal?
Sí, y corresponderá al 100% de la base de cotización que regula la cotización de contingencias comunes, la cual, normalmente corresponde con la base mínima de 944,40 €.
Estos trabajadores autónomos poseen una exención del 100% sobre su cotización mensual durante la baja de paternidad.
¿Qué bonificación tendré después de la maternidad?
Hay una medida para la madre autónoma, que tiene como finalidad conciliar la vida familiar y laboral sin que el negocio pueda peligrar y a su vez pueda dedicarse a sus hijos.
Para esto, la autónoma, podrá reducir su jornada a la mitad, y a su vez contratar a un trabajador para que cubra esa media jornada, con lo cual, la autónoma podría llegar a ahorrarse casi 3.000 euros.
El gobierno podría bonificarte la cuota de autónomo durante 12 meses, a las que soliciten esta medida, siempre que cumplan:
- Tener un hijo menor de siete años
- Si se tiene un familiar hasta 2º grado con dependencia
- Esta medida solo se podrá solicitar una vez por cada uno de los menores de 7 años.
Aquí tienes como calcular la cuota de autónomos en detalle por si lo necesitas y como solicitar la devolución de IRPF por maternidad.
Estos son los derechos de la autónoma embarazada. Si necesitas resolver alguna duda desde TeamSystem Facturas Billin te ayudamos. Déjanos tu pregunta en los comentarios y la responderemos.
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25 comentarios

Hola soy peluquera y esteticien tengo un local en alquiler y soy autónoma desde hace más de 5 años estoy pensando en ser madre pero me da miedo el poder llegar a todos los pagos.. alquiler luz autonomos gestor proveedores…
Me gustaría saber que beneficios puedo pedir cuando me llegue el momento si aunque trabaje hasta el día del parto podré cumplir con esos pagos..
Hola Raquel, el hecho de ser autónoma y tener un bebé, te permite cobrar el descanso maternal y diversos derechos por la incorporación al trabajo, en el siguiente enlace encontrarás todo lo que debes saber sobre los derechos de las autónomas embarazadas, https://www.billin.net/blog/autonoma-y-madre-estos-son-tus-derechos/. Espero haber aclarado tus dudas.
Buenas noches, estoy a mes y medio de dar a luz, y me sale la oportunidad de llevar una tienda, como la baja de maternidad es obligada las 6 semanas siguientes al parto, tendré q contratar a alguien por ese tiempo, o no podré estar de baja? Fui autónoma hasta abril de 2022, y me di de baja porque me contrataron en otro sitio. Gracias. Eli.
Hola Eli, la baja maternal durante el ejercicio 2023 está formada por 16 semanas, de las cuales, las 6 primeras serán obligatorias, siempre que se quiera disfrutar de dicho descanso. En el caso de contratar a un trabajador durante el periodo de descanso maternal, se obtienen bonificaciones en los seguros sociales de la persona contratada. En el siguiente post encontrarás todo a los derechos del autónomo cuando va a ser madre. https://www.billin.net/blog/autonoma-y-madre-estos-son-tus-derechos/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola, las 6 primeras semanas son obligatorias, y deberán disfrutarse a jornada completa inmediatamente después del parto. Las 10 semanas restantes, a jornada completa o parcial antes de que el menor cumpla un año. En el siguiente enlace encontrarás todo lo referente a la maternidad, https://www.billin.net/blog/prestacion-maternidad-autonomas/. Espero haber aclarado tus dudas.