Actualizado: 06 septiembre, 2023 · 0 comentarios · 6 min de lectura

Información sobre sanciones por impago de IVA trimestral para autónomos

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Validado por: Marcos De La Cueva - CEO Billin
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El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto indirecto de recaudación del Estado que graba al consumo.

Al ser indirecto, los agentes recaudadores son las empresas y autónomos y se transfiere al Estado a través de declaraciones periódicas. ¿Qué ocurre si no se hace?

Te contamos a continuación las posibles sanciones por impago del IVA trimestral para autónomos.

Sanciones a autónomos por no pagar IVA trimestral

Cuando se realiza una actividad económica se tiene la obligación de emitir una factura y aplicar el porcentaje de IVA correspondiente cuyo destinatario final es el Estado. Por lo tanto, los autónomos actúan como recaudadores del impuesto en nombre del mismo.

Para hacer llegar el dinero del impuesto recaudado a Hacienda, los autónomos deben realizar declaraciones trimestrales del IVA, en las que al IVA repercutido a sus clientes se descuenta el IVA que han soportado en sus compras a proveedores y colaboradores.

La diferencia que resulta es lo que se liquida con Hacienda.

La presentación de la liquidación se hace a través del modelo 303 y siempre respaldado y justificado con las facturas tanto emitidas como recibidas. En el caso de que aún no existiera actividad, también tiene que hacerse la liquidación, aunque solo se informe de las facturas recibidas y el IVA soportado, y se debe marcar la casilla “Sin Actividad”.

El pago del impuesto se hace en el mismo momento de la presentación de la declaración, salvo que se opte por el pago aplazado.

Si un autónomo no liquida el IVA puede ser por 2 motivos:

1. La actividad esté no sujeta o exenta de IVA.
2. No se ha presentado la liquidación (omisión).

Si no se presenta la liquidación, Hacienda aplicará sanciones por impago de IVA trimestral a autónomos que puede ser desde una pequeña multa como toque de atención hasta el embargo de los bienes. Todo depende del motivo de la omisión de la declaración.

Lo que debes saber sobre las sanciones por Impago del IVA trimestral

Para Hacienda existe 2 motivos de infracción:

  • Por omisión involuntaria, por despiste en la fecha de presentación o por desconocimiento
  • Por omisión voluntaria, cuando no se presenta de manera consciente para intentar evitar el pago del impuesto.

En cualquiera de los 2 casos, el siguiente paso de Hacienda es hacer constar en los registros al autónomo como “No declarante” y enviarle una notificación, instándole a cumplir con la obligación tributaria lo antes posible, dentro de un plazo específico señalado y con un recargo adicional.

Esta es una segunda oportunidad que Hacienda ofrece al autónomo para rectificar y cumplir con su obligación.

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Consecuencias del impago del IVA trimestral para autónomos

Como parte de la lucha contra el fraude fiscal, la Ley General Tributaria en los artículos 191-206 establece las sanciones por impago del IVA trimestral a autónomos, detallando las infracciones consideradas sancionables y las medidas que se deben aplicar a los infractores.

También se contemplan las penalizaciones que se aplicarán en el caso de que la liquidación se presente, pero no sea correcta.

Como hemos dicho, el hecho de no declarar el IVA trimestral es algo sobre lo que Hacienda va a actuar, pero el cómo lo haga dependerá de si ha sido algo puntual por omisión involuntaria o si, por el contrario, ha sido de manera consciente y voluntaria.

Otro punto importante a tener en cuenta es que cuando no se liquida el IVA, además de las sanciones económicas derivabas del impago del IVA, como no se regulariza la situación del autónomo y sigue constando como “No declarante” Hacienda generará una anotación por Inconcurrente a Operación IVA que le va a impedir realizar algunos trámites importantes.

Detalles de las sanciones por no pagar el IVA trimestral

Las sanciones asociadas tendrán como base la cuantía no ingresada y se califican como:

  • Infracción leve: la sanción es multa proporcional del 50 %.
  • Infracción grave: la sanción es la multa proporcional del 50% al 100 %. El porcentaje mínimo se puede aumentar si hay perjuicio económico a Hacienda o se han cometido infracciones de forma continuada.
  • Infracción muy grave: la sanción consistirá en multa proporcional del 100% al 150 %.

Además, desde la entrada en vigor de la Ley 11/2021, las penalizaciones por retraso en el pago del IVA para los autónomos se han reducido: el sistema de recargos aplica el 1% por cada mes completo de retraso sin intereses de demora.

Cómo evitar sanciones por no abonar el IVA trimestral

La liquidación del IVA y el pago es obligatoria para todo tipo de empresas y autónomos, excepto para los que estén legalmente reconocidos, bien por realizar actividades no sujetas a IVA o bien porque su actividad esté exenta:

  • Actividades no sujetas: no tienen obligación de tributar debido a su naturaleza.
  • Actividades exentas: la ley exime de la obligación tributaria de aplicar y declarar IVA.

Revisa si tu actividad económica pertenece a uno de estos 2 grupos. En caso contrario, tienes la obligación inexcusable de declarar, por lo que lo mejor que puedes hacer es seguir las siguientes recomendaciones.

Consejos para cumplir con el pago del IVA trimestral

Para evitar encontrarte en la situación de impago de IVA, te sugerimos tengas en cuenta las siguientes indicaciones:

1. Presentar la declaración puntualmente y de manera correcta.
2. En caso de omisión involuntaria o retraso, justificar el hecho.
3. Si estás fuera de plazo de presentación, utilizar el procedimiento de regularización.
4. Si no es posible hacer una declaración completa en el momento, elige hacerla por estimación objetiva para poder regularizar la situación posteriormente y evitar sanciones por impago del IVA trimestral a autónomos.
5. Solicita la aplicación del régimen de mínimos si tu actividad económica es reducida. Si te la conceden estarás eximido de la obligación de presentar la declaración de IVA.
6. Contratar los servicios de una gestoría o un experto en tributación que te asesore y te ayude a cumplir con tus obligaciones tributarias.

En el caso de no poder hacer frente al pago del IVA, lo más aconsejable es elegir la opción del pago fraccionado, que te permitirá afrontar el pago de una forma más asequible y autorizada por Hacienda.

Sobre la persona que ha validado este artículo
Marcos De La Cueva - CEO Billin

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid, Marcos De la Cueva es CEO y cofundador de Billin, un programa online que lleva más de 9 años ayudando a autónomos, pequeños negocios y gestorías a digitalizar sus presupuestos, facturas, tickets y gastos.
 
Sobre Marcos De La Cueva
 
Apasionado por el mundo empresarial y la tecnología, cursó su Máster de Finanzas en la Universidad Pontificia de Comillas y estuvo en el Programa de Cooperación Educativa de la Universidad Autónoma de Madrid.
 
Marcos siempre ha tenido su objetivo claro: ayudar a la creación de negocios financieramente sostenibles a través de una herramienta de facturación que les permita ahorrar tiempo y tener la contabilidad bajo control.
 
Marcos De La Cueva en los medios
 
— Entrevista sobre factura electrónica obligatoria en El Economista.
— Comunicado Billin y TeamSystem en Business Insider.
— Entrevista en Economía Digital.
— Entrevista en Ideas para tu empresa de Vodafone.
— Entrevista en MásQradio.
— Entrevista en Armas para emprender de El Método Gallardo.
— Entrevista en KFund.
— Entrevista en AXA Seguros España.
— Entrevista en GestionaRadio.
 
Marcos De La Cueva en eventos
 
— Participación como ponente en Accountex España 2023.
 
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