Cómo calcular el finiquito por: fin de contrato, baja voluntaria o despido
En este artículo partimos de la base de que cualquier trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito. Por eso, vamos a enseñarte cómo calcular el finiquito en tres situaciones diferentes: por despido, por baja voluntaria o por fin de contrato.
De esta forma, podrás saber si tienes derecho a finiquito, según determinadas circunstancias, y cuál sería la cantidad que podrías cobrar en estos supuestos.
En este artículo encontrarás
- 1 ¿Qué es el finiquito?
- 2 Qué tener en cuenta para calcular el finiquito
- 3 ¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?
- 4 Cómo calcular el finiquito por fin de contrato
- 5 Cómo calcular el finiquito de contrato fijo discontinuo
- 6 Cómo calcular el finiquito por baja voluntaria
- 7 Cómo calcular el finiquito por despido
- 8 Plazo para pagar el finiquito de un trabajador en España
- 9 Preguntas frecuentes sobre el cálculo de un finiquito
¿Qué es el finiquito?
El finiquito es la cantidad de dinero que te debe abonar la empresa al finalizar tu relación laboral con ella.
Esta cantidad suele estar compuesta por el salario devengado y pendiente de pago desde el cobro de tu última nómina, que suele coincidir con el del mes en curso, así como otros conceptos como los días de vacaciones generados y no disfrutados, y la indemnización por despido.
Todo trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito sin importar el motivo del cese de la relación laboral con su empresa, bien sea por baja voluntaria, finalización del contrato o despido.
No obstante, hay que tener muy en cuenta que el concepto de finiquito no es igual que el de indemnización por despido, sino que son totalmente diferentes:
- Finiquito: el primero se refiere a la cantidad que adeuda la empresa al trabajador por el tiempo que ha estado contratado.
- Indemnización: es la compensación económica que recibirá el trabajador por ser despedido de forma injustificada.
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Qué tener en cuenta para calcular el finiquito
El cálculo de un finiquito es un proceso al que se le tiene que prestar gran atención, ya que la extinción de la relación laboral entre trabajador y empresa tiene que estar correctamente ejecutada para evitar conflictos legales.
Para calcular un finiquito en España, hay que sumar el salario de los días trabajados en el último mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias, el importe de las vacaciones no disfrutadas, y otros conceptos como comisiones u horas extras pendientes. Cada concepto se calcula dividiendo el salario bruto entre el número de días (generalmente 30), obteniendo así el salario diario para luego multiplicar por los días correspondientes a cada partida.
En general, las cantidades que se incluyen en un finiquito son las siguientes:
- El salario del último mes trabajado y no abonado, que suele ser el mes en curso.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias que correspondan al trabajador hasta el momento de la baja, que no estén prorrateadas.
- Las vacaciones que el trabajador haya generado hasta el cese y que no haya disfrutado. Las vacaciones se calculan por año natural, es decir, desde el 1 de enero, siendo de 2,5 días por mes trabajado y se pagarán los días de vacaciones generados que estén aún pendientes de disfrutar.
- Cualquier otra cantidad que quedase pendiente, como pueden ser pluses, horas extraordinarias, etc.
La suma de todas estas cantidades es el importe bruto al que, a su vez, tienen que descontarse la cotización a la seguridad social y las retenciones por IRPF que correspondan.
Según el tipo de finalización del contrato de trabajo, habrá distintas formas de calcular la cantidad que nos debe la empresa. Veremos cómo hacerlo con un caso práctico más adelante.
¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?
A pesar de lo que algunos puedan pensar, finiquito e indemnización son conceptos totalmente diferentes, aunque en ocasiones puedan ir de la mano.
El finiquito es la cantidad de dinero que recibe el trabajador cuando cesa su relación laboral con la empresa para la que estaba trabajando.
El importe recibido es la suma de todos los conceptos generados por el tiempo de trabajo y pendientes de abono tras recibir la nómina anterior: días trabajados, días de vacaciones devengados y no disfrutados, horas extras, prorrata de pagas extras o cualquier otro concepto laboral.
La indemnización es el importe que el trabajador puede recibir, además del finiquito, como compensación por haber sido despedido bajo unas determinadas circunstancias y que dependen de las causas del cese.
Lo más importante que se debe señalar es que el trabajador siempre tiene que recibir su finiquito cuando deja de trabajar, mientras que la indemnización solo procede en caso de que el despido sea calificado de improcedente, es decir, que no exista una causa justificada para el mismo.
Entonces, lo siguiente que debemos de conocer son los diferentes tipos de despido que pueden darse, para comprobar si procede recibir una indemnización o no.
En principio, los tipos de despido se pueden diferenciar entre los que dan derecho a indemnización y los que no.
No obstante, y para ser más concretos, ver que existen varios tipos de despido:
Cómo calcular el finiquito por fin de contrato
Supongamos que un trabajador tiene un contrato eventual de doce meses, y lo despiden antes de tiempo el día 20 de diciembre. Su salario base era de 900 euros con dos pagas extraordinarias de 900 euros. Además, ha disfrutado de 15 días de vacaciones en este periodo.
1. Calculamos la nómina del mes en curso
Veamos como calcular el salario base por día que le corresponde a este trabajador:
900 euros mensuales/30 días = 30 euros diarios.
20 días de diciembre x 30 euros diarios = 600 euros por el último mes de trabajo.
2. Calculamos las vacaciones
A todos los trabajadores le corresponden 30 días por cada año de trabajo, por tanto,
11 meses x 30 días = 330, más los 20 días de diciembre, tendría trabajados 350 días, de los cuales, ya ha disfrutado 15 días.
360 días——— 30 días de vacaciones.
350 días——— x días de vacaciones.
Resultando 29,16 días de vacaciones, de las cuales ya ha disfrutado 15 días, por tanto 29,16 -15 = 14,16 días x 30 euros/día = 424,80 euros en concepto de vacaciones.
3. Calculamos las pagas extraordinarias
En el caso de nuestro trabajador le corresponden dos pagas extraordinarias, la de Navidad que se devengará el 1 de enero y la de verano que será el 1 de julio.
La paga de Navidad que le corresponderá será:
900 euros/360 días = 2,5; como ha trabajado 350 días del año le correspondería 875 euros por paga de Navidad.
450 euros /180 días = 0,22; como ha trabajado desde el 1 de julio 170 días, le correspondería 374 euros por paga de verano.
En total la empresa le debe al trabajador: 600 euros + 424,80 euros + 875 euros + 374 euros = 2.273,80 euros.
Cómo calcular el finiquito de contrato fijo discontinuo
Existen determinados sectores o empresas que necesitan contratar personal, pero no durante todo el tiempo, sino de manera estacional. En muchos casos, suelen contratar siempre a los mismos, porque ya los conocen y saben cómo trabajan.
En este caso, se suele utilizar el contrato fijo discontinuo que tiene como particularidad que, cuando finaliza la actividad del trabajador, el contrato se suspende hasta que vuelva el siguiente año o temporada.
Entonces, el trabajador va a tener derecho a:
- Acceder a la prestación por desempleo: la ley entiende que un trabajador fijo discontinuo se encuentra en una “situación legal de desempleo” durante el tiempo que no está trabajando.
- Percibir la liquidación de las cantidades pendientes: aunque no se trate de un finiquito , ya que no finaliza el contrato, sino que se suspende momentáneamente porque la contratación sigue activa.
En el cálculo el finiquito del contrato fijo discontinuo, o más bien su liquidación, se deben considerar:
- El sueldo de los días trabajados tras la última nómina.
- La parte proporcional de las pagas extra (si no están prorrateadas en el sueldo).
- Las horas extra (cuando las haya).
- Las vacaciones que se hayan devengado, pero que no hayan sido disfrutadas.
Ahora bien, si se da el caso de que se rescinde el contrato fijo discontinuo y el trabajador vuelve a trabajar en la siguiente temporada, el finiquito se calculará como la liquidación habitual, sumando una indemnización por la finalización, siempre que esta corresponda: despido improcedente, despido objetivo, etc
Cómo calcular el finiquito por baja voluntaria
En el caso de que el trabajador se despida por baja voluntaria, su finiquito estará formado por el salario del mes en curso, pagas extraordinarias que le correspondan y las vacaciones no disfrutadas.
Si continuamos con el ejemplo anterior, y suponemos que el trabajador se despide de forma voluntaria el 22 de diciembre (suponiendo que el trabajador hubiese avisado a la empresa los 15 días de preaviso obligatorios), para calcular el finiquito por baja voluntaria sería:
- Salario del mes en curso: 600 euros.
- 14,16 días de vacaciones: 424,80 euros.
- Pagas extraordinarias: 1.249 euros.
En total, la empresa le debe al trabajador: 600 euros + 424,80 euros + 1249 euros = 2273,80 euros. La diferencia entre fin de contrato y baja voluntaria reside en que con el primer tipo de cese de relación laboral tendrás derecho a poder acceder a la prestación por desempleo siempre que te corresponda, mientras que con el segundo tipo no podrás cobrar el paro.
Cómo calcular el finiquito por despido
Vamos a ver qué ocurre ahora cuando un trabajador es despedido. Por lo general, tendrá derecho a una indemnización.
La cuantía de esta indemnización se calcula teniendo en cuenta el salario base del trabajador, la antigüedad en la empresa (años transcurridos desde la fecha de inicio hasta la fecha de fin de contrato) y el número de días que corresponde indemnizar al trabajador por año trabajado según el tipo de despido:
- si es un despido objetivo corresponden 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- si es un despido improcedente hay que indemnizar 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, salvo que el derecho a recibir la indemnización por despido improcedente se hubiera generado antes del 12 de febrero de 2012 que entonces el máximo es de 42 mensualidades.
Veamos el siguiente ejemplo:
Imagina un trabajador con una antigüedad de 2 años en la empresa, que tiene un salario base mensual de 900 euros, y que lo despiden de forma improcedente., ¿cCómo se calcula su indemnización?
33 días x 2 años trabajados = 66 días de indemnización.
Calculamos el salario diario:
(900 euros x 12 meses) /365 días = 29,58 euros diarios.
Como le corresponden 66 días x 29,58 euros/diarios = 1952,28 euros de indemnización aparte de las otras indemnizaciones propias del finiquito.
Plazo para pagar el finiquito de un trabajador en España
No existe un plazo legal como tal para que la empresa tenga que pagar el finiquito, sin embargo, debería hacerlo en el momento de entrega del documento de finiquito que suele corresponder con el último día de trabajo.
Por otro lado, la jurisprudencia no considera como retraso aquel que se pueda producir por realizar el pago mediante transferencia bancaria.
Si la empresa no paga el finiquito terminada la relación laboral, se considerará que está retrasando el pago. Por tanto, el trabajador podrá reclamar intereses de demora.
El trabajador dispone de 12 meses para reclamar el importe adeudado.
Además de esta cantidad, también puede reclamar un 10% de intereses de demora en el pago del finiquito.
Esto significa que no tiene que aceptar que se retrase en el pago o que la indemnización por despido se le pague a plazos.
Además, algunos empresarios intentan deliberadamente no pagar el finiquito de forma que se pase el plazo para impugnarlo, para lo que tienes 20 días hábiles.
No es necesario recibir el finiquito para poder denunciar o impugnar el despido.
Además, tanto en el documento de conciliación como en la demanda, podrás reclamar ambas cosas a la vez (despido y el finiquito).
Te hemos mostrado, de forma general, cómo calcular el finiquito bajo alguna de las distintas condiciones posibles, sin embargo, se trata de un tema bastante complejo y con muchas particularidades a nivel legal y cambios normativos.
El próximo 3 de abril entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2025 . Esta nueva ley no afecta directamente al cálculo de los finiquitos en su estructura básica, aunque sí que incluye ciertas modificaciones que pueden influir indirectamente en ciertos aspectos relacionados con la extinción de los contratos y los derechos laborales, en concreto, sobre indemnizaciones por despido para cumplir con la normativa europea:
- Incrementándose los días de indemnización por año trabajado en casos de despido improcedente, abandonando los 33 días/año trabajado durante un máximo de 24 meses. Aún se continúa discutiendo con la UE el número de días considerados, aunque se sabe que no se llegará a los 45 días que se computaban hasta el 2012.
- La consideración de implantar un sistema de indemnizaciones personalizado que tenga en cuenta factores como la edad, la antigüedad y la vulnerabilidad del trabajador.
Además, también se aclara formalmente que, aunque las indemnizaciones por despido deben tributar IRPF si provienen de pactos, convenios o contratos privados, las indemnizaciones que sean acordadas ante un servicio administrativo, como paso previo a la vía judicial, sí que podrán beneficiarse de la exención fiscal.
Debido a la complejidad de este tipo de temas y los nuevos cambios de normativa y su aplicación, siempre te recomendaremos que contactes con un experto en la materia.
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Preguntas frecuentes sobre el cálculo de un finiquito
Como hemos visto, el tema de los finiquitos y cómo calcularlos es un punto muy importante que plantea varias preguntas, siendo las siguientes las más comunes.
¿Cuánto me corresponde de finiquito por 1 año?
En el caso de haber trabajado durante todo un año completo y ser despedido, el importe que recibirás será:
- El salario de los últimos días o del mes trabajado y no abonado.
- La prorrata correspondiente a las pagas extras y que no haya sido pagada aún.
- Los días de vacaciones que le queden pendientes de disfrutar de los 30 días que le corresponden por el año trabajado.
- Horas extras, dietas y otros conceptos que no hayan sido liquidadas a fecha del despido.
- Una indemnización de 20 días por el año trabajado o 33 si es despido improcedente.
El salario que se va a aplicar en el cálculo de los días de indemnización que te corresponden, es el salario diario, es decir, tu sueldo bruto, incluyendo las prestaciones salariales que tengas en nómina, dividido entre los 365 días del año.
¿Cuánto me corresponde de finiquito por 6 meses?
En este caso, el cálculo del finiquito tiene que contemplar los mismos conceptos que en el caso anterior, pero teniendo en cuenta haber trabajado durante 6 meses:
- Los últimos días trabajados durante el último mes.
- Los días de vacaciones que no ha disfrutado de los 15 días que ha generado: 2.5 días/mes trabajado x 6 meses dan derecho a 15 días de vacaciones
- La parte proporcional a los 6 meses de las pagas extraordinarias.
- Respecto a la indemnización, será el sueldo diario por los días que le corresponden de indemnización: 10 si es procedente o 16,5 si es improcedente.
¿Cuánto me corresponde de finiquito por 3 meses?
Volveremos a hacer los cálculos de igual forma que para 6 meses, pero teniendo en cuenta que en este caso solo son 3 meses trabajados, por lo que la cantidad de días de vacaciones (7,5 días) y la proporción de las pagas extras (1/3 de las pagas) será aún menor y los días de indemnización serán 6,67 u 11 según corresponda por el tipo de despido.
¿Qué pasa si el finiquito sale negativo?
Lo habitual es que el finiquito sea positivo, es decir, a favor del trabajador y que la empresa deba abonar una cantidad previamente calculada según corresponda, pero esto no siempre es así.
A veces hay circunstancias, antes del despido o la finalización del contrato, en donde el trabajador:
- Ha pedido uno o varios anticipos de nómina y aún no ha devengado el salario correspondiente.
- Ha disfrutado días de vacaciones que aún no se había devengado
- Ha realizado gastos a nombre de la empresa (compras, dietas…) superiores a los límites previstos.
- Deja de trabajar sin haber dado los días de preaviso establecidos y se le aplica la penalización indicada en convenio.
- No cumple con el período de permanencia estipulada y firmada en el contrato y debe indemnizar a la empresa, etc.
En estos casos, el cálculo del finiquito determina que la cantidad que le corresponde al trabajador es negativa, es decir, que el trabajador es quien debe de abonar dinero a la empresa.
Entonces, el trabajador puede, dependiendo de la cuantía y la situación del trabajador, abonar el importe en un solo pago o pactar con la empresa una serie de cuotas hasta finiquitar su deuda.
¿Cómo se debe firmar el finiquito?
El momento de recibir un finiquito siempre es algo delicado y, por ello, cuando se firma hay que prestar atención a lo que ponemos.
Lo más recomendable es poner “no conforme” para tener la opción de revisarlo tranquilamente con un profesional y optar a la reclamación. También, puedes poner “pendiente de revisión” o “pendiente de cobro” y la fecha en la que se está firmando, para que quede constancia.
Es necesario que tomes este tipo de precauciones porque en el documento del finiquito se suele incluir un párrafo o una cláusula en la que pone algo parecido a “con la firma el trabajador reconoce que nada más tiene que pedir, ni reclamar a la empresa”, lo cual elimina cualquier posibilidad de revisión o reclamación posterior, y de impugnar, incluso, el despido.
Cuando vayas a firmar este documento, exige que te den una copia para poder llevarla a un profesional.
También tienes la opción de no firmar el finiquito. En ese caso, la empresa no te entregará el documento y, por tanto, tampoco te abonará ninguna cantidad. Entonces, el siguiente paso que tendrás que dar es iniciar un procedimiento para reclamar las cantidades correspondientes.
¿Cuándo no corresponde el finiquito?
Como hemos visto, el finiquito es el pago de las cantidades pendientes adeudadas por la empresa al trabajador después del último pago de nómina recibido.
Pero puede ocurrir que no corresponda cobrar finiquito si no queda nada pendiente, es decir, la finalización del contrato y el último día de trabajo efectivo coinciden y se ha cobrado la nómina correctamente con todos los conceptos:
- Salario.
- Horas extras realizadas en el mes.
- Prorrata de las pagas extras devengadas.
- Complementos salariales, dietas, etc.
Además, si se han disfrutado de todos los días de vacaciones generados hasta la fecha del cese, la empresa tampoco tendrá que pagar nada a este respecto.
Entonces, si no queda nada pendiente de otros meses, se abonará la nómina como siempre y no se tendría que incluir nada más, por lo que no habría un finiquito como tal.
Tampoco corresponde finiquito si:
- Se produce un despido procedente y no hay cantidades atrasadas pendientes, más allá de la nómina del mes.
- La baja es voluntaria y, como en el caso anterior, no tiene conceptos de nómina atrasados pendientes. Solo se le abona la nómina.
- Se trata de un fijo discontinuo, tal y como hemos visto en puntos anteriores.
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191 comentarios
E trabajao en una empre de campo 5 años contrato indefinido o fijo discontinuo y me echaron al paro tengo derecho de finiquito. Gracias
Hola, Marcel.
Sí, la ley obliga a la empresa a pagar el finiquito al terminar la relación laboral, sea cual sea el tipo de contrato (indefinido, temporal o fijo discontinuo).
Otra cosa distinta es la indemnización, que no siempre procede, solo si la extinción del contrato lo justifica.
Espero haber aclarado tus dudas.
Hola me llamo José,y mi dudas es que fui dado de baja,y quisiera saber que me corresponde .mi alt fue el 7/02/2025 con un contrato indefinido,a tiempo completo de 40horas semanales de lunes a viernes,y me an dado la vaja de boca el día 4/6/2025 sin darme el motivo ni la notificación de mi vaja.deviendo la nómina del mes de mayo,quisiera saber que me corresponde antes de firmar.
Hola Jose, si la empresa ha finalizado tu contrato, tendrá que pagar el finiquito, el cual, es un documento que se entrega al trabajador cuando finaliza su contrato laboral (sea por despido, baja voluntaria o fin de contrato temporal). Este documento detalla los importes económicos que la empresa adeuda al trabajador por conceptos como salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras no prorrateadas, entre otros. En el siguiente enlace encuentras toda la información sobre el despido de un trabajador, https://www.billin.net/blog/despedir-trabajador/. Espero haber aclarado tus dudas.
Hola Elvis, cuando un trabajador se va de una empresa por baja voluntaria, debe cobrar el finiquito, el cual, incluye los días de salario pendientes de cobro y otras cantidades pendientes, como por ejemplo, las pagas extraordinarias no cobradas. No obstante, en el siguiente enlace encuentras todo lo que debes saber sobre cómo calcular el Finiquito, https://www.billin.net/blog/como-calcular-el-finiquito-por-fin-de-contrato-baja-voluntaria-y-despido/. Espero haber aclarado tus dudas.