glosario contable>Gastos de constitución y primer establecimiento

¿Qué es gastos de constitución y primer establecimiento?

Los gastos de constitución son aquellos costes iniciales que se generan en el proceso de crear una empresa.

Estos incluyen los gastos legales, notariales, administrativos y de registro, entre otros, necesarios para constituir formalmente una sociedad.

Es el primer paso para que cualquier empresa pueda operar dentro del marco legal vigente.

¿Y los gastos de primer establecimiento?

Por otro lado, los gastos de primer establecimiento son aquellos que se incurren, tras la constitución de la empresa, en el inicio de sus operaciones.

Hablamos de los costes relacionados con la apertura del primer local, oficina o planta productiva.

También incluyen la publicidad inicial, la investigación de mercado, la compra de mobiliario, equipo de oficina y, en general, toda inversión que prepare a la empresa para comenzar a realizar su actividad específica.

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Características de los gastos de constitución y primer establecimiento

Los gastos de constitución y de primer establecimiento se caracterizan por ser no recurrentes; es decir, son únicos y se dan al inicio de la vida de la empresa.

Son inversamente proporcionales al tamaño y la complejidad de la empresa que se está creando.

Además, son gastos necesarios y deben ser registrados adecuadamente en la contabilidad de la empresa, ya que tienen implicaciones fiscales y de gestión financiera.

Tratamiento contable

En términos contables, los gastos de constitución y de primer establecimiento deben registrarse como gastos del ejercicio en el cual ocurren.

Sin embargo, dado que pueden proporcionar beneficios económicos futuros, es aceptable activarlos como un gasto diferido y amortizar el gasto durante la vida útil estimada o un período fiscal predefinido.

Esto permite reflejar de manera más precisa el coste de establecimiento y arranque en relación con los ingresos que se generarán a futuro.

Gastos deducibles y no deducibles

Es fundamental distinguir entre los gastos deducibles y los no deducibles.

Los gastos de constitución y de primer establecimiento pueden ser deducibles a efectos fiscales en ciertas jurisdicciones, siempre que se ajusten a las normas establecidas por la ley.

En cambio, aquellos gastos que no cumplen con los requisitos fiscales no pueden ser utilizados para reducir la base imponible de la empresa.

Registros y documentación

Para una correcta gestión financiera, es esencial registrar minuciosamente todos los gastos asociados a la constitución y al primer establecimiento, guardando toda la documentación respaldatoria como facturas, contratos y recibos.

La precisión en estos registros garantiza la transparencia y facilita la revisión por parte de las instituciones fiscales o auditores externos.

Ejemplos de gastos de constitución y primer establecimiento

Ejemplo 1: Imaginemos que estamos creando una empresa de tecnología. Los gastos de constitución pueden incluir el pago a un notario por la redacción y firma de la escritura de constitución, los aranceles de registro en el Registro Mercantil y las tasas por obtener el CIF. Además, si necesitamos un asesor legal o un gestor para ayudarnos con el papeleo, sus honorarios también entrarían dentro de este grupo de gastos.

Ejemplo 2: Una vez constituida la empresa, decidimos abrir nuestra primera tienda de productos tecnológicos. Los gastos de primer establecimiento comprenden la renta inicial del local, las reformas necesarias para adecuarlo a nuestras necesidades, la compra de estanterías y cajas registradoras, así como la inversión en un sistema de inventario. La campaña de marketing para anunciar la apertura de la tienda es otro ejemplo de gasto de primer establecimiento.