¿Qué es Pagaré?

Un pagaré es un documento que expresa la promesa de pago a alguien, este compromiso incluye unas condiciones que comprometen al deudor frente al acreedor, tanto en la cantidad de dinero como pago como el plazo de tiempo para realizarlo.

Se define pagaré como un título de crédito que estable un compromiso formal donde se indican tres detalles principales, quién paga a quién, qué cantidad de dinero y cuándo debe efectuarse dicho pago.

Por tanto, con un pagaré se consigue un compromiso formal de que una persona (firmante) pagará a otra (beneficiaria) la cantidad de dinero establecida en una fecha determinada.

El origen del pagaré se remonta a la Edad Media, donde los vaqueros italianos lo usaban con mucha frecuencia, aunque su regulación apareció en el siglo XIX.

¿Qué características tiene un pagaré?

Dependiendo del país la regulación legal del pagaré tiene unas características diferentes, en el caso de España se establecen una serie de requisitos necesarios para que el documento sea considerado pagaré, como son:

  • Debe constar en el título del documento la palabra “pagaré”, además debe ser en el mismo idioma que el resto de redacción.
  • Compromiso incondicional de realizar el pago anotado en una cantidad de euros u otra moneda equivalente.
  • La fecha de vencimiento o fecha límite de validez del documento.
  • El lugar elegido para que se efectúe el pago.
  • El nombre y apellidos o razón social del tenedor y del beneficiario del pagaré.
  • Fecha y lugar en que se firma el compromiso.
  • Firma de la persona que se compromete a pagar.

Existen algunas excepciones donde algún documento que no cumpla todos los requisitos explicados también serían admitidos, este es el caso del pagaré a la vista, en el cual no se integra la fecha de vencimiento, o en aquellos que no figura el lugar de pago, debido a que se considera el lugar de origen como el mismo.

Tipos de pagaré

Los tipos de pagaré se clasifican según diferentes criterios:

  • Si se pueden endosar:
    • Pagaré a la orden.
    • Pagaré no a la orden.
  • Según el momento de pago:
    • Pagaré a la vista.
    • Pagaré a día fijo.
    • Pagaré a plazo variable del día de la emisión.
    • Pagaré sin vencimiento.
  • Según el emisor:
    • Pagaré bancario.
    • Pagaré no bancario o de empresa.
  • Según el modo de pago:
    • Pagaré para abonar en cuenta.
    • Pagaré cruzado.

¿Puede transmitirse un pagaré?

El pagaré es un documento con posibilidad de circular de mano en mano sin que pierda validez, es decir, el acreedor que deba recibir el dinero será quien posea el pagaré, independientemente de que esté su nombre en el documento.

Respecto a la transmisibilidad de los pagarés hay que hacer mención a los pagarés a la orden, ya que, es el que puede ser traspasado mediante endoso, y, el pagaré no a la orden, que es aquel que únicamente puede ser traspasado por cesión de crédito.

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